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Condenado a 17 años de cárcel por asesinar a su expareja en Benaguasil en 2013

Sábado 3 de diciembre de 2016

El agresor la acuchilló hasta la muerte en plena calle tras cortarle el paso con su coche

ep/ed 02.12.2016 Levante.emv

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a 17 años de cárcel a un hombre que mató a su expareja en Benaguasil en enero de 2013, dos meses después de que ella decidiera poner fin a la relación.

La sala de lo Civil y Penal del alto tribunal desestima así el recurso interpuesto por el condenado y confirma la pena impuesta por la Audiencia de Valencia por un delito de asesinato después de que un jurado popular declarara al acusado culpable tras el juicio celebrado el pasado mes de julio.

El jurado consideró probado que el día de los hechos el acusado siguió a su expareja desde Valencia a Benaguasil. Allí atravesó su coche delante del que conducía la víctima, con la que tenía un hijo en común, y cuando ésta salió del mismo para pedirle explicaciones por su acción le asestó una cuchillada.

La mujer intentó huir, pero el acusado le dio alcance, la arrojó al suelo, se colocó encima y siguió apuñalándole en la cara y cuello hasta matarla, mientras era increpado por numerosos vecinos que presenciaron los hechos desde sus domicilio.

El agresor se entregó horas después en una comisaría de Policía donde confesó el crimen. Acudió acompañado de su cuñado, que había ido a recogerle a la autovía CV-35, a la altura de L’Eliana, porque había sufrido un accidente al reventarle una rueda.

La Sala de lo Civil y Penal confirma la condena a 17 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía, con la agravante de parentesco y la atenuante de confesión. Le priva de la patria potestad del hijo común, menor de edad, al que tendrá que indemnizar con 150.000 euros. Deberá, igualmente, abonar 110.000 euros al otro hijo de la víctima, también menor. Para la madre y la hermana de la fallecida, con quienes ésta vivía desde su separación, el tribunal fija indemnizaciones de 50.000 y 20.000 euros respectivamente.

La sentencia de la Audiencia de Valencia, ahora confirmada por el TSJCV, impone al condenado la prohibición de acercarse y comunicarse con la familia de la asesinada y la de residir en Valencia durante 20 años. Rechaza todos los argumentos

El TSJCV ha rechazado todas las alegaciones del acusado, que había recurrido por vulneración de presunción de inocencia; que no existía alevosía y que no se había contemplado la atenuante de trastorno mental transitorio. Al respecto, señala que la víctima sufrió un ataque sorpresivo, inesperado, tremendamente violento y rápido, en el que se valió de un cuchillo que llevaba escondido en la ropa. Asimismo, rechaza que el hecho de que la víctima le pudiera insultar fuera una situación de "mutuo acometimiento" que excluyera la alevosía.

Además, añade que el acusado reconoció que la había seguido hasta Benaguasil y que había sacado un cuchillo del capó del vehículo, lo había guardado en la ropa, lo que ya indica premeditación, y se acercó con él hacia ella, lo que pone de manifiesto una intención de acabar con su vida.

Del mismo modo, destaca la desproporción de fuerzas y la violencia que refleja el informe forense, con cuchilladas en una zona vital como es el cuello, eliminando posibilidad de defensa de la víctima. también considera que, de acuerdo con el informe forense, el acusado estaba en plenas facultades mentales.

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