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Condenados los tres exjugadores de la Arandina a 38 años de cárcel por agresión sexual a una menor

Jueves 12 de diciembre de 2019

Se ha aplicado la doctrina de la cooperación necesaria: cada uno es condenado como autor de la violación a 14 años y a otros 24 como cooperador necesario

Se fija una indemnización de 50.000€ y se imponen medidas de prohibición de comunicación con la víctima y también libertad vigilada durante 10 años

No entrarán en prisión de momento, antes tendrá que solicitarse una vistilla en la que se decida

Laura Cornejo 12/12/201 eldiario.es

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Victor Rodríguez (i), Carlos Cuadrado (2i) y Raúl Calvo (2d), exjugadores de la Arandina Club de Fútbol acusados de agresión sexual EFE

Los tres exjugadores de La Arandina CF, R.C.H., C.C.S. ’Lucho’ y V.V.R.’Viti, han sido condenados a penas que suman 114 años como autores de la agresión sexual sobre una menor de 16 años. En concreto, a cada uno de ellos la Audiencia de Burgos les impone una pena de 38 años de privación de libertad, según el fallo de la sentencia que se ha hecho público.

La Audiencia ha condenado a cada uno de los tres acusados como autores de un delito de agresión sexual, con acceso carnal en forma bucal, respecto de la víctima, que era menor de 16 años en la fecha de los hechos. El tribunal ha apreciado existencia de intimidación ambiental por el hecho de haber actuado los tres acusados sobre la víctima, en el piso de éstos, con la luz apagada y por sorpresa, sin que la menor pudiera reaccionar, debido a la diferencia de edad y complexión física de los acusados. Se ha tomado en consideración el testimonio de la denunciante, en cuanto resultó corroborado por los de aquellas personas más allegadas y por el informe psicológico.

Si bien la postura de la denunciante fue diferente al relatar los hechos a sus conocidos, por influencia de las redes sociales, se aprecia credibilidad a su versión en cuanto refiere que no realizó los hechos voluntariamente. También se considera probado que los acusados conocían que la denunciante tenía menos de 16 años, iba al colegio con uniforme y su madre y otros testigos se lo habían dicho.

Las penas impuestas se corresponden con la aplicación de la doctrina de la cooperación necesaria, y por ello cada uno de los acusados es condenado como autor por los hechos realizados a 14 años de prisión y como cooperador por lo realizado por los demás a otros 24 años.

El tribunal los absuelve del delito de proposición de actividades sexuales. Además, absuelve a uno de los acusados, por su madurez similar a la de la víctima conforme al informe psicológico y falta de corroboración, del delito de agresión sexual continuada del que se le acusaba.

Se fija una indemnización de 50.000€ de la cual responderán en forma conjunta y solidaria todos los acusados. Así mismo, se imponen medidas de prohibición de comunicación con la víctima y también libertad vigilada durante 10 años.

El máximo cumplimiento de la pena de prisión se fija en 20 años, conforme a lo dispuesto en el Código Penal. Los posibles recursos serán resueltos por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Por el momento no está previsto el ingreso inmediato en prisión, según fuentes judiciales, antes tendría que celebrarse una vistilla en la que se decida y eso no ocurrirá este jueves. La Fiscalía Provincial de Burgos ha solicitado ya a la Sección Primera de la Audiencia la comparecencia recogida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para determinar la situación personal en la que quedan los procesados tras la sentencia.

Los hechos que se juzgaban tuvieron lugar en 2017, cuando la menor, entonces de 15 años, acudió al piso que los tres jóvenes compartían en la cale San Francisco de la localidad burgalesa de Aranda de Duero.

En los hechos probados, la sentencia dice textualmente que los ahora condenados conocían que la niña tenía 15 años. En concreto especifica que el día de los hechos "estando solamente en el salón -de la vivienda de los jugadores- la menor y los tres acusados, los cuales eran conocedores de su minoría de edad y en concreto que tenía quince años" uno de ellos apagó todas las luces de la estancia, se desnudaron". La agresión se produjo cuando la niña regresó del baño y se sentó "en una esquina del sofá". "Los acusados procedieron a desnudarla quitándole la ropa, salvo las bragas, ella se cruzó los brazos y no supo como reaccionar, quedándose paralizada, procediendo los acusados a cogerla las manos para que les masturbase, y posteriormente sujetándole la cabeza para que les hiciera una felación, a cada uno de ellos, llegando uno (sin determinar) a eyacular en la boca de la menor, ante lo cual y sintiendo asco fue al baño que se encontraba la final del pasillo para escupir. Que la menor si bien no veía a cada uno de los acusados, si que pudo distinguir que las manos que la tocaban eran de diferente complexión, y alguno se encontraba depilado y otros no", precisa.

A continuación "el procesado que contaba entonces con la edad de 19 años, fue detrás de la menor y cuando esta salió del baño, le indicó cual era su habitación y entró en la misma y se reclinó sobre la cama, sin resultar probado que se cayese accidentalmente o lo hiciese previo empujón de y tras ponerse un preservativo la penetró vaginalmente. Que no consta plenamente acreditado que mostrase su oposición, expresa o tácita a dicha relación". El tribunal descarta que la menor haya mentido, y atribuye algunos mensajes que envió en ese sentido a la necesidad que tenía de aparentar "madurez", algo que hacía con personas con las que tenía menor confianza.

Además subraya los mensajes que los agresores pusieron en un grupo de WhatsApp denominado ’La troupe’ en los que alardearon de haber mantenido relaciones con la víctima, a la que calificaron de "guarra" y de "cerda".

El Ministerio Fiscal solicitaba para los tres exjugadores penas que sumaban un total de 118 años de prisión, 40 años de internamiento para R.C.H y 39 para cada uno de los otros dos acusados, C.C.S y V.R.R, por un delito continuado de agresión a la menor y sendos delitos de agresión sexual a menor.

Unas penas a las que añadía una indemnización conjunta y solidaria en favor de la menor, a través de sus padres, de 50.000 euros por el daño moral causado, a los que habría que sumar otros 20.000 euros más por parte de R.C.H por su implicación en los hechos.

La acusación particular solicitaba, por su parte, 20 meses de cárcel para cada uno de los acusados por un delito contra la libertad sexual y 15 años más de prisión para R.C.H. por un delito continuado de agresión sexual y la misma pena para los otros dos procesados, por sendos delitos de agresión.

Por otra parte, la Asociación Clara Campoamor elevaba hasta los 130 años y seis meses la petición de cárcel conjunta, al solicitar 43 años de internamiento para cada uno de los tres jóvenes.

La vista oral por el caso se celebró en el Palacio de Justicia de Burgos, sede de la Audiencia Provincial, entre el 21 y 28 de noviembre a puerta cerrada, con el objetivo de garantizar en todo momento la privacidad de la menor, que testificó en la sala tras un biombo en la segunda jornada.

Los tres exjugadores han defendido a lo largo de todo el proceso su inocencia y llegaron a pedir que "se hiciera justicia" en la última jornada de la vista, cuando los tres jóvenes hicieron uso de su turno de palabra y ’Lucho’ argumentó que se enfrentaban a una "denuncia falsa".

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