DDHH
BOLETÍN INFORMATIVO
Departamento de Derechos Humanos
de la Embajada de la República Argentina en España
Responsable: Consejero Carlos María Duhalde
29/06/2012
Promueven acción penal contra ex funcionarios judiciales
que actuaron en la dictadura.
Se los acusa de ser “partícipes” de un plan sistemático de exterminio.
La causa involucra a Carlos Otero Álvarez, Ricardo Haro, Luis Eduardo
Molina, Miguel Ángel Puga y Antonio Sebastián Cornejo.
El fiscal
federal Carlos Gonella, juntamente con su par subrogante de Villa María,
Carlos Trotta, promovió ayer una acción penal contra ex funcionarios de
la Justicia Federal de Córdoba que actuaron durante la última dictadura,
al considerarlos "partícipes" de un plan sistemático de exterminio.
La
presentación, realizada ante el Juzgado Federal 2 de Córdoba, involucra
a Carlos Otero Álvarez, ex vocal del Tribunal Oral en lo Criminal
Federal 1; Ricardo Haro, ex vocal de la Cámara Federal de Apelaciones,
y Luis Eduardo Molina, ex defensor oficial ante los tribunales federales
de primera y segunda instancia.
Asimismo, se solicitó la ampliación de la promoción de acción contra
Miguel Ángel Puga, ex juez federal 2 de Córdoba, y Antonio Sebastián
Cornejo, ex procurador Fiscal Federal 1. Respecto de Puga, Gonella y
Trotta promovieron la acción penal por los delitos de "abuso de
autoridad concursados realmente en calidad de autor, en concurso ideal
con los delitos de homicidio calificado y aplicación de tormentos,
concursados realmente y en calidad de cómplice secundario".
En cuanto a Cornejo, se le solicitó la ampliación de la promoción de
acción penal por los delitos de "incumplimiento de la obligación de
promover la persecución penal, concursados realmente en calidad de
autor; en concurso ideal con los delitos de homicidio calificado y
aplicación de tormentos, concursados realmente y en calidad de cómplice
secundario". En el caso de Haro, la promoción de acción penal es por los
delitos de "encubrimiento; abuso de autoridad, concursados realmente y
en calidad de autor; en concurso ideal con los delitos de aplicación de
tormentos; abuso deshonesto y violación concursados realmente entre sí
y en calidad de cómplice secundario".
Respecto de Molina, la presentación fue realizada por los delitos de
encubrimiento; abuso de autoridad, concursado realmente y en calidad de
autor; en concurso ideal con el delito de homicidio calificado en
calidad de cómplice secundario". Finalmente, en relación a Otero
Álvarez, la promoción de acción penal es por los delitos de
"encubrimiento; abuso de autoridad; omisión o retardo de dar cuenta a
la autoridad competente de una detención ilegal, en calidad de autor; en
concurso ideal con los delitos de aplicación de tormentos; homicidio
calificado; privación ilegítima de la libertad; allanamiento ilegal;
violación; abuso deshonesto y aborto".
Al fundamentar la presentación, los fiscales consideraron que los ex
funcionarios judiciales acusados "formaron parte del plan sistemático de
exterminio implementado por el gobierno de facto, adaptándose al mismo
incluso antes del 24 de marzo de 1976, durante el gobierno de María
Estela Martínez de Perón". Asimismo, indicaron que de los hechos
registrados surge que los acusados "también tomaron conocimiento de
homicidios cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad en contra
de detenidos a disposición de los mismos por su rol".
“Plan
sistemático criminal”.
Además,
los fiscales precisaron que estos "homicidios calificados, además de
encontrarse tipificados por el artículo 80.2 y 4 del Código Penal, se
enmarcan dentro del plan sistemático criminal de eliminación llevado a
cabo a través del Estado, antes y durante el denominado Proceso de
Reorganización Nacional". Tras destacar que los ex funcionarios acusados
tomaron "efectivo conocimiento" de los homicidios cometidos contra
detenidos por razones políticas a disposición de la Justicia Federal de
Córdoba, "en algunos casos por medios periodísticos, en otros por
comunicados oficiales provenientes del Ejército, en ningún momento se
solicitó o inició investigaciones para indagar las causas de dichos
fallecimientos". Gonella y Trotta señalaron también que "los magistrados
y funcionarios cuyas responsabilidades penales aquí se investigan, tal
como ya se ha expresado, infringieron los deberes a su cargo". Al
respecto, destacaron finalmente que estos deberes, "en caso de haberse
cumplido satisfactoriamente, hubieran manifestado la existencia de un
control judicial sobre la actividad del aparato represivo que expresara
intolerancia con el delito. Ello, sin embargo, no fue lo que ocurrió: la
tolerancia parece haber sido la regla".
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