LA EXPO 92 CONTINUA

En primer lugar agradecer a todos los colectivos y personas que han aportado solidariamente fondos para llevar adelante el pago de abogad@s, procuradores, autobuses, etc.. También recordar que han sido muchísimas manifestaciones, conciertos, ruedas de prensa, asambleas, acciones en el estado y en varios países de Europa.

Para empezar, recordar que el día 19 de abril es la víspera de la inauguración de la EXPO, seguidamente tiene lugar un concierto y una manifestación-pasacalles de 400 personas. Al final hay 3 personas heridas de bala por la policía española, dos de ellas por la espalda mientras huían. La policía realiza por el barrio en las horas siguientes multitud de detenciones indiscriminada y brutalmente, hasta un total de 38.

Once de estas personas ingresan en la cárceles de Sevilla I y Sevilla II, entre ell@s hay cuatro extranjer@s. Sólo 11 de est@s detenid@s son puestos en libertad, ya que l@s extranjer@s serán detenid@s un total de 6 días en espera de su expulsión a la frontera francesa, aplicación ilegal de la ley de Extranjería.

Al día siguiente, 20 de abril, hay otro acto de protesta de 70 personas en la misma Expo, la policía vuelve a detener a 23 personas. Tod@s serán puestas en libertad menos l@s extranjer@s.

El 21 de abril en el camping de «Desenmascaremos el 92» la policía detiene a 23 personas mientras comían. Muchas de estas personas no habían estado en las manifestaciones de los días anteriores. Tod@s serán expulsad@s a la frontera francesa tras 4 días en comisaría.

Balance represivo: 3 herid@s de bala, 84 detenid@s, 42 expulsados en aplicación de la Ley de Extranjería, 11 en prisión durante casi tres semanas. Procesos Expo.

JUICIOS CONTRA L@S MANIFESTANTES

Se reducen únicamente a 7 de las personas detenidas el 19 de abril que ingresaron en prisión. Curiosamente l@s extranjer@s encarcelad@s no serán juzgados. Creemos que la razón es la mala imagen que el estado español dio y sigue dando en el extranjero tras su brutal actuación.

Seis de estas 7 personas son juzgadas el 8 de junio de 1995. La séptima persona no se presenta a juicio por ser insumiso en búsqueda y captura En los juicios dos personas son absueltas, pero hay cuatro condenas:

Iván (Bilbao): desórdenes públicos- 1 año de prisión / Atentado a agentes- 2 meses de arresto mayor y multa de cien mil pesetas, con 20 días de arresto sustitutorio en caso de impago.

Agustín (Sevilla): desórdenes públicos: 1 año de prisión / Atentado a agentes: 1 año de prisión

Asier (Azpeitia): desórdenes públicos: 1 año de prisión

Carlos (Barcelona): desórdenes publicos: 1 año de prisión

Alfonso (Sevilla): absuelto

Eduardo (Barna): absuelto

Ivan, Asier, Agustín y Carlos deben indemnizar al Ay-untamiento de Sevilla con 149.000 pts.

Tras conocer las condenas los abogados hacen un recurso a la Audiencia de Sevilla, consiguiendo absolver a Carlos. Ya no se harán más recursos. Las condenas son definitivas. Ahora el juez puede decretar o bien el ingreso en prisión o la libertad condicional del condenado de Sevilla. Hasta la fecha no hay noticias de su decisión

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE EL PROCESO A L@S MANIFESTANTES

1º.- La acusación de desórdenes públicos no se sostiene. No ha habido una sola denuncia de daños a vehículos, comercios o personas. Asimismo las indemnizaciones por daños fueron solicitadas por el ay-untamiento con muchísima posterioridad a los sucesos, igualmente las facturas de contenedores.

2º.- Las detenciones practicadas ese día por la policía fueron realizadas, según declararon en juicio los propios agentes, en base a la apariencia física.

3º.- Antes de ser ingresadas en prisión, las personas detenidas el 19 de abril fueron sometidas a ruedas de reconocimiento en comisaría:

a- estas ruedas se realizan sin meter a otras personas exteriores a estos sucesos.

b- se realizan las ruedas a pesar de que hay gente con las ropas manchadas abundantemente de sangre, entre ellos Iván y Agustín. Esta sangre, posteriormente analizada se demostró que era del herido de bala Ulises (Iruñea)

4º.- Según los magistrados de la Audiencia de Sevilla n°4, que han confirmado, salvo una absolución más, las condenas del juzgado nº 11, «se considera violent@s a l@s manifestantes y que tal fin, la violencia, no es compartido por la inmensa mayoria de la civilización occidental». Respuesta al Recurso de la defensa ante la Audiencia de Sevilla, enero 1996.

JUICIO A LOS POLICÍAS QUE DISPARARON CONTRA LA MANIFESTACIÓN EL 19 DE ABRIL

En primer lugar informar de que aunque este juicio actualmente está en fase de instrucción, ya es seguro que se realizará contra el Inspector Jefe Juan Soriano Vidal, el cual dirigió la operación. Informaremos de la fecha de este juicio cuando se sepa.

Han sido dos los policías que han declarado ante el juez haber disparado sus armas de fuego por orden del inspector que iba con ellos. Estos tres señores, entre ellos el inspector Soriano, han declarado disparar sólo al aire.

El primer análisis de las balas que impactaron en dos de las chicas heridas (la bala que hirió a Ulises «desapareció») fue realizado por la Guardia Civil. Ambas mujeres, según la G. C. fueron heridas por una misma arma. El resultado del análisis balístico ha sido negativo, es decir, que no son balas de las armas de los tres policías.

Posteriormente los abogados de las personas heridas solicitaron una nueva prueba de balística. Esta vez se presentan 6 casquillos de bala recogidos por testigos en el lugar de los hechos. Este análisis sí ha resultado positivo.
3 de mayo de 1994: el juez instructor absuelve al inspector Soriano y a los dos policías de cualquier acusación respecto a las lesiones producidas a Beatriz (Lezo) y María Belén (Sevilla). Los abogados recurren a la Audiencia y el caso vuelve a reabrirse.

4 abril 1995: cinco de l@s seis testigos reconocieron en rueda de reconocimiento, en el Juzgado de Guardia de Sevilla, al inspector jefe de policía, Juan Soriano Vidal, como el autor de los disparos que hirieron a tres personas en la manifestación del 19 de abril.

20 septiembre 1995: se celebra en la calle donde la policía hirió de bala a 3 persona el día 19 de abril, una reconstrucción de los hechos con la presencia del juez, 6 policías, 2 acusados de atentado, 6 testigos de la acusación contra la policía, l@s tres herid@s de bala. Con esta prueba, solicitada por los abogados en 1992, se pretende demostrar que fue la policía española la que disparando a matar, causa las heridas de bala que sufrieron estas tres personas.

12 febrero 1996: apertura de juicio oral contra el inspector de policía Juan Soriano Vidal por un presunto delito de imprudencia temeraria ya que: “este inspector fue identificado por 5 testigos en abril de 1995 en rueda de reconocimiento. como autor de los disparos que hirieron a tres personas. Se archiva la acusación contra los otros dos policías.

16 febrero 1996: los abogados de las personas heridas de bala han recurrido esta decisión a la Audiencia de Sevilla por considerar que el delito cometido por el inspector es más grave, pidiendo que sea juzgado por homicidio frustrado. Si este recurso no es tenido en cuenta el inspector Soriano podría ser condenado mínimamente, pudiendo quedar las personas heridas de bala sin recibir indemnización.

EXTRANJER@S

Como dijimos ni siquiera l@s extranjer@s encarcelad@s durante casi tres semanas han sido llamad@s a juicio. Definitivamente prefieren olvidarse de ell@s para evitar problemas diplomáticos etc. Sin embargo al ser expulsadas muchas de estas personas pusieron recursos, los cuales pasaron a ser tramitados en la Audiencia Nacional, al declararse incompetentes los tribunales andaluces. Actualmente hay dos abogados sevillanos que han conseguido la anulación de dichas expulsiones, que fueron obra de Alfonso Garrido, Delegado del Gobierno en Andalucía. Son por el momento 17 expulsiones anuladas y declaradas inconstitucionales por la Audiencia Nacional.

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