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Archivo de Jaén expone documentos de violencia género en la Segunda República

Miércoles 22 de noviembre de 2017

21/11/2017 La Vanguardia

Jaén, 21 nov (EFE).- El Archivo Histórico Provincial de Jaén acoge hasta el 29 de diciembre la exposición pública de una serie de documentos sobre procedimientos de divorcio en la Segunda República motivados por malos tratos.

Se muestran dos procedimientos judiciales, el primero de ellos un divorcio de 1932 y el segundo un auto de separación de personas y bienes de 1934, ambos motivados por malos tratos.

Estos dos supuestos estaban recogidos en la legislación como motivos suficientes para conceder el divorcio, si se comprobaba que eran ciertos y al final el divorcio fue concedido.

Con esta muestra la Consejería de Cultura, a través del Archivo Histórico Provincial, se suma a los actos programados por la Junta en Jaén con motivo de la declaración del 25 de noviembre como Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

La delegada territorial de Cultura Pilar Salazar ha explicado en la inauguración de la muestra que con esta actividad intentan "conectar hechos de actualidad con el pasado para un conocimiento más detallado del presente y, en este caso en particular, mostrando también el rechazo a esa lacra social".

Tras recordar que el divorcio y la separación fueron autorizados en España por la Ley del Divorcio de 2 de marzo de 1932, durante la Segunda República, Ley que fue derogada tras el fin de la Guerra Civil en 1939, hasta que en 1981 el divorcio fue de nuevo legalizado, Salazar se ha referido a uno de los primeros procedimientos de divorcio de 1932, por el que una mujer demanda a su marido por malos tratos y conducta indecente.

En el documento aparecen reflejados los malos tratos de palabra y obra y una conducta inmoral relacionada con un juicio de faltas por intento de violación a otra mujer y que fue archivada por el perdón público que hizo la ofendida, renunciando a cualquier compensación económica.

"En este procedimiento se ponen de manifiesto las herramientas que una mujer tenía para actuar en situaciones de violencia en el seno del matrimonio, muchas de las cuales ya existían antes de las legalización del divorcio, lo que demuestra que no eran hechos aislados en la España de principios del siglo XX", ha indicado la delegada.

En el segundo de los procedimientos expuestos, que data de 1934, la mujer realiza una demanda de separación al marido por malos tratos, dejando constancia que ya hubo un juicio de faltas en el que el marido fue declarado culpable de malos tratos a su esposa e hijas y condenado a cinco días de reclusión menor y al pago de las costas, pero en este caso no se pide el divorcio, sino un paso intermedio que la ley denomina "separación de personas y de bienes".

En este caso, el tribunal, en los fundamentos de la sentencia confirma que, tras el examen de las pruebas aportadas, el primero hace víctima a la esposa de malos tratos de obra, profiriendo además contra ella palabras gravemente injuriosas, teniendo abandonada a la esposa y a las hijas, a las que no facilita lo más indispensable para vivir, quedando por consecuencia la familia en un completo desamparo sin justificación alguna. EFE

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