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Comunicado Comissió de Dones Advocades ICAB

Jueves 31 de agosto de 2017

Tribuna Feminista

En relación al tema Juana Rivas, sin entrar en consideraciones específicas sobre resoluciones concretas por carecer de todos los detalles procesales del caso, desde la Comissió de Dones Advocades del ICAB realizamos las siguientes reflexiones:

Cuando una mujer víctima de violencia de género es obligada por el sistema judicial a entregar a sus hijos/as menores de edad a un maltratador condenado por sentencia firme en 2009 y denunciado nuevamente por violencia en 2016, y además se produce el castigo y ensañamiento con la víctima por intentar desesperadamente proteger a sus hijos/as del agresor, es que el sistema en su conjunto no funciona.

Y es que en la sociedad patriarcal en la que vivimos, de la que el sistema judicial no escapa, los estereotipos y clichés preconcebidos empapan, incluso de forma inconsciente, la visión social y condicionan los pensamientos y actuaciones, también de los operadores jurídicos.

En cuanto a la aplicación de las leyes, reglamentos, convenios y demás normas jurídicas, vemos que por una parte hay normas que formalmente existen (y establecen entre otras cosas que los/as hijos/as de mujeres maltratadas deben ser considerados/as por definición víctimas de violencia y por tanto ante un eventual riesgo merecen protección inmediata, la obligación de incorporar la perspectiva de género en la aplicación de toda normativa, etc.) y que sin embargo, visto el resultado, en algún punto de la maquinaria judicial no se aplican, o al menos no de forma efectiva.

Y, por otra parte, vemos que hay normativa susceptible de diferentes interpretaciones que ha sido aplicada de la forma cuyo resultado más se ajusta a las doctrinas patriarcales. El derecho no son matemáticas, a veces caben diversas interpretaciones, y no podemos olvidar que quienes lo interpretan y aplican, como seres humanos y sociales, forman parte del contexto patriarcal.

Ante todo ello, y los profundos dramas humanos que genera, deben por un lado establecerse mecanismos que permitan garantizar el cumplimiento de las normas formalmente existentes que materialmente no se cumplen o no lo hacen de forma efectiva, y por otro dictar normas específicas que establezcan de forma expresa cómo la perspectiva de género y el conocimiento de los circuitos de la violencia machista deben ser incorporados en todos los procedimientos.

Finalmente, procede señalar la inaplazable necesidad de mejorar la educación desde la infancia a toda la sociedad en materia de igualdad y la desactivación de los estereotipos, la mejora del tratamiento de los casos de violencia de género en los medios de comunicación, y la conveniencia de facilitar formación a los operadores jurídicos en materia de perspectiva de género, así como sobre los mecanismos de las violencias de género en todas sus manifestaciones.

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