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Condenada una mujer a seis meses de cárcel por resistirse a ser deportada

Miércoles 31 de diciembre de 2014

Sandra, que asegura ser víctima de trata y estar amenazada en su país de origen, ha sido acusada por resistencia a la autoridad y una falta de lesiones

El juez da la razón a los agentes, que aseguran que la mujer "propinó una patada" y arañó a uno de ellos

Ella afirma que, mientras estaba atada de pies y manos, fue golpeada por los policías al resistirse a ser trasladada al aeropuerto

Aunque ya tiene la residencia en España, su defensa teme que los antecedentes obstaculicen su futura renovación, con el riesgo que puede suponer para su vida si es víctima de trata

Gabriela Sánchez 29/12/2014 eldiario.es

El Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid ha condenado a seis meses de cárcel a una mujer por resistirse en 2011 a ser deportada a su país, donde asegura estar amenazada de muerte por ser víctima de trata. Los denunciantes, dos policías nacionales, alegan que Sandra, de metro y medio de altura y 40 kilos de peso, los agredió mientras trataban de materializar su expulsión. Ella insiste en que fueron ellos los que la golpearon contra la pared mientras permanecía atada de pies y manos. El juez ha dado la razón a los agentes en una sentencia que será recurrida por su defensa.

Los hechos se remontan al 6 de octubre de 2011, cuando Sandra iba a ser deportada. Según asegura la mujer, que en la actualidad cuenta con residencia regular, es víctima de trata y volver a su país supone un gran riesgo para ella y su familia, pero su petición de protección en España fue denegada sin una investigación previa del caso, según su abogada. La acusada reconoce haber puesto resistencia a su expulsión hasta el punto de lesionarse a sí misma para evitar la repatriación; pero, insiste, estaba engrilletada de pies y manos, lo que le impedía propinar la patada que los agentes denuncian. Además, asegura que los policías la golpearon contra la pared y le arrancaron varias trenzas con las que llevaba recogido el cabello en aquel momento.

Tras el juicio oral celebrado el pasado 28 de noviembre, el magistrado, Ubaldo González Vega, ha dictado sentencia a favor de los denunciantes, según ha podido saber eldiario.es. Sandra ha sido acusada de un delito de resistencia contra la autoridad y una falta de lesiones. El juez reconoce que las versiones de la acusada y los denunciantes son “totalmente diferentes” y admite basar su decisión en la declaración de los agentes, unida al “parte de lesiones” entregado por uno de ellos.

El titular del juzgado ha rebajado la condena solicitada por la Fiscalía, que exigía 18 meses de prisión por un delito de atentado contra la autoridad, sustituido finalmente por “resistencia a la autoridad”. Según el magistrado, esto implica que la acusada no tenía intención de cometerlo, sino que se trataba de una actitud surgida a raíz de la acción de los agentes; en este caso, su intento de cumplir una orden de expulsión.

Según declararon los policías encargados del traslado de Sandra al aeropuerto, cuando llegaron al Centro de Internamiento para Extranjeros (CIE), la mujer estaba siendo atendida por el Samur tras haberse producido una serie de cortes para evitar su expulsión. “Cuando fueron a engrilletarla, les dijo: ’Para qué os ponéis los guantes, tu hermana es más sucia que yo. Sois unos hijos de puta y no vais a lograr sacarme de aquí’, describe la sentencia. Entonces, según la versión de los denunciantes, “le propinó una patada en la parte izquierda de las costillas y varios arañazos en el antebrazo izquierdo del policía nacional”. La mujer, de constitución menuda, le causó, según afirma, “contusión torácica y erosión en antebrazo izquierdo”. El agente acudió en una ocasión al médico e “invirtió en su curación cuatro días, de los que ninguno estuvo incapacitado para hacer su trabajo habitual”, desarrolla el juez.

La declaración de Sandra iba acompañada de la comparecencia de su compañera de celda en el CIE de Madrid. Aunque ella no presenció los hechos, dado que estaba encerrada en su habitación, durante el juicio oral narró lo que escuchó en aquel momento y el estado en el que la encontró posteriormente, “con marcas de los grilletes y moratones” y con algunas de sus trenzas en las manos.

El titular del juzgado ha rechazado este testimonio. “No presenció los hechos, pues se hallaba en la celda, oyendo los gritos de la acusada y limitándose a referir lo narrado por esta”, indica en la sentencia. Concluye que los supuestos moratones presentados por Sandra en aquel momento “pudieron ser causados por la resistencia de la deportada”. Su defensa denuncia que no ha podido probar estas marcas porque el servicio médico del CIE no le entregó ningún parte de lesiones. “Me salieron dos chichones, no podía mover el brazo y me salieron varios moratones en la espalda”, especificó la acusada a eldiario.es un día antes del juicio.

Su letrada también solicitó las imágenes al CIE pero, según sostiene la dirección del centro, no existen tales grabaciones. Esta es una de las quejas reflejadas en las recomendaciones de los juzgados de control que vigilan los CIE. Han sucedido más casos similares en los que, cuando se requieren unas imágenes, estas no aparecen. "Son lugares donde se producen constantes vulneraciones de derechos humanos, debería haber cámaras por todas partes", recuerdan en la Campaña por el Cierre de los CIE.

"Durante el proceso previo a la vista oral, el juez no tomó ninguna iniciativa para acceder a las posibles grabaciones de lo sucedido. Tampoco para averiguar por qué solo hay parte médico de uno de los policías y por qué no existe ninguno que refiera las atenciones médicas que se le practicaron a Sandra en el CIE de Aluche", ha denunciado el colectivo que ha dado difusión al caso de Sandra.

En este sentido, en la red de asociaciones consideran que "la parcialidad del sistema judicial" se refleja en el hecho de que, "mientras el proceso contra Sandra ha avanzado hasta esta sentencia condenatoria, la denuncia que ella presentó contra los policías aún aguarda en un cajón", ya que –recuerdan– "la petición de la defensa de Sandra de que ambos procesos judiciales se juntaran cayó en saco roto".

Petición de protección como víctima de trata

Su defensa, que ya está preparando el recurso, alerta del riesgo que puede implicar para Sandra tener antecedentes penales a sus espaldas. En la actualidad cuenta con residencia regular en España pero su renovación se podría ver obstaculizada tras la sentencia, asegura su abogada, perteneciente a Women’s Link Worldwide, ONG especializada en víctimas de trata.

"Esta sentencia pone en riesgo, por tanto, una vez más, la vida de una mujer víctima de trata y la de su familia en el país de origen", denuncian en la Campaña por el Cierre de los CIE, ya que "la sentencia pone en peligro su presencia en España, puesto que el Ministerio del Interior no deja de utilizar los antecedentes penales de cualquier tipo para impedir la renovación de las tarjetas de residencia", recuerdan.

Sandra había declarado, tras su primer intento de expulsión, estar amenazada de muerte en su país de origen como consecuencia de haber sido víctima de una red de trata de personas con fines de explotación. Según asegura, la captaron en Latinoamérica bajo la promesa de un buen trabajo que nunca llegó. Acabó en un país europeo, donde descubrió la realidad de su destino. Transcurrido un tiempo, logró huir. Llegó a España y, reconoce, intentó olvidar todo. Según explicó a este periódico, en un primer momento no quiso denunciar para "no revivirlo más", pero, cuando vio que podrían expulsarla, con "el riesgo que eso conlleva", optó por solicitar la protección.

"Yo aporté datos concretos, hasta nombres y apellidos, lugares... Todo. Pero me han ignorado". Sandra asegura que su familia recibió amenazas de muerte cuando estaba en el CIE. "Sabían todo, desde mi país sabían dónde estaba y que iban a expulsarme... Pero la policía no me hacía caso", lamentó Sandra en conversación con eldiario.es en noviembre.

En el CIE, tras su declaración, la Brigada Provincial de Extranjería y Documentación de Madrid denegó el periodo de restablecimiento y reflexión –medida de protección prevista para las víctimas de trata en la Ley de Extranjería–. La institución concluyó que “no se deduce que existan motivos razonables para entender que esta ciudadana extranjera ha sido víctima de trata de seres humanos”. Su letrada denuncia que no se realizaron diligencias para sostener esa afirmación y asegura que "ignoraron todos los datos concretos aportados por Sandra".

La Delegación del Gobierno en Madrid notificó la denegación definitiva del periodo de restablecimiento y reflexión. En este caso, la institución no argumenta la razón de su resolución, según el documento al que ha tenido acceso eldiario.es. Este fallo ha sido recurrido y se encuentra pendiente de resolución por parte del Tribunal Constitucional, según informa su abogada.

La Campaña por el Cierre de los CIE ha mostrado su rechazo a la sentencia firmada por el juez Ignacio Ubaldo González Vega. Según denuncian, "estas decisiones facilitan que los policías, sistemáticamente, se dediquen a denunciar a las personas a las que previamente han golpeado, a sabiendas de que en la inmensa mayoría de los casos los jueces les dan la razón". En este aspecto, recuerdan "todas las personas que sufren la violencia policial, tanto en macrovuelos o vuelos especiales como en vuelos comerciales –como en el caso de Sandra– o en barcos de deportación".

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