DDHH

BOLETÍN INFORMATIVO

 

Departamento de Derechos Humanos

de la Embajada de la República Argentina en España

Responsable: Consejero Carlos María Duhalde

 

10/01/2013

 

 

 

 

Formosa: El comandante retirado Domato, procesado con prisión preventiva

Responsable del Centro Clandestino de Detención del Regimiento de Infantería de Monte 29, en Formosa.

 

 

 

 

 

El juez federal subrogante de Formosa, Pablo Nuñez Pividori, procesó con prisión preventiva al comandante de Gendarmería (R) Horacio Rafael Domato, quien actuara en la dictadura como responsable del Centro Clandestino de Detención ubicado dentro del Regimiento de Infantería de Monte 29, en Formosa. Domato tambien actuó en el Centro Clandestino de Detención "La Escuelita de San Antonio" de la Policía de la Provincia de Formosa. Estuvo prófugo de la justicia durante seis años. En diciembre del año pasado, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, Filial Formosa, denunció judicialmente que el represor continuaba cobrando sus haberes como gendarme retirado en la ciudad de Córdoba, donde se presentaba a la Policía para que le extendiera certificados de supervivencia.

Entre los asesinatos de que se acusa a Domato se encuentra el del soldado conscripto Carlos Rolando Genes, a quien acusó de “bailar con una subversiva en una fiesta” y apareció muerto en un calabozo del Regimiento de Infantería 29.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Procesan a tres ex funcionarios de la Justicia Federal de Córdoba por su presunta complicidad en delitos de lesa humanidad

 

 

La Justicia Federal de La Rioja resolvió hoy procesar a tres ex funcionarios de la Justicia Federal de Cordoba y sobreseer a otros dos, en el marco de una causa que investiga la presunta complicidad de funcionarios judiciales federales con la última dictadura cívico militar.El juez federal de La Rioja, Daniel Herrera Piedrabuena, dictó el procesamiento del ex fiscal federal Antonio Cornejo, del ex juez federal Miguel Angel Puga y del ex secretario federal Carlos Otero Alvarez. En los tres casos dispuso la “inmediata libertad” ambulatoria con las restricciones formales de mantener el domicilio y no slair del país. Cornejo y Puga fueron procesados por el delito de "incumplimiento de la obligación de promover la persecución penal”.Por su parte, Otero Alvarez fue procesado por "encubrimiento" y para los tres casos el juez Piedrabuena consideró que hubo “actitud omisiva” y “silencio cómplice” de los magistrados como un “común denominador en el Poder Judicial de la Nación de la circunscripción de Córdoba”.

En ese sentido, el juez añadió que con su actitud “pretendieron asegurar la impunidad de los autores de aberrantes delitos con su inactividad”.

En ese contexto, Herrera Piedrabuena sostuvo que “los distintos hechos gravísimos aquí investigados, hieren, laceran a la humanidad y por ende a la razón, puesto que de haberse hecho lo que se debía las víctimas asesinadas, hoy, tal vez, no lo estarían; los torturados, los abusados, los maltratados, los privados ilegítimamente de su libertad, tal vez, hubieran tenido justicia en su oportunidad”.

En la misma resolución, el juez federal riojano dictó la “ausencia de mérito” respecto de los hechos por los que fueron indagados los ex defensores oficiales de la justicia federal de Córdoba, Ricardo Haro y Luis Eduardo Molina.

En esta causa se investiga la actuación de ex magistrados y  funcionarios del Poder Judicial en la ramitación de causas, donde     resultaron víctimas personas detenidas durante la última dictadura  y que se encontraban a disposición de la Justicia Federal de Córdoba.

 

 

 

 

 

Confirman el fallo sobre imprescriptibilidad de crímenes anteriores al 24/3/76

 

 

 

 

Guglielminetti, Ruffo, Salerno y J. V. Sánchez siguen imputados en la causa

 

 

Cuatro represores acusados por delitos de lesa humanidad perpetrados con anterioridad al golpe de 1976, entre los que se encuentra el ex agente de inteligencia Raúl Guglielminetti, sufrieron un nuevo revés judicial al confirmarse un fallo que rechazó un planteo de "prescripción" efectuado por la defensa de los imputados. Según informaron fuentes judiciales, la Sala Primera de la Cámara Federal ratificó el rechazo de un planteo de prescripción efectuado por los represores José Vicente Sánchez, Ángel Salerno, Guglielminetti y Eduardo Alfredo Ruffo a quienes se les imputaban, entre otros delitos, los secuestros de Washington y Julio César Mogordoy, Charo Noemí Moreno, Norberto Rey, Blanca Frida Bacher y Griselda Valentina Zárate, perpetrados en noviembre de 1975.

La defensa de los imputados sostenía que "los hechos cuestionados habrían acaecido antes del último golpe militar, es decir, por fuera del contexto del gobierno de facto, extremo que permitiría excluirlos de la categoría de delitos de lesa humanidad y, como tales, exentos de las reglas que rigen el instituto de la
prescripción".

El camarista Jorge Luis Ballestero -en un voto al que adhirió su colega Eduardo Farah- confirmó lo resuelto en primera instancia por el juez federal Daniel Rafecas quien sostuvo que "los hechos investigados presentan características similares a los ocurridos con posterioridad al golpe y que ya fueron calificados como delitos de lesa humanidad y, como tales, declarados imprescriptibles".

Según constancias del expediente, las víctimas "habrían sido ilegalmente detenidas el 4 de noviembre de 1975, cuando se encontraban en el domicilio -perteneciente a Becher- en la calle Honduras 4183 de la Ciudad de Buenos Aires, luego de lo cual fueron trasladados, en primer término, a la Comisaría 21°".

Con posterioridad "fueron llevados a una dependencia policial que podría corresponderse con el Departamento Central de Policía, donde también permanecieron unas horas, y finalmente, el 6 de noviembre, fueron conducidos al centro clandestino de detención y torturas `Cuatrerismo-Brigada Güemes´, en donde se los sometió a tormentos".                

 

 

 

 

Procesan a los apropiadores de Pablo Javier Gaona, hijo biológico de una pareja desaparecida

 

 

 

 

 

 

La jueza federal María Servini de Cubría procesó con prisión preventiva a tres acusados por la apropiación del hijo de desaparecidos Pablo Javier Gaona durante la última dictadura, informaron hoy fuentes judiciales. El coronel (RE) Héctor Salvador Girbone, Salvador Norberto Girbone y Raquel Ali Amhed fueron procesados por los delitos de "sustracción, ocultación y retención de un menor", alteración de su estado civil y, en cuanto al segundo de los imputados, "falsedad ideológica de documento público". La jueza dispuso embargar bienes de Salvador Girbone y Amhed, por 850.000 pesos cada uno, y de Héctor Girbone, por 1.350.000 pesos. Pablo Javier Gaona había sido inscripto por sus apropiadores en 1978 como Leandro Daniel Girbone, pero en junio último acudió a las Abuelas de Plaza de Mayo para constatar si, como sospechaba, era hijo de desaparecidos.

Servini de Cubría recordó que la causa se inició en virtud de la denuncia formulada el pasado 6 de agosto por el Secretario de Derechos Humanos de la Nación, Martín Fresneda. El funcionario, también presidente de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI), narró que el 29 de junio "se presentó ante la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo Leandro Daniel Girbone manifestando su voluntad de esclarecer sus orígenes biológicos, ante la presunción de ser hijo de personas desaparecidas".

Abuelas "derivó el caso a CONADI, donde el 2 de julio del corriente año el joven efectuó una presentación espontánea" en la que dijo que figuraba inscripto como hijo de Salvador Girbone y Raquel Alí Ahmed, nacido el 22 de julio de 1978. Ádemás, precisó "que tenía conocimiento de no ser hijo biológico de quienes figuraban como sus padres y que, según el relato familiar, habría sido entregado a instancias de su tío-padrino Héctor Girbone, coronel retirado del Ejército".

En su resolución, la jueza señaló que estudios del Banco Nacional de Datos Genéticos revelaron que los desaparecidos Ricardo Gaona y María Rosa Miranda tienen "una Probabilidad de Parentalidad de 99,99999 por ciento de haber sido los padres biológicos del Perfil Genético obtenido de la muestra hemática" tomada al joven.

Respecto de la responsabilidad de Héctor Girbone, la jueza explicó que "no puede cuestionarse" su participación en los hechos investigados, ya que ha sido un eslabón ejecutor a los efectos de asegurar el éxito de la maniobra criminal que aquí nos evoca, puesto que la calidad de militar que ostentaba le habría permitido acceder a un niño sustraído".
 
Según la magistrada, la "situación que no habría podido perpetrarse sin la condición señalada, y de la que carecían sus consortes de causa, más teniendo en cuenta que al tiempo de la apropiación de Pablo Javier Gaona, el nombrado prestaba servicios en Campo de Mayo, donde como ya se dijo precedentemente funcionaron tres centros clandestinos de detención y por donde habrían pasado mujeres embarazadas detenidas desaparecidas".