F A L L A :
1°) CONDENANDO a JUAN AGUSTIN OYARZABAL NAVARRO a la
pena de PRISION PERPETUA e INHABILITACION
ABSOLUTA Y PERPETUA, accesorias legales por igual
tiempo del de la condena y costas, por ser coautor
mediato, penalmente responsable, de los
delitos de: privación abusiva de la libertad
agravada por violencia y amenazas (art. 144 bis,
inc. 1° y art. 142 inc. 1° del Código Penal, texto
conforme ley 14616 y 20642), en perjuicio de Ricardo
Luis Sanchez Coronel ;Rafael Olivera, Nora Ercilia
Rodriguez Jurado , Rosario Anibal Torres y Alicia
Cora Raboy ; imposición de tormentos agravada por la
condición de perseguido político de la víctima (art.
144 ter , 1° y 2° párrafos conforme texto
de la ley 14.616) en perjuicio de Ricardo Luis
Sanchez Coronel, Rosario Anibal Torres y Alicia Cora
Raboy; homicidio calificado por alevosía, por el
concurso premeditado de dos o más personas y con el
fin de procurar impunidad (art. 80, incisos 2°, 3° y
4°, conforme ley 11.179,11.221 y 20.642),
en perjuicio de Ricardo Luis Sánchez Coronel ,
Rafael Olivera, Nora Ercilia Rodriguez Jurado,
Rosario Anibal Torres y Alicia Cora Raboy y
homicidio
calificado por alevosía y por el concurso
premeditado de dos o más personas (art.80, incisos
2° y 4°, conforme leyes 11.179, 11.221 y 20.642), en
perjuicio de
Francisco Reynaldo Urondo, todos del Código Penal y
en concurso real (art. 55
del
C.P.), calificándolos como delitos de lesa
humanidad y cometidos en el contexto del delito
internacional de genocidio (arts.12,19,29 inc.3º,40
y 41 del C.P.;530,531 y concordantes del Código
Procesal Penal de la Nación)
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