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Amnistía Internacional: Política para proteger los derechos humanos de los trabajadores y las trabajadoras sexuales. Preguntas y respuestas

Domingo 30 de agosto de 2015

Amnistía Internacional

1. ¿Por qué necesita AI una política para proteger los derechos humanos de los trabajadores y las trabajadoras sexuales?

Los trabajadores y las trabajadoras sexuales son uno de los grupos más marginados del mundo. En muchos países se ven amenazados por toda una serie de abusos, tales como la violación, las palizas, la trata de personas, la extorsión, el desalojo forzoso y la discriminación, que incluye la exclusión de los servicios de salud. Lo más habitual es que apenas gocen de protección jurídica, si es que gozan de ella en absoluto. De hecho, en muchos casos, estos abusos y violaciones de derechos humanos son perpetrados por la policía, por clientes y por terceras partes.

Por ejemplo, un estudio realizado en 2010 sobre los trabajadores y las trabajadoras sexuales en la capital de Papúa Nueva Guinea, Port Moresby, concluyó que, a lo largo de un periodo de seis meses, el 50 por ciento de los trabajadores y las trabajadoras sexuales habían sido víctimas de violación (por parte de clientes o de policías).

2. ¿Cuál es la diferencia entre legalización y despenalización? ¿Por qué no pide Amnistía Internacional que se legalice el trabajo sexual?

La despenalización del trabajo sexual significa que los trabajadores y las trabajadoras sexuales ya no infringen la ley por realizar trabajo sexual. No se ven obligados a vivir fuera de la ley, y hay un mayor espacio para proteger sus derechos humanos.

Si se legaliza el trabajo sexual, eso significa que el Estado formula leyes y políticas muy específicas que regulan formalmente dicho trabajo. Esto puede dar lugar a un sistema de dos niveles en el que muchos trabajadores y las trabajadoras sexuales –a menudo los más marginados, los que realizan su trabajo en la calle– actúen fuera de esa normativa y sigan sufriendo criminalización. La despenalización pone en las manos de los trabajadores y las trabajadoras sexuales un mayor control para actuar de manera independiente, autoorganizarse en cooperativas informales y controlar su propio entorno de trabajo de una manera que la legalización con frecuencia no permite.

Durante nuestra consulta con trabajadores y las trabajadoras sexuales, la mayoría de aquellos con los que hablamos apoyaban la despenalización, pero con frecuencia veían con inquietud las implicaciones de la legalización. Esto no se debía únicamente a su desconfianza en las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley, sino también al temor a que, si se adopta el modelo erróneo de legalización, puede desempoderarlos o incluso llevarlos a sufrir criminalización y abusos.

Cuando los trabajadores y las trabajadoras sexuales dejan de ser vistos y tratados como "delincuentes" o "cómplices", corren menos riesgo de sufrir tácticas policiales agresivas, y pueden exigir protección y mejores relaciones con la policía y disfrutar de ellas. La despenalización devuelve sus derechos a los trabajadores y las trabajadoras, y los convierte en agentes libres.

No nos oponemos a la legalización en sí, pero querríamos asegurarnos de que las leyes que se aprueben promueven los derechos humanos de los trabajadores y las trabajadoras sexuales y cumplen el derecho internacional de los derechos humanos.

3. ¿Acaso la despenalización del trabajo sexual no alienta la trata de personas?

Es importante dejar muy claro que Amnistía Internacional condena enérgicamente todas las formas de trata de seres humanos, incluida la trata con fines de explotación sexual. La trata de seres humanos constituye un abominable abuso contra los derechos humanos y debe ser penalizada como cuestión de derecho internacional. Esto queda claro para todas nuestras deliberaciones sobre política.

La despenalización del trabajo sexual no significa eliminar las sanciones penales para la trata de personas. No hay indicios que sugieran que la despenalización da lugar a un aumento de la trata.

Creemos que las despenalización ayudaría a abordar la trata de personas. Cuando el trabajo sexual se despenaliza, los trabajadores y las trabajadoras sexuales son más capaces de trabajar juntos y reclamar sus derechos, para lograr mejores estándares y condiciones de trabajo y una mayor supervisión del sexo comercial y de la posible trata de personas destinadas a este fin.

Cuando no están bajo la amenaza de la criminalización, los trabajadores y las trabajadoras sexuales pueden también colaborar con las fuerzas encargadas de hacer cumplir la ley para identificar a los autores y las víctimas de trata.

Algunas organizaciones, como la Alianza Global contra la Trata de Mujeres, Anti-Slavery International y la Organización Internacional del Trabajo, están de acuerdo en que la despenalización puede desempeñar un papel positivo. La despenalización fomenta un mayor reconocimiento de los derechos de las personas que venden sexo y puede ayudar a poner fin a las violaciones de derechos humanos que sufren estas personas, incluida la trata.

4. ¿Cómo puede la despenalización del trabajo sexual proteger los derechos de las mujeres?

La política propuesta por Amnistía Internacional pretende proporcionar una mayor protección a los derechos humanos de las trabajadoras sexuales –que a menudo se encuentran entre las mujeres más marginadas de la sociedad– promoviendo una mayor protección y un mayor empoderamiento de dichas trabajadoras sexuales.

La desigualdad de género y la discriminación pueden influir enormemente en que una mujer se dedique al trabajo sexual. No somos ingenuos ni indiferentes respecto a este problema. Pero no creemos que el criminalizar a las mujeres por su falta de opciones o el utilizar leyes penales y prácticas policiales que hagan su vida menos segura sea la respuesta a este problema.

La criminalización de las trabajadoras sexuales hace que a éstas les resulte más difícil obtener un empleo de su elección. La política que proponemos expone una serie de acciones que los Estados deben tomar –además de la despenalización– para empoderar a las mujeres y a otros grupos marginados con el fin de garantizar que nadie tiene que realizar trabajo sexual para sobrevivir.

Los Estados deben proporcionar acceso oportuno y adecuado a medidas de apoyo, por ejemplo prestaciones sociales, educación y formación y/o un puesto de trabajo alternativo. Esto no significa que las personas que se dedican al trabajo sexual estén obligadas a participar en dichos programas.

5. ¿Qué pruebas tiene AI para respaldar su propuesta de política sobre trabajo sexual?

Hemos dedicado dos años a elaborar nuestra propuesta de política para proteger los derechos humanos de los trabajadores y las trabajadoras sexuales. Esta política se basa en una sólida investigación y consulta con una diversidad de organizaciones y personas.

Hemos examinado el amplio trabajo realizado por organizaciones como la Organización Mundial de la Salud, ONUSIDA, el relator especial de la ONU sobre el derecho a la salud y otros organismos de la ONU. También hemos examinado las posturas adoptadas por otras organizaciones como ONU Mujeres, Anti-Slavery International y la Alianza Global contra la Trata de Mujeres. Hemos realizado investigaciones detalladas, hemos entrevistado a más de 200 trabajadores y las trabajadoras sexuales, y también a ex trabajadores y las trabajadoras sexuales, la policía, gobiernos y otros organismos en Argentina, Hong Kong, Noruega y Papúa Nueva Guinea.

Nuestras oficinas nacionales en todo el mundo han contribuido también a la política mediante una consulta amplia y abierta con grupos de trabajadores y las trabajadoras sexuales, grupos que representan a supervivientes de prostitución, organizaciones abolicionistas, feministas y otros representantes de los derechos de las mujeres, activistas LGBTI, organismos contra la trata de personas, activistas que trabajan sobre el VIH/sida y muchos más.

6. Quienes venden sexo necesitan protección, pero ¿por qué proteger a los proxenetas?

Nuestra política no consiste en proteger a los proxenetas. Según el modelo que proponemos, los terceros que exploten a trabajadores o trabajadoras sexuales o abusen de ellos seguirán estando criminalizados.

Pero existen leyes excesivamente amplias, como las que prohíben "promover la prostitución" o "regentar burdeles", que se utilizan a menudo contra trabajadores y las trabajadoras sexuales y criminalizan las acciones que emprenden para tratar de mantenerse a salvo. Por ejemplo, en muchos países, si dos trabajadores o trabajadoras sexuales trabajan juntos por motivos de seguridad se considera que forman un "burdel". Nuestra política pide que las leyes se reorienten para abordar los actos de explotación, abuso y trata, en lugar de establecer delitos de carácter muy general que criminalizan a los trabajadores y las trabajadoras sexuales y ponen en peligro su vida.

7. ¿Por qué no apoya Amnistía Internacional el modelo nórdico?

Aunque el modelo nórdico no criminaliza directamente a los trabajadores y las trabajadoras sexuales, hay aspectos operativos –como la compra de sexo o el alquiler de locales en los que vender sexo– que siguen estando criminalizados. Esto pone en peligro la seguridad de los trabajadores y las trabajadoras sexuales y los hace vulnerables a abusos; pueden seguir siendo objeto de persecución por parte de la policía, cuyo objetivo a menudo es erradicar el trabajo sexual mediante el cumplimiento de la ley penal.

En realidad, las leyes contra la compra de sexo significan que los trabajadores y las trabajadoras sexuales tienen que correr más riesgos para proteger a los compradores y evitar que sean detectados por la policía. Los trabajadores y las trabajadoras sexuales con los que hemos hablado nos han contado de forma habitual que les piden que visiten a los clientes en sus casas para ayudarles a evitar a la policía, en lugar de ir a un lugar donde el trabajador o trabajadora sexual se sienta más seguro.

En el modelo nórdico, el trabajo sexual sigue estando sumamente estigmatizado, y contribuye a la discriminación y la marginación de quienes se dedican a él.

8. ¿Por qué cree Amnistía Internacional que pagar por trabajo sexual es un derecho humano?

Nuestra política no trata sobre los derechos de quienes compran sexo: se centra exclusivamente en proteger a los trabajadores y las trabajadoras sexuales que se enfrentan a una serie de violaciones de derechos humanos vinculadas a la criminalización.

Al adoptar esta política, Amnistía Internacional dice que creemos que deben protegerse los derechos de un grupo de personas que pueden ser sumamente vulnerables a los abusos contra los derechos humanos.

9. Como organización de derechos humanos, ¿significa esta votación que ustedes promueven el trabajo sexual?

No. No creemos que nadie deba realizar trabajo sexual contra su voluntad, y nadie debe verse nunca obligado o coaccionado para convertirse en trabajador o trabajadora sexual. Existen pruebas de que, a menudo, los trabajadores y las trabajadoras sexuales se dedican a este trabajo como su único medio de supervivencia, y porque no tienen otra opción. Esto sólo perpetúa la marginación de los trabajadores y las trabajadoras sexuales, y es por eso por lo que queremos garantizar que contamos con una política que defienda sus derechos humanos. 10. Amnistía Internacional ha adoptado una decisión pero, ¿qué sucederá a continuación?

La votación ha dado a nuestra Junta Directiva Internacional luz verde para elaborar y acordar una política con la que proteger los derechos humanos de los trabajadores y las trabajadoras sexuales. Esta política se debatirá en su próxima reunión de octubre. La Junta se basará en las conclusiones de la consulta y en la investigación llevada a cabo hasta la fecha y tomará una decisión sobre la mejor política para reflejar el compromiso de Amnistía Internacional de proteger los derechos humanos de los trabajadores y las trabajadoras sexuales.

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