PROFESORES VICTIMAS DE LA DICTADURA MILITAR

 

A partir del 11 de septiembre de 1973 el profesorado chileno comenzó un rápido retroceso en una serie de conquistas que habían demorado décadas en conseguirse. Las remuneraciones perdieron el poder adquisitivo en más de un 50 %, las autoridades militares podían exonerar a un docente sin ningún tipo de trámite, miles de personas incluyendo a muchos profesores debieron salir al exilio. Conocer las cárceles, la tortura y la muerte se transformó en algo habitual.

Actualmente, cuando algunos pretenden que el olvido es el mejor remedio para construir una sociedad mejor, resulta oportuno, por lo tanto, recordar a quienes creyeron en una verdadera sociedad. Sin duda que las bases para avanzar pasan por la verdad y la justicia, y en esa convicción hemos considerado importantísimo rendir un homenaje a todos aquellos profesores detenidos desaparecidos, ajusticiados, asesinados. Ellos siempre están en nuestra memoria. Los criminales de la dictadura militar no fueron capaces de terminar con ellos y sin lugar a dudas, tampoco podrán los oportunistas sedientos de poder que hoy nos gobiernan.

En la siguiente nómina de profesores víctimas de la dictadura militar, siempre faltarán nombres, desde ya nuestras disculpas.

LUIS EMILIO GERARDO MATURANA GONZALEZ

Rut       : 5.192.381 de Santiago

F.Nacim. : 14-09-49, 26 años a la fecha de la detención

Domicilio : Villa Los Presidentes, Block 119 A, Dpto. 21, Ñuñoa, Santiago

E.Civil  : Casado, un hijo

Actividad : Profesor Escuela Básica Nº3, Stgo. Centro

C.Repres. : Dirigente del Partido Comunista

f.Detenc. : 8 de junio de 1976

   SITUACION REPRESIVA   

          Luis Emilio Gerardo Maturana González, casado, una hija, Profesor, militante del Partido Comunista, fue detenido en las siguientes circunstancias: El día 8 de junio de 1976, salió de su casa aproximadamente a las 08:45 horas de la mañana debido a que se encontraría con su amigo y compañero de partido Juan Orellana Catalán. Luego del encuentro iría como todos los días a su trabajo en la Escuela Básica Nº3 del sector de Santiago Centro, allí iniciaba su jornada a las 13:30 horas. Sin embargo, jamás llegó a la Escuela. Luis Maturana fue detenido en el transcurso de esa mañana junto a Juan Orellana en el sector de Estación Central, Alameda con Bascuñán, por agentes del denominado "Comando Conjunto Antisubversivo" conformado por los servicios de inteligencia de la Armada, Carabineros y Fuerza Aérea, cuyo objetivo durante esos días era reprimir a los militantes del Partido Comunista. Esta información fue confirmada por el agente Andrés Valenzuela Morales, miembro del mencionado Comando, quien afirmó en una declaración jurada de octubre de 1984 que: "Asimismo, puedo decir que también fueron detenidos por nuestro grupo Juan René Orellana Catalán y Luis Emilio Maturana González, ya que me recuerdo que Guerrero al cual antes mencioné fue interrogado y se le aplicó corriente en la herida a bala que tenía, respecto de ellos y de uno de los Weibel". El día 14 de julio de 1976 fue detenido el dirigente comunista Manuel Leonidas Guerrero Ceballos (quien posteriormente fuera secuestrado y degollado a fines de marzo de 1985 por un Comando conformado por agentes estatales que utilizaron las dependencias de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros, DICOMCAR, para mantener a sus víctimas), el que en una declaración jurada afirma que sus captores, mientras lo interrogaban sobre sus actividades políticas le mencionaron que ellos habían detenido y tenían en su poder a Luis Emilio Maturana González. El 12 de agosto de 1976, en su lugar de trabajo, se instruyó un sumario en contra del afectado por presunto abandono de funciones, finalmente se declararía vacante el cargo. El agente Valenzuela dice que Juan Orellana Catalán, detenido junto a Luis Emilio Maturana estuvo detenido en el recinto llamado "La Firma", ubicado en calle Dieciocho, agrega que muy posiblemente Juan Orellana junto a otros detenidos fue vendado, drogado y trasladado a la Cuesta Barriga, donde habrían sido ejecutados. Hasta la fecha se desconoce la suerte de la víctima en manos de sus captores.       

JOSE GREGORIO HERNANDEZ ANDRADE  

  Edad  : 27 año

Lugar del asesinato : Santiago

Actividad / Oficio: Profesor de Estado

Organización a la que pertenecia : Militante del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU)

Fecha de asesinato:18 de septiembre de l973

Asesinos : Efectivos de Carabineros  

El 18 de septiembre de l973, fueron muertos los hermanos,   JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ ANDRADE, 27 años, Profesor de Estado, militante del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU) y   Roberto Darío HERNANDEZ ANDRADE, 26 años, funcionario de la Corporación de Fomento (CORFO), también militante del MAPU.   El 16 de septiembre efectivos de Carabineros llegaron hasta el domicilio de la familia Hernández Andrade.  Allanaron el inmueble preguntando por el Secretario General del MAPU, del cual ambos hermanos habían sido choferes y luego procedieron a detener a los afectados, junto a un vecino que estaba en la casa.  Testigos señalan que fueron conducidos a la 2º Comisaría de Carabineros, lugar desde el cual fue puesto en libertad al día siguiente el vecino.   Las gestiones realizadas por la familia de los jóvenes para saber de su paradero resultaron infructuosas.  El día 26 de septiembre sus cuerpos fueron encontrados por sus familiares en el Instituto Médico Legal.  Ambos habían sido encontrados en la vía pública.  El Certificado de Defunción de José Gregorio señala como causa de muerte: "Herida de bala tóraco cervical"; el de Roberto Darío: "Herida de bala cráneo encefálico con salida de proyectil".  Ambos tienen como fecha de muerte: 18 de septiembre de 1973.    Estando plenamente acreditada la detención de ambos y siendo la causa de muerte heridas de bala, a esta Comisión le asiste la convicción que la ejecución de José Gregorio y Roberto Darío Hernández Andrade, constituye una violación a los derechos humanos de responsabilidad del Estado por acción de sus agentes.  

Informe Rettig

LUIS ALFREDO ALMONACID ARELLANO

El 17 de septiembre de 1973 fue muerto Luis Alfredo Almonacid Arellano, de 42 años, profesor y dirigente del magisterio, ex candidato a Regidor y militante del Partido Comunista.  Antecedentes y testimonios recogidos por esta Comisión señalan que el afectado fue detenido en su domicilio en la ciudad de Rancagua por efectivos de Carabineros el día 16 de septiembre de 1973.  En el trayecto entre su residencia y el furgón policial, fue ametrallado por sus captores.  Carabineros trasladaron a la víctima al Hospital de Rancagua, donde falleció al día siguiente a causa de heridas a bala.   Teniendo a la vista los antecedentes expuestos, la Comisión adquirió la convicción que Luis Almonacid fue ejecutado por agentes del Estado al margen de todo proceso y ello representa una violación de los derechos humanos de la víctima.   

 (Informe Rettig)

GUILLERMO HERNÁN HERRERA MANRIQUEZ  

  Edad  : 28 años

Lugar del asesinato : Santiago

Actividad / Oficio   : Estudiante de Pedagogía y Profesor Liceo 28 de Maipú

Organización a la que pertenecía : Militante del Partido Socialista

Fecha de asesinato:5 de mayo de 1975

Asesinos  :Agentes de la DINA

 

El 5 de mayo de 1975 falleció Guillermo Hernán HERRERA MANRIQUEZ, estudiaba Ciencias Sociales en el pedagógico, hacía clases en el Liceo N° 28 de Maipú y militaba en el PS.  Fue detenido el sábado 3 de marzo de ese año en los alrededores de la Estación Central por personal de la DINA.   Al señalar el detenido, con el único fin de no ser llevado a un recinto secreto, que tenía que hacer un importante contacto telefónico en su domicilio con un dirigente de su partido, fue conducido por los agentes a su propio domicilio. Cuando llegó allí ya se apreciaba claramente que había sido torturado: venía pálido y se tomaba el estómago con las manos.  Uno de los agentes se identificó ante sus familiares con una tarjeta (TIFA) de la DINA.  Le señaló al padre que debía cooperar para aliviar la situación de su hijo, debiendo esperar a recibir la llamada telefónica, puesto que la intención de la DINA era atrapar los peses gordos y no los "gusanos" como su hijo.   El padre les manifestó su intención de cooperar. La misma persona le señaló que habían tenido que "ablandarlo" un poco a su hijo para que hablara.   Desde ese momento quedó toda la familia privada de libertad en su propia casa y con guardia permanente.  A la víctima la dejaron en una pieza, esposado a la cama.  Los habitantes no podían salir de la casa, para ir a comprar el pan debieron hacerlo acompañados por un agente. Incluso debían servirles las comidas a los guardias, uno de los cuales era una mujer.   Esta situación se mantuvo hasta el día Lunes, cuando el padre se dio cuenta del empeoramiento del estado de su hijo quien empezó a vomitar sangre en gran cantidad.  El padre exigió que se le brinde atención médica.  Los agentes al ver la gravedad de la situación lo vistieron, le envolvieron la cabeza en una frazada y se lo llevaron en un automóvil sin dar más explicaciones.   En la tarde fue al domicilio de la familia el jefe del padre de la víctima, un oficial de ejército, ya que éste era empleado civil de esa institución, quien le comunicó la muerte de su hijo.   Oficialmente se indicó que ella se había debido a un suicidio.   La Comisión ha llegado a la convicción de que ello es falso y que la víctima falleció producto de la torturas recibidas por los agentes de la DINA, en violación de sus derechos humanos.  

Informe Rettig

RUBEN EDUARDO MORALES JARA

Rut       : 477.479 de Valparaíso

F.Nacim. : 11-10-44, 28 años a la fecha de detención

Domicilio : Padre Luis de Valdivia N°120, Temuco

E.Civil  : Casado, 1 hijo

Actividad : Profesor de Matemáticas de la U. de Chile, sede Temuco. Militante del MIR.

F.Detenc. : 11 de septiembre de 1973  

  SITUACION REPRESIVA       

      Rubén Eduardo Morales Jara, casado, 1 hijo, profesor de matemáticas de la Universidad de Chile, militante del MIR, fue detenido el 6 de septiembre de 1973, en su domicilio de Padre Luis de Valdivia N°120, Temuco, por orden de la Fiscalía Militar de Cautín, acusado de infracción a la Ley de Control de Armas, por su presunta participación en una "Escuela de Instrucción Guerrillera" en la localidad de Nehuentue, la que habría sido descubierta por el Ejército y adjudicada al Movimiento de Izquierda Revolucionaria, (MIR). Su arresto fue ordenado por el fiscal ad hoc Hernán Morales, quien asesoró al fiscal militar, Mayor Luis Jofré. La víctima fue ingresado a la Cárcel de Temuco donde fue visitado por varios de sus alumnos quienes le llevaron ropas y alimentos.  El 11 de septiembre de 1973 debía prestar declaración ante la Fiscalía Militar, lo cual no se produjo, perdiéndose a partir de esa fecha toda pista acerca de su paradero, a pesar que estaba detenido por orden de un tribunal bajo régimen de prisión preventiva en una cárcel del país. La explicación que dieron las autoridades a sus familiares y a los tribunales que investigaron su desaparición, indica que Rubén Morales "se habría fugado desde el Regimiento de Temuco" el día 4 de octubre de 1973. Esta explicación resulta inverosímil, a la luz de los antecedentes reunidos en la investigación judicial, los cuales denotan una clara contradicción de las autoridades en cuanto a las circunstancias en que se habría dado la fuga.  Hasta la fecha se desconoce la suerte o paradero de Rubén Eduardo Morales Jara.    

PEDRO RIOS CASTILLO    

Edad  : 43 años

Lugar del asesinato :  Regimiento Tucapel de Temuco

Actividad / Oficio : Vice Presidente de la Junta de Desarrollo de Bío‑Bío, Malleco y Cautín, profesor en la Universidad de Concepción

Organización a la que pertenecía :Militante del Partido Socialista

Fecha de asesinato : 2 de octubre de l973

Asesinos : Personal Militar

    El 2 de octubre de l973 en el Regimiento Tucapel de Temuco fueron ejecutadas cuatro personas.  Las autoridades militares explicaron públicamente estas muertes aduciendo intento de fuga de dos de los prisioneros y agresión a los centinelas de parte de los otros dos.   En el caso de las dos muertes por supuesta ley de la fuga, un Bando emitido por la Comandancia de la Guarnición Militar de Temuco informó a la ciudadanía que: "dos personas que estaban detenidas en el interior del Regimiento Tucapel de Temuco, fueron dadas de baja por los guardias internos, al intentar escapar del recinto".  Los dos ejecutados en esa ocasión fueron:   José María ORTIGOSA ANSOLEAGA, 42 años, comerciante, agricultor y amigo personal del Presidente Salvador Allende.  Había sido requerido por la Fiscalía Militar acusado de la existencia de una escuela de guerrillas en su fundo por lo que viajó desde Santiago a Temuco con el fin de presentarse a las autoridades.  Fue detenido en las afueras de esa ciudad por una patrulla militar, llevado a la Cárcel y desde allí al Regimiento Tucapel.  Numerosos testigos lo vieron en precarias condiciones físicas producto de los apremios de que fue objeto.    Daniel de los Angeles MATELUNA GOMEZ, 53 años, consejero de la Central Unica de Trabajadores (CUT) de Temuco.    Las dos ejecuciones por supuesta agresión a personal militar fueron informadas por la Comandancia de Guarnición de Temuco, mediante el Bando Nº 9 que señalaba:: "En conformidad a lo dispuesto en el Bando Nº 24 de la Junta Militar de Gobierno los centinelas del Regimiento de Infantería Nº 8 "Tucapel" procedieron a eliminar por el fuego a Pedro Ríos Castillo y Guido Troncoso Pérez, quienes instigados por éste último, miembro del GAP, trataron de arrebatarle el arma y agredirlos de hecho".   Pedro RIOS CASTILLO tenía 43 años, era Vice Presidente de la Junta de Desarrollo de Bío‑Bío, Malleco y Cautín, profesor en la Universidad de Concepción y militante del Partido Socialista.  El ll de septiembre se había presentado voluntariamente ante las autoridades militares de Temuco al ser requerido a través de los comunicados oficiales, quedando en libertad.  Luego, el 13 de septiembre, fue detenido en Los Angeles por efectivos militares junto a su hijo menor de edad y trasladado al Regimiento de esa ciudad, desde allí a la Cárcel de Temuco y luego al Regimiento Tucapel el día anterior a su muerte.  Está acreditado que se encontraba en malas condiciones físicas producto de las torturas a que fue sometido.    Guido TRONCOSO PEREZ, 21 años, era mecánico y militante del Partido Socialista.  Había sido detenido días antes, en su domicilio, por efectivos de Investigaciones de Temuco quienes lo torturaron, lo dejaron en libertad y lo detuvieron nuevamente el 2 de Octubre.  Sus captores lo condujeron al Regimiento Tucapel.   Las versiones oficiales entregadas a la ciudadanía para explicar estas cuatro muertes no resultan aceptables a esta Comisión atendiendo a las siguientes consideraciones:   Los cuatro ejecutados se encontraban privados de libertad en un recinto militar fuertemente custodiado lo cual hace poco probable un irracional intento de arrebatar el arma a los centinelas o de fugarse del Recinto.    Testimonios presentados ante esta Comisión dan cuenta del deteriorado estado físico de varios de los detenidos, producto de las torturas aplicadas, cuestión que hace aún más improbable el ataque a un custodio armado.   De haberse intentado efectivamente el ataque o la fuga de parte de los prisioneros, con toda probabilidad se los habría podido reducir sin ocasionarles la muerte, considerando que se trataba de civiles desarmados frente a un contingente militar.    A esta Comisión le asiste, por los motivos señalados, convicción que José María Ortigosa , Daniel Mateluna, Pedro Ríos y Guido Troncoso fueron ejecutados por agentes del Estado, quienes les privaron de su derecho a la vida al margen de toda legalidad.    Informe Rettig  

JUAN ISAIAS HEREDIA OLIVARES

Rut59.646Los Angeles
F.Nacim. : 01 04 32, 41 años a la fecha de su detención
Domicilio : Saavedra 962, Pob.Orompello, Los Angeles
E.Civil : Casado, 3 hijos
Actividad : Profesor Educación Básica
C.Repres. : Ex vice presidente de la Junta de Abastecimiento Popular (JAP), sin militancia política conocida.
F.Detenc. : 16 de septiembre de 1973


Juan Isaías Heredia Olivares, casado, 3 hijos, profesor, fue detenido el 16 de septiembre de 1973, aproximadamente a las 09:30 horas, en su domicilio de la ciudad de Los Angeles, por una patrulla de Carabineros, en presencia de su cónyuge Nancy Burgos Barriga, sus 3 hijas, la empleada doméstica y vecinos. No se le permitió llevar su chaqueta, por lo que salió sin su documentación. Su esposa pudo reconocer al carabinero Jorge Beltrán Gálvez entre los aprehensores. Ese mismo día Carabineros detuvo a otras 4 personas en la ciudad de Los Angeles.
Media hora más tarde, su hermano Manuel Heredia, se presentó en la Comisaría llevándole un vestón y documentación personal, ante lo que el personal de guardia le informó que no había ingresado ningún detenido con el nombre del afectado. Días después el Mayor de Carabineros don Haroldo Solari afirmó que no se encontraba detenido ni había pasado por la Comisaría de Carabineros por tratarse, seguramente, de una orden de detención emanada del Ejército, situación por la que no quedaba constancia en la unidad policial.
Luego de reiteradas gestiones ante la Intendencia Regional, entre otras una petición escrita entregada al Comandante Alfredo Reheren Pulido, Intendente de Bío Bío, con fecha 9 de octubre de 1973, el 16 del mismo mes, el secretario abogado de la Intendencia, señor Rossel, dio a conocer un resumen de la respuesta a las solicitudes sobre el paradero del afectado. La carta firmada por el Mayor de Ejército Luis Burgos, informaba que el detenido habría sido trasladado a la Isla Quiriquina el 21 de octubre de 1973; sin embargo, posteriormente se confirmó que Juan Heredia fue confundido con su hermano José, situación que ocurrió desde su detención. Su esposa señaló que el Mayor Solari de Los Angeles y el Capitán Herrera de Chillán, ambos carabineros, le informaron que la víctima fue entregada ese mismo día en el Regimiento de Los Angeles, aunque oficialmente Carabineros y Militares negaron permanentemente su detención.
Hasta la fecha el afectado se encuentra desaparecido, ignorándose su suerte o paradero.


VLAMIDIR DANIEL ARANEDA CONTRERAS  

El 22 de octubre de 1973, en un predio de propiedad de Gendarmería, en la autopista que une a Concepción y Talcahuano, fueron fusiladas cuatro personas, todas militantes del Partido Comunista:

            - Vladimir Daniel ARANEDA CONTRERAS, 33 años, profesor de educación básica en Lota y dirigente gremial del Magisterio;        

     - Bernabé CABRERA NEIRA, 39 años, empleado en la Celulosa Arauco, y Presidente del Sindicato celulosa de Concepción;           

  - Isidoro del Carmen CARRILLO TORNERIA, 46 años, administrador público, Gerente General de la Empresa Nacional del Carbón (ENACAR); y        

     - DANILO JESÚS GONZALEZ MARDONES, 39 años, profesor normalista, Alcalde de Lota.                      Los cuatro, luego de ser detenidos, fueron sometidos a proceso y condenados a la pena máxima en un Consejo de Guerra, causa Rol 1645‑73, el 18 de Octubre de 1973, por presuntas infracciones a la ley 17.798 sobre Control de Armas, como autores de los delitos de organización de grupos de combate armado con bombas explosivas; fabricación, almacenamiento y transporte ilegal de explosivos y de artefactos confeccionados con los mismos; y tenencia ilegal de explosivos y bombas; todos ellos perpetrados en tiempo de guerra.   El día 21 de Octubre el Comandante de la III División de Ejército aprobó la sentencia, fijando el fusilamiento para el 24 de Octubre.  Sin embargo, éste se realizó el día 22, en el lugar ya señalado.  Los cuerpos no fueron entregados a sus familiares y se les enterró por instrucciones de las autoridades en el Cementerio General de Concepción, sin conocimiento de sus familiares.  Sólo en Julio de 1990, pudieron ser ubicados y exhumados por orden del Segundo Juzgado del Crimen de Concepción.  La Comisión ha llegado a la convicción de la irregularidad de dichos procesos judiciales y de las sentencias emanadas de ellos, por los antecedentes ya dados respecto de todos los Consejos de Guerra y especialmente los siguientes:   - el rechazo de la excepción de incompetencia del Consejo de Guerra en tiempo de guerra, resulta inadmisible , ya que los reos, estaban siendo juzgados por supuestos delitos que se habrían cometido con anterioridad a la entrada en vigencia del estado de guerra, es decir, en tiempo de paz.  No obstante esto, el tribunal no acogió la excepción; - la aplicación retroactiva de la ley, constituye otro cuestionamiento acerca de la corrección del proceso, por cuanto el Consejo de Guerra aumentó la penalidad de las mismas, aplicando el D.L.  5, a supuestos delitos que se habrían cometidos con anterioridad a la entrada en vigencia de dicha norma;   - asimismo, el tribunal desconoció las reglas del concurso ideal de delitos, desmembrando cada hecho constitutivo de delito , calificándolo y sancionándolo de manera distinta, sumando las penas que a cada uno de los hechos correspondería si fueran figuras autónomas;    - se desestimó por parte del Consejo las alegaciones de la atenuante de irreprochable conducta anterior, por hacer una calificación moral de los antecedentes de los reos y considerar que no bastaba una conducta "simplemente buena, porque la ley exige que sobre ella no recaiga mácula alguna", y "tampoco bastaba con la simple información sumaria de dos testigos complacientes".  De esta forma el Consejo establece requisitos a la atenuante que van más allá de lo que la propia ley señala; - el Tribunal desestimó sin dar mayores fundamentos todas la alegaciones que presentaron los reos para atenuar, minorar o modificar sus supuestas responsabilidades.  En consecuencia, es convicción de la Comisión, que en los fusilamientos a que se viene haciendo mención hubo grave violación de los derechos humanos, en especial al derecho a la vida y al justo proceso.   

 (Informe Rettig)

Ramón LEIVA NARVAEZ    

Edad  : 53 años

Lugar de asesinato : Encontrado en la calle

Actividad / Oficio : Profesor

Organización a la que pertenecía : Partido Socialista

Fecha de asesinato  : 25 / 10 / 1973

Asesinos : Carabineros

    El día 25 de octubre de 1973 fue muerto RAMÓN LEIVA NARVAEZ, 53 años, profesor, militante del Partido Socialista.    Ese día, en horas de la madrugada, fue detenido en su domicilio en presencia de testigos, por efectivos de Carabineros de San Javier, en horas que regía el toque de queda.  Previamente, había sido detenido, dejado en libertad y hostilizado en su lugar de trabajo.  Su cuerpo sin vida es encontrado a la mañana siguiente abandonado en la vía pública con heridas a bala.    Acreditada la detención y que su muerte por arma de fuego se produce pocas horas después, sin que sus aprehensores hayan dado una explicación de la misma, esta Comisión se ha formado la convicción que Leiva Narváez fue ejecutado por agentes del Estado, en un acto de grave violación a sus derechos humanos.   (Informe Rettig)

BERNARDO QUERUBÍN CUEVAS PARRA    

Edad  : 38 años

Lugar del asesinato : Carretera Panamericana Sur, en Linares

Actividad / Oficio   : Profesor, Agente de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) en Linares

Organización a la que pertenecía : Militante del Partido Comunista

Fecha de asesinato: 4 de enero de 1974

Asesinos  :  Efectivos de Carabineros     El 4 de enero de 1974 se dio muerte a Bernardo Querubín CUEVAS PARRA, 38 años, Profesor, Agente de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) en Linares y militante del Partido Comunista.   Fue detenido en Parral por efectivos de Carabineros, el día 12 de septiembre de 1973 y conducido a la Comisaría de esa ciudad. Ingresó a la Escuela de Artillería de Linares para ser  trasladado  luego a la Cárcel de esa ciudad. De acuerdo a la información oficial, fue llevado desde ese recinto penitenciario a las inmediaciones de la Carretera Panamericana Sur, en Linares, cuando "al momento de efectuar la reconstitución de la escena en el proceso nº18‑37 intentó fugarse.; a consecuencia de su intento el personal a cargo de su custodia se vio en la necesidad de hacer fuego ultimándolo a tiros para lograr su objetivo".   Cabe destacar que el detenido padecía de una úlcera y había sido objeto de tortura, encontrándose en lamentables condiciones físicas, lo que hace poco verosímil que haya intentado escapar. Pero aún si así hubiese sido nada justifica que para detener a una persona desarmada, personal armado y entrenado tuviese que darle muerte.   Esta Comisión ha llegado a la convicción que Bernardo Cuevas fue ejecutado por agentes del Estado en violación de sus derechos humanos.   Informe Rettig  

Fransk MARDONES GARCES

Edad : 22

Lugar del asesinato : Camino a Concepción

        Actividad / Oficio : Profesor

Organización a la que pertenecía : Socialista

Fecha de asesinato : 6 de Octubre

 Asesinos: Carabineros  

Informe Rettig              

El día 6 de octubre Carabineros juntó en la Casa de Huéspedes de Schwager a los detenidos:                -   Fransk MARDONES GARCES, 22 años de edad, profesor y militante socialista, quien se presentó voluntariamente al Retén de Carabineros de Villa Mora el 2 de octubre y fue trasladado al Retén Lo Rojas en Coronel;   -   Zenón FUENTES SAEZ, de 42 años de edad, chofer mecánico, funcionario del Hospital de Coronel, Delegado ante el Directorio del Hospital, militante socialista, quien fue detenido en ese lugar junto a otros 25 empleados el 3 de Octubre;   -  Hernán QUILAGAIZA OXA, Radio operador y topógrafo, militante del Partido Comunista, quien fue arrestado en las oficinas de la Maestranza Schwager.                                 Ese mismo día, según testimonios, luego de ser interrogados, fueron trasladados a Concepción.  Carabineros informó que Fuentes y Quilagaiza habían quedado en libertad a las 14:00 horas del 6 de octubre, desde la Cuarta Comisaría de Concepción.  Es la última noticia que se tiene de ambos.  En cuanto a Mardones, la versión oficial señala que éste intentó fugarse durante el trayecto a Concepción, aprovechando una detención del vehículo que les conducía y que había sido muerto por los funcionarios policiales.  Su cuerpo fue sepultado en el Cementerio de Coronel, por orden de Carabineros.                                De acuerdo a lo expresado por funcionarios del Cementerio de Coronel, cerca de las ocho y media de la mañana del día 7 de octubre, un grupo de uniformados les ordenó enterrar tres cuerpos, uno de ellos perteneciente a Fransk Mardones y otros dos de personas cuya identidad ignoraban.  Sólo el cuerpo de Mardones iba en un ataúd.  Los otros dos mostraban heridas de bala.  La sepultación se llevó a cabo en el Patio N.  13 del cementerio.     La Comisión se ha formado la convicción que la muerte de Fransk Mardones y los desaparecimientos de Hernán Quilagaiza y Zenón Fuentes constituyen graves violaciones a los derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado.  En primer lugar, no considera verosímil que el primero de ellos haya intentado fugarse, dado que iba desarmado y fuertemente custodiado, además del riguroso control militar que se ejercía en la zona.  También resulta inverosímil que los otros dos detenidos hubiesen sido dejados en libertad ese mismo día, habida consideración que habrían sido los únicos testigos que podrían confirmar la versión policial acerca del intento de fuga de Mardones y el que jamás hubiesen tomado contacto posterior con sus familiares.  Finalmente, las declaraciones de testigos permiten presumir fundadamente que Zenón Fuentes y Hernán Quilagaiza también fueron muertos por dichos agentes del Estado. 

LUIS JUSTINO VASQUEZ MUÑOZ

Rut       : 72.415, San Fernando

F.Nacim. : 29-06-39, 34 años a la fecha de su detención

Domicilio : San Fernando

E.Civil  : Casado, 3 hijos

Actividad : Profesor y Contador

C.Repres. : Dirigente del Partido Socialista en San Fernando, Regidor de San Fernando y Secretario General del Consejo Directivo Provincial de la Central Unica de Trabajadores de Colchagua

F.Detenc. : 20 de noviembre de 1973  

SITUACION REPRESIVA            

Luis Justino Vásquez Muñoz, casado, 3 hijos, Profesor, dirigente sindical, militante Socialista, salió de su domicilio en San Fernando el día 20 de noviembre de 1973 alrededor de las 7:30 horas, para tomar el automotor hacia la localidad de Polonia -ubicada a unos 7 kilómetros al norte de esa ciudad- donde se desempeñaba como maestro de la Escuela Pública. Sin embargo, nunca llegó a su lugar de trabajo y su familia no volvió a tener noticias suyas. Ese mismo día, alrededor de las 10:00 de la mañana, llegaron a su casa efectivos de Investigaciones con una orden de detención en su contra. Luego volvieron al mediodía y finalmente a las 15:00 horas, oportunidad en que le comunicaron a su cónyuge que no se había presentado en el trabajo. Aún cuando la familia lo buscó en distintos centros de detención policiales y militares sin resultado positivo, algunas personas aseguraron haber visto cuando el afectado fue subido en un jeep blanco. Años después, en mayo de 1977, otras personas también dijeron haberlo visto en la Isla Santa María en Concepción, sin embargo, tampoco se logró establecer su paradero. Antes de su desaparición, el 7 de septiembre de 1973, su domicilio fue objeto de allanamiento. La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación llegó a la convicción de que su desaparición fue obra de agentes de Estado.

Enzo MUÑOZ AREVA

Lugar del asesinato : Santiago

Actividad / Oficio :

Organización a la que pertenecía : Comunista

Fecha de asesinato : 2 de Julio de 1984

 Asesinos         : CNI

 

Informe Rettig              

 

El 2 de julio de 1984 fueron muertos en Santiago Héctor Patricio SOBARZO NUÑEZ, profesor, militante del MIR, Enzo MUÑOZ AREVALO, militante comunista.   Según versión oficial, "El 2 de julio a las 23.50 horas personal de la CNI detectó la presencia de sospechosos que se movilizaban en un vehículo en la Avda. José Pedro Alessandri a metros de la Rotonda Departamental. Desde su interior los sospechosos dispararon contra los efectivos de seguridad los que repelieron el ataque generándose un enfrentamiento que culminó con la muerte de Enzo Muñoz y Héctor Sobarzo."                                       La versión oficial no es veraz de acuerdo a los antecedentes reunidos, especialmente las declaraciones de testigos que señalan que a las 23:30 horas Enzo Muñoz y Héctor Sobarzo estacionaron el vehículo en el que se movilizaban en la Rotonda Departamental frente al conjunto habitacional Don Camilo, bajándose el segundo para hablar por teléfono. En ese momento aparecieron numerosos vehículos con personal de civil armado quienes dispararon contra Enzo Muñoz y detuvieron con vida a Héctor Sobarzo, lo introdujeron a un vehículo y más allá le dispararon.    La Comisión, considerando los antecedentes reunidos, ha llegado a la convicción de que las víctimas fueron ejecutadas por efectivos de la CNI, considerando sus muertes como violaciones a los derechos humanos de responsabilidad de agentes estatales.

HUGO ENRIQUE ALFARO CASTRO

El 31 de enero de 1975 murió Hugo Enrique ALFARO CASTRO, quien era un profesor no vidente que se encontraba de vacaciones en Tocopilla de donde era natural su cónyuge.  Militaba en el partido socialista.  El 27 de enero de ese año su casa fue rodeada por carabineros, siendo detenido junto a otras personas.  Se les acusó de estar celebrando una reunión clandestina para conspirar contra el Gobierno.  Se encontraban escuchando una cassette contraria al mismo. Oficialmente se informó que la víctima se habría ahorcado al interior de uno de los calabozos de la Comisaría.  Esta versión debe descartarse en atención a que comúnmente le es retirado a los presos en las Comisarías todo elemento que les permita el suicidio, por lo que es sumamente dificultoso que lo puedan hacer, más aún en este caso dada la condición de no vidente de la víctima.  Abona lo anterior las declaraciones de un testigo que indica haber presenciado, mientras estaba detenido, a dos individuos que llevaban a rastras a la víctima.  Escuchó a uno de ellos preguntar qué hacían ahora, el otro, que sería doctor, le contestó que había que "cambiarle el diagnóstico no más".  Además un médico del hospital donde fue enviado posteriormente a su fallecimiento le confidenció a la familia que registraba huellas claras de tortura, las que incluían aplicación de electricidad.   Por todo ello la Comisión ha llegado a la convicción de que la víctima falleció producto de las torturas recibidas por agentes de Carabineros.  

 (Informe Rettig)

JUAN FERNANDO ORTIZ LETELIER  

Rut       : 1.611.532

F.Nacim. : 24-06-22; 54 años a la fecha de su detención

Domicilio : Bombero Núñez N°362, Santiago

E.Civil  : Casado; 3 hijos

Actividad : Profesor de Historia y Geografía de la Universidad de Chile

C.Repres. : Ex Dirigente de la Asociación de Profesores y Empleados de la Universidad de Chile, APEUCH; Ex Miembro del Consejo Superior Normativo de la Universidad de Chile; Ex Secretario General de las Juventudes Comunistas; Miembro del Comité Central del Partido Comunista.

F.Detenc. : 15 de diciembre de 1976  

SITUACION REPRESIVA       

Juan Fernando Ortiz Letelier, casado, tres hijos, profesor Universitario, ex-dirigente de la Universidad, miembro del Comité Central del Partido Comunista, fue detenido por civiles el 15 de diciembre de 1976 en las cercanías de Plaza Egaña, junto a Waldo Ulises Pizarro.  Entre el 29 de noviembre y el 20 de diciembre de 1976, fueron detenidas trece personas: once pertenecientes al Partido Comunista -algunos de ellos miembros de su Comité Central- y dos al Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). Los procedimientos que se utilizaron para detenerlos guardan semejanzas entre sí, particularmente en el hecho de que sus arrestos se realizaron en la vía pública, salvo en un caso, y destacándose que el grueso de las detenciones se verificaron el día 15 de diciembre de 1976, afectando en ese sólo día a siete personas. Y la otra nota común en sus situaciones, fue aquella que proporcionó oficialmente el gobierno militar, en el sentido que prácticamente todos registraban salida de Chile a Argentina, entre fines de diciembre de 1976 o a principios de enero de 1977, versión cuya falsedad quedó establecida judicialmente. La otra característica común a todas estas personas es que hasta la fecha se encuentran desaparecidas.  Las trece víctimas son: Santiago Edmundo Araya Cabrera, detenido el 29 de noviembre de 1976; Armando Portilla, detenido el 9 de diciembre de 1976; Fernando Alfredo Navarro Allende, detenido el 13 de diciembre de 1976; Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Luis Segundo Lazo Santander, Juan Fernando Ortiz Letelier, Reinalda del Carmen Pereira Plaza, Waldo Ulises Pizarro Molina, Héctor Véliz Ramírez, todos ellos detenidos el 15 de diciembre de 1976; Lizandro Tucapel Cruz Díaz, Carlos Patricio Durán González, ambos detenidos el 18 de diciembre de 1976; y Edras de las Mercedes Pinto Arroyo, detenido el 20 de diciembre de 1976.             La persecución de Fernando Ortiz Letelier, se puso en ejecución desde el mismo Golpe Militar de septiembre de 1973: fue separado de su cargo de profesor en la Universidad de Chile, sin ni siquiera respetar sus derechos respecto de una indemnización por sus años servidos en esa casa de estudios. Parte de su biblioteca que se encontraba en esa Universidad -que comprendía diversos estudios y apuntes de clases- fue incautada por las nuevas autoridades universitarias, sin lograrse nunca la recuperación de ese material académico y de propiedad del afectado. En noviembre y diciembre de 1973, personas que dicen ser funcionarios de la Universidad de Chile, preguntan por él en su domicilio de Bombero Núñez N°362; en enero de 1974, agentes de seguridad, fingiendo ser estudiantes universitarios, van hasta el domicilio de la ex cónyuge de Fernando Ortiz, e interrogan a familiares allí presentes sobre la persona de éste; en marzo de 1974, personas que también dicen ser estudiantes, concurrieron a la casa de la hija mayor del afectado, Estela Ortiz; en abril de 1974, sujetos de civil que se identificaron verbalmente como agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia, DINA, se apersonaron en el domicilio de la madre del afectado, en donde preguntan por el paradero de Fernando Ortiz y de sus actividades; a mediados de este mismo mes de abril, concurrieron nuevamente al domicilio de Bombero Núñez N°362, sujetos que se identificaron como funcionarios del Ministerio del Interior, que una vez más indagaron por su paradero y actividad, con la arrendataria de ese inmueble; a mediados del año 1974, regresaron otra vez al domicilio de la hija del afectado, Estela Ortiz, sujetos que se identificaron como pertenecientes a la Policía de Investigaciones, señalando que querían hablar con ella para saber de Fernando Ortiz; en enero de 1975, sujetos que se identifican como del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea de Chile, SIFA, llegan nuevamente hasta el domicilio de Estela Ortiz, y además interrogan a vecinos sobre el afectado; durante el año 1975, nuevas "visitas" se hicieron: a mediados de este año volvieron dos o tres veces más al domicilio de Bombero Núñez, hablando con la arrendataria y con vecinos de allí; en septiembre del mismo año, dos civiles y un militar fueron hasta la casa de los consuegros de Fernando Ortiz, preguntando por su hijo Pablo, y ante la preocupación demostrada por los moradores de la casa, el militar reaccionó diciéndoles que no se preocuparan, pues no buscaban a Pablo, sino a su padre Fernando Ortiz; en enero del año 1976, sujetos que se identifican como del SIFA y que señalaron cumplir órdenes de la Policía de Investigaciones, hablan con la persona que administra el edificio de Los Leones N°1100, y le exigieron que les entregara una lista de los ocupantes del edificio; llamó el administrador a la Policía de Investigaciones, donde le respondieron que a nadie han enviado para esos trámites, y luego se dirigió a Carabineros de Chile que estaban custodiando una Embajada vecina, los que al ver la identificación de los sujetos, se alejaron del lugar sin hacer nada ni dejar constancia alguna de lo verificado; en los primeros días de agosto de 1976, agentes de la DINA concurrieron al domicilio de Bombero Núñez, donde su arrendatario debió señalar el nombre de la actual esposa del afectado y su domicilio; así, el 7 de agosto del mismo año, hasta la oficina de la actual esposa de Fernando Ortiz, María Luisa Azócar concurrieron sujetos que se identificaron como de la DINA interrogándola sobre el paradero de Fernando Ortiz, y pidiéndole una fotografía de éste; antes de retirarse le advirtieron bajo amenazas que tenían muchos medios para averiguar si ella les había mentido al decirles que no vivía con él y que desconocía su paradero; ese mismo día 7 de agosto concurrieron nuevamente al edificio de Los Leones, manifestándole al mayordomo todas las molestias que han tenido "en su trabajo de búsqueda", porque ni siquiera saben cómo es Fernando Ortiz, y le dejan un número telefónico -el 260929- para que les avise la llegada de cualquier persona que no concurra habitualmente al edificio. También le muestran unas fotografías correspondientes a los hijos mayores de Fernando Ortiz; (se logró determinar fehacientemente que ese teléfono correspondía a un recinto militar, se trataba de Villa Grimaldi, centro clandestino de detención dependiente de la DINA); fue así como en adelante, esos diversos domicilios estuvieron con permanente vigilancia. Los últimos hechos relacionados con la búsqueda, antes de que Fernando Ortiz fuera detenido, ocurren el 23 de noviembre de 1976, fecha en que personas que se hicieron pasar por compañeras de estudios de Estela Ortiz, indagaron información respecto a si ella vivía con su padre. El 15 de diciembre de 1976, alrededor de las 16:00 horas, su hijo Pablo dejó a su padre Fernando Ortiz en las cercanías de la Plaza Baquedano, con el compromiso de volverse a encontrar nuevamente en el Aeropuerto Internacional Pudahuel con más familiares, para despedir a María Luisa Azócar -esposa del afectado- que viajaría a México el día 17 de diciembre.             Fue ese mismo día 17 de diciembre, por la tarde, en que Pablo Ortiz, estando en casa de sus hermanas, recibió a una persona de unos 30 años que llegó preguntando si ahí vivía algún familiar de Fernando Ortiz, cuando Pablo le indicó que era su hijo, el hombre le manifestó que debía comunicarle que su padre, junto a un señor Pizarro, había sido detenido el 15 de diciembre de 1976. El hombre aquel que dio información, era desconocido para Pablo Ortiz; fue la primera y última vez que lo vio, nunca más supo de él, pues éste le dijo que no podía darle su nombre ni más detalles. Se hace presente que, aparte de este testigo, hubo otros más pero que por temor no quisieron prestar una declaración jurada o comparecer ante un Tribunal para declarar sobre los hechos. Los hechos ocurrieron de la siguiente manera: el 15 de diciembre de 1976, aproximadamente a las 19:00 horas, en circunstancias que Fernando Ortiz y Waldo Pizarro caminaban por Avenida Larraín, a pocos metros de la Plaza Egaña, de tres vehículos sin patente, descendieron individuos que por sorpresa golpearon violentamente a Fernando Ortiz y a Waldo Pizarro, causándoles lesiones y quedando hasta días después manchas de sangre en la acera. Los sujetos portaban capuchas con las que rápidamente cubrieron a ambos apresados, para en seguida introducirlos a uno de los vehículos que utilizaron para esta rápida acción, y retirarse del lugar. Desde esa fecha, Fernando Ortiz y Waldo Pizarro se encuentran en calidad de desaparecidos (ver el caso de W. Pizarro).             Con posterioridad, el 3 de enero de 1977 encontrándose su hija Estela Ortiz, en Ahumada esquina Compañía, se le acercó un hombre que se identificó como agente de la DINA, que luego de afirmarle que lo que le diría era porque estaba "asqueado" de todo lo que le había tocado ver y hacer, le ratificó las circunstancias de la detención de su padre, agregándole que había sido torturado brutalmente y que en esos momentos estaba reponiéndose, y que hasta el 2 de enero había estado en Villa Grimaldi junto a otras personas; finalmente, le agregó que se encontraban a punto de ser trasladados al norte del país.             En el caso de Fernando Ortiz, a diferencia de como sucedió en varios de los demás detenidos del grupo llamado de los trece, el gobierno no entregó la versión de su salida de Chile con destino a Argentina por el paso de Los Libertadores, versión que como se ha dicho en los otros casos, quedó judicialmente establecida su falsedad. En efecto, en el proceso rol 2-77, en el que se investigó el caso de desaparecimiento de diez personas del grupo de los trece, en el que se incluyó la situación de Fernando Ortiz, se informó que éste no registraba salida del país. Sin embargo, puede entenderse que también se le involucró en la misma maniobra de dar por hecho que había salido del país, teniendo en cuenta lo siguiente: 1) María Luisa Azócar declaró en el proceso rol 2-77 que como "...él estaba siendo buscado... en alguna ocasión me dejó entrever que, a lo mejor, él podría recurrir a una identidad distinta a la suya propia... se me dijo que Juan Fernando utilizó una cédula de identidad a nombre de Mario Poblete... es muy posible que al ser detenido Juan Fernando haya portado la cédula correspondiente al referido Poblete..."; 2) en la hoja de ruta en que se registró la salida del país de Waldo Pizarro, que fue detenido junto a Fernando Ortiz ese día 15 de diciembre de 1976, precediendo el nombre de éste último se consignó el nombre de Mario Poblete Oyarzún, indicándose para ambos, es decir, Pizarro y Poblete, que a pie salieron del país el 21 de diciembre de 1976 para la Argentina; 3) que el número de cédula de identidad que se consignó como dato de individualización de Poblete, resultó que no aparecía en los archivos del Registro Civil e Identificación; y 4) que la anotación en la hoja de ruta, del nombre de Mario Poblete y sus datos de individualización, la realizó el mismo funcionario de la Policía de Investigaciones, Subcomisario Federico Infante Lillo, que hizo lo propio con el nombre y datos de Waldo Pizarro, compañero de detención de Fernando Ortiz.  Cabe señalar que ante explicaciones que le pidió el Ministro Cerda en el proceso referido al Subcomisario Infante Lillo, se consignó: "...tampoco puedo responder acerca de por qué la cédula de identidad de la línea ocho (se refiere a la de Mario Poblete) no corresponde a quien aparece allí como su titular...".  Asimismo, debe tenerse en cuenta que el mencionado Infante Lillo fue encargado reo como autor del delito de falsificación de instrumento (hoja de ruta) en el caso de Reinalda Pereira Plaza. Por otra parte, se indica que María Luisa Azócar reconoció, como a uno de los sujetos que participó en los hechos persecutorios de Fernando Ortiz, a Manuel Agustín Muñoz Gamboa, apodado "Lolo", Capitán de Carabineros de Chile, que fue encargado reo por el Ministro Cerda en el proceso rol 2-77, como autor del delito de asociación ilícita, y como cómplice del delito de ilegítima privación de libertad de Reinalda Pereira y Edras Pinto Arroyo. Cabe hacer presente que el yerno de Fernando Ortiz, José Manuel Parada Maluenda, funcionario de la Vicaría de la Solidaridad, fue secuestrado el día 30 de marzo de 1985 por miembros de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros (DICOMCAR) y -posteriormente- degollado por estos agentes de seguridad, junto a otros dos profesionales comunistas, Manuel Guerrero y Santiago Nattino. Hasta la fecha se desconoce la suerte o paradero de Fernando Ortiz Letelier.

RICARDO AURELIO TRONCOSO MUÑOZ  

Rut       : 152.161 de Talca

F.Nacim. : 29-10-47, 27 años al momento de su detención

Domicilio :  Bueras Nº172, Dpto.D, Santiago

E.Civil  : Casado

Actividad  :  Profesor de Biología

C.Repres. : Militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)

F.Detenc. : 15 de agosto de 1974

SITUACION REPRESIVA            

Ricardo Aurelio Troncoso Muñoz, casado, Profesor de Biología, militante del MIR, fue detenido por un operativo conjunto en el que participaron agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia -DINA- y funcionarios de Carabineros, el día 15 de agosto de 1974, aproximadamente a las 07:30 horas, en su domicilio, ubicado en la calle Bueras Nº 172 departamento D, en Santiago.  En esa oportunidad fueron detenidos también, los hermanos Hernán Galo y María Elena Inostroza Suárez, Elsa Victoria Leuthner Muñoz -detenidos desaparecidos hasta la fecha- y Rosetta Pallini (quien falleció en agosto de 1975, en el exilio) junto al pequeño hijo de ésta, de cinco meses de edad, todos los cuales compartían el departamento donde fueron aprehendidos. Testigos de la detención fueron doña Mercedes Vargas y su esposo don Osvaldo León Rodríguez quienes, en su calidad de conserje y mayordomo, respectivamente, del edificio de departamentos donde vivían Ricardo Aurelio y sus compañeros, debieron abrirle la puerta de acceso a la edificación a los agentes. Alrededor de las ocho de la mañana, los esposos León Vargas pudieron apreciar como eran sacados todos los moradores del departamento "D", por agentes de civil y Carabineros. En el operativo participaron, por lo menos, dos carabineros y cuatro o cinco agentes. Uno de los policías acompañó a los agentes hasta el departamento, mientras otro se quedó de punto fijo en la puerta de ingreso al edificio. Posteriormente, todos los detenidos fueron trasladados en una camioneta hasta el recinto clandestino de detención y tortura de la DINA, denominado "Londres 38", ubicado en el centro de Santiago en la dirección que su nombre lo indica. Sin embargo, previo a ello, los agentes llevaron a Rosetta Pallini hasta la casa de unos familiares, donde entregaron al pequeño hijo de ésta.             Por la tarde de ese mismo día 15 de agosto, fue detenido por agentes de la DINA Pedro Eduardo Moreira Montoya, arrendador del departamento "D" de Bueras Nº176, el que a su vez, lo había subarrendado a Ricardo Aurelio y sus compañeros. Don Pedro Moreira fue trasladado por sus captores al recinto de Londres 38 sin llegar a ser ingresado en dicho lugar, oportunidad en que fue informado por los agentes que sus subarrendatarios habían sido detenidos debido a que eran miristas, a la vez que le inquirieron información sobre el grupo de detenidos. El señor Moreira después de haber sido dejado en libertad, fue visitado en diversas oportunidades por los mismos agentes con el propósito de interrogarlo acerca de sus subarrendadores. En el recinto de Londres 38, Ricardo Aurelio y los demás aprehendidos en el departamento de calle Bueras, fueron vistos y pudieron conversar con otros detenidos; algunos sobrevivientes atestiguaron acerca de su reclusión en ese lugar. Erika Hennings, recluida por esa misma época en el recinto de Londres 38, pudo escuchar sus voces cuando estos respondían a la lista diaria.             Desde ese recinto, Ricardo Aurelio y las demás personas con las que él vivía al momento de su detención, fueron trasladados al de "Cuatro Alamos", donde fueron vistos y pudieron departir con otros recluidos. Rosetta Pallini, sobreviviente de ese grupo de detenidos, quien fuera expulsada a México, donde falleció en el mes de agosto de 1975, testimonió que había estado recluida junto a Ricardo, primero en Londres 38 y luego habían sido trasladados ambos hasta "Cuatro Alamos", donde lo pudo ver hasta el 30 de agosto de 1974, fecha en que fue sacado de ese recinto, con destino desconocido.             Viviana Uribe Tamblay, durante su permanencia en cautiverio en el recinto de "Tres Alamos", conoció a Rosetta Pallini González, quien le relató que había sido detenida el 15 de agosto de 1974, junto a Ricardo Aurelio Troncoso Muñoz, los hermanos González Inostroza y Elsa Leuthner. Agregando que, respecto a estos mismos hechos, Rosetta Pallini declaró ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en México, en el año 1975, previo al 2 de agosto, fecha de su defunción. Ricardo Troncoso, entre los días 9 y 12 de agosto de 1974, estuvo con sus familiares en Talca. El día 13, es decir, dos días antes de su detención, Ricardo se vio con su esposa Adriana Gladys Montero Zapata. Por otro lado, el edificio donde residió y en que fue detenido Ricardo junto a sus compañeros, fue varias veces visitado por patrullas de Carabineros y Fuerzas Armadas, los que solicitaban, específicamente, los nombres de las personas que residían en su departamento.  Cabe hacer presente que, Ricardo Aurelio Troncoso Muñoz, antes de su detención, había permanecido asilado en la Embajada de México en Santiago, desde el 10 de octubre de 1973, hasta el 1º de marzo de 1974, fecha en que abandonó el asilo desesperado por la tardanza en otorgársele salvoconducto.

GERARDO POBLETE FERNANDEZ

Edad  : 31

Lugar del asesinato : Prefectura de Carabineros (Tarapaca )

Actividad / Oficio : Sacerdote Salesiano, Profesor de Filosofía

Organización a la que pertenecía:

Fecha de asesinato : 21 de Octubre de 1973

 Asesinos  : Carabineros        

      El 21 de octubre de 1973 fallece Gerardo POBLETE FERNANDEZ, 31 años, sacerdote salesiano, profesor de Filosofía del Colegio de la Orden en Iquique.  El Departamento de Relaciones Públicas de la Zona de Estado de Sitio de la Provincia de Tarapacá, publicó en la edición de 25 de octubre de 1973, del periódico "El Tarapacá", la siguiente información: "El domingo 21 de octubre de 1973 a las 17:20 horas y ante una denuncia de que existía gente en actitud sospechosa en la parte alta del Colegio Don Bosco, carabineros procedió a revisar el lugar haciendo a su vez un allanamiento del recinto.  En el registro se encontró en el dormitorio del padre Poblete, numerosa literatura marxista, armas contundentes y alguna munición motivo por el cual se llevó detenidos a Gerardo Poblete Fernández, sacerdote y a Ricardo Francisco Salgado Torres, empleado, ambos profesores de ese colegio.  Frente a la Prefectura de Carabineros y al bajar del furgón que los conducía el padre Poblete que iba esposado resbaló en la pisadera cayendo pesadamente al pavimento, sin consecuencias iniciales aparentes, por lo que fue conducido al interior de la Comisaría donde se le mantuvo en un calabozo mientras se interrogaba a Salgado.  A las 19:50 horas del mismo día se le fue a buscar al calabozo para ser interrogado, encontrándosele inconsciente.  Fue conducido a la enfermería donde se comprobó su muerte". El mismo diario "El Tarapacá" de 25 de Octubre de 1973 afirmó que "Ambos detenidos se declararon de tendencia socialista, afectos al gobierno de la Unidad Popular e incluso el padre Poblete manifestó ser de ideología Marxista" información que se contradice con la anterior en el sentido que no habría alcanzado a ser interrogado. Declaraciones múltiples y verosímiles prestadas por testigos presenciales ante esta Comisión, permiten afirmar que el padre Gerardo Poblete no iba esposado en el furgón de carabineros en que fue trasladado y que no cayó al pavimento, al resbalar de la pisadera del mismo vehículo.  Por el contrario, llegó al interior del Recinto policial en condiciones físicas normales y allí se le insultó y golpeó de manos y con elementos contundentes, por varios de sus custodios, sostenidamente, hasta darle muerte. Por ello, esta Comisión ha podido formarse convicción que el padre Gerardo Poblete fue víctima de violación de sus derechos humanos por parte de agentes del Estado, quienes al interior de un Recinto de reclusión lo interrogaron y torturaron hasta poner término a su vida.   Informe Rettig 

 FEDERICO RENATOALVAREZSANTIBAÑEZ

El 21 de agosto de 1979 falleció el profesor Federico Renato ALVAREZ SANTIBAÑEZ, militante del MIR. Había sido detenido el 14 de agosto en Santiago por funcionarios de Carabineros en circunstancias, según se señaló, que se preparaba para colocar un artefacto explosivo. Otras versiones, de efectivos que participaron en la detención, indican simplemente que se encontraba lanzando panfletos.                           Posteriormente se hacen cargo de su detención funcionarios de la CNI.  El 20 de agosto fue conducido por éstos a declarar ante la 3ª Fiscalía Militar.  Abogados que se encontraban presentes en ese recinto pudieron apreciar las muy malas condiciones físicas en que se encontraba.  De ahí fue conducido a la enfermería de la Penitenciaría, no accediéndose a llevarlo a un hospital.  Al día siguiente falleció en la Posta Central donde había sido llevado de urgencia. Al ingresar se le diagnosticó contusiones múltiples, hemoptisis e insuficiencia pulmonar. Oficialmente se explicó su muerte como consecuencia de que al ser detenido, un carabinero tuvo que darle un golpe en la cabeza para reducirlo. Sin embargo, de los antecedentes reunidos, especialmente el sumario llevado a cabo por el Colegio Médico en contra de los facultativos que tuvieron participación en los hechos en donde se indica que la causa de la muerte no se vincula con un posible golpe en la cabeza, la Comisión ha adquirido la convicción de que el profesor Alvarez falleció debido a las torturas recibidas mientras permaneció detenido en un cuartel de la CNI, considerando su muerte una violación a los derechos humanos de responsabilidad de agentes estatales.

 (Informe Rettig)