Vuelta a la página principal de la COMISIÓN DE EXILIADOS ARGENTINOS EN MADRID
LA INFORMACIÓN QUE BRINDAMOS A CONTINUACIÓN SE
CORRESPONDE A LOS TRAMITES QUE HAN REALIZADO COMPAÑEROS EN MADRID POR INDICACIÓN
DE UN ESTUDIO DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES Y NOS SIRVE COMO REFERENCIA
NO SIGNIFICA QUE NUESTRA COMISIÓN RECOMIENDE A DICHO ESTUDIO.
PARA IR AL CONSULADO PARA PODER ACOGERSE A LA LEY DE PRESOS
:
(estos puntos se corresponden con trámites realizados por compañeros en el consulado de Madrid - Hay que darse prisa, Se pueden presentar hasta el 30 de noviembre en el Consulado Argentino, Goya, 47 - 5ºpiso- y los damos como referencia
1. Llamar fuera de horarios puntas - 914025115 o 5862 , a la primera o a la última hora. Trabajan desde las 8.30 hasta las 16.30.
2. Aconsejamos enviar por Fax 913091996 la petición de hora de atención (cita), dejando un teléfono de contacto. Conviene que sea a la atención del Sr., Juan Villa. nos insistió en que pasáramos la voz de que aquellos que quieran presentarse deben apurarse y no dejar las cosas para último momento, porque ellos están a tope y sólo con buena voluntad no van a poder con todo.
3. Si uno deja un teléfono de contacto, y un nombre, del consulado llaman y dan una hora de entrevista,.
4. Nosotros fuimos a la hora estipulada y nos recibió Juan Villa.
5. Hay que llevar documentos españoles y/o argentinos. Lógicamente el pasaporte argentino sirve de prueba de salida de Argentina y de entrada en España. También hay que llevar otros más y fotocopias de ellos. O sea: original y fotocopias. Ellos prefieren Libreta de Enrolamiento o DNI, la cédula la aceptan pero les gusta menos, aunque igual sirve.
6. Hay que llevar debidamente rellenados los tres documentos que nos mandó la Lucrecia.
7. No firmarlos. Hay que hacerlo a la vista de Juan Villa, o de otro empleado que lo testifique.
8. Después ellos se quedan con los documentos, todos, originales y fotocopias o copias y te citan para 3 0 4 días después, tienen el poder pasado (tipeado) por ellos, a lo que en Baires llamábamos papel legal, el de los márgenes grandes y renglones, por lo que pensamos que si se lleva (El poder a los abogados) ya tipeado en ese papel legal, se podría facilitarle un poco la tarea y se ganaría tiempo.
9. El empleado del consulado nos hizo verificar que lo escrito por nosotros concordaba con lo escrito por ellos, nos hizo firmar delante de él los otros dos formularios, y nos pasó a la sala de espera.
10. En 15 minutos nos llamó, nos presentó al cónsul, en su despacho, de él, del cónsul, y el cónsul nos hizo firmar el poder a los abogados delante de él y firmó al lado.
11. Este trámite tiene valor notarial y es gratis. Nos evitamos los honorarios de cualquier Notario.
12. Luego de la firma, se vuelven a quedar con todos los documentos ellos, y nos citan para dos o tres días después.
13. En esa última cita se supone que nos entregan todos los documentos y formularios compulsados y certificados notarialmente por el Consulado argentino en Madrid.
14. That´s all, folks!!!
PARA VER E IMPRIMIR LOS DOCUMENTOS PIQUE EN CADA UNO DE LOS TRES ENLACES
Solicitud de Beneficio Ley Nº 24043.rtf (atencion este documento tiene un formato muy largo y a la hora de imprimir dará problemas, sugerimos comprar hojas mas grandes y recortarlas)