La identidad de las pacientes se mantendrá en secreto bajo un código que sólo se revelará ante un juez. El decreto fija un estándar de calidad para las clínicas
Por MARÍA R. SAHUQUILLO
Los datos de las mujeres que aborten estarán codificados y no podrán ser revelados sin el mandato de un juez. Ésta es una de las claves del real decreto que ha llegado hoy al Consejo de Ministros y que pretende, entre otros objetivos, garantizar la intimidad y la confidencialidad de las mujeres que se realicen una interrupción voluntaria del embarazo.
Esta nueva norma, que tendrá carácter retroactivo, también establece unos requisitos mínimos de calidad comunes para todos los centros que practiquen abortos.
El real decreto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, elaborado por el Ministerio de Sanidad junto con los de Justicia e Igualdad, pretende con estas medidas evitar situaciones como las vividas hace meses en las que la Guardia Civil se presentó en casa de varias mujeres que habían interrumpido su embarazo en clínicas que estaban siendo investigadas por supuestos abortos ilegales, irrumpiendo en su vida y lesionando su intimidad. El caso de una de ellas, sorprendida por los agentes cuando bañaba a su niña, tuvo especial repercusión.
Sucesos como éste han llevado al Gobierno a elaborar una norma para dar mayor seguridad jurídica a las mujeres que aborten y derecho a la confidencialidad. Para ello, el proyecto de real decreto establece que los datos personales de las mujeres serán secretos desde el mismo momento en que la mujer acuda a solicitar información sobre una interrupción del embarazo a un centro autorizado. Sin embargo, para proteger estos datos, la nueva normativa establece que los centros deberán crear ficheros automatizados en los que se separen las informaciones personales de la paciente -nombre, apellidos, domicilio, cualquier documento oficial de identidad y todo elemento que revele su identidad genética- de su historial clínico. Así, los datos de las mujeres quedarán ocultos bajo un código que le será entregado a la paciente al inicio de la prestación sanitaria.
Estos datos personales deberán estar protegidos, según el proyecto de real decreto, por un sistema de seguridad de nivel alto. Además, los centros que presten este tipo de servicio deberán garantizar que tienen los mecanismos de custodia adecuados para que las informaciones personales de las pacientes sigan siendo secretas. La revelación de esos datos, según precisa el proyecto de real decreto, solo podrá efectuarse por orden de un juez.
Pero, con la nueva norma, las mujeres que ya se han sometido a una interrupción voluntaria del embarazo también tendrán derecho a la confidencialidad de sus datos. El proyecto de real decreto que llega hoy al Consejo de Ministros establece que las mujeres que se hayan sometido a un aborto antes de su entrada en vigor pueden solicitar la codificación de su expediente en el centro en el que se lo han realizado.
Además, los centros que practiquen interrupciones voluntarias del embarazo deberán informar por escrito a la mujer de que sus datos personales quedan codificados y separados de su historial clínico.
Con la nueva legislación, que ya fue anunciada en febrero por la vicepresidenta del Gobierno, Maria Teresa Fernández de la Vega, se pretende también garantizar la equidad en la prestación de este servicio, incluido en la cartera del sistema nacional de salud. Esta parte, que pretende unificar y hacer obligatorias pruebas médicas que antes sólo lo eran en algunas comunidades, está dirigida sobre todo a los centros privados. La sanidad pública realiza menos del 3% de las interrupciones del embarazo en España. Teniendo en cuenta esa radiografía, el decreto establece además que cuando los servicios de salud opten por facilitar esta prestación con medios ajenos (algunas regiones tienen conciertos o acuerdos con clínicas privadas) deberán asegurarse de que estos centros garantizan esos requisitos mínimos.
De esta forma, se unifica el estándar de calidad de las clínicas que realizan abortos. Pruebas como una consulta toco-ginecológica, un estudio médico en el que un especialista determine si la mujer se encuentra dentro de uno de los tres supuestos que marca la ley -violación, malformaciones fetales o grave riesgo para la salud física o psicológica de la madre- y una consulta con un especialista si se sospecha que la mujer puede tener problemas que pudieran influir en la práctica del aborto. Dentro de estos requisitos mínimos están también la realización de analíticas y pruebas ecográficas antes y después de la intervención, la monitorización cardiaca sistemática y una medicación indicada, según el caso.
Además, el proyecto de real decreto dice que todas las clínicas deberán facilitar la recuperación de la paciente después de la intervención en salas acondicionadas para ello con el control preciso y que toda paciente deberá tener un seguimiento después de haberse sometido al aborto, para prevenir posibles incidencias.
No más mujeres en el cuartelillo
El proyecto de decreto ley nace tras una sucesión de escándalos que han llevado a decenas de mujeres a ser citadas por la Guardia Civil o por distintos juzgados que tramitan casos sobre supuestos abortos ilegales. La nueva norma impedirá las citaciones del instituto armado que no partan de un juez, como las que han sido criticadas en estos casos por violentar el derecho a la intimidad. Profesionales y clínicas que practican interrupciones del embarazo denuncian una "caza de brujas" y el acoso de organizaciones llamadas pro-vida.
’Caso Morín’. La Audiencia de Barcelona ha ordenado a la juez que instruye el caso de las clínicas del doctor Morín que identifique a las mujeres que abortaron en estos centros. En noviembre, el ginecólogo Morín y algunos de sus médicos fueron acusados de abortos ilegales. La justicia sostiene que realizaron intervenciones sin el examen psiquiátrico necesario y en gestaciones muy avanzadas. Ahora la Audiencia de Barcelona sostiene que prevalece el derecho a la defensa de los médicos acusados sobre el de la intimidad de las mujeres. Hasta 200 de ellas han llegado a estar imputadas en este caso, aunque los cargos en su contra se retiraron al considerar que no eran conscientes de que el centro donde abortaron actuaba fuera de la legalidad. Hasta ahora, los abogados defensores de Morín y los otros imputados habían tenido acceso a todo el sumario -incluidas las historias clínicas- pero no a la identidad de las mujeres.
’Caso Isadora’. Si finalmente Alternativa Española pudiera personarse como acusación en el procedimiento que se instruye contra la Clínica Isadora, este partido ultra tendría acceso al sumario del caso y a las identidades de muchas mujeres que abortaron en este centro madrileño. El juez José Sierra, que en un principio aceptó la personación de Alternativa Española, reculó y la suspendió después. Tres médicos de esta clínica están acusados de abortos ilegales, aunque el juez no precisa hechos concretos. El caso lleva abierto más de un año, desde que varios agentes del Seprona abrieran contenedores de residuos de la clínica y lograran -tras intentarlo varias veces- que un juez abriera una investigación. Afirman que los restos de fetos encontrados eran muy grandes.
Las garantías
Cuando una mujer vaya a abortar sus datos quedarán ocultos bajo un código.
En el historial clínico de la paciente que interrumpa su embarazo no figurará su nombre, sólo la codificación.
Los datos personales de las mujeres que aborten sólo podrán concocerse a través de una orden judicial.
Las clínicas no podrán ceder datos de las pacientes ni tampoco usarlos con fines publicitarios.
Los criterios establecidos en el real decreto serán "comunes" para toda España.
Cuando los servicios de salud públicos faciliten la prestación de la interrupción del embarazo con medios ajenos (privados) deben asegurarse de que se garantizan las condiciones básicas: pruebas, informes médicos y confidencialidad.
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