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Sensatez institucional: ni está ni se la espera

Nuevo ejemplo en Santa María del Tiétar

Lunes 3 de diciembre de 2012, por sods

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Resulta decepcionante comprobar que, a pesar de los dramáticos casos que llenan las noticias diarias con los resultados de la “crisis” secuela del estallido de la burbuja inmobiliaria, las instituciones continúan obsesivamente con el modelo de la recalificación urbanística, por más insensata e injustificable que ésta sea.

Un ejemplo concreto: el Ayuntamiento de Santa María del Tiétar, habiendo aprobado sus Normas Urbanísticas en 2008 (BOPA 11.02.09, pág. 6), inicia apenas dos años después el trámite de una Modificación Puntual que, tras los pasos necesarios, sale a información pública en septiembre de este año.

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Con el argumento de la necesidad de un nuevo colegio pretende recalificar 47,4 has de suelo rústico común, concretamente de los prados que aparecen en las fotografías, y que, tras la Modificación Puntual, quedarían urbanizados, además del supuesto colegio, con 116 viviendas.

Los informes encargados al arquitecto Amador González Barca (redactor también de las Normas Urbanísticas de 2008) mencionan con insistencia la justificación de un nuevo colegio para cumplir con la demanda de la población escolar de Santa María, que en este curso cuenta con un total de 47 alumnos. (El censo del INE de 2011 apunta 593 habitantes).

El Colegio Rural Agrupado (C.R.A) del Alto Tiétar, del que depende el centro escolar, publica en la web oficial de la Junta de Castilla y León un pormenorizado documento sobre la situación actual de dicho colegio y sus necesidades (pág. 48). No queremos dejar pasar la oportunidad de destacar y felicitar a estas trabajadoras por el interés y la profesionalidad de dicho informe.

En relación con esas demandas y según la noticia publicada en el Diario de Ávila el 21 de agosto de 2012, la Consejería de Educación ha aprobado una partida de 170.000€, con cargo a los próximos presupuestos, con objeto de subsanar las carencias señaladas y mejorar las instalaciones actuales.

Resulta de una lógica aplastante que si se destina esta cantidad para obras en el centro escolar, no se va a construir un nuevo edificio para un alumnado que, según el informe del C.R.A. Alto Tiétar (pág. 17) “ha bajado respecto de años anteriores”. Si el argumento de la “imperiosa necesidad de construir un nuevo colegio” se cae por su propio peso, la pregunta a plantear es ¿qué pretende realmente el Ayuntamiento de Santa María del Tiétar con esta Modificación Puntual de las Normas que recalifican suelo para la construcción de 116 viviendas? ¿Acaso no ha visto cómo está el panorama nacional respecto al ladrillo y las perspectivas a corto y medio plazo?

Apelando a la presumible sensatez institucional, recomendaríamos a este ayuntamiento (y a muchos otros), que encargaran los trabajos profesionales pagados con dinero público y que forman parte de la imagen del municipio, a técnicos dispuestos a realizar su trabajo con la ética y el rigor necesarios. Los aportados en esta Modificación Puntual por el arquitecto Amador González Barca son un auténtico despropósito, un corta-pega errático, hecho con el mínimo interés y con equivocaciones que, si no fuera por lo que implican, provocan la hilaridad propia del absurdo.

Es más, incumple las directrices concretas que marca la propia Junta en el BOCYL de 29.03.2012: “El Informe de Sostenibilidad Ambiental es un documento que será parte integrante de la documentación del Plan, lo que conlleva evitar la repetición o duplicación de la información que se encuentre en otros documentos de la modificación puntual de las Normas Urbanísticas Municipales, por aplicación de la voluntad de no reiteración expresada, entre otros, en el artículo 8.3. de la citada Ley 9/2006, de 28 de abril.”

Pues bien, el informe aportado es un texto de 91 hojas que repite con meticulosidad páginas completas de las Normas publicadas en el BOPA de 2009, incluyendo errores gramaticales.

“El fomento de la transparencia y de la participación ciudadana deben ser condiciones indispensables del proceso de tramitación de la evaluación ambiental, con el objetivo de exponer y concienciar a la sociedad de las implicaciones de su puesta en marcha. El Informe de Sostenibilidad Ambiental deberá cumplir la condición de ser “accesible e inteligible para el público y las Administraciones Públicas”, sobre la base de un contenido sucinto, razonado y expresivo, sustentado en referencias sintéticas y claras a parte concretas del Plan en las que puede encontrarse la información y el análisis más detallado y complejo.”

En ningún momento resultan “accesibles ni inteligibles”, son resultado de un apresurado y farragoso batiburrillo de datos, con notables carencias en cuanto a valoración ambiental y “frases memorables” que demuestran escasísimo interés y rigor en la realización del informe, llegando incluso a mencionar leyes de 1933, (¿sobre protección de edificios históricos en un expediente de recalificación de prados?) sin comprobar que fueron derogadas en ¡1985!, o indicando las previsiones que han de cumplir la ¡construcción de las balsas de alpechines! o que a 3 km., ¡por camino de herradura!, se encuentra el núcleo de población de Santa María del Tiétar.

Insistimos, este municipio se merece que los profesionales que emiten los informes pertinentes no supongan un desprestigio para el pueblo y un caldo de cultivo para la mala gestión urbanística y medioambiental. Y esta responsabilidad recae de manera ineludible en los representantes municipales.