Junio de 1999
A La Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio del
Interior de la República Argentina
Como consecuencia de la feroz represión po1ítica desatada en la
Argentina durante los años 70, con sus secuelas de prisioneros, muertos y desaparecidos,
miles de ciudadanos argentinos nos vimos obligados a abandonar el país. En muchos de
estos casos debimos contar con la protección del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Refugiados (ACNUR), con la Comisión Española de Ayuda a los Refugiados (CEAR),
con la Cruz Roja Española y con otros organismos, además de la acogida solidaria del
Estado y del pueblo Español que nos brindó un lugar dónde vivir y poder resguardar
nuestra vida, la de nuestras familias y la libertad.
La circunstancia de persecución puso en riesgo la integridad personal
y familiar e implicó la expulsión de hecho ante la imposibilidad de ejercer libremente
el derecho de circular, permanecer y salir del país. Algunas de las consecuencias del
exilio forzoso, muchas de ellas aún vigentes, fueron el desarraigo, la pérdida de
identidad, la interrupción violenta de todas las actividades de la vida cotidiana -
laborales y estudiantiles entre otras -, la ruptura de los lazos familiares, los hijos
nacidos en España, muchas veces en condiciones de apátridas y todavía sin la
nacionalidad argentina, varias secuelas psicológicas, y los costos -no sólo económicos-
de la inserción social en un medio desconocido y de intentar rehacer una vida en
condiciones desfavorables.
Aún en esas circunstancias y como parte del pueblo argentino, los
exiliados desarrollaron una activa presión y sentaron precedentes para que la comunidad
internacional conociera la acción del Terrorismo de Estado en la Argentina y actuara en
consecuencia.
Hasta la fecha el Estado Argentino ha reconocido el derecho a la reparación a los
herederos de los ciudadanos que fueron muertos, también a los desaparecidos y a los
presos políticos. Consideramos que, en el marco de las disposiciones nacionales e
internacionales, el derecho a la Reparación Política, Moral y Económica por los daños
causados debe ser extendido a quienes padecimos el Exilio Forzoso.
El 27 de noviembre de 1998 fue presentado en la Cámara de Diputados un Proyecto de Ley
para la Reparación del Exilio. Este proyecto fue presentado por el Dr. Marcelo E. López
Arias y contó con las firmas de varios diputados del PJ, de la UCR y del FREPASO,
posteriormente fue aprobado por la Cámara y pasó al Senado y a la Comisión de
presupuestos para ser aprobada.
Por esto los abajo firmantes, solicitamos al Estado Argentino que asuma
el Exilio Forzoso como otra violación más de los Derechos Humanos, tal como está
contemplado en Tratados y Estatutos Internacionales, y disponga la aprobación inmediata
de dicho Proyecto de Ley.-