Sábado 12 de mayo de 2007
EEUU: Abusos contra mujeres bajo custodia. Uso de grilletes en mujeres embarazadas.
Dentro de EEUU, además del trabajo permanente contra la pena de muerte, existen otras preocupaciones para Amnistía Internacional. Es habitual que en muchas cárceles se coloquen instrumentos de inmovilización a las mujeres cuando se les traslada fuera de los centros y se les custodia en hospitales, con independencia de que tengan un historial de violencia o no(sólo una minoría lo tiene) y de que hayan o no huir en alguna ocasión (pocas mujeres lo hacen).Normalmente se suelen aplicar instrumentos de inmovilización a las mujeres embarazadas durante el traslado fuera de los centros, durante el parto e inmediatamente después de dar a luz. En 14 estados no aplican esta práctica. Sin embargo, en Arkansas y Ohio no existe prohibición alguna para aplicar instrumentos de inmovilización a las mujeres embarazadas durante los traslados y el parto, y un funcionario de prisiones puede estar presente durante el parto.
Amnistía Internacional califica esta práctica como trato cruel, inhumano y degradante, que viola las normas internacionales, como la Convención de la ONU contra la Tortura y el Pacto Internacional de Derechos civiles y Políticos, instrumentos ratificados por Estados Unidos. Además en las Reglas Mínimas de la ONU para el Tratamiento de los Reclusos se afirma que no se utilizarán cadenas ni grilletes como medios de coerción y que sólo deben usarse otros medios de coerción cuando sea estrictamente necesario y en circunstancias muy concretas.
A la organización le preocupa la falta de legislación estatal y federal y de normas uniformes en los centros de detención de EEUU, por lo que insta a las autoridades estatales de prisiones y a la Oficina Federal de Prisiones (responsable de los presos bajo custodia federal) a:
Garantizar que sólo se utilicen medios de inmovilización cuando sea necesario como medida de precaución contra una evasión o para impedir a una interna que se dañe a sí misma.
A establecer políticas que prohíban el uso de grilletes, cadenas en el abdomen o esposas durante cualquier momento del embarazo.
Garantizar que sólo mujeres funcionarias acompañen a la reclusa durante los exámenes prenatales y el parto, y que se sitúen fuera de la sala de partos con el fin de respetar su intimidad y dignidad.
ACCIONES RECOMENDADAS:
Rogamos escriban cartas, según modelo adjunto, a los Directores del Departamento de Prisiones de Arkansas y Ohio, y al Director de la Oficina Federal de Prisiones.
Ohio Department of Rehabilitation and Corrections Reginald A Wilkinson Central Office 1050 Freeway Drive North Columbus, OH 43229 Estados Unidos
Estimado Sr. Wilkinson:
Le escribo en relación con el informe publicado por Amnistía Internacional en marzo de 2006 sobre los abusos contra mujeres bajo custodia, y en especial sobre la aplicación de instrumentos de inmovilización a las embarazadas.
Amnistía Internacional considera que la aplicación de grilletes y otros medios de inmovilización a las presas embarazadas constituye un trato cruel, inhumano y degradante que vulnera las normas internacionales.
También le recuerdo la observación final formulada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU en julio de 2006 sobre el informe presentado por EEUU al Comité en virtud del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, en la que se recomendaba que se prohibiera la colocación de grilletes a las presas.
Me preocupa que se puedan aplicar instrumentos de movilización en el tercer trimestre del embarazo y durante los traslados y el parto, y por la permanencia de un funcionario en la sala de partos.
Por todo esto, le insto a garantizar que los instrumentos de inmovilización se utilicen de acuerdo con las normas internacionales, sólo en caso necesario y cuando fracasen otros métodos como medida de precaución contra una evasión o para impedir que una reclusa se dañe a sí misma o a otras personas o produzca daños materiales.
Le insto también a que consideren las directrices de Amnistía Internacional sobre: la aplicación de instrumentos de inmovilización a las presas embarazadas y a que adopten políticas que prohíban la aplicación de éstos a partir del tercer trimestre de embarazo, cuando sean trasladadas, cuando estén en el hospital antes, durante e inmediatamente después del parto, así como el uso de grilletes, cadenas en el abdomen o esposas a la espalda durante cualquier momento del embarazo. Además, las políticas deben garantizar que sea una mujer funcionaria quien acompañe a la reclusa durante el traslado y permanezca fuera de la sal durante los exámenes y el parto, a menos que la reclusa desee lo contrario. Se debe facilitar a la funcionaria la formación necesaria para que sea sensible a los problemas médicos y emocionales relacionados con el embarazo y el parto.
Atentamente
Director Federal Bureau of Prisons Harley G. Lappin 320 First Street NW Washington DC 20534 Estados Unidos
Estimado Sr. Lappin
Le escribo en relación con el informe publicado por Amnistía Internacional en marzo de 2006 sobre los abusos contra mujeres bajo custodia, y en especial sobre la aplicación de instrumentos de inmovilización a las embarazadas.
Amnistía Internacional considera que la aplicación de grilletes y otros medios de inmovilización a las presas embarazadas constituye un trato cruel, inhumano y degradante que vulnera las normas internacionales.
También le recuerdo la observación final formulada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU en julio de 2006 sobre el informe presentado por EEUU al Comité en virtud del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, en la que se recomendaba que se prohibiera la colocación de grilletes a las presas.
Me preocupa que se puedan aplicar instrumentos de movilización en el tercer trimestre del embarazo y durante los traslados y el parto, y por la permanencia de un funcionario en la sala de partos.
Por todo esto, le insto a garantizar que los instrumentos de inmovilización se utilicen de acuerdo con las normas internacionales, sólo en caso necesario y cuando fracasen otros métodos como medida de precaución contra una evasión o para impedir que una reclusa se dañe a sí misma o a otras personas o produzca daños materiales.
Le insto también a que consideren las directrices de Amnistía Internacional sobre: la aplicación de instrumentos de inmovilización a las presas embarazadas y a que adopten políticas que prohíban la aplicación de éstos a partir del tercer trimestre de embarazo, cuando sean trasladadas, cuando estén en el hospital antes, durante e inmediatamente después del parto, así como el uso de grilletes, cadenas en el abdomen o esposas a la espalda durante cualquier momento del embarazo. Además, las políticas deben garantizar que sea una mujer funcionaria quien acompañe a la reclusa durante el traslado y permanezca fuera de la sal durante los exámenes y el parto, a menos que la reclusa desee lo contrario. Se debe facilitar a la funcionaria la formación necesaria para que sea sensible a los problemas médicos y emocionales relacionados con el embarazo y el parto.
Atentamente
Director del Departamento de Prisiones de Arkansas Larry B Norris, Director Arkansas Departamento f Corrections PO Box 8707 Pine Bluff, AR 71611-807 Estados Unidos
Estimado Sr. Norris
Le escribo en relación con el informe publicado por Amnistía Internacional en marzo de 2006 sobre los abusos contra mujeres bajo custodia, y en especial sobre la aplicación de instrumentos de inmovilización a las embarazadas.
Amnistía Internacional considera que la aplicación de grilletes y otros medios de inmovilización a las presas embarazadas constituye un trato cruel, inhumano y degradante que vulnera las normas internacionales.
También le recuerdo la observación final formulada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU en julio de 2006 sobre el informe presentado por EEUU al Comité en virtud del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, en la que se recomendaba que se prohibiera la colocación de grilletes a las presas.
Me preocupa que se puedan aplicar instrumentos de movilización en el tercer trimestre del embarazo y durante los traslados y el parto, y por la permanencia de un funcionario en la sala de partos.
Por todo esto, le insto a garantizar que los instrumentos de inmovilización se utilicen de acuerdo con las normas internacionales, sólo en caso necesario y cuando fracasen otros métodos como medida de precaución contra una evasión o para impedir que una reclusa se dañe a sí misma o a otras personas o produzca daños materiales.
Le insto también a que consideren las directrices de Amnistía Internacional sobre: la aplicación de instrumentos de inmovilización a las presas embarazadas y a que adopten políticas que prohíban la aplicación de éstos a partir del tercer trimestre de embarazo, cuando sean trasladadas, cuando estén en el hospital antes, durante e inmediatamente después del parto, así como el uso de grilletes, cadenas en el abdomen o esposas a la espalda durante cualquier momento del embarazo. Además, las políticas deben garantizar que sea una mujer funcionaria quien acompañe a la reclusa durante el traslado y permanezca fuera de la sal durante los exámenes y el parto, a menos que la reclusa desee lo contrario. Se debe facilitar a la funcionaria la formación necesaria para que sea sensible a los problemas médicos y emocionales relacionados con el embarazo y el parto.
Atentamente