EL PCPV ANTE EL PRIMERO DE MAYO

NO A LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

La Comisión Política del Partido Comunista del País Valencià ha valorado de forma negativa el contenido del acuerdo para la estabilidad en el empleo que han suscrito las centrales sindicales CCOO y UGT y las organizaciones patronales CEOE y CEPYME. Destacamos a continuación los elementos fundamentales en que se basa nuestra valoración negativa:

1) Es un acuerdo en donde todas las medidas para crear empleo se dejan en manos de la patronal y el gobierno. Su objetivo no es, por tanto, crear empleo (como se había planteado en algún borrador inicial) sino "para la estabilidad del empleo". Hay que recordar que la creación de empleo es prácticamente independiente de las formas de contratación. El ejemplo de España al ostentar simultáneamente los "récords" de la Unión Europea tanto en paro como en precariedad laboral es la triste demostración de ello.

2) Si exceptuamos la sustitución del contrato de aprendizaje por el contrato de formación que mejora el anterior, no hay ninguna garantía de bajar la temporalidad de forma significativa al no eliminarse ni endurecerse ninguna de las formas de contratación que han dado lugar a la precariedad actual. Recordemos que según el INEM, en 1996 el 80% de las contrataciones se realizaron en tres modalidades de contratación temporal o precaria: A tiempo parcial (18'9%), por obra o servicio (29'3%) y eventual por circunstancias de la producción (32'4%). Las tres formas de contratación permanecen igual con pequeñas mejoras que, además, se deja al arbitrio del Gobierno el realizarlas o no. No hay que olvidar que los empresarios se rigen por el criterio de obtención del máximo beneficio. Si les sigue siendo mas barato contratar de forma temporal, es difícil creerse que contraten de forma indefinida, al menos en cantidades que sean significativas.

3) Como contrapartida para la patronal, se abarata el despido de los trabajadores con contratos indefinidos mediante dos mecanismos distintos perfectamente delimitados y normativizados en el acuerdo:

3-A) Introduciendo un contrato indefinido nuevo en donde la indemnización por despido se reduce de 45 a 33 días y el máximo de 42 a 24 meses. Parece lógico suponer que a partir de ahora la mayoría de los nuevos contratos indefinidos serán realizados por este nuevo mecanismo de despido más barato.

3-B) Modificando el artículo 52-c del Estatuto de los Trabajadores en donde se clarifican las causas del despido objetivo (y, por tanto, procedente). A partir de ahora se podrá despedir por dos causas nuevas: Por la posición competitiva de la empresa en el mercado y por exigencias de la demanda. En definitiva, una nueva redacción del artículo que convertirá los despidos improcedentes en algo a extinguir al convertirlos todos en procedentes como consecuencia de las nuevas "causas objetivas" de justificación prácticamente automática ante los tribunales. Dicho en cuantía de indemnizaciones: Se pasa de 45 días al año y 42 meses como máximo de indemnización a 20 días al año y 12 meses como máximo de indemnización.

4) Frente a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) creadas en 1994 en la reforma del PSOE, se postula y acuerda crear un Grupo Tripartito "que permita un mejor funcionamiento de las ETT" promoviendo entre otras cosas "un Real Decreto que fije un modelo de contrato temporal para las ETT". Aunque se introducen mejoras respecto a 1994, se acepta como contrapartida la existencia de estas empresas y se postula un nuevo tipo de contrato temporal.

La Comisión Política del PCPV exige la tramitación de este acuerdo como Ley en el Congreso al objeto de intentar introducir las reformas necesarias. El PCPV considera fundamental continuar planteando nuestras posiciones tal como constan en el Programa Electoral de IU de 1996 para conseguir más trabajo y empleo de mejor calidad. La mera descripción de estas propuestas pone de manifiesto que van en dirección contraria y se contraponen totalmente con el acuerdo firmado. Recordemos las más importantes:

a) Eliminación de las horas extraordinarias y pago de las mismas, que con carácter excepcional se realicen, mediante tiempo libre o vacaciones.

b) Reducción de la jornada de trabajo a las treinta y cinco horas (como proponen los Sindicatos Europeos).

c) Establecimiento de la quinta semana de vacaciones.

d) Prejubilación y jubilación progresiva

e) Regulación del contrato a tiempo parcial con las mismas garantías sociales, legislativas y sindicales que las del trabajo de jornada completa.

f) Eliminación de todos los incentivos económicos a la contratación temporal

g) Establecimiento de un tope máximo porcentual de contratos temporales por empresa.

h) Incremento de la cuota empresarial a la Seguridad Social cuando se utilice contratación temporal y de una indemnización de 15 días por año trabajado cuando se extinga cualquier contratación temporal.

Queremos resaltar y denunciar que en España se puede despedir de forma improcedente cuando en muchos países de la Unión Europea un despido improcedente supone la readmisión automática del trabajador en su puesto. Cualquier reforma laboral progresiva debería contemplar la desaparición de este supuesto.

La Comisión Política del PCPV constata la estrecha relación que existe entre el proceso actual de privatizaciones ya iniciada en los gobiernos del PSOE, los criterios de convergencia europea diseñados en Maastricht y el actual proceso de desregulación y pérdida de derechos sociales que se ha puesto de manifiesto tanto en el acuerdo de pensiones como en el de formas de contratación mal llamado "para la estabilidad en el empleo". Son elementos de una misma política neoliberal que están engarzados en lo ideológico, económico y social de un modo inseparable.

Comisión Política del PCPV

25 de Abril de 1996