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DDHH
BOLETÍN INFORMATIVO
Departamento de Derechos Humanos
de la Embajada de la República Argentina en España
Responsable: Consejero Carlos María Duhalde
09/03/2012
UN EXPEDIENTE
INVOLUCRA A LA MADRE DE ALFREDO ASTIZ EN UNA POSIBLE SUPRESIÓN
DE IDENTIDAD
María Elena
Vázquez de Astiz es investigada porque en 1977 entregó un bebé a
un albañil que trabajaba en su casa de Mar del Plata. Dijo que
era hijo de su empleada doméstica. Los cruces con el BNDG no
dieron resultados positivos.
La madre de Alfredo
Astiz podría quedar detenida. María Elena Vázquez de Astiz es
investigada por el supuesto delito de sustitución y supresión de la
identidad de un niño que, en 1977, entregó a un albañil que
trabajaba en su casa de Mar del Plata. Al resolver un incidente de
la causa, los camaristas federales de la ciudad Jorge Ferro,
Alejandro Tazza y Alejandro Castellanos le prohibieron a la mujer la
salida del país y a pedido del fiscal Daniel Adler revocaron un
pedido de eximición de prisión. En la causa ya se hicieron los
cruces con las muestras del Banco Nacional de Datos Genéticos del
Hospital Durand y dieron negativos.
En Mar del Plata el caso es conocido porque es conocida la
permanencia de los padres de Astiz entre los residentes temporarios
de la ciudad. En 1977, según el expediente, Bernardo Astiz y su
mujer ofrecieron un niño recién nacido a un maestro mayor de obras
que trabajaba en su casa. El hombre que contó lo que sucedió en su
declaración explicó que la mujer le preguntó si tenía hijos. El dijo
que no, que su mujer no podía quedar embarazada y que estaban
haciendo un tratamiento. En ese momento, la madre del marino le
explicó al obrero que su empleada doméstica había quedado embarazada
en una relación extramatrimonial, que no podía tener a la criatura y
se lo ofreció. También les dio el nombre y la dirección de una
partera. El albañil y su mujer fueron a buscar al niño; recibieron
un certificado en el que estaba inscripto como hijo de ellos y luego
volvieron a recibir una llamada de la madre de Astiz para comprobar
que todo hubiese salido bien.
En su declaración, aquel albañil, de condición muy humilde y con
voluntad de declarar, contó todavía más: explicó que María Elena
Vázquez les preguntó en ese mismo momento si iban a bautizarlo;
ellos le dijeron que lo harían al cabo de un mes y al cabo de un mes
volvieron a recibir el llamado de la dama que asistió a la ceremonia
de bautismo.
Abuelas de Plaza de Mayo de Mar del Plata intervino en la causa en
un primer momento, a partir de una denuncia que recibieron en la
institución. Las abogadas Estela Murgier y Yamila Zabala Rodríguez
siguieron el expediente llamado “Causa Roldán”, iniciado por la tía
de Delia Garaguzzo, detenida desaparecida que permaneció embarazada
en la Base Naval. El único dato que conectaba las dos situaciones
era la fecha del posible parto, en un contexto en el que muchas de
las embarazadas de la base eran trasladadas a la Escuela Mecánica de
la Armada para los nacimientos. Cuando la causa avanzó, se hicieron
los cruces con el Banco Nacional de Datos Genéticos, que descartó
las filiaciones con las familias que dejaron su sangre. Abuelas se
apartó del expediente, pero la investigación continuó en manos del
fiscal Claudio Kishimoto y del juez subrogante Rodolfo Pradas.
Kishimoto pidió el procesamiento de la madre de Astiz y la prisión.
Pero Pradas se opuso, aceptó un pedido de eximición de la defensa y
le dictó falta de mérito. En ese contexto intervino el fiscal
federal ante la Cámara, Daniel Adler, para reforzar la posición de
Kishimoto y dar elementos que explican uno de los temas de fondo que
se debate en esta causa: “La supresión del estado civil es un delito
permanente que no prescribe”, dijo el fiscal en la audiencia ante la
Cámara. “Y no prescribe mientras permanece la incertidumbre de no
saber quién es la persona. En este caso, no importa que sea de lesa
humanidad o no porque lo que se dice es que esa figura delictiva es
la que no prescribe”.
Dicho esto, la intervención de la madre de Astiz también deja
abierta las sospechas a que pueda tratarse de una causa cometida en
el marco del terrorismo de Estado y, por lo tanto, imprescriptible
de por sí. “No se puede desvincular esto en atención a la relación
que unía a la imputada con Astiz. Para la Justicia no es indiferente
esa cuestión, sobre todo teniendo en cuenta la pluralidad de
elementos que están surgiendo en la causa de plan sistemático: al
momento de los hechos, Alfredo Astiz revistaba en la ESMA y no
podemos suprimir la posibilidad de que el Estado investigue este
hecho en el que hay fuertes indicios de que pueda tratarse de un
caso de lesa humanidad.”
Ahora, la causa volverá a la primera instancia y será el juez
Santiago Inchausti quien la tenga en manos porque asumió como
titular. También quedó a cargo del fiscal Pablo Larriera.
En la causa de Plan Sistemático, Astiz no aparece directamente como
“entregador” de niños robados. Hay, en cambio, otros elementos que
pueden alimentar las sospechas: la relación casi orgánica de la Base
Naval con la ESMA para el traslado de embarazadas y, como
antecedente, un caso algo similar. Si bien es cierto que en la mayor
parte de los casos quienes entregaron a los niños fueron militares u
hombres de las fuerzas de seguridad asociados a los centros
clandestinos o que intervinieron en los secuestros, hubo un caso en
el que quien entregó al niño fue la mujer de Samuel Miara. O un caso
en el que en Campo de Mayo un represor le dio un niño (Horacio
Pietragala) a su empleada doméstica.
Hasta ahora, lo que dijo la madre de Astiz en su defensa no
convenció a los fiscales. Acompañada por su hija, aquella que solía
estar presente en los juicios orales de la ESMA, al comienzo negó
toda relación con el albañil. Luego dijo que no se acordaba de nada
y más tarde cambió la declaración. Dijo que el niño no era de la
mucama, sino de la empleada de unos conocidos. Argumentó que los
conocidos no estaban ubicables porque estaban en el Sur y después en
alguna otra provincia.
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