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Derechos. Los apóstatas piden que la ley regule este derecho

por filosofem,



Por eso piden un enunciado más amplio para el futuro texto reformado y reclaman que se denomine Ley de Libertad de Conciencia, de modo que incluya a todos los ciudadanos y no sólo a los creyentes. “Exigimos una ley que garantice la libertad de conciencia de todas las personas, esto es, un derecho universal y no sólo privilegios para las personas con creencias religiosas”, denuncian en un comunicado.

El 20,1% de la población española es atea o no creyente, según el último barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), publicado en marzo de 2008. Los responsables de apostasía.es, una de las organizaciones más activas del colectivo laicista, denuncian que la reforma de la Ley de Libertad Religiosa, recientemente anunciada por el Gobierno, “discrimina” a este amplio conjunto de personas ajenas al hecho religioso.

Por eso piden un enunciado más amplio para el futuro texto reformado y reclaman que se denomine Ley de Libertad de Conciencia, de modo que incluya a todos los ciudadanos y no sólo a los creyentes. “Exigimos una ley que garantice la libertad de conciencia de todas las personas, esto es, un derecho universal y no sólo privilegios para las personas con creencias religiosas”, denuncian en un comunicado.

Al calor de la iniciativa adelantada por el Ejecutivo, los impulsores de la causa apóstata exigen al Gobierno que se regule “de una vez por todas” el derecho a apostatar. La actual Ley reconoce esta práctica, pero nunca la ha desarrollado con una reglamentación clara.

Ante el vacío legal, la mayoría de los apóstatas han recurrido a la Ley de Protección de Datos para darse de baja en los apuntes estadísticos de la Iglesia católica, “la única no obligada por el Estado a hacer efectivo este abandono”, según Sergi Campillo, uno de los portavoces de apostasía.es. Los apóstatas desean que se aproveche la futura reforma de la Ley de Libertad Religiosa para que el nuevo texto garantice “el borrado de los datos de los libros de bautismo y del cualquier otro archivo que tenga la Iglesia católica”.

Datos borrados por completo

En la actualidad, las parroquias se limitan a apuntar en una nota marginal en su libro de bautismos la condición de apóstata del solicitante, aunque varias sentencias de la Audiencia Nacional reconocen que la Ley de Datos es aplicable a los registros de la Iglesia Católica. Aún así, todavía no se ha reconocido el derecho a borrar los datos personales por completo, exigencia clave para el colectivo apóstata.

Esta circunstancia sostiene también una de sus principales denuncias, que apostasía.es formula entre interrogantes: “¿Por qué se da este trato de favor a la Iglesia católica y se le exime de cumplir la Ley de Protección de Datos, a diferencia de todas las demás religiones?”.

Aunque no existe un censo oficial de apóstatas, la web de este colectivo ha recibido más de 90.000 visitas en sus dos años de vida. “Muestra del interés que suscita el tema”, defienden sus responsables.

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