PAGINA INICIO DE COMISIÓN DE EXILIADOS ARGENTINOS EN MADRID

Hemos recibido de los compañeros de La Plata esta importante noticia  que informa sobre la reivindicaciones pendientes y que es confirmada por la carta del estudio de abogados.


INDEMNIZACIONES A FAMILIARES DE DESAPARECIDOS

Y SOBREVIVIENTES DE LA REPRESIÓN ILEGAL

La Plata, 19 de enero de 2004 

De nuestra mayor consideración:

                                                            Nos dirigimos a Ud. con el fin de informarle que el Congreso Nacional ha dispuesto la reapertura por un año, a partir del 1° de diciembre último, del plazo para acogerse a los beneficios de las leyes 24.043 y 24.411.

                                                            Las mencionadas leyes establecen el otorgamiento de indemnizaciones a las personas que hayan estado secuestradas y a familiares de detenidos-desaparecidos o asesinados por el accionar de la última dictadura cívico-militar o por la “Triple A” en el anterior gobierno constitucional.

                                                            Asimismo, hacemos saber que nuestro organismo pone su equipo jurídico a disposición de toda persona interesada en asesorarse o realizar las peticiones que estas leyes prevén. Para ello, puede comunicarse a partir de febrero con nuestro estudio, de lunes a viernes en el horario de 13 a 15 horas, al (0221) 482-0595, o  bien dejar su número telefónico en el contestador automático. También puede comunicarse por mail a asamblea@lpsat.com

                                                            Cabe señalar que la solicitud de estos beneficios no implica renunciar a la participación en causas penales contra los responsables de los delitos cometidos contra los peticionantes o sus familiares.

                                                            Saludamos a Ud, muy atte.

Alicia Peralta

Secretaria de Organización

Marta Vedio

Secretaria Jurídica

Ángela Vendola

Secretaria General

        Por Mesa Directiva

 

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Asamblea Permanente por los Derechos Humanos La Plata
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La Plata (1900) - Buenos Aires - Argentina
Teléfono: +54 (0221) 482-0595
E-mail: asamblea@lpsat.com
Sitio web: http://www.apdhlaplata.com.ar


Enterados de que se vuelve a recibir los pedidos de reparación a los
exiliados, por intermedio de grupos de D.Humanos de La Plata, le preguntamos
si es cierto y si ustedes lo vuelven a presentar o ya se da por presentado?

-----Mensaje original-----
De: Eugenio Spota [mailto:spota@sinectis.com.ar]
Enviado el: miércoles, 28 de enero de 2004 22:25
Para: A QUIEN CORRESPONDA
Asunto: Re: Estudio Spota


En efecto, el día 1 de diciembre de 2003, se ha abierto un nuevo plazo de
presentación de solicitudes de indemnización por las leyes 24.043 (detenidos
y/o exiliados) y 24.411 (desaparecidos y asesinados). El mismo es de un año.
La buena noticia es que en su artículo 2° obliga al Poder Ejecutivo Nacional
a incluir en el presupuesto del año 2004 una partida para pagar las
obligaciones que surjan de estas leyes, por lo que, atento que desde el 20
de diciembre de 2001 los pagos, y en consecuencia el movimiento de trabajo
que eso genera, estaban paralizados en los casos de la ley 24.043, es
altamente positivo.

Por otra parte en principio todos los que han sido presentados en término
con anterioridad no es necesario que sean ratificados por la nueva ley (cuyo
número es la 25.814), sólo los presentados con posterioridad al 5 de abril
de 2.002. Por supuesto que los que aún no se han presentado, pueden hacerlo.
Cualquier duda y/o información que necesiten no duden en comunicarse con
nosotros.

Atentamente, Dra. Lucrecia Lambardi.-