VUELTA A PAGINA " DEBATES" DE LA COMISION DE EXILIADOS ARGENTINOS EN MADRID
Reparación que declina
Nota personal de Justo Barboza (miembro de la Comisión de
Exiliados Argentinos en Madrid)
Razonando -con preocupación e impaciencia- al comprobar que continúa estancada
la Ley de Reparación del Exilio Forzoso, se exponen algunas consideraciones:
Derechos humanos
Las medidas que propone la Ley de Reparación del Exilio Forzoso dan
satisfacción justiciera a una de las más frecuentes formas de violación de
los derechos humanos: la expulsión de población por abuso consumado del poder
estatal.
A, partir del año 1999 cuando el Proyecto de Ley fue presentado ante la Cámara
de Diputados de Argentina, los exiliados comprendidos en sus términos, hemos
sostenido y divulgado activamente la esperanza de su promulgación. Incluso
durante el letargo que su tramitación vino experimentando durante los tres últimos
gobiernos democráticos de la Argentina.
Indemnizaciones parciales
Si bien los gobiernos democráticos argentinos promulgaron leyes para indemnizar
a los presos y a los familiares de las víctimas, debe reconocerse que, hasta
ahora, nada hicieron para quienes se exiliaron intentando salvar sus vidas ante
el mismo terrorismo.
Vigencia de la voluntad de la dictadura
Todos sabemos, y es evidente, que en lo esencial de una reflexión, cualquier
acción humana (sea técnica, política, legislativa, moral, etc.) tiene como
destino realizar algo en el mundo y que, si no consigue ese fin fracasa como tal
acción y en su fracaso afirma su imposibilidad. Muy claramente ocurre en el
caso de la promulgación de las leyes, ya que éstas no sólo responden a la
exigencia de racionalizar y legitimar sus contenidos, sino que mantienen una
relación interna de necesidad con los elementos legislativos, institucionales y
sociales previos a la ley; de manera que cuando no alcanza a realizarse como
ley, no sólo evidencia su fracaso sino que legitima y valida aquellas otras
leyes anteriores que sí fueron capaces de legislar en esa misma región. Este
es el caso de la Ley de Reparación del Exilio Forzoso que, mientras no se
promulgue ni cumpla con lo proyectado, en tanto no se repare lo que exige, no
solo evidencia su fracaso como ley, si no que, sobre todo, deja lugar y validez
a las leyes que durante la dictadura militar obligaron al exilio forzoso.
Reanimación de la Ley, el desencanto y una advertencia
Reconocemos, hasta con júbilo, que el actual gobierno argentino reanimó la Ley
de Reparación del Exilio Forzoso hacia finales del año pasado auspiciando la
reapertura de la misma; hemos aplaudido públicamente la ocasión (El País -
Cartas al Director). Pero estamos preocupados porque, si la postergación de
esta Ley se impone, habría entonces que reconocer que la dictadura
militar anudó doblemente el porvenir argentino: un nudo "de por vida"
para los exiliados y otro paralizante nudo para todos los gobiernos democráticos
argentinos del futuro.
Sería deseable que estas consideraciones, pudieran alertar al presidente
argentino de que, si no impulsa con urgencia la promulgación de la Ley de
Reparación del Exilio Forzoso, el nefasto plan de aquella dictadura permanecerá
ensombreciendo tanto a nuestras vidas como a su gobierno.
Justo Barboza
Madrid, febrero 2005