El ministro de Justicia, Alberto Iribarne, ya
se había mostrado en contra de la reparación histórica a
perseguidos durante la dictadura.
Así lo informaron a la agencia de noticias DyN allegados a
los propios beneficiados por el fallo de la Cámara.
El 21 de agosto pasado, esa agencia informó que desde abril la Cámara
en lo Contencioso Administrativo hizo lugar al reclamo de cuatro víctimas
de la dictadura que debieron exiliarse forzosamente porque
sus vidas corrían peligro.
Se trata de los casos de Eduardo Molina Zequeira, Norma
Grinfeld de Goobar, Viviana López Osornio y Andrea Benites Dumont,
todos ellos exiliados durante la dictadura y con status de
refugiados políticos reconocido por el Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
Todos ellos iniciaron el trámite
administrativo previsto por la Ley 24.043, sancionada en noviembre
de 1991, que establece “beneficios a las personas que hubieran
sido puestas a disposición del P.E.N. durante la vigencia del
estado de sitio, o siendo civiles hubiesen sufrido detención en
virtud de actos emanados de tribunales militares”.
En los cuatro casos, el reclamo había contado con la
aprobación de la Secretaría de Derechos Humanos, a cargo de
Eduardo Luis Duhalde, pero fue rechazado por la Procuración
del Tesoro, a cargo del ex juez Osvaldo Guglielmino y por el
ministro de justicia, Alberto Iribarne.
En todos los casos, la Sala Uno de la Cámara, con las firmas de los
jueces Pedro Coviello, Néstor Buján y Bernardo Licht, dejó
“sin efecto” las resoluciones del Ministerio de Justicia que
negaron el beneficio a las víctimas de la dictadura y
ordenó “a la autoridad administrativa que realice la liquidación
conforme la situación fáctica denunciada”.
Sin embargo, los abogados del gobierno apelaron la medida
ante la máxima instancia judicial y, según revelaron las fuentes,
lo propio había hecho anteriormente con otros casos similares.
En el último de los fallos, el de Benites Dumont, DyN pudo
establecer que el Estado presentó recurso extraordinario el 17 de
agosto, y diez días después el expediente pasó a estudio de la
Corte Suprema.
En los hechos, la apelación implica que el fallo de Cámara no está
firme y, en consecuencia, el Estado no pagará –al menos por
ahora- las indemnizaciones a las víctimas de la dictadura.
Fuente: DyN