Denuncian que Fiscalía aplica “estrategia de golpear a comunidades mapuche”

 

Entrevista al abogado, Pablo Ortega, por El Mostrador, 26 de agosto de 2001.

Ortega, quien ha defendido a varios de los dirigentes de ese grupo mapuche, denuncia que los organismos vinculados a la nueva justicia procesal penal que se aplica en la Novena Región mantienen a 200 indígenas esperando sentencia, y afirma que los jueces violan el espíritu garantista de esa reforma cuando se trata del conflicto indígena.

Desde que en 1997 se produjo el caso de la quema de camiones en Lumaco, tras el cual se aplicó la ley de seguridad del estado contra varios comuneros mapuche de la Octava Región, los Tribunales de Justicia se han convertido en el segundo pilar de la aproximación del Estado al conflicto indígena, junto con la millonaria política asistencial gestionada por los gobiernos de la Concertación.

Ese rol preponderante de la justicia tuvo una compleja arista a partir de la selección de la Novena Región como uno de los laboratorios en los cuales se aplicará primero la reforma procesal penal antes de su extensión al resto del país. ¿Cuál ha sido el efecto de los nuevos procedimientos, destinados en principio a acelerar la administración de justicia y aumentar las garantías para los procesados?. Una voz vinculada directamente al desarrollo del experimento es la del abogado Pablo Ortega, quien representa a varios miembros de la Coordinadora Arauco-Malleco -la entidad mapuche a la que se atribuye un rol más duro en el conflicto-, quien ha llevado procesos ante ambos sistemas procesales, el antiguo y el nuevo. El profesional denuncia que a la fecha en las regiones Octava y Novena cerca de 200 comuneros mapuches aún esperan condena, y hace una abierta crítica a la manera como la reforma procesal penal ha sido aplicada en la Región de La Araucanía.

Ortega entrega una visión de la nueva justicia en la cual los fiscales aparecen como sujetos investidos de poderes tan amplios que difuminan la premisa de una justicia garantista hacia los procesados, la cual en los hechos no existiría en el caso de los mapuche.

¿Garantías vulneradas?

“La Reforma en términos teóricos da más garantías a los procesados, pero en la práctica, al menos en el tema mapuche, ha significado que esas garantías son vulneradas", advierte Ortega. "Las fiscalías investigan a las comunidades mapuche y formalizan en contra de cada uno de los comuneros varios delitos, los que de acuerdo a nuestro criterio jurídico no se encuentran acreditados, o derechamente no existen, como es el caso de la asociación ilícita”, añade.

- ¿Cuál es el fondo de esas imputaciones, a su juicio?

- Nuestro análisis es que imputar delitos que no existen y respecto de los cuales no existen pruebas fehacientes sólo tiene por objeto justificar las detenciones. Es decir, por la vía de los hechos se vulnera el espíritu garantista de la ley, que respeta la presunción de inocencia. "Así, por la vía de imputar delitos los fiscales hacen un cálculo: por ejemplo, asociación ilícita tiene como pena cinco años y un día, más el hurto de madera, que tiene 545, más otro, suman y en su argumentación justifican 10 años para una persona. Con ese antecedente interpelan al magistrado y le dicen que tal persona tiene que estar presa, porque con 10 años no tendrá beneficios penitenciarios".

- ¿Cuántos delitos se imputan generalmente a un comunero procesado?

- Como mínimo tres delitos, y en algunos casos dos. En el caso de Chequenco, por ejemplo, si las consecuencias de este fenómeno no fueran graves sería para la risa. Comentábamos con los abogados defensores que (a los fiscales) les faltó ver el índice del Código Penal para aplicar más delitos. Había comuneros que estaban acusados de nueve delitos: hurto de trigo, robo de madera, robo de especies, secuestro, incendio, porte y tenencia de armas. Y no a una, sino a 11 personas. El que menos delitos tenía encima contaba con cuatro. De todos ellos, dudo que tengan fundamento para una acusación en la mayoría.

“La mayoría de los procesos aún están en tramitación. La única persona que está cumpliendo condena en una causa terminada es Aníbal Salazar Huichacura, quien cumple condena de tres años y un día en la cárcel de Temuco por un proceso por infracción a la ley de seguridad del Estado que data de diciembre de 1997. La inmensa mayoría de los demás casos están en trámite: la mayoría está en libertad bajo fianza, aunque algunos están en prisión preventiva”.

- ¿Cuál es el volumen de causas que están pendientes y cuánta gente está involucrada?

- Las causas que yo conozco son una parte, tal vez la gran mayoría de las más connotadas. En los que nosotros manejamos son más de 100 personas procesadas, es decir perfectamente se puede hablar de 200 personas procesadas en total. Estos procesos están tribunales civiles, militares y especiales como los formados por la ley de seguridad del Estado. En este último caso, explica Ortega, hay cuatro procesos: uno que se remonta a 1997, otro iniciado en 1999 que se tramita en la Corte de Apelaciones de Temuco, otro del año 2000 que se tramita en el mismo tribunal de alzada, y el último en la Corte de Apelaciones de Concepción.

- ¿Cuál es el correlato de estos procesos al interior de las comunidades?

- Aquí la estrategia es golpear a las comunidades para hacerlas desistir del proceso de recuperación de tierras en que se encuentran. Es imposible que estas 200 personas en un momento dado sean detenidas, porque es un costo político que el Estado no está en condiciones de pagar y porque los tribunales no se dejarán usar por los gobiernos de turno para sacarse de encima un problema político y transformarlo en uno policial. "El objetivo es golpearlos, mantenerlos detenidos el mayor tiempo posible por la vía de aumentar los cargos, de pedir penas exorbitantes o alegar en contra de las libertades en las cortes. El objetivo es amedrentarlos ahora mientras están movilizadas, y no obtener condenas".

- ¿Y en el caso de la Coordinadora?

-Evidentemente la focalización de la represión es hacia la Coordinadora, pero no solamente hacia ella, sino sobre toda comunidad que pelea la tenencia de los predios, como las comunidades Domingo Trangol, en Victoria, o Temucuicui, en Ercilla, que no son de la Coordinadora. “La situación de la fiscalía es tan grave que en los casos en que los jueces de garantía han decretado libertades para los mapuche, la fiscalía ha interpuesto recursos de queja contra esos magistrados en un claro intento ¿por atemorizarlos? No sé, no me atrevería a decir esa palabra tan clara, pero sin lugar a dudas es un medio de presión que usan”, afirma el abogado Pablo Ortega.

Con lo anterior el profesional lanza una abierta crítica a la acción de los fiscales, quienes a su juicio buscarían legitimarse ante la ciudadanía actuando con mayor celo en las causas que involucran a mapuches.

- ¿Usted ve alguna pugna entre los jueces de garantía y los fiscales?

- El caso de la queja que hicieron en contra del juez de garantía que dejó en libertad a los peñis (hermanos) de Chequenco fue un mensaje para todos los jueces. Eso fue en junio de este año, donde en una actitud claramente garantista el juez dijo que no había antecedentes para calificar algunos de los hechos como delitos. La fiscalía actuó en forma muy dura contra este juez. Hay un exceso de celo de las fiscalías en contra de los mapuches.

- ¿En que se notaría eso?

- Primero en que creen estar haciendo bien su labor, lo que respetamos, aunque creemos que hay presiones hacia ellos. Si bien no podemos probarlas, para cualquier observador imparcial esto no es de extrañar. Ellos reciben visitas de diputados, mensajes a través de los medios de comunicación. Hay reuniones que se realizan a nivel de La Moneda.

- Estas presiones, ¿en qué se traducen?

- En que los fiscales tienen que justificar prisiones preventivas básicamente porque las penas más altas las determinarán los tribunales. Y en ese sentido, no tenemos dudas que se decretarán libertades porque las personas son absueltas o se darán penas bajas que son las que corresponden. Además, hay una componente sicológica importante: las fiscalías están compuestas básicamente por colegas jóvenes que llevan adelante un plan piloto y necesitan validarse ante la opinión pública. Piensan que siendo más duros serán validados socialmente.

- ¿Considerando que el nuevo sistema procesal está en rodaje, su diagnóstico puede variar?

- Si bien en el antiguo sistema los juicios son más engorrosos y largos, la posibilidad de pelear por sus libertades provisionales era más cierta. La pedíamos y al día siguiente el tribunal de primera instancia se pronunciaba y se apelaba de inmediato. A los tres días estábamos alegando en la corte. En el sistema actual, en cambio, si bien los juicios serán más cortos la posibilidad de pedir libertades durante la tramitación es más engorrosa.

Según Ortega, en el actual sistema las audiencias para las libertades se pueden dar hasta con 10 días de plazo. En la audiencia “no se cumple la Constitución y se basan en que la reforma dice que sólo se analizan los nuevos antecedentes", asevera. "Es decir, en los procesos se desestiman las nuevas interpretaciones que hay sobre las antecedentes que existían. Establecen una restricción adicional a la libertad que no contempla nuestra Constitución porque sólo otorgan libertades en la medida que existen nuevos antecedentes que desvirtúen cargos anteriores”.

-¿Es esa una acción deliberada?

- Al momento en que los mapuches son detenidos las fiscalías están preparadas y los acusan de una serie de delitos que justifican la detención preventiva, y una vez fijada resulta muy difícil obtener su revocación porque tendríamos que acreditar la inocencia y esta se prueba en el juicio por la sentencia final. Se vulnera el principio de inocencia por la vía de los hechos y no de la ley.

Ante ese escenario, explicó el abogado, los equipos de defensa evalúan los medios. Una vía es recurrir de amparo para que la Corte de Apelaciones se pronuncie, o allegar nuevos antecedentes. “Es decir, servirnos del peso de la prueba. Esa es la paradoja, que el peso de la prueba cae sobre la defensa. Pero si entendemos que existe la presunción de inocencia, el peso de la prueba debería quedar en la fiscalía, pero por la vía de justificar la prisión preventiva cambia el peso de la prueba, lo que es inconstitucional”

"Lo que hace el gobierno a través de la Intendencia mediante la aplicación de la ley de seguridad del Estado y la práctica de las fiscalías es utilizar el derecho penal autoritario, es decir, a los delitos políticos se le privan derechos procesales y se les aumentan las penas", asevera el profesional.

- Usted afirma que el gobierno emplea formas autoritarias para interpretar la ley.

- Nadie puede negar que los hechos protagonizados por las comunidades mapuche en cierto sentido puedan revestir elementos que hagan intervenir a los tribunales de justicia, pero el contexto lo da la motivación, que es eminentemente la reivindicación política de un pueblo originario que intenta recuperar su, cultura, su tierra, su dignidad y sus derechos territoriales y políticos. Entonces, cualquier hecho que sea conocido por los tribunales podrá ser calificado por los querellantes como un delito y los defensores podremos decir que en ciertos casos tienen razón. Y si la tuvieran debemos necesariamente entender que son delitos políticos. Su motivación no es ruin, sino superar un estado de opresión que nadie desconoce, ni siquiera el gobierno".

- No sé si opresión: el gobierno lo ve como pobreza.

- Pobreza, pero también marginación, opresión política y social. No olvidemos que el Estado chileno financió y organizó un Ejército con el cual realizó un genocidio del pueblo mapuche. Si eso ocurriera ahora, tendríamos a Cornelio Saavedra junto a Milosevic en el tribunal de La Haya.

- ¿Pero robar siete metros de madera tiene un contexto de luchar contra la opresión?

- Suponiendo que se comete el hurto, si ello sucede en un fundo que históricamente es territorio mapuche, donde hubo bosque nativo, más caro que el euacaliptus y les fue usurpado, ellos están en un proceso de recuperación. Ellos entienden que es legítimo recuperar el territorio entero, ellos no tienen el concepto de tierra, sino de wallmapu que es todo lo que está en la tierra, lo vivo y lo no vivo. Lo que está bajo la tierra y el cielo, un concepto completo. Entonces esa madera también en parte de ellos, y en ese sentido, su robo, en caso de ser un delito, es político. Es altruista, porque busca superar los niveles de pobreza. Las comunidades no buscan dinero para un televisor, sino para comida.

El abogado representa la idea de que se conjugan los criterios del derecho penal concernientes a “el estado de necesidad o la no-exigibilidad de otra conducta que son los elementos que configuran el delito político. Los autores señalan que estos delitos políticos son siempre tratados de forma más benévola que los delitos comunes: por lo menos así es en los estados democráticos de derecho. El delito político es relativo, lo que hoy es delito, mañana puede no serlo”, argumenta.

- ¿Pero un juez rural está obligado a tener en consideración ese argumento?

- Nosotros lo haremos presente, y si el juez no lo tiene presente tendrán que hacerlos las cortes de apelaciones o la Corte Suprema, y si no, la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Pero lo que hace el gobierno a través de la intendencia mediante la aplicación de la ley de seguridad del Estado y la práctica de las fiscalías es utilizar el derecho penal autoritario, es decir, a los delitos políticos se le privan derechos procesales y se les aumentan las penas. En Concepción resulta escandaloso que los abogados de la intendencia aleguen en corta de las libertades de mujeres mapuche procesadas por infracción a ley de seguridad del Estado. Esa es una situación que ni siquiera en el gobierno militar se pensaba. Los abogados de la intendencia de época alegaban los autos de procesamiento pero no contra las libertades”, expone.

Ortega alude a lo ocurrido en la causa 1-2001, la primera que involucra a mujeres. Se aplicó sobre María Llanquileo y Nancy Millanao, quienes obtuvieron su libertad por resolución de la Corte de Apelaciones.

- ¿Quién financia toda esta defensa?

- Las mismas comunidades y existen algunos organismos de derechos humanos que en algún momento hacen aportes, como el Comité de Defensa de los Derechos del Pueblo (Codepu) en algún momento. También hay grupos de mapuche que distintos sectores se organizan, también mapuche del exterior, me imagino, pero son aportes mínimos. La mayoría de los abogados que trabajan por lo menos en la Octava Región son voluntarios.

- ¿Y en su caso?

- Hoy soy voluntario, aunque en algún momento se me pagó con mucho esfuerzo, con sacos de trigo, por ejemplo. Ahora bien, esto no es tampoco una cosa altruista de los abogados. Es un gusto defender causas justas, porque a veces nos toca defender situaciones donde nuestros clientes son autores de ciertos hechos. Defender causas justas es bueno para nosotros.

por Pablo Solís