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13 años y medio de cárcel para el exseleccionador de baloncesto Mario López por agresión sexual a una menor

Martes 25 de febrero de 2025

Agredió a la víctima en 50 ocasiones, conductas que fueron “adquiriendo creciente relevancia en cuanto a frecuencia e intensidad”, según la sentencia que concede “plena fiabilidad” al testimonio de la víctima y condena a López a no acercarse a su casa a menos de 300 metros y a una indemnización de 80.000 euros

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Mario López en un partido de la Copa de la Reina de Baloncesto en 2021 Europa Press

Maialen Ferreira - Bilbao —25 de febrero de 2025 elDiario.es

El exentrenador del club de baloncesto Lointek Gernika y de los equipos inferiores de la selección española Mario López ha sido condenado a una pena de 13 años y medio de cárcel por un delito continuado de agresión sexual a una jugadora que era menor de edad. En una sentencia notificada este martes a ambas partes y a la que ha tenido acceso este periódico, el tribunal considera probado que en unos hechos que se iniciaron en 1998, cuando la víctima tenía 13 años y el procesado 31 y se prolongaron durante más de tres años, el procesado mantuvo en torno a 50 encuentros con la menor en los que llevó a cabo “múltiples conductas de naturaleza sexual” que fueron “adquiriendo creciente relevancia en cuanto a frecuencia e intensidad”.

Según la Audiencia Provincial de Bizkaia el procesado actuó valiéndose del conocimiento que tenía de la situación personal y familiar de la menor, “ejerciendo la posición de poder que le confería la diferencia de edad”, así como su condición de entrenador y el “temor” que ella sentía hacía él. También destaca que la menor participó de esos encuentros “sin prestar ningún tipo de consentimiento, con su voluntad doblegada por el dominio ejercicio por el procesado con apoyo en todas estas circunstancias” citadas. “El comportamiento exigente y autoritario del procesado en su actividad de entrenador generaba miedo y temor en la denunciante y en muchas otras jugadoras, tratándose de una conducta que permaneció durante varios años, fundamentalmente los correspondientes a la etapa del deporte escolar. El procesado actuó valiéndose del conocimiento que tenía de su situación personal y familiar y ejerciendo la posición de poder que le confería la diferencia de edad, su condición de entrenador y la relevancia que tenía para ella esta figura, potenciada por el temor que sentía hacia él. En consecuencia, la denunciante participó en estos encuentros sin prestar ningún tipo de consentimiento, con su voluntad doblegada por el dominio ejercido por el procesado con apoyo en todas estas circunstancias”, recoge la sentencia.

Para llegar a esa conclusión, el tribunal tiene en cuenta el testimonio prestado por la denunciante que, asegura, “parece revestido de una indudable consistencia intrínseca por la lógica y la coherencia en las explicaciones, por los detalles ofrecidos (…) y por la descripción del contexto en el que se produjeron”, sin que se aprecien “lagunas, puntos oscuros ni contradicciones relevantes”. La sentencia también recoge el estado en el que se encuentra la víctima después de interponer la denuncia y hasta día de hoy. “No contó nada de todo esto a nadie. En noviembre de 2020 demandó terapia psicológica, y en el mes de junio de 2021 reveló estos hechos a su psicóloga. La denuncia se interpuso con fecha 13 de junio de 2022. Como consecuencia de esta revelación, desarrolló un conjunto de síntomas tales como pensamientos intrusivos, depresión, alteraciones cognitivas, del sueño y del estado de ánimo, alteraciones de alerta y reactividad, etc.. El conjunto de síntomas detectados configura un diagnóstico de Trastorno por Estrés Postraumático relacionado causalmente con los hechos denunciados, trastorno que se encuentra en la actualidad en fase de estabilización, con persistencia de síntomas, habiendo precisado para dicha estabilización de tratamiento médico psiquiátrico y psicológico, que deberá permanecer por un tiempo indefinido. Se encuentra en situación de baja laboral desde junio de 2023”.

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Imagen de archivo del exentrenador del club de baloncesto Lointek Gernika Mario López (i) llegando a la Audiencia de Bizkaia. EFE/ Miguel Toña

Durante el juicio el procesado niega los hechos y asegura que “todo sucedió con el consentimiento” de la por aquel entonces menor de edad. Sin embargo, la denunciante afirma que “se trataba de una relación de absoluta dominación, miedo y terror”. “Dice que era una niña, que no era capaz de decirle que no. Se sentía totalmente obligada, le llamaba, le ponía la hora, era un robot, no había cabida para decir que no. No había nada de voluntario en esa relación. No hubo ningún tipo de consentimiento”, recoge la sentencia que incluye pasajes específicos de agresiones sexuales que este periódico no considera necesario publicar dada la gravedad de los hechos.

El tribunal también contrapone el “incólume y coincidente” testimonio de la denunciante en todas sus comparecencias en este procedimiento frente a la “dubitativa e inconsistente actuación” del procesado quien en su primera declaración ante el Juzgado de Instrucción negó cualquier relación sexual y en el juicio oral “admitió besos y tocamientos” y que “todo sucedió con el consentimiento” de ella. “El reconocimiento por el acusado de que esos encuentros sexuales existieron, con independencia de la discrepancia en su alcance temporal, frecuencia y contenido, se inserta como un elemento más en la valoración de la prueba para dotar de verosimilitud a la declaración” de la denunciante que “constituye la piedra angular en este enjuiciamiento”, dice la Audiencia vizcaína.

El relato de la mujer, al que la Audiencia de Bizkaia, concede “plena fiabilidad”, comprende “de modo inequívoco el ejercicio de la fuerza física por el procesado”, añade la Sala, quien también pone el foco en la “pauta de amedrentamiento y sumisión basada en el temor” que este instauró en la relación con las jugadoras a las que entrenaba. “La consumación de los actos atentatorios contra la libertad sexual se explica, pues, por ese contexto de miedo y sometimiento que impide apreciar cualquier tipo de consentimiento, ni aun viciado, lo cual nos lleva a la figura de la agresión sexual, además de con violencia, con intimidación”, dice el tribunal, quien añade que el procesado “se aprovechó de la notable diferencia de edad, dieciocho años, y de la situación de desprotección familiar en la que se encontraba la víctima” para llevar a cabo los hechos.

Por todo ello, en una sentencia que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, la Audiencia de Bizkaia le condena como autor de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal y con la agravación de víctima especialmente vulnerable y además de la pena de 13 años y 6 meses de prisión también fija una inhabilitación para ejercer de entrenador de baloncesto de menores durante el tiempo de la condena. El tribunal impone asimismo la prohibición de acercamiento a menos de 300 metros del domicilio de la víctima por un plazo de cinco años a contar desde que el acusado comience a disfrutar de permisos carcelarios o de libertad condicional, o se produzca la salida de la prisión por cualquier otra causa. Además, el procesado deberá indemnizar a la víctima en la cantidad total de 80.000 euros por el daño causado.

Los hechos se hicieron públicos en diciembre de 2023 tras un artículo de ’El País’ que contaba con el testimonio de la víctima que denunció las agresiones sexuales cometidas por López. La Federación Española de Baloncesto asegura que solo tuvo “un conocimiento parcial de este asunto a partir de una denuncia contra el club recibida el 29 de octubre” de 2023. Tras hacerse público lo ocurrido y varias movilizaciones en contra de López, pero también de la actitud del club, el Lointek Gernika decidió apartarlo y se personó como acusación particular en el procedimiento abierto contra él. “Nos personamos primero porque el club ha sido víctima de un engaño. Segundo, porque el juzgado ha entendido que no se nos tenía que llamar como parte ofendida para personarnos y la tercera, porque no sabemos qué ha pasado. A día de hoy nosotros no tenemos la querella, la prensa tiene más información que nosotros (...) No es concebible que alguien haya trasladado a los miembros del club que la persona que está ahí con sus hijas tiene una denuncia por agresión sexual continuada de menores y que esas personas lo estuvieran permitiendo. Yo les he visto totalmente derrumbados. ¿Qué entendemos que ha fallado? El sistema. Quizás la denunciante no quería decirlo por su propia protección y si alguien lo ha cometido no quería que se sepa. Todo esto se puede hacer mejor. La respuesta del sistema e incluyo al club, ha sido insuficiente”, argumentó el abogado en la primera rueda de prensa del Lointek Gernika desde que se destapó la noticia de que López, que en aquel momento era responsable de la gestión interna y deportiva del club y antes había sido entrenador de baloncesto femenino y exseleccionador de las categorías femeninas sub-19 y sub-18.

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