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Estudio

La contaminación atmosférica de Valladolid en relación a la normativa europea de calidad del aire

Martes 25 de enero de 2000

1. Introducción.

El aire limpio es esencial para la salud. Pero la expansión del tráfico rodado en las dos últimas décadas ha llevado a un considerable aumento en la contaminación atmosférica, sobre todo en las ciudades. Es ésta una contaminación a baja altura, que afecta directamente al aire que respiramos. Los últimos estudios de la Organización Mundial de la Salud y de la Agencia Europea de Medio Ambiente indican que puede estar afectando a la salud de varios millones de europeos. Contaminantes como el dióxido de azufre, las partículas en suspensión, el dióxido de nitrógeno y el ozono se relacionan con diversas enfermedades respiratorias y cardiovasculares. El benceno emitido por los automóviles puede llegar a causar leucemia.

Es por ello que la Unión Europea, consciente de que las regulaciones establecidas en la primera mitad de los años 80 han sido ampliamente superadas por las últimas investigaciones epidemiológicas, ha impulsado una amplia renovación de toda la normativa comunitaria referida a la calidad del aire ambiente, iniciada con la Directiva Marco 1996/62/CE, de 27 de septiembre, relativa a la evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente y continuada con la primera de las Directivas Hijas previstas, la Directiva 1999/30/CE, de 22 de abril, relativa a los valores límite de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas y plomo en el aire ambiente. En avanzada fase de elaboración se encuentran las Directivas Hijas sobre benceno y monóxido de carbono —aprobada por el Consejo de Ministros de Medio Ambiente el pasado mes de diciembre, con el único voto contrario de España— y sobre ozono, que revisará a la baja los umbrales establecidos por la Directiva 1992/72/CEE, de 21 de septiembre, relativa a la contaminación atmosférica por ozono.

Con la entrada en vigor de la primera de las Directivas Hijas, como muy tarde el 19 de julio del 2001, se reducen sustancialmente los valores límite actualmente vigentes para los contaminantes hoy regulados, con el fin de evitar, reducir o prevenir los efectos nocivos para la salud humana y el medio ambiente. Estos valores límite, considerados como requisitos mínimos, deben alcanzarse en toda la Unión Europea antes del año 2010, permitiéndose un margen de exceso tolerado sobre los mismos para el año 2001 y sucesivos, que progresivamente irá reduciéndose.

Asimismo, en la misma fecha será de aplicación la obligatoriedad, establecida por la Directiva Marco, de elaborar «planes de acción que indiquen las medidas que deban adoptarse a corto plazo en caso de riesgo de rebasamiento de los valores límite o de los umbrales de alerta, a fin de reducir el riesgo de rebasamiento y limitar su duración. Dichos planes podrán prever, según los casos, medidas de control y, cuando sea preciso, de supresión de las actividades, incluido el tráfico automovilístico, que contribuyan al rebasamiento de los valores límite» (art. 7.3), dado que «los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para garantizar el respeto de los valores límite» (art. 7.1). El contenido mínimo de estos planes se concreta en el Anexo IV de la Directiva Marco, debiendo identificar las fuentes responsables, y establecer medidas, previsiones de objetivos y plazos.

El estudio realizado por Ecologistas en Acción sobre los valores límites aprobados o propuestos por estas Directivas para los contaminantes citados, en relación a las concentraciones actuales en Valladolid, concluye que los niveles de contaminación en nuestra ciudad por dióxido de nitrógeno (NO2), partículas (PM10) y benceno superan ampliamente los valores límite establecidos o propuestos por la Unión Europea. A tenor de lo expuesto, esta conclusión debiera promover la urgente adopción de medidas de reducción de emisiones por parte del Ayuntamiento de Valladolid, como autoridad competente, en el marco de un plan de acción o de mejora de la calidad del aire como el previsto en la normativa comunitaria, dado el evidente riesgo de rebasamiento de los valores límite a partir del próximo año, primero de entrada en vigor de los nuevos umbrales.

2. La calidad del aire en Valladolid.

La anterior conclusión se ha obtenido a partir de la información publicada por el Ayuntamiento de Valladolid en sus informes anuales y en la página web sobre calidad del aire, y por la Junta de Castilla y León en las memorias anuales de la Consejería de Medio Ambiente. Está referida a las 7 estaciones de control de la contaminación del aire existentes en la ciudad, y cubre el periodo comprendido entre los años 1996 y 1999.

Los niveles de contaminación en estos años han sido comparados con los valores límite anuales establecidos para el dióxido de nitrógeno y las partículas (PM10) por la Directiva 1999/30/CE. Aunque los resultados de este cotejo son provisionales e incompletos, dada la ausencia de determinados datos y el cambio de parámetros de medición introducido por la nueva normativa comunitaria, se consideran suficientemente relevantes como para motivar un informe más amplio y completo realizado por los servicios técnicos municipales, y abordar la discusión de la situación actual y futura en el ámbito del Consejo Municipal de Medio Ambiente.

2.1. Valores límite anuales.

El dato más contrastado es el del dióxido de nitrógeno, contaminante emitido fundamentalmente por los automóviles que ha superado en los últimos 4 años el valor límite anual en todas las estaciones salvo la del Cementerio, como se aprecia en la tabla adjunta. Los niveles de este contaminante son tan elevados en Valladolid que incluso se superaron los límites todavía vigentes durante los años 1996 y 1997, sin que se tomaran las medidas legalmente previstas para preservar la salud pública. A pesar del mejor comportamiento de este contaminante durante los años 1998 y 1999 —probablemente por circunstancias meteorológicas, tal y como sucedió en 1992, 1993 ó 1995—, sus niveles anuales continúan por encima de lo previsto por la Unión Europea, incluso del nivel tolerado para el 2001 en las estaciones de Arco de Ladrillo y Labradores. El dióxido de nitrógeno está relacionado con enfermedades cardiovasculares, y con enfermedades respiratorias crónicas, como el asma y la bronquitis, siendo los niños, ancianos y enfermos respiratorios crónicos los grupos de población más afectados.

Algo similar parece suceder con las partículas (PM10), contaminante cuyos medidores han sido recientemente cambiados y homologados con la normativa europea. Con los datos del último trimestre del año 1999 —entre el 22 de octubre y el 21 de enero, los anuales no están disponibles— se prevé que en todas las estaciones se superará ampliamente el valor límite anual europeo, e incluso el nivel tolerado para el 2001. Según el estudio APHEA de la Unión Europea, las partículas en suspensión son responsables de un aumento de la mortalidad entre el 5% y el 9% en las ciudades estudiadas, por enfermedades cardiovasculares y respiratorias. Asimismo, las partículas están relacionadas con el desarrollo de diversos tipos de cáncer, en relación a su composición química.

Respecto al benceno, contaminante emitido fundamentalmente por los automóviles al formar parte de la gasolina, los datos disponibles —tan sólo cuentan con medidores las estaciones de Arco de Ladrillo, la Rubia y Labradores, desde hace poco más de un año— indican que se está triplicando el valor límite anual propuesto por el Parlamento y la Comisión Europea, al menos en las estaciones de Arco de Ladrillo y Labradores. Este dato es especialmente grave, dado que el benceno está clasificado como cancerígeno por la Organización Mundial de la Salud, al provocar leucemia, incluso en dosis muy bajas.

No se dispone de información sobre el valor límite anual propuesto por la Comisión Europea para el ozono, por lo que este contaminante no ha sido analizado.

2.2. Valores límite horarios y diarios.

La Directiva 1999/30/CE establece un valor límite horario para el dióxido de nitrógeno y un valor límite diario para las partículas (PM10), valores ambos que al igual que los anuales deben alcanzarse antes del año 2010, permitiéndose un margen de exceso tolerado para el año 2001 y sucesivos. Por su lado, la Directiva 1992/72/CEE establece un umbral octohorario de protección de la salud, y umbrales horarios de información y alerta, cuya revisión a la baja está como se ha comentado en curso.

Con la información disponible, se puede afirmar que, de no tomar medidas urgentes, aparte de los límites anuales también se superarán en nuestra ciudad los límites horarios y diarios fijados para el dióxido de nitrógeno, las partículas en suspensión y el ozono.

A título de ejemplo, el valor límite horario para el dióxido de nitrógeno (200 m g/m3) fue superado en 1997 —único año de cuya información disponemos— en 314 ocasiones en La Rubia, 214 en Arco de Ladrillo, 165 en Santa Teresa, 154 en Labradores, 130 en Vicente Mortes y 110 en Real de Burgos, cuando sólo se permiten 18 superaciones anuales. Este detalle muestra la necesidad de conocer la situación en el resto de los años considerados, tanto respecto al valor límite horario como al tolerado para el año 2001 (300 m g/m3).

Con los datos del último trimestre del año 1999 —entre el 22 de octubre y el 21 de enero, los anuales no están disponibles— se prevé que en todas las estaciones se superará ampliamente el valor límite horario europeo, e incluso el nivel tolerado para el 2001 al menos en Arco de Ladrillo, La Rubia, Labradores y Vicente Mortes, si bien es necesaria una confirmación de esta situación con datos de todo el año 1999 y anteriores.

Finalmente, respecto al umbral de protección de la salud para el ozono, éste fue superado durante 1999 en 12 ocasiones, sólo en el mes de julio, en las estaciones del Cementerio, Santa Teresa y Real de Burgos. La propuesta de Directiva baraja un límite de 20 superaciones anuales en un promedio de 3 años para el año 2010, por lo que convendría completar también esta información. Según el estudio APHEA, el ozono es responsable de un aumento de la mortalidad entre el 2% y el 12% en las ciudades europeas estudiadas, por enfermedades respiratorias

3. Efectos sobre la salud.

Como se puede apreciar en el Informe Anual sobre Calidad del Aire editado por el Ayuntamiento de Valladolid para 1998, las fuentes e investigaciones epidemiológicas que relacionan contaminación y daños para la salud son abundantes y concluyentes para la mayoría de ciudades estudiadas. Los últimos estudios de la Unión Europea y de la Organización Mundial de la Salud inciden en la relación entre contaminación, morbilidad y aumento de la mortalidad. Una extrapolación grosera de los resultados de estos estudios realizada por Ecologistas en Acción aventura la cifra de 12.000 muertes al año en nuestro país como efecto de la contaminación.

En el caso concreto de Valladolid, ante la ausencia de estudios e incluso datos sobre consultas e ingresos por afecciones relacionadas con la contaminación. La única información disponible es la proporcionada por los Diagnósticos de Salud de la ciudad de Valladolid, elaborados en los años 1985, 1988 y 1994 en base a encuestas realizadas en los centros de salud de la ciudad. Llama la atención el incremento en este periodo de las afecciones respiratorias —vinculadas con la presencia en el aire de contaminantes como el dióxido de nitrógeno, las partículas y el ozono— respecto al conjunto de las consultas realizadas, especialmente entre el grupo de población infantil, donde representan la mitad del total en 1994.

Estos indicios motivaron la solicitud realizada en 1998 al Ayuntamiento de Valladolid para que se realizara un estudio epidemiológico sobre la incidencia de la contaminación en la salud de los ciudadanos. A pesar del año y medio transcurrido desde la aprobación de esta propuesta, aún no conocemos ningún resultado del mismo.

4. Conclusiones.

De todo lo expuesto se extraen, en nuestra opinión diversas consecuencias que deben motivar una rápida y decidida actuación municipal, en base a los siguientes extremos:

a) Realizar en el más breve plazo posible un informe completo que compare todos los valores límites —anuales, diarios, octohorarios y horarios, en el 2001, 2005 y 2010— para todos los contaminantes aprobados o propuestos por la Unión Europea —dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, partículas (PM10), plomo, monóxido de carbono, benceno y ozono— con los niveles detectados en las 7 estaciones de medición de Valladolid al menos entre los años 1996 y 1999, para contar con una secuencia representativa del comportamiento de la contaminación en nuestra ciudad bajo circunstancias meteorológicas diferentes.

b) Convocar una sesión monográfica del Consejo Municipal de Medio Ambiente en la que se analicen los resultados de ese informe, así como las iniciativas más adecuadas a la vista de la situación que se determine.

c) En su caso, elaborar y aprobar a lo largo del 2000 un auténtico Plan de Saneamiento Atmosférico y aplicar medidas de reducción del tráfico motorizado en nuestra ciudad, dado que ésta es la principal fuente de contaminación en Valladolid, para poder dar cumplimiento a la normativa comunitaria desde el próximo año.

d) Finalizar el estudio epidemiológico comprometido, divulgando sus conclusiones, como punto de partida para un programa continuo de vigilancia epidemiológica, cuyos resultados se incorporen a los Informes Anuales que realiza el Servicio Municipal de Medio Ambiente.