Ecologistas en Acción Valladolid presentó el 7 de noviembre de 2024 ante el CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO escrito de alegaciones en el trámite de audiencia a interesados relativo a la concesión de autorización ambiental para Youta Power, S.L. para producción de hidrógeno verde en el término municipal de Arroyo de la Encomienda (Valladolid), notificado con fecha 28 de octubre de 2024,
SOLICITANDO:
- Que, teniendo por presentado este escrito y por formuladas en tiempo y forma las sugerencias que en él se contienen, se sirva incorporarlas a la autorización ambiental de la planta para producción de hidrógeno verde en el municipio de Arroyo de la Encomienda, promovida por Youta Power, S.L.
Y ello con base en las siguientes
CONSIDERACIONES:
La actividad proyectada está sujeta a autorización ambiental y a evaluación de impacto ambiental ordinaria, ya que se encuentra recogida en el epígrafe 4.2.a) del Anexo I del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, “Instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos inorgánicos como Gases y, en particular, [...] el hidrógeno”, y en el Grupo 5 epígrafe a) 2º i) del Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, “Instalaciones para la producción a escala industrial de sustancias mediante transformación química o biológica, de productos químicos inorgánicos como Gases y, en particular, [...] el hidrógeno”.
La finalidad de la instalación es producir hidrógeno por hidrólisis para su inyección en la red de gas natural, para su utilización como vector energético en el transporte por carretera mediante surtidores en la propia planta de producción, o para el despacho a consumidores industriales mediante camiones. La viabilidad energética y ambiental de estas pretensiones debe condicionarse como prescripción de la autorización ambiental al empleo de electricidad de origen exclusivamente renovable, cuyo origen en absoluto se garantiza en el informe del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático al preverse la alimentación eléctrica desde la red general de suministro. Debe por lo tanto garantizarse dicho abastecimiento preferentemente desde una de las abundantes plantas fotovoltaicas o eólicas que se están instalando en el entorno de la ciudad de Valladolid, o alternativamente mediante certificación de la electricidad consumida que la garantice como renovable, en ambos escenarios en el marco del sistema de garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables establecido por el artículo 19 del Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, al parecer la opción elegida por el promotor.
Por otro lado, el consumo de un volumen anual de 25.000 metros cúbicos de agua de proceso desde la red municipal de abastecimiento conlleva una presión sobre la misma que puede ser fácilmente evitada mediante una fuente alternativa de agua no potable como un sondeo, dada la distancia de casi 1.000 metros entre el río Pisuerga y la parcela donde se proyecta la instalación de la planta. Siendo más adecuada la recirculación de las 8.000 toneladas al año agua de rechazo residual que su vertido a la red de alcantarillado, prescripción que debe incluirse en la autorización ambiental al no asegurarse.