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Cuatro años de prisión por los abusos sexuales a una niña en Ourense

Domingo 18 de junio de 2017

La sala valora el testimonio de la menor ya que fue verosímil y persistente a lo largo del tiempo

Agencias/Redacción 15/06/2017 La Región

La Audiencia de Ourense condenó a Julio V.V. a cuatro años y un día de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a una niña que hoy tiene 10 y que se quedaba en el domicilio particular del inculpado porque se esposa la cuidaba cuando sus padres trabajaban. Además, el fallo le impone la prohibición de acercarse a la menor, a su domicilio o centro de estudios durante el plazo de cinco años. En concepto de responsabilidad civil, deberá abonar a la pequeña con 2.000 euros y las costas de la acusación particular.

La sentencia considera probado que el inculpado, de 86 años, sometió a tocamientos a la pequeña desde mediados de 2014 a enero de 2016, coincidiendo con el periodo en el que se quedaba en su casa ya que su mujer cuidaba de ella. El acusado actuaba sin el empleo de violencia ni intimidación cuando su mujer se iba de casa para hacer compras u otros quehaceres domésticos. En un ocasión, hasta instó a la menor a que le tocara el pena pero no quiso.

Para la sala, quedó claro que no hay móvil espúrio en la niña para acusarlo, que su testimonio fue verosímil y persistente la incriminación a lo largo del tiempo, sin ambigüedades ni contradicciones. Recoge la sentencia que "la declaración de la víctima es prueba de cargo suficiente para estimar la acreditada la existencia del delito de abuso sexual". Así, la pequeña siempre mantuvo la misma versión de lo ocurrido, sin contradicciones.: mantuvo que el marido de su cuidadora la tocaba cuando iba a su casa. Ocurrían en el sofá del salón, en donde ella veía la televisión o hacía los deberes, cuando se encontraban solos porque la mujer iba al surpermercado o a cuidar otra señora. La niña optó por no contar nada a sus padres pero si alguna vez expresó sus reticencias a ir a esa casa.

Al principio la menor no contó nada hasta que un día le dijo a la madre que el marido de su cuidadora "la tocaba abajo"

La declaración de la niña fue corroborada por la manifestación realizada por la madre de la víctima. Esta última relató en el juicio que su hjja la expresó el deseo de no volver a la vivienda de la cuidadora porque su marido la tocaba "abajo". La sala recuerda que el testimonio de la niña está avalado por la pericial practicada en el juicio, en la que compareció tanto la psicóloga del Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga) como el profesional al que pidieron asesoramiento los padres antes de formular la oportuna denuncia. Ambos profesionales coincidieron en que el testimonio de la pequeña era creíble, es decir, no apreciaron fabulación en su relato. Los peritos relataron que la menor "efectuó un relato libre, idéntico en las tres ocasiones en las que declaró".

Descarta la Audiencia incredibilidad subjetiva, habida cuenta de que la perjudicada carecía de motivo de resentimiento alguno hacia el acusado, vecino de la familia y esposo de la persona que cuidaba de ella desde que era pequeña.

La sala resalta la contradicción de los testigos aportados por el acusado (esposa, hija y yerno) que aseguraron que Julio V.V. nunca se quedaba a solas con la niña cuando este último aseguró lo contrario y reconoció que en alguna ocasión coincidieron viendo la televisión. Pese a que la nieta del acusado también estuvo en la casa cuando sucedieron algunos episodios de abusos, recuerdan los magistrados que era muy pequeña y no se enteraba jugaba dentro de una casa de muñecas . Y, aunque no le hayan quedado secuelas por su corta edad, "no resulta relevante a efectos de exculpación".

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