DOSSIER INFORMATIVO SOBRE LAS
DETENCIONES Y ENCARCELAMIENTOS DEL 4 DE OCTUBRE’04
En
este dossier puedes encontrar:: ·
CRONOLOGIA DE LOS HECHOS ·
ACTUACIÓN POLICIAL o
Detenciones o
Interrogatorios y Brigada Provincial de Informació
(BPI) o
Relato de torturas en la comisaria de Aiguablava o
Legislación Antiterrorista o
Más prácticas ilegales o
Presiones sobre el juez ·
ACTUACIÓN JUDICIAL: EL PAPEL DEL JUEZ o
No reconocimiento de las torturas o
Criminalización y precariedad o
El castigo ejemplar o
Presión policial y influencia sobre las decisiones
judiciales ·
ESTANCIA EN PRISIÓN o
Presiones y amenazas ·
BASTA DE REPRESIÓN A LOS MOVIMIENTOS SOCIALES. PAREMOS
LA IMPUNIDAD POLICIAL ·
CONCLUSIONES o
El papel de la BPI o Uso de la prisión ·
ANEXOS o
1. Carta del padre de Eudald al Pleno del Ayuntamiento
de Callús (20/10) o
2. Fax enviado a los juzgados (10/10) o
3. Formularios de adhesiones de personas y entitades o
4. Convocatoria abierta al acto “Basta de represión a
los movimientos sociales. Libertad jóvenes de l’Hospitalet” o
5. Carta enviada a los rotativos El Pais i El Periódico
o
6. Octavilla de Suport (4/10) o
7. Colección de prensa (incompleto) 8. Textos de interés
PARA MÁS INFORMACIÓN: antirepresants@sants-montjuic.mesvilaweb.com
CRONOLOGÍA DE LOS HECHOS
A raíz del lanzamiento de unos cócteles molotov contra la
comisaría del Distrito de Sants la madrugada del 4 de octubre, aquella misma
noche fueron detenidas, aisladas y maltratadas física y psicológicamente tres
personas, dos vecinas del Hospitalet,
Eudald B.G. y Ermengol M.M., y una de Cornellà del Llobregat, Dani. Las dos
primeras fueron ingresadas en prisión y la tercera quedó en libertad con
cargos. La sede de la comisaría no padeció prácticamente ningún desperfecto, ni
tampoco se produjo ningún daño contra personas.
Según la
declaración del joven de Cornellà, cuando volvía de ver el partido de fútbol
Barcelona-Numancia de casa de un amigo, vio como un grupo de personas cruzaba
contenedores en la calle Moianès. Acto seguido apareció una patrulla de la
policía nacional y vio como el grupo de personas escapaba corriendo en su
dirección. Se asustó y empezó a correr él también, perdiendo una zapatilla y
cayendo al suelo, cosa que fue aprovechada por los agentes para detenerlo, y
fue trasladado inmediatamente a la comisaria de Sants. Una vez allí seis
agentes de la policía nacional se cerraron con él a una habitación y le pegaron
durante media hora mientras él estaba esposado. Como consecuencia de los golpes
ha perdido la capacidad auditiva del oído derecho, hecho corroborado por el
examen forense que se le practicó una vez quedó en libertad. Entonces fue
trasladado a la comisaria de Nou Barris, sede de la Brigada de Información. Aun
y la voluntad de la policía de que se autoinculpara y acusara a más gente, se
negó a declarar en las dependencias policiales.
Los dos
jóvenes de Hospitalet circulaban en moto por la carretera de la Bordeta hacia
su casa hacia las doce y media de la noche, cuando una patrulla policial los
embistió, haciéndoles caer al suelo. Posteriormente, los detenían a punta de
pistola. A resultas del accidente tuvieron que ser trasladados al Hospital
Clínic con heridas en el pie, la pelvis y contusiones en las cervicales
respectivamente. De allí se los llevaron a la comisaria de la Brigada
Provincial de Información. Fueron interrogados y torturados varias veces,
viéndose obligados a firmar una declaración inculpatoria en la que se hacían
responsables de cruzar unos contenedores e incriminando, a partir de una serie
de fotografías de gente que pertenece a diferentes movimientos sociales de la
ciudad, a otra persona. Esta persona fue a declarar días más tarde delante del
juez, que lo dejó en libertad con cargos de daños y desórdenes públicos en
espera de juicio.
Durante
los tres días de la detención, la Brigada de Información intentó que se les
aplicara la Legislación Antiterrorista, pero esta petición fue rechazada por la
Audiencia Nacional.
El 6 de
octubre fueron trasladados a dependencias judiciales, dónde declararon delante
del juez. Los tres denunciaron las presiones y las torturas recibidas en
comisaría. Sin embargo, el juez de instrucción nº 13, Juan Antonio Ramirez
Sunyer decretó la libertad con cargos para el joven de Cornellà y el ingreso en
prisión para Ermengol y Eudald, bajo los cargos de daños y desórdenes públicos,
aduciendo su situación de precariedad laboral y desarraigo social ( “no tienen
contrato de trabajo ni domicilio fijo”) y fueron trasladados al Centro
Penitenciario para jóvenes de la Trinitat, dónde todavía permanecen, sometidos
a amenazas y presiones.
ACTUACIÓN POLICIAL
En este
apartado nos queremos centrar en la denuncia concreta de la actuación de los
agentes de policía, tanto uniformados como de la Brigada de Información, a lo
largo de todo el tiempo que va desde la detención hasta las declaraciones
delante del juez.
Detenciones
Cuándo
los jóvenes fueron detenidos, todos ellos lo fueron por miembros uniformados de
la Policía Nacional. En el caso de Dani, el joven de Cornellà, el informe de
los agentes dice que lo tuvieron que reducir mientras huía, hecho que según
ellos le causó una “rojez” en el pómulo y en el ojo izquierdo. Posteriormente,
este joven fue conducido a las dependencias policiales de la Comisaría del Distrito
de Sants dónde fue cerrado, esposado, en una habitación. Pocos minutos después,
entraban seis agentes uniformados dentro de la habitación, uno de los cuales
llevaba unos guantes. Durante aproximadamente diez minutos estuvo recibiendo
puñetazos y puntapiés en varias partes del cuerpo, fue estrangulado contra la
pared y recibió golpes en la cabeza al ser empujado contra una mesa. El joven
perdía, a raíz del trato recibido en la Comisaría del Distrito por sus agentes,
la capacidad auditiva en el oído derecho. Cuándo los agentes pararon la paliza,
los miembros de la Brigada Provincial de Información se llevaron al joven hacia
sus dependencias en la comisaría de Aiguablava, en Nou Barris.
Si nos
centramos en la detención de los dos jóvenes del Hospitalet, nos encontramos con otros
excesos. Según la versión policial, Eudald y Ermengol iban a gran velocidad en
un ciclomotor, y cuando el vehículo policial les hizo señales para que pararan,
ellos los intentaron esquivar subiendo a la acera e impactando contra dos
motocicletas allá aparcadas. Según el mismo informe, los agentes declaran que
los dos jóvenes pretendían huir pero se vieron imposibilitados por las heridas
recibidas. La declaración de los dos jóvenes no puede ser más diferente. Según
su declaración delante del juez, el coche patrulla que los siguió primero les
deslumbró y después les embistió, hecho que provocó que su ciclomotor impactara
contra los vehículos antes mencionados, poniendo en grave peligro sus vidas.
Fruto de la acción de los policías, uno de los jóvenes presentaba una herida en
el pie izquierdo y el otro contusiones graves en las cervicales y en la pelvis.
Nos preguntamos hasta qué punto es justificable que unos agentes de policía
pongan en peligro la vida de dos jóvenes basándose en unas informaciones
difusas que hablan de dos personas que huyen del lugar de los hechos en
motocicleta. Tras permanecer más de media hora inmovilizados en el lugar del
accidente, los dos jóvenes fueron llevados en ambulancia y escoltados por
vehículos policiales al Hospital Clínic dónde se les diagnosticó las
contusiones y posteriormente conducidos por miembros de la Brigada de
Información a las dependencias de Aiguablava.
Interrogatorios y Brigada Provincial de
Información
En este
punto de la explicación, tenemos a los tres detenidos en la comisaría de Nou
Barris, nueva sede de la Brigada de Información. Este cambio de sede responde a
la reestructuración de los cuerpos policiales a raíz del traspaso de
competencias a los Mossos de Esquadra, que hace que este cuerpo pase de ser
Grupo VI a Grupo IV de la Brigada Provincial de Información (BPI). No podemos
olvidar que esta no es la primera reestructuración que padece este cuerpo, sólo
tenemos que pensar en sus orígenes. La BPI es el nombre que recibe con la
entrada de la democracia la antigua Brigada Político-Social, cuerpo del
franquismo destinado a la represión política. Ni su conformación, ni su
estructura, ni la impunidad con la que actúan o sus medios cambian con este
cambio de régimen político. No podamos dejar de recordar aquellas palabras que
lanzaba la juez de lo penal de la Sala 4 de Barcelona, cuando en su escrito de
sentencia 101/99 respeto a la bicicletada contra los desalojos de aquel año,
afirmaba: “Los informes de la policía parecen redactados por la desaparecida
Brigada Político-Social del Franquismo”.
Como
ejemplos podamos citar, sin ir muy lejos, algunas de las actuaciones de esta
sección. Desde la presencia de infiltrados en marchas y manifestaciones (Banco
Mundial el 2001) a casos de represión política clara. El caso de los detenidos
de Viladecans el febrero del 2003, así como de los tres de Gracia en abril del
2002 o el de los jóvenes independentistas de Sants en septiembre del 2002 nos
lo pueden ilustrar. En estos casos se producen detenciones de personas activas
en los movimientos sociales acusándolos de conformar “bandas armadas” y de
actos de sabotaje. En todos ellos las personas detenidas denunciaron torturas,
amenazas y vejaciones por parte de la BPI, y en muchos de ellos las acusaciones
eran no fundamentadas o con carencia de pruebas, basadas principalmente en
autoinculpaciones extraídas en la comisaría.
Estas
últimas detenciones no nos han mostrado ningún cambio en el talante y el modus
operandi de esta sección. Las declaraciones de los jóvenes ante el juez nos
lo demuestran. Los dos del Hospitalet
se desdijeron de la declaración policial delante del juez alegando los
maltratos sufridos y el joven de Cornellà también denunció vejaciones por parte
de los funcionarios de la BPI en su estancia en las dependencias de Aiguablava.
Relato de torturas en la comisaria de Aiguablava
Dani de Cornellà relataba como
durante los interrogatorios los agentes le iban intimidando, insultando,
sacudiendo y golpeando. En el caso de Ermengol y Eudald, la cosa no quedó aquí.
A uno de ellos le intimidaron poniéndole una pistola en la cara mientras le
gritaban que si no firmaba una declaración inculpatoria, le “pegarían un tiro
entre ceja y ceja”. Además, durante los interrogatorios les obligaban a estar
de pie durante horas, no se les permitía moverse de un cuadrado de unos 300
cm2; si lo hacían o se arrodillaban por no aguantar más, les pegaban. De hecho,
uno de los chicos sufrió un desmayo a causa de esta práctica; le dejaron
descansar un par de horas y continuaron con los interrogatorios. Sabemos de los
métodos usados por la policía para no dejar rastro de sus maltratos: el uso de
guantes, golpes en la cabeza, tirar del pelo, ahogar, golpes con guías
telefónicas, el uso de mantas para golpear con objetos contundentes, no dejar
dormir, no suministrar ni comida ni agua durante la detención o el uso mismo de
la pistola o otros objetos intimidatorios.
Los tres
jóvenes estuvieron sufriendo agresiones y amenazas los dos días que
permanecieron en dependencias policiales. Finalmente, Ermengol y Eudald, de 19
i 18 años, ante las presiones firmaban una declaración donde se inculpaban de
haber cruzado dos contenedores en la calle.
En el
escrito del juez del 18 de octubre, en respuesta a la impugnación presentada
por los abogados alegando torturas en las dependencias policiales, se puede
leer:
“..., basta ver la relación de las lesiones contenidas en los dos partes
(en referencia a los dos jóvenes del
Hospitalet) de asistencia médica (el día 4.10 en el Hospital Clínic y el
día 5 en el Vall de Hebrón) y el reconocimiento Forense practicado el día 6 a
los detenidos, ..., para constatar su coincidencia, debiendo por ello
descartarse cualquier intervención física que a los agentes de policía pudiera
atribuirse. Del mismo modo, el hecho de describir físicamente a los agente e
incluso facilitar el número de placa de uno de ellos, nada indica más que se
hallaban presentes durante la estancia de los detenidos en las dependencias
policiales y ello no es, siquiera, indicativo de los malos tratos alegados.”
Nos parece significativo el hecho
que en la declaración que los jóvenes hicieron delante del juez, negaran las
acusaciones y alegaran torturas (facilitando incluso, como se puede desprender
de la cita anterior, su descripción física y el número de placa) y presiones
por parte de la policía para que firmaran la autoinculpación en la comisaría.
El joven de Cornellà, al ser dejado en libertad, fue a un centro médico para
ser sometido a reconocimiento con la intención de levantar en pocos días una
denuncia por maltratos contra la BPI. Los dos jóvenes del Hospitalet también están empezando a
tramitar las denuncias por maltratos. Hace falta recordar que sobre este cuerpo,
y sobre su jefe, pesan ya cuatro denuncias por torturas.
Legislación antiterrorista
Desde
el primero momento que los tres jóvenes estaban en dependencias judiciales, la
BPI les aplicó la Legislación Antiterrorista. Si hacemos memoria, podemos ver
que en los últimos años ha habido montajes policiales y persecuciones bajo el
paraguas de esta legislación (Vallès 1997, Torà 2003, València 2003, Viladecans
2003). Con la última reforma aprobada por el PP, el agravante de terrorismo en
un delito (que en su definición equipara, des de una ruptura de cristales o
cruzar unos contenedores hasta los atentados del 11-M en Madrid), supone la
capacidad de retener de forma incomunicada a una persona durante cinco días en
dependencias policiales, incluso el traslado a Madrid. Muchas han estado las veces
que organismos nacionales e internacionales han denunciado la situación de
indefensión en la que se encuentra una persona bajo esta legislación, y muchas
las veces que se han denunciado torturas y maltratos en estos periodos.
En
el caso de que nos ocupa, la BPI pidió que se
aplicara esta legislación, que tiene que ser aceptada por la Audiencia Nacional. La petición de la BPI a
la Audiencia Nacional alegaba que los detenidos constituyen una “banda armada”,
pero la Audiencia no consideró que hubiera fundamentos legales que lo apoyaran.
Aún así, la portavoz de la Policía Nacional en Catalunya se tomaba la libertad
de llamar a los medios escritos el día 4 por la noche afirmando que: “ Mañana
los llevamos en Madrid, las aplicamos la antiterrorista. ... Si no lo ponéis la
vais a cagar.” El resultado de todo era que a las 14h del día 4, la BPI tuvo
que suspender la incomunicación de los detenidos, que mantenía desde las 4 de
la mañana, al ser rechazada su petición. Pese a no conseguirlo, la BPI hizo
todo lo posible por alargar la detención, primero, y el internamente a la
prisión de los dos jóvenes después, (práctica también habitual), aduciendo que
todavía no tienen en su poder pruebas suficientes pero que en pocos días las
podrán conseguir, o que los acusados pueden hacer desaparecer pruebas si se les
deja en libertad. Un ejemplo cercano lo tenemos en las detenciones que se
hicieron en Terrassa el febrero de 1997, cuando la policía afirmaba que era
necesaria la aplicación de la legislación antiterrorista para tener tiempo por
recoger pruebas definitivas. Tras pasar unas horas, uno de los jóvenes queda en
libertad sin cargos, denunciando torturas. Los otros tres jóvenes permanecieron
dos días más detenidos y quedaron en libertad con cargos. Aun cuando la BPI lo
intentó, ninguno de los jóvenes fue en Madrid.
Más
prácticas ilegales
Creemos
que es momento por fijarnos en otra cuestión. La BPI tenía en su poder un
expediente abierto en qué se intentaba dar una explicación policial y
inculpatoria de los tres jóvenes en los hechos. En este expediente se encontraban fotografías y datos de más de
una treintena de personas vinculadas a los movimientos sociales de varios
barrios y pueblos de la cercanía de Barcelona. Durante los dos días que los
tres jóvenes estaban en comisaría, este fue el expediente que continuamente
enseñaban a los detenidos, preguntando sobre estas personas, sobre su relación
con los detenidos y señalando a algunas con la intención de que las inculparan
en los hechos. Cuándo los detenidos se negaban a reconocer a las personas
señaladas los maltratos iban en aumento.
La
BPI perseguía una declaración inculpatoria sobre algunas personas en concreto.
Es triste que pensemos que esto puede ser normal o habitual, que lo es, dado
que es reflejo del control social y de la impunidad con la que actúa la BPI.
Pero es más relevante el hecho de que mucha de la información que constaba en
aquel expediente es ilegal. Y lo es en cuanto que la BPI o cualquiera otra
sección de la policía no puede poseer información (ni en imágenes ni escrita)
de ninguna persona que no haya sido “fichada”, es decir, sobre la que no haya
ningún expediente policial abierto por algún delito. Muchas de las personas que
aparecían en la documentación policial no tenían ni tienen ninguna causa
abierta, por el que la BPI no tendría que tener ninguna información de ellas,
cosa que ya hemos visto que no sucedía. Es sólo un hecho más que nos ayuda a
ver su impunidad y el seguimiento al que se ven sometidas muchas personas por
el hecho de participar en movilizaciones o actos o de simpatizar con
determinadas ideas.
Presiones
sobre el juez
Podemos
pensar que el papel de la BPI acabó cuándo los detenidos pasaron a disposición
policial, pero no fue así. Cuándo el juez hizo la primera vista, en la que
decretó prisión preventiva para los jóvenes de l’Hospitalet en espera del
informe fiscal, parecía que el encarcelamiento seria cosa de dos días, como el
mismo juez afirmó a los abogados. Pero la BPI efectuó visitas al juzgado en las
que presionó por tal que no los dejara en libertad. Tenemos que tener en cuenta
que la prisión preventiva es una medida muy grave que tiene que estar altamente
justificada y la petición fiscal que recae sobre los jóvenes encarcelados
(daños y desórdenes) no es de suficiente gravedad por justificar legalmente un
encarcelamiento. Además, tampoco hay suficientes pruebas por justificar esta
medida cautelar como esta. Esto nos hace pensar que estas presiones también se
han dirigido hacia la fiscalía, que con su informe final ratifica la petición
de prisión por unos delitos menores que nunca habían supuesto prisión
preventiva, pero en este caso si.
ACTUACIÓN JUDICIAL: El
papel del juez
Si antes hacíamos un recorrido
que intentaba señalar las irregularidades por parte de la policía en la
detención y tratamiento dado a los detenidos, ahora nos desplazamos hacia la
actuación del juez, el Sr. J.A. Ramírez Sunyer, de la Sala nº13 de los Juzgados
de Instrucción de Barcelona, también llena de rincones oscuros.
No reconocimiento de las torturas
Primero, tenemos que el juez desestimó en todo momento la
alegación que hicieron Ermengol y Eudald cuando afirmaron que las declaraciones
inculpatorias que firmaron en dependencias policiales estaban hechas bajo
tortura. Asimismo, el juez no atendió a las heridas que presentaba el joven de
Cornellà y que eran signos evidentes del trato recibido a la comisaría.
También
obvió el hecho que ninguno de los jóvenes tuviera antecedentes penales que
pudieran hacer pensar en reincidencia o de otros agravantes. El juez, pues,
daba credibilidad absoluta a la versión policial y giraba la cara ante la
evidencia de torturas. Además, cuando tras la primera vista dicta la libertad
con cargos para el joven de Cornellà y prisión para Ermengol y Eudald, argumenta
que el primero no había declarado nada, mientras que los segundos sí, y que
ello quería decir algo. Lo que quiere decir es que se encarcela a dos personas
a quienes hacen firmar una declaración mientras los vejan y maltratan y que el
peso se pone en la declaración y no en las torturas.
Criminalización de la precariedad
En el
escrito en qué el juez dicta prisión provisional a la espera del informe
fiscal, aparecen más cuestiones. Los argumentos que da el juez son que los dos
jóvenes no tienen ni domicilio ni trabajo fijo, es decir, que están
“desarraigados”, y esto le lleva a decir que hay riesgo de fuga o de que
dificulten la investigación. En realidad los dos jóvenes pertenecen a los
movimientos sociales de l’Hospitalet y participan en centros sociales de su
barrio. Se puede pensar que esto indica de forma suficiente su arraigo a la
ciudad. Uno de ellos, si bien no trabaja, si que está estudiando un módulo
profesional; el otro tiene un contrato en una empresa de trabajos verticales.
Lo que se puede desprender del informe judicial puede tener, pues, dos razones:
o justificar de alguna manera su decisión, tomada a raíz de las presiones de la
BPI; o afirmar que la precariedad en la que vivimos muchos jóvenes, con
dificultades para encontrar trabajo estable o una vivienda digna, es un motivo
que puede llevarte a la prisión.
El castigo ejemplar
Pero no
sólo esto: al finalizar la primera vista, el juez hizo acudir al abogado de los
jóvenes encarcelados y le dijo que informara a los familiares que en pocos días
saldrían a la calle, puesto que su decisión respondía a una voluntad de
escarmiento, a forma de ejemplo, hasta que se supiera algo del informe fiscal.
Sorprende esta postura cuándo se está enviando a dos jóvenes de 18 y 19 años a
prisión bajo la acusación de daños y desórdenes, delitos que nunca se resuelven
finalmente con peticiones de prisión, y todavía menos de prisión provisional
mientras el caso se resuelve. El mismo día 6, los abogados presentaban una
impugnación a la orden dictada por el juez pidiendo que se tuviera en cuenta el
hecho de las torturas por parte de la policía.
Diez
días más tarde, el día 15, la fiscalía presenta su escrito de conclusiones al
juez en el que se ratifica en la petición de los dos delitos (daños y
desórdenes públicos) y se desestiman finalmente los cargos de asociación
ilícita o de estragos o incendio. Pero el juez parece que vuelve a obviar esto
y da crédito a la versión de la BPI, que lo visita en estos días, y desestima
la impugnación hecha por los abogados el mismo día 6. Reproducimos un fragmento
del escrito judicial para poder ver los razonamientos del juez:
“Por lo
que a la “presión psíquica” se refiere, resulta sorprendente que afectara
únicamente a los dos recurrentes
ya que, habiendo sido también alegada por XXXXXXXXX (en referencia al joven de Cornellà), éste no “sucumbiera” a la misma toda vez que ni
prestó declaración comisaria ni sufrió mal alguno
en respuesta a su pretendida negativa a la autoinculpación; por ello debe concluirse que tal “presión” fue inexistente o que la
extrema debilidad de la voluntad de los recurrentes provocó en ellos un estado subjetivo de temor que no puede
viciar de nulidad las diligencias pretendidas. No obstante, debe ya significarse que los reconocimientos
fotográficos nada modifican la intervención de los recurrentes en los hechos que se le imputan y,
consecuentemente, ninguna relevancia tienen en orden a la pretendida modificación de su situación
personal.”
Así,
contra sus propias palabras, el magistrado Ramírez Sunyer ratifica el día 18 la
orden de prisión preventiva sin fianza por los dos jóvenes de l’Hospitalet.
Presión policial: Influencia sobre las decisiones
judiciales
Podemos ver como en este caso la
presión ejercida por la BPI sobre el juez ha sido determinante para la
situación actual de los dos jóvenes. Este no es un hecho que nos sorprenda, más
bien el contrario, encontramos que es un hecho habitual en los casos de
represión política. A la vez, observamos como en otros casos, ésta no se efectúa, como en el caso del explosivo
estallado en las Cotxeres de Sants el marzo del 2001, el día antes de la
celebración de un acto antirepresivo, colocado por un grupo de ideología
nacionalsocialista. El expediente judicial y policial hablan de “un grupo de amigos que comparten ideología”,
que por la colocación de un artefacto explosivo se pasaron un mes a la prisión;
uno de ellos es hijo del conocido subastador Alberto Royuela.
Incluso
nos encontramos con casos en los que la BPI colabora activamente haciendo
variar la versión oficial, el lenguaje que se utiliza o restando importancia a
determinados hechos, como en el caso que ahora explicaremos. Este caso nos
ayudará además a entender el doble rasero aplicado desde los juzgados. Nos
situamos en las fiestas de Gracia de agosto de este año 2004. La primera noche
de fiestas, un activista del movimiento okupa del barrio es agredido por un
grupo de skinheads de ideología neonazi, recibe una puñalada en el
cuello con un puño americano al cual le habían añadido un arpón y queda en
estado muy grave ingresado en el hospital, del cual aun no ha salido. La
Policía detiene al grupo de agresores, y uno de ellos declara ser el autor de
la puñalada. Todos ellos quedan en libertad con cargos de lesiones después de
dos días, excepto el autor, que queda en prisión preventiva acusado del mismo
delito. La Policía, dos días después de la agresión, cambia su informe y deja
de hablar de una arma mortal de fabricación casera por hablar de un “pequeño
cuchillo” y pasa de hablar de una agresión a una “pelea entre bandas rivales”.
Además la policía añade en su informe que se
han perdido pruebas, que aun se están buscando. El autor de los hechos
pasó ocho días en prisión preventiva y ahora ya está en la calle acusada de un
delito de lesiones. Y aquí es dónde vemos el doble rasero, porqué en el caso de
Eudald y Ermengol, tenemos que dos jóvenes confiesan bajo tortura haber cruzado
en la calle dos contenedores y ya llevan des del día 6 de octubre en prisión
preventiva. No queremos hacer un agravio comparativo que nos traiga a legitimar
el uso de prisión en un caso y el otro no, sino que lo que estos dos casos nos
muestran es la capacidad de influencia de la BPI y del resto de cuerpos de
seguridad sobre las decisiones judiciales cuando se trata de casos relacionados
con miembros activos de los movimientos sociales.
ESTANCIA EN PRISIÓN
Cómo
hemos dicho, desde el día 6 de octubre, los dos jóvenes se encuentran
internados en el Centro Penitenciario de Menores de la Trinitat. Las primeras dos
semanas permanecieron en el módulo de ingresos, hasta que dos días después del
escrito judicial del 18 de octubre, los trasladaron a un módulo de internos.
Las semanas que han pasado no han sido nada fáciles para los dos jóvenes. Desde
un primero momento, la dirección del Centro les hizo saber que su estancia no
seria nada tranquila.
Presiones y amenazas
Dos días después de su ingreso,
las movilizaciones de apoyo se ponían en marcha. El viernes día 8 se convoca la
primera marcha para pedir su libertad inmediata, que recorre Barcelona desde la
plaza Universidad hasta las puertas del Centro Penitenciario (CP). Las
movilizaciones siguen con concentraciones delante de la prisión el día 11 y el
día 14. Pero el día 13 se recibió una llamada de uno de los chicos a sus
familiares en la que pedía que no se realizaran más actos delante del centro.
Esto respondía a las presiones que los funcionarios de la prisión estaban
empezando a ejercer sobre los dos jóvenes y que se traducían en varias
acciones. Por una parte, las amenazas directas a los dos jóvenes, diciendo que
si seguían los actos, su estancia allá sería cada día más larga y más difícil.
A la vez, otros funcionarios se dedicaron a crear un ambiente hostil hacia los
jóvenes dentro del CP: los informaron que si seguía habiendo movilizaciones,
dejarían a un módulo entero sin ducha y patio durante un día. Así, ante este
estado de intimidación y amenaza, las movilizaciones ante la prisión tuvieron
que acabar. Este hecho tampoco ha provocado que se pararan las agresiones por
parte de algunos internos y/o funcionarios. Una noche, al llegar a su celda,
los jóvenes encuentran como habían vaciado dos botellas de lejía dentro la
misma y tenían que dormir allá.
Hasta el
día de hoy, sabemos que su situación dentro el centro es de tensión relativa y
que el día 28 de octubre, la dirección decidió separar a los dos jóvenes en
celdas diferentes, aumentando así su situación de aislamiento.
BASTA DE REPRESIÓN A LOS MOVIMIENTOS SOCIALES.
PAREMOS LA IMPUNIDAD POLICIAL
Todo el que aquí hemos explicado
no nos viene de nuevo; es una situación que los movimientos sociales vivimos,
lamentablemente, de forma regular. Nuestra cotidianidad nos hace darnos cuenta
que hay un cuerpo de policía, que no olvidamos que obedece a directrices
políticas, destinado a la represión de los movimientos sociales y que cualquier
persona con una estética determinada, con una situación social concreta (joven,
precario, inconformista) puede pasar a ser sospechosa de cualquier acción
contestataria punible.
Con
la llegada el año 96 del PP al poder, con García
Valdecasas como máximo exponente en Catalunya, el crecimiento de la actividad
política de denuncia por parte de los movimientos sociales viene acompañado por
una fuerte campaña de criminalización y persecución policial contra los mismos.
Del año 96 al 2001 se producen cerca de 550 detenciones relacionadas con actos
de protesta por parte de los colectivos de la ciudad. Estas acciones policiales
acostumbran a venir acompañadas de una grande prepotencia policial, con
detenciones masivas, arbitrarias y poco justificables, como el caso de la
entrada de la policía en campus de la Universidad Autónoma. Nos encontramos
también casos de montajes policiales construidos de manera un tanto zafia, como
el caso de las detenciones tras la bicicletada contra el desfile militar.
A partir
de aquí, hay un cambio en la estrategia represiva de la BPI, que irá más
destinada a la persecución de miembros activos que sobre el conjunto de las
personas que participan en las luchas sociales. La utilización de ficheros
ilegales, identificaciones, seguimientos personales, infiltración, pinchazos
telefónicos, control a través de internet y la video-vigilancia son algunos
ejemplos y tienen el objetivo de obtener información, hacer entrar miedo a la
gente y extender la sensación de control total. Se observa también un cambio en
la realización de unos informes policiales mucho mejor elaborados, y
posteriormente filtrados a la prensa, con la obsesión por relacionar el
conflicto de Euskal Herria con personas y hechos que aquí pasan (como también
ha pasado en este caso). Así nos encontramos en abril del 2002 el primer caso
del que acabará siendo el denominador común a las detenciones políticas a
partir de entonces: detenciones selectivas de personas vinculadas a los
movimientos sociales con fuertes presiones policiales durante su estancia en
comisaria que a menudo han conseguido la autoinculpación de los detenidos, pese
a que esta ha sido negada en los juzgados y se han denunciando torturas durante
los interrogatorios. Otro denominador común de estos casos es que las pruebas
sobre las que se basa la acusación son únicamente estas autoinculpaciones.
- Los
tres jóvenes de Gràcia: Abril del 2002. La BPI, a raíz de la detención de
un joven acusado de quemar un cajero automático, realiza siete detenciones más
de personas vinculadas a la izquierda independentista de Barcelona. Los acusa,
sin pruebas, de formar un supuesto grupo para atacar entidades bancarias, aun
cuando algunos de ellos no se conocen. El primero de los detenidos pasó un mes
en la prisión de la Trinitat, otros 4, menores de edad, fueron puestos en
libertad sin cargos horas después de su detención. Los otros tres jóvenes,
militantes de la Assemblea de Joves de
Gràcia y que no tenían vinculación con ninguno de los otros detenidos, quedaron
en libertad con cargos aun y no tener ninguna prueba inculpatoria contra ellos.
Durante su detención padecieron agresiones físicas, amenazas y vejaciones.
Mientras tanto, la BPI registraba el local de la AJG de forma ilegal. Al salir
de la comisaría, los tres pusieron una denuncia contra los agentes que les
habían detenido e interrogado por maltratos y detención ilegal, denuncia que
está en curso a horas de ahora. La fiscalía pidió que el caso se llevara a
Madrid, a la Audiencia Nacional, dado
que consideraba, sin ninguna prueba y únicamente fundamentándose en unas
declaraciones extraídas bajo tortura al primero de los detenidos, que existía
un agravante de “terrorismo”. La
Audiencia, como en el caso de los jóvenes de l’Hospitalet, denegó la
petición.
- Los
tres jóvenes de Sants: Septiembre del 2002. Una persona es detenida bajo
la acusación de haber atacado varias
sedes bancarias el diciembre anterior. Tras los primeros interrogatorios son
detenidas dos personas más, todas ellas vinculadas al tejido social del barrio.
Todos ellos se autoinculpan en comisaria. El trato de la prensa en este caso
intentó relacionar los hechos con una supuesta grupo de apoyo a ETA. Después de
interponer una denuncia a juzgados, todos los diarios tuvieron que rectificar
públicamente sus informaciones. También interpusieron una denuncia por
maltratos que está siendo investigada.
Otro
salto cualitativo se produce a partir del momento en que la BPI empieza a
tipificar algunos delitos (hasta el momento delitos ordinarios) como terrorismo
y a aplicar de forma sistemática en estas situaciones la legislación
antiterrorista:
- Viladecans:
Febrero 2003: Tres detenidos en Viladecans, uno en Sant Adrià del Besòs y otro
a Almería son acusados por el juez Garzón de colaboración con banda armada y de
tirar artefactos incendiarios a cajeros y a otros establecimientos durante los
años 2001 y 2002. Bajo la ley antiterrorista son incomunicados e interrogados
en las dependencias de Vía Laietana. Tras declarar a la Audiencia Nacional,
cuatro de ellos quedan en libertad y uno ingresa en prisión, de la que sale al
cabo de unos días.
- Torà:
Abril del 2003: Las detenciones que los Mossos de Escuadra efectuaron en Torà
(Lleida) a raíz de unos sabotajes son una evidencia que la llegada del nuevo
cuerpo de policía autonómica no cambiará demasiado las cosas. En aquel caso, 3
jóvenes padecieron interrogatorios y torturas por parte de la Brigada de
Información de los Mossos. Todos ellos presentaron denuncias contra los agentes
por maltrato. El caso más notable es el de Jordi, que tuvo que ser trasladado
al hospital en medio de un interrogatorio a causa de un ataque de ansiedad. En
unos análisis de sangre efectuadas al hospital encontraron a la sangre restas
de anfetamina (un excitante muy fuerte), que los agentes habían disuelto en el
agua que le ofrecían mientras le interrogaban. Antes de su despliegue total,
los Mossos ya empiezan a acumular denuncias, no sólo por su trato en casos de
represión política, sino también por casos tan oscuros como los marroquíes que
murieron calcinados en dependencias de los Mossos en haber un incendio y no
poder salir de las celdas.
- Anarquistas
BCN. Septiembre 2003: También la Guardia Civil utiliza los mismos métodos
con los mismos objetivos. En septiembre del 2003, fueron detenidas seis
personas bajo la ley antiterrorista acusadas de formar parte de un grupo
anarquista que había enviado un paquete bombea a la embajada griega en Madrid,
así como de varios delitos de sabotaje. Según el sumario algunos de ellos están
acusados de tenencia de armas y de un supuesto delito de conspiración para el
asesinato. 5 de ellos acabaron en prisión preventiva después de haber
denunciado fuertes torturas durante los interrogatorios padecidos a las
dependencias de la Benemérita.
CONCLUSIONES
El papel de la BPI
El objetivo de este dossier es
poner sobre la mesa una realidad; la impunidad con la que actúa la Brigada
Provincial de Información y el uso
sistemático por parte de esta de la tortura en los interrogatorios. Creemos que
la BPI no actúa bajo los parámetros meramente policiales sino que obedece a sus
propias directrices políticas. Para la BPI, un buen escenario represivo sería
uno cercano al del País Vasco, encaminando todos sus pasos en esta dirección
con una escalada represiva que se endurece con cada caso que sucede, como hemos
señalado en este dossier. También mencionar la obsesión por tender puentes
entre lo que pasa aquí y en Euskadi, como no se cansaba de repetir la
exdelegada del Gobierno en Catalunya Julia Garcia Valdecasas, inspiradora de la
actual línea represiva de la brigada.
El
interés político de este cuerpo (BPI) se deja ver, por ejemplo, con los medios
con los que cuenta: más de 60 agentes, toda una comisaría para ellos, así como
fondos ilimitados con los que pagan su red de confidentes e infiltrados... Otro
aspecto preocupante es la omisión sistemática que hacen los jueces ante las
denuncias de torturas a la hora de tomar decisiones judiciales que pueden
suponer el ingreso en prisión. Nos alarma la capacidad de la brigada –que como
intentamos demostrar en este dossier es parte interesada y ni mucho menos
objetiva- para ejercer presiones sobre el juez argumentando que en los próximos
días pueden surgir nuevas pruebas que impliquen los acusados. Encontramos muy
importante señalar que en todos los casos en el que la BPI ha obtenido
autoinculpaciones durante el periodo de detención, más tarde delante de los
jueces se han negado los hechos y se han denunciado torturas. Queremos hacer una
reflexión: qué es lo que hace que una persona se autoinculpe de unos hechos en comisaría,
recibiendo, teóricamente, un trato que no vulnere sus derechos, y después ante
el juez se nieguen los hechos que antes reconocían ante la policía? Creemos que
es negar la evidencia negar que alguien, “algo” o “algunos hechos” han obligado
al detenido a declararse culpable.
También
nos gustaría decir que en los tiempos en los que nuestra clase política se
escandaliza de los casos de tortura denunciados en países como Irak o el trato
recibido por los prisioneros de Guantánamo, no sólo no se investigue aquí estos
hechos sino que se nieguen y se apoye pública e incondicionalmente a la BPI, el
jefe de la cual (conocido como Jordi) acumula ya cuatro denuncias por torturas.
Torturas que, recordamos, han sido denunciadas por organismos como el
Observatorio de Derechos Penales, el Colegio de Abogados de Barcelona, Amnistía
Internacional o la ONU. Denuncias avaladas por la aceptación por parte del
Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo de la demanda contra el Estado
Español por las torturas recibidas por los independentistas detenidos durante
la Operación Garzón en 1992.
Mientras
se acaba de escribir este dossier este
tribunal ha condenado al estado español a indemnizar a los independentistas
detenidos el 1992 por no haber investigado las denuncias por torturas padecidas
por estos durante su detención. También, al mismo tiempo, la Audiencia Nacional
absuelve a Zigor Larredonda y Laura Riera de participar en el asesinato del
regidor del PP de Viladecavalls. Todas estas personas se habían autoinculpado
en comisaría, habían negado su declaración delante del juez y habían denunciado
torturas.
Uso de la prisión
Esta impunidad policial se hace
eco en la complicidad judicial. Como se
ha visto en este caso, la decisión judicial de encarcelamiento está
tomada bajo unos parámetros más que discutibles: delitos menores, declaraciones
bajo torturas, desarraigo social y precariedad laboral. Entendemos que este
auto de prisión provisional sin fianza es un castigo para aquellos que
participan de los movimientos sociales de base, y responde a presiones
policiales y políticas. Es la única respuesta que podemos encontrar ante el
hecho que dos jóvenes sin antecedentes y con cargos menores como desórdenes y
daños, estén en prisión a la espera de un juicio que, según la jurisprudencia,
no tiene por que comportar penas de privación de libertad. Entendemos, pues,
que en este caso se está haciendo una utilización desmesurada de este tipo de
castigo dado que no se corresponde la pena con el delito. Quizás esto no nos ha
de extrañar en un estado como el español, que está internacionalmente
reconocido como uno de los estados que padece el problema de la masificación en
todas las prisiones, precisamente por el uso abusivo que se hace de las mismas.
Por
todo ello exigimos la libertad inmediata de los dos jóvenes de Hospitalet
encarcelados desde el 6 de octubre, la absolución de los cuatro encausados y la
revisión del procedimiento policial y judicial puesto que entendemos que ha
vulnerado los derechos más elementales de las personas como su presunción de
inocencia, su integridad física, psíquica y moral. También la desaparición de
brigadas políticas dentro los cuerpos policiales, entendiendo que sólo tienen
cabida en periodos de oscurantismo político.
CONVOCAMOS A:
- EL ACTO POR SU LIBERTAD INMEDIATA Y CONTRA LA
REPRESIÓN A LOS MOVIMIENTOS SOCIALES EL SÁBADO DÍA 13 A LAS 11.30H EN EL LOCAL
DE LA PARROQUIA DE SANT MEDIR (c/Constitución nº17 metro Plaza de Sants)
- MANIFESTACIÓN CON EL MISMO LEMA
EL SÁBADO DÍA 13 DE NOVIEMBRE A LAS 17H A LA Pl. UNIVERSIDAD
ANEXOS
1.-
Carta del padre de Eudald al Pleno del Ayuntamiento de Callús (20/10)
EXPOSICIÓN DE LA
DETENCIÓN I ENCARCELAMIENTO DE DOS JÓVENES DE EL HOSPITALET
El pasado 4 de octubre, mientras circulaban en
motocicleta por la calle Constitución de Barcelona, Eudald B.G. y Ermengol M.M.
(de 18 y 19 años respectivamente), fueron interceptados por un coche policial
que los embistió haciéndolos caer, resultando uno de ellos herido. Una vez en
el suelo los jóvenes fueron detenidos a punta de pistola. La policía buscaba
los responsables de un ataque cometido aquella misma noche contra la comisaria
de la policía nacional de Sants-Motjuïc.
Una vez detenidos fueron trasladados al Hospital Clínic
dónde, segundos manifiestan los chicos, la policía inició una tanda de maltratos
físicos, que continuaron hasta la llegada a comisaría. Allá fueron
interrogados, golpeados y amenazados de muerte con una pistola que les llevó a
firmar una declaración autoinculpatoria de haber volcado un contenedor y que
posteriormente fue negada ante el juez así como denunciados los maltratos y los
métodos policiales. Durante el transcurso de los interrogatorios la Brigada de
Información de la policía nacional intentó, dos veces, que la Audiencia
Nacional les aplicara la Ley Antiterrorista por tal de alargar el periodo de
incomunicación e impedir el derecho de defensa de los chicos. En las
diligencias previas en el juzgado nº 13 de Barcelona, el juez decretó prisión
provisional comunicada y sin fianza. La argumentación del juez fue la
declaración autoinculpatoria de los chicos de haber tumbado un contenedor de
basura a la vía pública. El juez presentó el ingreso en prisión como una medida
de escarmiento que se alargaría como máximo una semana.
La BPI presionó al juez por tal de seguir las investigaciones
y el día 18 de octubre éste denegó el recurso de la defensa, denegando así la
libertad bajo fianza aunque no hubiera ninguna prueba inculpatoria. De ahí que
y como consecuencia directa el caso ha pasado automáticamente a la Audiencia
Provincial (es decir, la prisión preventiva se puede alargar hasta el día del
juicio).
Hace falta remarcar que es inusual que bajo los cargos de
un delito de desórdenes públicos y de un de daños haya una orden de prisión
preventiva; si añadimos que los jóvenes han demostrado que están arraigados a
la población, tienen un trabajo estable y están vinculados a diferentes
entidades sociales y culturales de l’Hospitalet y de Callús, esto por si solo
deshace la presunción de fuga. Como familiares y amigos de los dos jóvenes de esta
ciudad queremos manifestar ante este Pleno del
Ayuntamiento:
1.- Que no se ha
tenido en cuenta en ningún momento la presunción de inocencia de los dos
jóvenes y por lo tanto, les pedimos que se posicionen por tal de hacer las
gestiones necesarias para que sean puestos en libertad en espera de tener un
juicio justo; y mientras no se dé esta situación, también les pedimos que se
preocupen por la salud y el estado de
los dos jóvenes.
2. Denunciamos también los métodos policiales que imperan
todavía en nuestro país que no difieren en nada de un pasado negro que no
queremos que se repita y por lo tanto, les pedimos que realicen las gestiones
necesarias según la ley para que la justicia abre una investigación de oficio
de las torturas físicas y psicológicas manifestadas por los jóvenes detenidos y
denunciadas ante el juez.
2.
Fax enviado a los juzgados (10/10)
A la atención del Juzgado núm. 13 de Barcelona,
Con
relación a las diligencias previas núm. 4733/04-B, y especialmente a la
resolución de prisión preventiva para dos jóvenes de l’Hospitalet, (la
asociación, grupo o colectivo) abajo firmante querría manifestarle:
- nuestra total consternación ante
la medida dictada y nuestra total indignación ante la actuación policial, las torturas físicas y psicológicas padecidas
por los tres jóvenes y el periodo
de incomunicación al que han sido sometidos.
- nuestras sinceras dudas sobre que
toda esta operación no sea, otra vez, un nuevo montaje
policial de la Brigada de Información contra movimientos sociales de cariz popular y reivindicativo, atendida la
participación de los tres jóvenes detenidos en colectivos
sociales, culturales y políticos de sus ciudades y las irregularidades cometidas por la policía.
por todo
esto le pedimos:
- la puesta en libertad de los dos
jóvenes que actualmente se encuentran encarcelados.
- la investigación de oficio de las
torturas y amenazas de la policía denunciadas por los tres jóvenes detenidos.
El
firmante:
3.
Formularios de adhesiones de personas y entidades
LLAMAMIENTO
A LA SOLIDARIDAD ANTE El INGRESO EN PRISIÓN DE DOS JÓVENES DE L’HOSPITALET
Compañeros y compañeras,
Nos
dirigimos a vosotros, que formáis parte del entramado de colectivos, entidades
y organizaciones sociales, porque la gravedad de la situación que explicaremos
a continuación requiere del apoyo de todos y todas con tal de hacerle frente.
Aquí os aportamos toda la información en lo referente a este capítulo represivo
y os pedimos vuestra implicación.
A raíz del lanzamiento de un cóctel molotov contra la
comisaría de Santos la madrugada del 4 de octubre, aquella misma noche fueron
detenidas, aisladas y maltratadas física y psicológicamente tres personas
vinculadas al tejido asociativo de l’Hospitalet, Barcelona y Cornellà. Tenemos
que aclarar que la sede de la comisaría de Sants no padeció prácticamente
ningún desperfecto, y tampoco se produjo ningún daño contra personas.
Durante
el transcurso de los interrogatorios y las torturas, la Brigada de Información
de la Policía Nacional intentó que la Audiencia Nacional les aplicara la Ley
Antiterrorista. Con esta medida pretendían alargar el periodo de incomunicación
con la excusa de continuar una investigación policial sin interferencias ni
derecho de defensa para los chicos. Tras golpearles repetidamente y amenazarles
de muerte con una pistola, la policía consiguió que dos de ellos firmaran una
declaración autoinculpatoria. Aun cuando en juzgados negaron las declaraciones
que habían hecho en comisaría, y denunciaron maltratos, el miércoles 6 de
octubre, el juez ordenó el ingreso a prisión de dos de ellos legitimando como
siempre, y una vez más, los métodos policiales.
Hace
falta remarcar que es inusual el hecho que bajo los cargos de daños, desórdenes
públicos y resistencia a la autoridad haya una orden de prisión preventiva.
Entendemos que esta medida responde a un supuesto escarmiento hacia ellos.
Pese a
que el juez presentó la situación de ingreso en prisión como una medida que se
alargaría como máximo una semana, la situación actual es más complicada. La
Brigada de Información ha sido presionando insistentemente al juez por tal de
seguir con las investigaciones. De ahí que ha denegado el recurso de la defensa
y como consecuencia directa el caso pasa automáticamente a la Audiencia
Provincial, es decir que la prisión preventiva se puede alargar hasta el día
del juicio.
Mientras
que por daños materiales nuestros compañeros están privados de libertad (aun
cuando se tiene que seguir respetando su
presunción de inocencia), el responsable de una agresión fascista que se
produjo durante las pasadas fiestas de Gracia con el resultado de una persona
en estado mucho grave ingresada en el hospital, ha salido en libertad bajo el
simple cargo de "lesiones". Esto demuestra que la justicia tiene un
doble rasero. Mientras los fascistas del 12 de octubre siguen haciendo su acto
bajo protección oficial y policial, la gente detenida durante la manifestación
antifascista del '99 están a punto de entrar en prisión. Mientras los ladrones
de "guante blanco" disfrutan de regímenes privilegiados, las
prisiones están llenas de gente cuyo delito de es el de ser pobres.
Pedimos
la libertad para este jóvenes, el respeto a su presunción de inocencia, el
derecho a la intimidad y a la propia imagen.
¿QUÉ PODÉIS HACER DESDE LOS VUESTRAS ESPACIOS DE LUCHA?:
- Difundir y denunciar el tema mediante charlas,
publicaciones y acciones a la calle.
- Convocar a la MANIFESTACIÓN DEL 13 DE NOVIEMBRE A LAS
17 HORAS EN LA PLAZA UNIVERSITAT DE BARCELONA
- Colaborar económicamente con la campaña de apoyo. El
número de cuenta es el siguiente: BBVA 01822120000201536963
- Estar pendientes de las próximas convocatorias y nuevas
informaciones.
SOLIDARIDAD
ANTE EL INGRESO EN PRISIÓN DE DOS JÓVENES DE HOSPITALET
A raíz del lanzamiento de un cóctel molotov contra la
comisaría de Santos la madrugada del 4 de octubre, aquella misma noche fueron
detenidas, aisladas y maltratadas física y psicológicamente tres personas
vinculadas al tejido asociativo de l’Hospitalet, Barcelona y Cornellà. Tenemos
que aclarar que la sede de la comisaría de Sants no padeció prácticamente
ningún desperfecto, y tampoco se produjo ningún daño contra personas.
Durante
el transcurso de los interrogatorios y las torturas, la Brigada de Información
de la Policía Nacional intentó que la Audiencia Nacional les aplicara la Ley
Antiterrorista. Con esta medida pretendían alargar el periodo de incomunicación
con la excusa de continuar una investigación policial sin interferencias ni
derecho de defensa para los chicos. Tras golpearles repetidamente y amenazarles
de muerte con una pistola, la policía consiguió que dos de ellos firmaran una
declaración autoinculpatoria. Aun cuando en juzgados negaron las declaraciones
que habían hecho en comisaría, y denunciaron maltratos, el miércoles 6 de
octubre, el juez ordenó el ingreso a prisión de dos de ellos legitimando como
siempre, y una vez más, los métodos policiales.
Hace
falta remarcar que es inusual el hecho que bajo los cargos de daños, desórdenes
públicos y resistencia a la autoridad haya una orden de prisión preventiva.
Entendemos que esta medida responde a un supuesto escarmiento hacia ellos.
Pese a
que el juez presentó la situación de ingreso en prisión como una medida que se
alargaría como máximo una semana, la situación actual es más complicada. La
Brigada de Información ha sido presionando insistentemente al juez por tal de
seguir con las investigaciones. De ahí que ha denegado el recurso de la defensa
y como consecuencia directa el caso pasa automáticamente a la Audiencia
Provincial, es decir que la prisión preventiva se puede alargar hasta el día
del juicio.
Mientras
que por daños materiales nuestros compañeros están privados de libertad (aun
cuando se tiene que seguir respetando su
presunción de inocencia), el responsable de una agresión fascista que se
produjo durante las pasadas fiestas de Gracia con el resultado de una persona
en estado mucho grave ingresada en el hospital, ha salido en libertad bajo el
simple cargo de "lesiones". Esto demuestra que la justicia tiene un
doble rasero. Mientras los fascistas del 12 de octubre siguen haciendo su acto
bajo protección oficial y policial, la gente detenida durante la manifestación
antifascista del '99 están a punto de entrar en prisión. Mientras los ladrones
de "guante blanco" disfrutan de regímenes privilegiados, las
prisiones están llenas de gente cuyo delito de es el de ser pobres.
La
entidad abajo firmante pide la libertad para estos jóvenes, el respeto a su
presunción de inocencia, el derecho a la intimidad y a la propia imagen
Sello de la entidad o firma de su representante:
SOLIDARIDAD
ANTE EL INGRESO EN PRISIÓN DE DOS JÓVENES DE HOSPITALET
A raíz del lanzamiento de un cóctel molotov contra la
comisaría de Santos la madrugada del 4 de octubre, aquella misma noche fueron
detenidas, aisladas y maltratadas física y psicológicamente tres personas
vinculadas al tejido asociativo de l’Hospitalet, Barcelona y Cornellà. Tenemos
que aclarar que la sede de la comisaría de Sants no padeció prácticamente
ningún desperfecto, y tampoco se produjo ningún daño contra personas.
Durante
el transcurso de los interrogatorios y las torturas, la Brigada de Información
de la Policía Nacional intentó que la Audiencia Nacional les aplicara la Ley
Antiterrorista. Con esta medida pretendían alargar el periodo de incomunicación
con la excusa de continuar una investigación policial sin interferencias ni
derecho de defensa para los chicos. Tras golpearles repetidamente y amenazarles
de muerte con una pistola, la policía consiguió que dos de ellos firmaran una
declaración autoinculpatoria. Aun cuando en juzgados negaron las declaraciones
que habían hecho en comisaría, y denunciaron maltratos, el miércoles 6 de
octubre, el juez ordenó el ingreso a prisión de dos de ellos legitimando como
siempre, y una vez más, los métodos policiales.
Hace
falta remarcar que es inusual el hecho que bajo los cargos de daños, desórdenes
públicos y resistencia a la autoridad haya una orden de prisión preventiva.
Entendemos que esta medida responde a un supuesto escarmiento hacia ellos.
Pese a
que el juez presentó la situación de ingreso en prisión como una medida que se
alargaría como máximo una semana, la situación actual es más complicada. La
Brigada de Información ha sido presionando insistentemente al juez por tal de
seguir con las investigaciones. De ahí que ha denegado el recurso de la defensa
y como consecuencia directa el caso pasa automáticamente a la Audiencia
Provincial, es decir que la prisión preventiva se puede alargar hasta el día
del juicio.
Mientras que por daños materiales
nuestros compañeros están privados de libertad (aun cuando se tiene que seguir respetando su presunción de
inocencia), el responsable de una agresión fascista que se produjo durante las
pasadas fiestas de Gracia con el resultado de una persona en estado mucho grave
ingresada en el hospital, ha salido en libertad bajo el simple cargo de
"lesiones". Esto demuestra que la justicia tiene un doble rasero.
Mientras los fascistas del 12 de octubre siguen haciendo su acto bajo
protección oficial y policial, la gente detenida durante la manifestación
antifascista del '99 están a punto de entrar en prisión. Mientras los ladrones
de "guante blanco" disfrutan de regímenes privilegiados, las
prisiones están llenas de gente cuyo delito de es el de ser pobres.
Las personas abajo firmantes piden
la libertad para estos jóvenes, el respeto a su presunción de inocencia, el
derecho a la intimidad y a la propia imagen
NOMBRE |
APELLIDOS |
D.N.I. |
FIRMA |
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(Una vez esté la hoja
llena la podéis enviar o lo traéis a: El Lokal, c/de la Cera 1 bis 08001,
Barcelona)
4.
Convocatoria abierta al acto : “Basta de represión a los movimientos sociales.
Libertad jóvenes de la Hospitalet”
A raíz de las detenciones que se
produjeron la noche del 4 al 5 de octubre vinculadas con un ataque con cócteles
molotov a la comisaría del barrio de Sants, tres jóvenes pertenecientes a los
movimientos sociales de l’Hospitalet y Cornellà se vieron sometidos a una operación
policial que ha acabado con el ingreso en prisión de dos de ellos y la libertad
con cargos para el tercero. Desde personas próximas y compañeros se ha iniciado
una campaña de denuncia del procedimiento policial y judicial que ha rodeado
estas detenciones y para exigir su libertad inmediata.
Cronología
de los hechos
Los dos
jóvenes de l’Hospitalet, de 18 y 19 años, fueron detenidos por un coche
patrulla mientras iban en motocicleta, haciéndoles caer. Pocas horas después,
al recibir el alta hospitalaria, eran conducidos a la comisaría de Aiguablava.
El tercer encausado, de Cornellà, fue detenido horas más tarde y fue llevado
primero a la comisaría del distrito de Sants, dónde dos agentes uniformados le
apalearon, produciéndole, entre otros daños, la pérdida de audición en el oído
derecho. Posteriormente era conducido a las mismas dependencias de los otros
detenidos.
Allí
serían sometidos a amenazas, vejaciones, y agresiones, hasta el punto que los
dos jóvenes, firmaron bajo las presiones una inculpación por haber cruzado unos
contenedores a la calle, que después negaron ante el juez alegando torturas. La
Brigada de Información presionó para que aplicara la legislación
antiterrorista, pero en ambos casos fue denegada. Finalmente el juzgado de instrucción
penal de la Sala nº 13 de Barcelona, el Sr. J.A. Ramírez Suñer bajo los cargos
de desórdenes y daños (que nunca han supuesto un ingreso en prisión) decreta:
el internamiento preventivo en la prisión de menores de la Trinitat por los
jóvenes de la Hospitalet y la libertad con cargos por el joven de Cornellà.
El juez,
tras tomarles declaración, informaba a los abogados que en pocos días firmaría
su libertad argumentando que se tenía que tomar una medida a modo de castigo
ejemplar mientras la fiscalía presentaba su informe final. Informe que presentó
diez días más tarde y que ratificaba estas peticiones menores. Las presiones de
la Brigada de Información hacen que el juez decrete su prisión preventiva en
espera de juicio el día 18 de octubre, alegando un desarraigo de los dos
chicos. La precariedad en la que muchos jóvenes nos vemos inmersos deviene una
justificación para dictar prisión.
La
denuncia
Ahora, una vez el juez ha tomado una decisión que
responde a las influencias directas de la Brigada de Información de la Policía
Nacional, que obvia las torturas padecidas por los detenidos, que vulnera la
presunción de inocencia y el derecho a la intimidad, y que ha llevado de forma
ejemplarizante a dos jóvenes a la prisión, nos queda la denuncia de todas estas
prácticas. Prácticas que, por ejemplo, han sido criticadas de forma reiterada
por parte de organismos como Amnistía Internacional, el Observatorio de Derechos Penales o el
Colegio de Abogados de Barcelona. También nos queda denunciar la impunidad con
la que puede actuar la Brigada de Información y el hecho flagrante de la doble
vara de medida que se aplica en los
casos de represión política. Un ejemplo: durante las fiestas de Gracia, un
joven vinculado a los movimientos sociales del mismo barrio es apuñalado en el
cuello por un grupo de skinheads, herida que le ha dejado en estado
vegetativo. El agresor salió en libertad con el cargo de lesiones al cabo de
ocho días. Por el contrario, dos jóvenes son inculpados bajo torturas de cruzar
dos contenedores en la calle y se encuentran, como hemos dicho, en una
situación de prisión preventiva.
Por todo
esto, hemos decidido organizar un acto con el lema “Basta de
represión a los movimientos sociales. Libertad jóvenes de la Hospitalet” el
día 13 de noviembre al local de la parroquia de Sant Medir a las 11.30h,
en el que varias personalidades tratarán un seguido de cuestiones: situación de
los dos jóvenes; la impunidad policial, las denuncias de tortura; el uso que se
hace en el estado español de las prisiones
y del régimen penal y sobre la represión estructural contra los movimientos
sociales. A la vez, el acto concluirá convocando a la manifestación que
se hará el mismo día 13 a las 17h en la plaza Universidad.
Pensamos
que este no es un problema aislado que afecte a estos jóvenes, sino que la
represión es un fenómeno que se puede cernir sobre cualquier voz de la
disidencia, y por esto pedimos la adhesión de colectivos y entidades a este
acto y quizás todavía más vuestra participación.
La entidad abajo firmante da apoyo
al acto organizado por la Asamblea de Barrio de Sants del próximo día 13 de
noviembre y a la campaña por la libertad de los jóvenes.
Haced
llegar vuestra adhesión al acto, que aparecerá en carteles de convocatorias a: antirepresants@sants-montjuic.mesvilaweb.com
o a la
dirección :
CSA
Can Víes c/Jocs Florals 42 08014 Barcelona
5.
Carta enviada a los diarios El País y El Periódico
A la atención del Sr. Director:
Somos familiares y amigas de dos jóvenes encarcelados
tras las 3 detenciones practicadas por la policía nacional, el pasado 4/10/04,
raíz del lanzamiento de cócteles molotov contra la comisaria de Sants.
Estamos profundamente preocupadas, no sólo por los
encarcelamientos injustificados, sino también por las informaciones erróneas
que se difundieron por el diario que dirige el pasado 5/10/04 Echando una
ojeada a algunos de los artículos código deontológico de su respetable
profesión no podamos dejar de ponernos en contacto con esta redacción por tal
de quejarnos del tratamiento de la noticia respecto los hechos, entendiendo que
los vulnera:
1. Observar siempre una clara distinción entre los
hechos y opiniones o interpretaciones, evitando toda confusión o distorsión
deliberada de ambas cosas, así como la difusión de conjeturas y rumores
como si se tratara de hechos. Según su diario se les aplicó la Ley
antiterrorista, cosa que la policía de Barcelona había intentado, pero aun
habiendo sido denegado desde la Audiencia Nacional de Madrid cualquier
diligencia al respeto, publicaron este día 5 que serian trasladados a Madrid
2. Difundir únicamente informaciones fundamentadas, evitando
en todo caso afirmaciones o datos imprecisos y sin base suficiente que puedan
lesionar o despreciar la dignidad de las personas y provocar daño o descrédito
injustificado a instituciones y entidades públicas y privadas, así como la
utilización de expresiones o calificativos injuriosos. Posiblemente este
diario tenga por ciertas las voluntades de la policía, sin saber, quizás, que
tiene que ser un juzgado quien dicte la jurisdicción procesal de los detenidos
y el ministerio fiscal quien formule las oportunas acusaciones.
3. Rectificar con diligencia y con tratamiento
adecuado a la circunstancia, las informaciones -y las opiniones que se deriven-
que se hayan demostrado falsas y que, por tal motivo, resulten
perjudiciales para los derechos o intereses legítimos de las personas y/u
organismos afectados, sin eludir, si hiciera falta, la disculpa, con
independencia de aquello que las leyes dispongan al respeto. Esperamos que
el comentario a este artículo deontològico venga por parte suya.
6. Reconocer a las personas individuales y/o
jurídicas su derecho a no proporcionar información ni responder preguntas,
sin perjuicio del deber de los periodistas a atender el derecho de los
ciudadanos a la información. Este derecho protege muy especialmente la estricta
confidencialidad sobre la salud o la enfermedad de una persona como núcleo de
su privacidad, pese a la curiosidad que pueda haber en el caso de personajes
conocidos públicamente, incluso más allá de su muerte. Con respecto a
asuntos relacionados con las administraciones públicas, el derecho fundamental
a la información tiene que prevalecer siempre por encima de cualquier
restricción que vulnere injustificadamente el principio de la transparencia
informativa a la que están obligadas. La normalidad con la que los
medios de información reproducen las declaraciones de la policía, dando por
ciertas las inculpaciones que hace la policía a las detenciones que practica
hace que los mismos medios se hagan eco de la culpabilidad de las personas que
la policía siempre pretende evidenciar, pero recordamos que sólo cuando el
hecho es juzgado es cuando las informaciones se podrán dar como ciertas,
siempre reproduciendo la sentencia en la que se dicta la inocencia o
culpabilidad de las personas, sin perjuicio de la posibilidad de que un juez,
como persona que es, tenga posibilidad de error.
10. Observar escrupulosamente el principio de
presunción de inocencia en las informaciones y opiniones relativas a causas o
procedimientos penales en curso. Desgraciadamente, la vulneración de la
presunción de inocencia es una práctica tan habitual como la falta de denuncia
ante este atentado a los derechos de la persona. Por parte de la policía no
cabe duda, de los jueces se esperaría
una imparcialidad que no ejerce, pero si de quien se tendría que hacer eco de la opinión pública
vulnera este principio, la misma opinión pública desconoce sus derechos. Si las
declaraciones inculpatorias son extraídas bajo tortura, no denunciarlas
significa omitir cualquier tipo de derecho.
6. Octavilla de Apoyo (4/10)
Libertad detenidos Hospitalet y Cornellà
Tres jóvenes, participantes de los movimientos sociales,
dos de ellos vecinos del Hospitalet y el tercero de Cornellà, fueron detenidos
la madrugada del pasado lunes.
La policía nacional detuvo dos de los jóvenes en la
carretera de La Bordeta, según testigos presenciales, y más tarde los llevó al
Hospital Clínico porqué, según la versión policial, cayeron con la moto al
intentar esquivar los policías que les ordenaron pararse. En presentarse la
madre de uno de los jóvenes en el hospital, la policía se negó a darle ningún
tipo de información, y sólo comunicó que estaban detenidos por “lanzar un
cóctel molotov”.
El tercer joven fue detenido horas más tarde, pero se
desconocen el lugar y las circunstancias.
Se sabe que se encuentran en la comisaría de Aiguablava
(Nou Barris) y que los acusan de incendio, desórdenes y atentado, ya se les ha designado
abogado y parece que se descarta la aplicación de la Ley Antiterrorista, aun
cuando el gabinete de prensa policial ha presionado a los medios de
comunicación para que informen de la aplicación de la Ley Antiterrorista. La
desinformación ha estado presente en todo momento, y los jóvenes han padecido
lesiones, torturas, incomunicación y amenazas a su integridad física. Miércoles
6 de octubre pasarán a disposición judicial. Durante su comparecencia ante los
juzgados del Paseo Lluís Companys se realizará una concentración de apoyo en el
exterior.
Pedimos la libertad inmediata de las personas detenidas,
por quienes, ahora mismo, padecemos por su integridad física. También
denunciamos que estas detenciones no se basan en ningún tipo de investigación,
sino que parecen una respuesta inmediata al lanzamiento de cócteles molotov a
la Comisaría de Distrito de Sants, en la que la policía esconde su
incompetencia con una rápida detención de algunos “sospechosos habituales”, que
simplemente estaban en el lugar equivocado, con una cierta estética y en el
momento equivocado.
Grupo
de apoyo de amigos y familiares 4/10/04
LIBERTAD PARA LOS JÓVENES DE
HOSPITALET ENCARCELADOS SIN PRUEBAS
El juzgado 13 de instrucción los
encarcela por declaraciones obtenidas bajo tortura
Miércoles 6 de octubre de 2004, a las 9 de la
noche el titular del juzgado núm. 13 de instrucción ordenó el encarcelamiento de E.M.M. y E.B.G, de 18 y
19 años de edad respectivamente y vecinos del Hospitalet de Llobregat, por un
delito de daños, desórdenes públicos y resistencia a la autoridad, y decretó la
libertad de un tercero joven que salió a la calle acusado de daños y
desórdenes.
Este es el primer desenlace de una pesadilla que
se inició el pasado domingo por la noche, cuando la policía nacional detuvo los
tres jóvenes acusándolos de haber atacado la comisaría de Sants con cócteles
molotov. A los primeros los detuvieron en la carretera de la Bordeta: la
policía se echó encima de la moto que conducían y los atropelló brutalmente,
hasta el punto de que tuvieron que ir al Hospital Clínico por las heridas
ocasionadas; al otro chico fueron a buscarlo a su casa.
Una vez detenidos fueron incomunicados durante 10
horas a lo largo de las cuales la Brigada de Información de la Policía los
torturó física y psicológicamente. Los golpearon repetidamente e incluso
pusieron una pistola sobre la mesa mientras los interrogaban, consiguiendo que
dos de ellos firmaran declaraciones bajo tortura.
Durante estas 10 horas la brigada de información
intentó dos veces, sin éxito, que la Audiencia Nacional les aplicara la Ley
Antiterrorista para alargar el periodo de incomunicación y continuar la
investigación policial con total impunidad y realizando más detenciones.
El miércoles por la mañana pasaron a disposición
judicial acusados de daños, desórdenes, resistencia y asociación ilícita,
acusación que a menudo se utiliza contra los movimientos sociales para agravar
las penas. Sin embargo, la inconsistencia de las pruebas aportadas por la
policía obligó a la fiscal a retirar este cargo.
Finalmente, ignorando que las declaraciones fueron
obtenidas bajo torturas y pese a la escasa entidad de la acusación final, el juez justificó el
ingreso en prisión sin fianza para E.M.M. y E.B.G. como “medida de escarmiento”
y por el hecho de ser jóvenes y no disponer de trabajo ni vivienda estable,
precariedad que padecemos la mayoría. Además consideró que los jóvenes no
tienen suficiente arraigo social pese a su participación en diferentes
proyectos colectivos y comunitarios de su ciudad.
La operación policial continúa abierta y no se
descartan nuevas detenciones.
Los familiares, amigos y asociaciones próximas a
los detenidos consideramos que nos encontramos delante de un nuevo caso de
impunidad policial y judicial, dónde se están vulnerando los derechos más
fundamentales de los dos jóvenes encarcelados. Nos parece escandaloso que un
juez no tenga en cuenta las irregularidades evidentes de la actuación policial y decida encarcelar dos
personas basándose en las declaraciones obtenidas bajo torturas y en la
criminalización de la precariedad que el sistema nos impone.
Estamos seguros de que el ensañamiento policial
contra estos jóvenes se debe a su vinculación con el tejido asociativo de
Hospitalet y Cornellà y con los movimientos sociales y las iniciativas
comunitarias que escapan de su control.
Exigimos:
- la libertad inmediata de E.B.G. y E.M.M.
- la retirada de los cargos para los tres detenidos.
- el respeto absoluto a su presunción de inocencia, derecho a la intimidad
y la propia imagen.
- el cese de la criminalización y persecución policial contra los
movimientos sociales y otras formas de disidencia.
CONVOCATORIAS DE APOYO EL MES DE
OCTUBRE:
VIERNES 8, MARCHA DE APOYO, PLAZA
UNIVERSIDAD 19H.
SÁBADO 9, CONCIERTO AL CSO PATIO
AZUL, CORNELLÀ, 22H.
LUNES 11 CONCENTRACIÓN A LA
PRISIÓN DE JÓVENES DE TRINIDAD, 19H.
MIÉRCOLES 13 MANIFESTACIÓN,
RAMBLA DE EL HOSPITALET, 19H.
JUEVES 14, CONCENTRACIÓN A LA
PRISIÓN DE JÓVENES DE TRINIDAD, 19H.
VIERNES 15, MANIFESTACIÓN A PLAZA
UNIVERSIDAD, 19H.
Hoy han sido ellos, mañana puedes
ser tú.
Basta de impunidad policial!!!!
7. Dossier de prensa (incompleto)
A)
El juez no considera que los jóvenes detenidos fueran los
autores del lanzamiento de cócteles a la Comisaría de Sants
BARCELONA, 14/10/2004 (EUROPA PRESS)
El titular del Juzgado de Instrucción número 13 de
Barcelona, que investiga el lanzamiento de cócteles molotov a la Comisaría de
Sants-Montjuïc de la Ciudad Comtal la madrugada del pasado día 4, no considera
que los tres jóvenes detenidos fueran los autores materiales del ataque.
Según una acta, al cual ha tenido acceso Europa Press, el
juez imputa a los jóvenes delitos de "desórdenes públicos y daños",
pero no les acusa del lanzamiento de los cócteles molotov.
Asimismo, el juez ha dejado en libertad con cargos a uno
de los tres detenidos con la obligación de comparecer ante la autoridad
judicial cuando se le requiera. Los otros dos se encuentran en la prisión de
Jóvenes de la Trinidad, de forma provisional.
De hecho, la Audiencia Nacional ya desestimó la petición
del Cuerpo Nacional de Policía de Barcelona de aplicar la Ley Antiterrorista a
los tres jóvenes, D.M.G., de 23 años, E.M.R., de 19 años, y E.B.G., de 18 años.
Por ese motivo pasaron a disposición del Juzgado de Guardia de Barcelona. Tras
las detenciones, se produjeron varias concentraciones por las calles de
Barcelona pidiendo su puesta en libertad.
Los hechos se produjeron a la una menos cuarto de la
madrugada, cuando tres cócteles molotov fueron lanzados a la entrada de la
comisaría de Sants-Montjuïc de Barcelona y provocaron un incendio. En el
momento del incendio, había seis personas en el interior de la comisaría que no
resultaron heridas ni tuvieron que ser atendidas por los equipos sanitarios.
Después del suceso, la Policía pudo detener el primer joven cuándo salía
corriendo y los otros dos detenidos fueron arrestados cuándo huían en una moto,
dado que cayeron por el estado de nerviosismo.
Ninguno de los tres tiene antecedentes penales.
Según fuentes judiciales consultadas por Europa Press, el
juez considera que no hay pruebas que incriminen directamente a los jóvenes del
lanzamiento de los cócteles porque, como han explicado dos de los detenidos en
su declaración, fueron un grupo de encapuchados los que lanzaron los
artefactos.
B) Artículos aparecidos al nº de noviembre del Diario de
Comunicación Popular “La Burxa” del barrio de Sants
Otra vez hablamos de encarcelados
El encarcelamiento de dos vecinos de Santa Eulàlia,
detenidos a la ctra. de La Bordeta nos trae demasiados recuerdos de aquel
aciago 12 de octubre de 1999. Como hace 5 años, los encarcelados son gente muy
joven, implicada en los movimientos sociales alternativos. Como entonces, el
proceso de detención es totalmente arbitrario: una batida policial justo
después de unos incidentes en la cual lo único que cuenta es estar en el lugar
y en el momento equivocados, sin ninguna otra prueba que unas más que
sospechosas autoinculpaciones después de haber pasado por las “manos” de la
Brigada de Información. Y también se repite el hecho de que en un caso de
justicia imparcial (sin presiones políticas o mediáticas) los supuestos delitos
de los que se les acusa (quemar dos contenedores) difícilmente comportarían la
entrada en prisión y, en ninguno de los casos, el encarcelamiento preventivo.
El caso se hace más escandaloso si se compara con el
tratamiento judicial de qué disfrutan los fascistas. Este verano, cinco
skin-nazis que iban de “cacería”, uno de ellos armado con un garfio soldado a
un puño americano, atacaron a un grupo de vecinos de Gracia, provocando la
muerte clínica de uno de ellos. El autor material del asesinato pasó apenas dos
semanas en la prisión y salió en libertad con una miserable fianza. El resto de
coautores ni siquiera pisaron un centro penitenciario. Sabemos que en este
sistema las cosas tienen más valor que las personas, pero ¿no se están pasando
un poco?
La Comisaría del Distrito guarda fichas ilegales de gente
de izquierdas
Su nombre completo es Grupo IV de la Brigada Provincial
de Información de la Policía Nacional, y agrupa los agentes encargados del
seguimiento y el control de los diferentes movimientos sociales que trabajan en
nuestras comarcas. Por su tarea, eminentemente de control de actividades políticas,
y por sus métodos, que incluyen la “filtración” de informes a los medios de
comunicación para criminalizar las luchas sociales y la acumulación de
numerosas denuncias por torturas, han sido repetidamente comparados con la
franquista Brigada Político-social.
Es posible que no sea para tanto y que los tiempos hayan
cambiado bastante desde entonces, pero lo cierto es que el atestado que presentaron al Juzgado de
Instrucción núm. X de Barcelona que investiga la autoría del ataque con
cócteles molotov a la comisaría de Sants, incluye, según ha podido averiguar La
Burxa, un dossier, con más de treinta fotografías y sus correspondientes
identificaciones, de gente que participa en diferentes movimientos sociales del
área metropolitana. Políticamente incluye personas vinculadas al
independentismo, la okupación y la
antiglobalización, y parecen fotografías extraídas de los archivos de
los DNI.
Este dossier fue el que la policía mostró a D. M., un
joven vecino de Cornellà, en la carretera de Sants la madrugada del 4 de
octubre, minutos después del ataque a la comisaría, para que señalara la gente
que, según los investigadores, habían participado con él en la acción. Una vez
dentro del edificio del Distrito, el chico afirma que fue golpeado
repetidamente, vejado y amenazado, y que en un momento del interrogatorio (que
se realizaba sin abogado) uno de los policías llegó a poner su arma
reglamentaria encima de la mesa. La presión pero, no surgió efecto, y D. M. en
ningún momento se inculpó ni señaló terceras personas y ante la absoluta falta
de pruebas el juez declaró declarar su libertad sin fianza.
Según Jaume Asens, abogado y miembro de la Comisión de
Defensa de los Derechos de las Personas del Colegio de Abogados de Barcelona,
la existencia de estas fichas “es una prueba más de la dinámica de la Brigada
de Información de actuar al margen de la ley”, y añade que el problema es que
“no hay una regulación explícita que lo prohíba”.
Fuentes procedentes de los movimientos sociales, que
prefieren mantenerse en el anonimato, aseguran que la noticia no les ha
sorprendido especialmente, puesto que es una práctica bastante habitual y ya
sabida, aunque hasta ahora no se había
podido demostrar materialmente. Tampoco esconden que hay mucho nerviosismo
sobre lo que pueda pasar de ahora en adelante, puesto que “el hecho de salir en
esta lista es como tener un número para que te toque la próxima oleada
represiva”, y se temen nuevas detenciones en las próximas semanas.
Ahora nos volverán a decir que ya lo sabíamos
De nuevo hemos podido observar en Sants como funciona de
cerca la represión. La rápida y sospechosa reacción policial al lanzamiento de
cócteles molotov a la comisaría acabó con tres detenciones y dos
encarcelamientos, nuevas denuncias de tortura y con la confirmación que la
policía elabora fichas de activistas sociales, aunque estos nunca hayan
cometido ningún delito ni tengan una ficha policial legal.
Hemos podido ver, como ya temíamos, que el cambio de
gobierno no significa un cambio de actitud policial, y que por mucho que
criticáramos la Valdecasas no nos encontrábamos en la persecución de una
Delegada del gobierno concreta, ni siquiera la de un gobierno determinado.
Estos métodos continuarán existiendo mientras haya gente dispuesta a luchar
para cambiar este sistema social, y mientras este se apoye en una democracia de
tan baja calidad. Ahora falta saber cómo responderá la sociedad: ¿habrá una
movilización masiva contra la tortura y la criminalización? ¿Habrá una defensa
acérrima del derecho a luchar por ese otro mundo posible? ¿Volveremos a vivir
las inmensas movilizaciones que querían acabar con el gobierno del PP,
precisamente porque practicaba este tipo de barbaridades? Desgraciadamente ya
sabemos la respuesta. Una vez “derrotado el mal”, la gente vuelve a su
conformismo, a sabiendas de que todo vuelve a ser como siempre; o sea, todo
está muy mal pero como mínimo no nos insultan a la cara.
Para empezar, la tortura sigue sin existir (excepto en
Irak, claro está), los medios de comunicación no hablan de ella, los jueces no
la investigan, los políticos no la evitan. Y esto es algo que es mejor “no
saber” que pasa, o como mínimo que pasa tan cerca. Pero ¿y las fichas ilegales?
Ahora hay una prueba material, ¿algún juez valiente lo investigará? ¿Algún periodista
sagaz lo “sacará a la luz”? Mucho nos tememos que también sabemos la respuesta.
Pero también sabemos la respuesta que nos encontraremos
cuando vayamos a desperdigar nuestra indignación por todos los salones. No
cuesta nada imaginarse el juez que no investigará, el periodista que no
publicará, el político que no hará nada, mirándonos con cara de quien está muy
bregado en la lucha clandestina y diciéndonos con voz paternal: “¿pero que no
sabíais que la policía las hace, estas cosas?”.
8. Textos de interés
1.- El relator de la ONU denuncia el maltrato de
detenidos en España
Van Boven visitó el Estado entre el 5 y el 10 de octubre
de 2003.
Naciones Unidas, 27 oct. (EFE).- El relator especial para
Tortura de la ONU, el holandés Theo van Boven denunció hoy delante de la
Asamblea General el maltrato de detenidos en España, particularmente de
personas relacionadas con actividades terroristas. Así lo manifestó en una
rueda de prensa tras presentar su informe anual en la III Comisión de la
Asamblea General, que se encarga de asuntos sociales, humanitarios y
culturales.
"La tortura ocurre en muchos lugares, incluida
Europa, relacionada con cuestiones de autodeterminación como el País Vasco en
España o los kurdos en Turquía", afirmó. Van Boven explicó que visitó
España entre el 5 y el 10 de octubre del 2003, dónde se reunió con diferentes
funcionarios del gobierno, representantes de la sociedad civil y presuntas
víctimas de la tortura y sus familiares.
"La tortura o el maltrato no es sistemático en
España, pero la forma en la cual funciona el sistema permite que se cometan
actos de tortura o maltrato, particularmente con personas que son arrestadas, y
estancia incomunicada en conexión con actividades relacionadas con el
terrorismo", afirmó. "Hay incidentes recurrentes de maltratamiento o
degradación humana a personas que son detenidas en régimen de incomunicado, por
el que no tienen acceso a un abogado en su interrogatorio", puntualizó.
Reconoció que España no es el único país de Europa, sino que también a su
propio país, Holanda, también se producen incidentes similares. El jurista
holandés alertó que la lucha contra el terrorismo a nivel mundial "está
erosionando la prohibición de la tortura, la crueldad y la degradación humana y
el castigo como una norma imperativa del derecho internacional".
En cuanto a la situación de la tortura al mundo, mostró
su preocupación especialmente por la existencia de lugares "secretos"
de detención, dónde no hay ningún mecanismo de control. También expresó su
inquietud por la transferencia de detenidos de un país a otro sin que se le
ofrezcan las garantías legales requeridas. "Ocurre muy a menudo, que las
personas que son extraditadas han estado sujetas a torturas, pese a las
garantías diplomáticas que impide que se les someta a este trato",
declaró.
Por otro lado, Van Boven criticó la ONU por no
proporcionar los medios y recursos necesarios para realizar investigaciones
sobre casos de tortura y maltrato en diferentes países del mundo. Además, pidió
una mayor coordinación de los mecanismos existentes dentro del organismo
internacional de promoción y protección de los derechos humanos. Según datos de
la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, indicó, se han recibido alegaciones
de casos de tortura a 90 países del mundo, aunque estos no se practiquen de
forma sistemática. Lamentó que los medios de comunicación sólo hagan atención a
la tortura "cuando tienen implicaciones políticas", pero que no hagan
caso a la "brutalidad y la tortura rampante que padecen mujeres y
niños" a demasiados países. Van Boven, que fue director de la división de
Derechos Humanos de la ONU y es conocido por su defensa de las víctimas de las
dictaduras militares en Latinoamérica, aprovechó la ocasión por anunciar que
dimitía de su cargo, tras traer treinta años dedicados a la protección de los
derechos humanos.
2.- LOS “SOCIALES” EN CATALUNYA OPERAN DESDE EL GRUPO VI
Grupo VI Represión en los Países Catalanes
Integrada por inspectores y subinspectores de policía
española procedentes de la extinta Brigada Antiterrorista y de la Brigada de
Estupefacientes, el Grupo VI de la Brigada de Información de Barcelona de la
Policía Nacional se ha convertido en la punta de lanza contra los movimientos
sociales alternativos y contra los colectivos populares más comprometidos. El
movimiento de okupaciones, la lucha independentista y las protestas
antifascistas son objeto de una permanente campaña de criminalización,
seguimiento y acoso tras la que se suceden actuaciones ilegales, filtraciones a
la prensa y múltiples montajes policiales.
BARCELONA Las continuas operaciones represivas contra los
movimientos sociales alternativos a la ciudad de Barcelona y el Área
Metropolitana que se han venido
sucediendo en los últimos años no son la concatenación de “casos aislados” sino
el resultado de la intensa y planificada tarea represiva que agentes de la
Policía Española desarrollan desde hace pocos años, cuando el Ministerio de
Interior decidió crear un subgrupo especializado en la represión contra todos
aquellos colectivos y personas críticas con el orden establecido y,
especialmente, contra el movimiento okupa. Las operaciones represivas llevadas
a término por los agentes adscritos a este subgrupo, integrado en el Grupo VI
de la Brigada de Información de la Policía Nacional, se han intensificado,
desde octubre del 1996 y tras el desalojo del Cine Princesa, con una especial
predilección por los grandes montajes mediáticos.
Este incremento represivo coincidió en el tiempo con la
llegada a la Delegación del Gobierno, tras la victoria electoral del PP, de
Julia García-Valdecasas, y de Francisco Arrebola, Comisario Jefe de la Policía
Nacional en Catalunya y con un amplio historial represivo a sus espaldas.
Arrebola fue, entre de otros, uno de los máximos responsables de la seguridad
de la Expo’92 celebrada en Sevilla y el principal responsable de la represión
contra la manifestación de protesta contra el Quinto Centenario que recorrió la
capital andaluza y que se saldó con 38 detenidos apaleados y tres heridos de
bala de la policía española.
Con sede central en la Jefatura Superior de Policía de
Via Laietana, 43 y con numerosas ramificaciones territoriales adscritas al
Grupo VI, la existencia de estos tipos de brigadas de información similares a
las político-sociales del franquismo se
ha traducido ya en el incremento de los grados de control social, el
aumento del autoritarismo y centenares de detenciones, identificaciones y
expedientes judiciales con el objetivo de criminalizar determinadas opciones
sociales antagonistas al sistema.
Integrado, según fuentes consultadas, por un mínimo de 60
agentes, el Grupo VI está dividido, como mínimo, en tres áreas especializadas.
Los inspectores y subinspectores desarrollan la actividad represiva en tres
grupos: uno especializado en terrorismo y organizaciones armadas
(fundamentalmente ETA y GRAPO), el subgrupo especializado en cabezas rapadas
(skinheads) y un tercero especializado ahora en la represión contra los
movimientos sociales alternativos y las personas más vinculadas a la lucha
contra la especulación y el fascismo. En los tres casos, el Grupo VI está
integrado por miembros de la extinta Brigada Antiterrorista y por agentes
policiales procedentes de la Brigada de Estupefacientes, que operan en un
cómodo escenario de impunidad y beligerancia.
Comportamiento
En su actividad cotidiana, los medios empleados se han
caracterizado por el seguimiento sistemático de todo tipo de concentraciones y
manifestaciones. Este tipo de control social, con el objetivo de vigilar e
intimidar a los participantes, se realiza con una amplia presencia de agentes
de paisano (recorriendo en ocasiones a policías de otras secciones - como la
Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana- o a inspectores de barrio) y con las
grabaciones en vídeo desde las más varias ubicaciones (a las que hace falta
añadir las cámaras de cajeros y de control del tráfico), en un clima permanente
de provocación y ostentación.
Estas actuaciones van acompañadas de campañas posteriores
de seguimiento y acoso personalizado –incluso a los puestos de trabajo-, dónde
las amenazas, las advertencias y las actuaciones ilegales han venido aumentando
progresivamente. Este es el caso del sucedido al barrio de Sants en febrero del
1997 después de una manifestación de apoyo a las okupaciones: grupos de agentes
de paisano encapuchados introdujeron varias personas a la comisaría de Sants y,
una por una, las fueron interrogando mientras les golpeaban la cabeza con uno
listín telefónico. Tras tres horas de interrogatorio fueron liberadas sin que
exista ninguna constancia legal de su paso por dependencias policiales. Pocas
semanas después, el 8 de abril de 1997 y durante el desalojo del Centro Social
Gasòmetre en Terrassa, dos conocidos miembros del Grupo VI, amenazaron de
muerte las personas concentradas.
Montajes
Pero los agentes del Grupo VI han optado por los montajes
policiales como principal herramienta de criminalización de los movimientos
sociales. Uno de los más silenciados fue el provocado a Terraza a finales del
1998 contra cuatro jóvenes, a los cuales se les aplicó la Ley Antiterrorista,
saliendo posteriormente liberados. Las primeras informaciones, procedentes de
los despachos del Grupo VI, los acusaban de haber constituido un grupo armado
autonombrado Acción Radical Catalana (ARCO), que se encontraría tras varias
acciones contra Empresas de Trabajo Temporal (ETT). Posteriormente, las
sospechas se fueron confirmando: agentes del Grupo VI, haciéndose pasar por
miembros de Jarrai llegados por exportar su lucha, animaron a uno de los
jóvenes a realizar con ellos varias acciones. Tras varias actuaciones, los
supuestos militantes vascos le informaron de que aquel día actuarían solos y le
indicaron el objetivo. Cuando llegó al lugar fijado, agentes de paisano del
mismo grupo ya le estaban esperando, desatándose un montaje policial que duró
cuatro días y que afectó, tras la fuerte presión ejercida en el joven, a tres
jóvenes más, que denunciaron maltratos y una constante presión psicológica. La
causa judicial todavía permanece abierta en los Juzgados de Terrassa.
Filtraciones
Este tipo de montajes, dónde una deficitaria dinámica
informativa –unidireccional, ausente de contrastes y principal valedora de las
tesis represivas- ha jugado un rol trascendental en la criminalización de estos
movimientos, se han venido menudeando últimamente. Destacan los realizados tras
la Bicicletada Popular contra los desalojos el 1999 (y que supuso la orden de
búsqueda y captura para diez jóvenes, cinco de ellos detenidos); tras la
represión contra las prisiones el 31 de diciembre de 1996 (persecución y siete
detenciones), el desalojo de la casa okupada Los Gatos al barrio de La Salud
(dónde los agentes antidisturbios se dedicaron a romper los vehículos de los
vecinos y de la Unidad Móvil de Catalunya Radio) o la sucedida tras la carga
policial a la Universidad Autónoma de Barcelona (dónde el Grupo VI filtró a
determinada prensa –El Mundo, ABC- la lista y trayectoria vital y política de
diez jóvenes catalanes que Mayor Oreja quería difundir a la reunión
extraordinaria de la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, que
encendió todavía más la indignación universitaria). En todos los casos
mencionados, el binomio informes policiales/medios de comunicación, funcionó a
la perfección.
En el mismo ámbito, y en la orden de las filtraciones a
la prensa, hace falta destacar el seguimiento implacable de la campaña de
Euskal Herritarrok a los Países Catalanes durante las últimas elecciones
europeas. En aquella ocasión, la policía filtró todos los actos y reuniones
celebradas, el número de asistentes, los nombres de los ponentes y el listado
de las organizaciones que mostraron su apoyo solidario. El control y la
grabación de las entradas en el Hotel Colono, dónde el entonces candidato Koldo
Gorostiaga ofrecía una charla, no fue nada disimulada.
El último de estos montajes se sucedió el pasado 12 de
octubre, dónde la presión policial ejercida sobre la jueza Remei Bona y los
atestados policiales entregados por los Grupo VI, supusieron el ingreso en
prisión de 14 jóvenes antifascistas catalanes.
A la intensa actividad represiva que desarrolla este
grupo en Barcelona, hace falta añadir la desarrollada por los servicios de
información de los Mossos d’Esquadra, los servicios de información de la
Guardia Civil que operan desde el cuartel de la Avda. Madrid y, en el caso del
movimiento de okupaciones, la represión implementada por la Guardia Urbana, que
ha recuperado la Unidad de Policía Administrativa y de Servicios (UPAS) y los
agentes de paisano. En el mismo sentido, y en los últimos meses, hace falta
destacar también el aumento y presencia de los cuerpos represivos a
determinados barrios. Sólo entre el 10 y el 16 de mayo, se han producido más de
50 identificaciones a las villas de Sants y Gracia.
Esta dinámica represiva y criminalizadora de los
movimientos sociales motivó que en el pasado junio más de 100 organizaciones
políticas, sindicales, vecinales y sociales subscribieran la iniciativa popular
“Basta de impunidad policial” que incluía entre sus reivindicaciones la
dimisión de Julia García-Valdecasas, la paralización del Plan Policía 2000 y de
la Ley de Vídeo vigilancia, el cierre de los Centros de Internamiento para
inmigrantes y la exigencia explícita de
la disolución de las Brigadas de Información.
Publicado en mayo del 2000 a 'Ardi Beltza'
3.- TEXTOS SOBRE LEGALIDAD NACIONAL E
INTERNACIONAL VINCULADA CON TORTURAS
CÓDIGO
PENAL ESPAÑOL (1995)
Artículo 174.
1. Comete tortura la autoridad o funcionario
público que, abusando de su cargo, y cono el fin de obtener una confesión o
información de cualquier persona o de castigarla por cualquier hecho que haya
cometido o se sospeche que ha cometido, la sometiere a condicionas o
procedimientos que por su naturaleza, duración u otras circunstancias, le
supongan sufrimientos físicos o mentales, la supresión o disminución de sus
facultades de conocimiento, discernimiento o decisión, o que de cualquier otro
modo atenten contra su integridad moral. El culpable de tortura será castigado
con la pena de prisión de dos a seis años si el atentado fuera grave, y de
prisión de uno a tres años si no lo es. Además de las penas señaladas se
impondrá, en todo caso, la pena de inhabilitación absoluta de ocho a doce años.
2. En las mismas penas incurrirán, respectivamente,
la autoridad o funcionario de instituciones penitenciarias o de centros de
protección o corrección de menores que cometiere, respecto de detenidos,
internos o presos, los actos a que se refiere el apartado anterior.
*********************************
PACTOS INTERNACIONALES:
##########
Declaración Universal de Derechos Humanos (1948):
Artículo 5º: “Nadie será sometido a torturas ni a
penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
#########
Convenios de Ginebra (1949)
El común artículo 3º de los cuatro convenios de
Ginebra, prohibe que se inflijan “tratos crueles, torturas y suplicios, a las
personas que no participan directamente en las hostilidades”. Proscribe,
asimismo, los “atentados a la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes
y degradantes”. De conformidad con el artículo 99 del Tercer Convenio de
Ginebra, “No se ejercerá presión moral o física alguna sobre un prisionero de
guerra para inducirlo a confesarse culpable del hecho que se le acuse”.
################
Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos (1966)
Artículo 7º: “Nadie será sometido a torturas ni a
penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será
sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos”
####################
Convenio Europeo para la Protección de los
derechos Humanos y Libertades Fundamentales (1950)
Articulo
3º: “Nadie será sometido a torturas ni a tratos o penas inhumanos o
degradantes”.
################
Tribunal Permanente Internacional
*************************************
REGLAS ESPECIALES Y CÓDIGOS DE ÉTICA:
Reglas Mínimas para el tratamiento de Los Reclusos
(ONU, 1957)
Artículo 31: “Las penas corporales, encierro en
celda oscura así como toda sanción cruel, inhumana o degradante quedarán
completamente prohibidas como sanciones disciplinarias”.
###########
Código de Conducta para los Funcionarios
Encargados de Hacer Cumplir la Ley (ONU, 1979)
Artículo 5: “Ningún funcionario encargado de hacer
cumplir la ley podrá infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u
otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni invocar la orden de
un superior o circunstancias especiales... como justificación de la tortura u
otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.
###############
Principios de Ética Médica (ONU, 1982)
“Constituye una violación patente de la ética
médica, así como uno delito con arreglo a los instrumentos internacionales
aplicables, la participación activa o pasiva del personal de salud, en
particular los médicos, en actos que constituyan participación o complicidad en
torturas u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, incitación a ello o
intento de cometerlos.”