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Alegaciones solicitando que se deniegue el proyecto de macrogranja en porcina en Corcos presentadas por Ecologistas en Acción Valladolid

Pedimos que se deniegue el proyecto por su impacto medioambiental negativo e incompatibilidad con la normativa sectorial y ambiental al ser Zona Vulnerable por Nitratos, por impacto a Red Natura con un alto valor ecológico y afectación a una población de 400.000 habitantes, así como pedimos que se aplique una moratoria de este modelo de producción de ganadería industrial, aplicando otras medidas alternativas de desarrollo rural en la zona del Proyecto

Lunes 18 de abril de 2022

Ecologistas en Acción Valladolid, en relación a la solicitud de autorización ambiental y evaluación de impacto ambiental del proyecto de granja porcina para producción de lechones hasta 20 kg, en el término municipal de Corcos (Valladolid). Expte.: 060-21-AAVA, de una Granja porcina para producción de lechones hasta 20 Kg, con 2.660 madres reproductoras, 450 cerdas de reposición y 10 verracos, siendo el promotor PROGATECSA, en la Parcela 5008 del polígono 8, del término municipal de Corcos (Valladolid), presentó el 18 de abril de 2022 ALEGACIONES ante el Jefe/Jefa del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y LEÓN,

SOLICITANDO:

  • Primero. Que se deniegue el proyecto por el impacto medioambiental negativo y su incompatibilidad con la normativa sectorial y ambiental, teniendo en cuenta que el término municipal de Corcos se encuentra en una Zona Vulnerable por Nitratos, del impacto del proyecto a Red Natura con un alto valor ecológico y su afectación a una población de 400.000 habitantes.
  • Segundo. Aplicar una Moratoria de este modelo de producción de ganadería industrial, aplicando otras medidas alternativas de desarrollo rural en la zona del Proyecto, el cual, está basado en la sobreexplotación de los recursos hídricos y su contaminación y que deteriora gravemente los espacios naturales, además de afectar de una manera evidente a la calidad de vida de la población cercana comprometiendo el futuro.

Y ello con base en las siguintes CONSIDERACIONES:

Primera.

El 2 de diciembre de 2021 la Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la deficiente aplicación de la Directiva sobre nitratos. El Pacto Verde Europeo establece como ambición una UE con contaminación cero, lo que beneficia a la salud pública, el medio ambiente y la neutralidad climática [1] . En virtud de la Directiva sobre nitratos (Directiva 91/676/CEE del Consejo), los Estados miembros deben vigilar sus aguas e identificar las afectadas o susceptibles de serlo por la contaminación causada por los nitratos de origen agrícola. También se les exige que designen las áreas de tierra que drenan en estas aguas como Zonas Vulnerables a los Nitratos y que establezcan programas de acción adecuados para prevenir y reducir la contaminación por nitratos. Además, en el caso de Castilla y León, debe revisar y seguir designando zonas vulnerables a los nitratos, incluir todos los elementos obligatorios necesarios en los programas de acción y adoptar medidas adicionales en las que las medidas establecidas han resultado insuficientes para alcanzar los objetivos de la Directiva sobre nitratos.

La contaminación de las aguas por nitratos afecta a numerosas masas de agua en la
Demarcación Hidrográfica del Duero, ya que 359 masas superficiales (51% del total) y 39 masas subterráneas (60% del total) presentan una presión significativa por fuentes difusas agropecuarias, lo cual dificulta la consecución de los objetivos en particular del Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, y en general del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Esta contaminación procede sobre todo de lixiviados de zonas agrícolas y de la mala gestión de purines y estiércoles en explotaciones ganaderas. La Confederación Hidrográfica del Duero reconoce que es un problema extendido por la mayor parte de la cuenca, especialmente en toda la zona centro y sur, en donde se asientan los regadíos más eficientes. Esto ha dado origen a sobreexplotación y mal estado químico de los acuíferos y las aguas superficiales.

Segunda.

Para 2020 se ha calculado que España emitió 483.360 toneladas de amoníaco, esto supone un 0,7% más que las emitidas en 2005. El 42,8% de las emisiones de amoníaco en 2020 son debidas a la gestión del estiércol y el 53,6% a los suelos agrícolas. El 8,16% de las emisiones de amoníaco emitidas en España en 2020 proviene de las macrogranjas de porcino, según el análisis realizado por DATADISTA [2] de los datos del Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes (PRTR) y del Inventario Nacional de Contaminantes Atmosféricos. Son 39.477 toneladas de amoníaco emitidas por estas explotaciones industriales, lo que supone un aumento del 3,4% respecto al año anterior.

En el caso del amoníaco, España incumplió todos los años el límite legal marcado en 353.000 toneladas entre 2010 y 2019. La nueva directiva ha marcado que en el periodo 2020-2029 las emisiones tienen que ser un 3% inferiores a las de 2005 y un 16% inferiores para el año 2030. Pero España sigue sin cumplirlo. Para 2020 se ha calculado que España emitió 483.360 toneladas de amoníaco, esto supone un 0,7% más que las emitidas en 2005. El 42,8% de las emisiones de amoníaco en 2020 son debidas a la gestión del estiércol y el 53,6% a los suelos agrícolas.

La Comisión Europea ha presentado el 5 de abril [3], propuestas para actualizar y modernizar la Directiva sobre las emisiones industriales [4], un acto legislativo clave para contribuir a la prevención y el control de la contaminación. Estas normas actualizadas ayudarán a orientar las inversiones industriales necesarias para la transformación de Europa con vistas al logro de una economía que no contamine en absoluto, competitiva y climáticamente neutra de aquí a 2050. Su objetivo es estimular la innovación, recompensar a las personas pioneras en este ámbito y contribuir a la igualdad de condiciones en el mercado de la UE. La revisión contribuirá a aportar certidumbre respecto de la inversión a largo plazo, y está previsto que las primeras nuevas obligaciones impuestas al sector industrial entren en vigor en la segunda mitad de la presente década.

La revisión aplica el enfoque global de la actual Directiva sobre las emisiones industriales, que actualmente abarca unas 50 000 grandes instalaciones industriales y explotaciones ganaderas intensivas en Europa. Es preciso que esas instalaciones cumplan las condiciones en materia de emisiones aplicando las «mejores técnicas disponibles» específicas de cada actividad. Dichas técnicas las determinan conjuntamente la industria, los expertos nacionales y de la Comisión y la sociedad civil. Las nuevas normas abarcarán fuentes de emisiones más pertinentes, incrementarán la eficacia de los permisos, reducirán los costes administrativos, aumentarán la transparencia y prestarán apoyo adicional a las tecnologías de vanguardia y otros enfoques innovadores.

Frans Timmermans, vicepresidente ejecutivo responsable del Pacto Verde Europeo, ha declarado lo siguiente:

«De aquí a 2050, la actividad económica en la Unión Europea debería dejar de contaminar el aire, el agua y el medio ambiente en sentido amplio. Las propuestas de hoy permitirán lograr una importante reducción de las emisiones nocivas procedentes de las instalaciones industriales y de las explotaciones ganaderas europeas de mayores dimensiones. La modernización del marco europeo de emisiones industriales aporta ahora certidumbre en cuanto a las futuras normas para orientar las inversiones a largo plazo, aumentar la independencia de Europa en materia energética y de recursos y fomentar la innovación».

Las mayores explotaciones ganaderas de ganado vacuno, porcino y aves de corral irán entrando progresivamente en el ámbito de aplicación de las nuevas normas: es decir, alrededor del 13 % de las explotaciones agrícolas comerciales europeas, responsables, en su conjunto, del 60 % de las emisiones de amoniaco y del 43 % de las emisiones de metano en la UE procedentes del ganado. Los beneficios para la salud de esta ampliación del ámbito de aplicación se estiman en más de 5 500 millones Euros anuales.

Tercero.

El término municipal de Corcos del Valle se encuentra en la Zona Vulnerable de Páramo de Torozos (ZV-PT). Si nos atenemos a los datos obtenidos de la Confederación Hidrográfica del Duero [5], en el Punto de Control de Calidad del Estado Químico de las Aguas CA0232006, situado en el término municipal de Corcos, nos da unos valores, claramente, por encima de los 50 mg/. Parece obvio que las políticas de la Junta de Castilla y León, no han servido para atajar el problema de los Nitratos por la actividad agraria y ganadera.

Ilustración 1: Evolución de los Nitratos en el término municipal de Corcos

El incremento que supondría dicha granja, no va a mitigar el problema de la contaminación por nitratos, sino todo lo contrario. De manera que el implemento de los purines y debido a la cercanía al río Pisuerga, tendrá como efecto que los lixiviados terminarán en la cuenca del Pisuerga.

Cabría argumentar que para esos valores, que en algunos casos triplica los 50 mg/l, que se debería tener en cuenta a la hora de gestionar los purines y no debería ser un valor estándar, más bien, se debería reducir a un tercio lo permitido por hectárea.

El manejo de los nitratos ha sido claramente ineficaz y en los últimos años doblando los valores de 50 mg/l, desde la aprobación del Decreto 40/2009 y la Orden MAM/2348/2009, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el programa de actuación de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, de donde se deduce que dicho programa de actuación ha sido ineficaz para prevenir la contaminación, por lo que debió ser modificado y en todo caso revisado al menos en 2013 y 2017, de acuerdo al artículo 6.4 del Real Decreto 261/1996.

Se debe de considerar que la gestión de los purines de la provincia de Valladolid contribuye de manera importante a las emisiones a la atmósfera de amoniaco y metano, sendos contaminantes que en la actualidad y desde hace años incumplen respectivamente el techo nacional de emisión establecido por la normativa europea y (junto al resto de gases con efecto invernadero) los compromisos internacionales de España en materia de cambio climático. El metano es además un precursor de la formación de ozono, contaminante que en la provincia de Valladolid ha incumplido en varios años desde 2010 el valor objetivo para la protección de la salud.

Cuarta.

Sobre el Plan de Gestión y Eliminación de deyecciones ganaderas El Plan de Gestión y Eliminación de deyecciones ganaderas no sólo no contempla la adopción de las Mejores Técnicas Disponibles para el tratamiento del estiércol, sino que se ha optado por el sistema más sucio, contaminante y perjudicial, tanto para el Medio Ambiente como para la población. La macrogranja proyectada prevé la generación de 18.257 m³ de purines al año. Se supone una recogida de lluvias de 303 mm./año, lo cual es bastante inferior a la media de los últimos años que está sobre los 400 mm. Con esta media se calcula que salen 638 m3, lo cual supone un incremento de 154 m3 solo de aguas de lluvias. Con lo cual el total es 18.411 m3. Respecto a una capacidad de almacenamiento, en balsa al aire libre, de 6.956 m3 con las molestias que acarrea por la producción de olores pestilentes y la proliferación de insectos.

Además, en la balsa, no se han adoptado técnicas que reduzcan las emisiones de amoniaco, en al menos un 80% con respecto a la referencia de la balsa sin ningún tipo de cubierta, como establece el Art. 9.1 del citado RD 306/2020, de 11 de febrero. A pesar de que existen técnicas disponibles para minimizar las emisiones producidas por el estiércol generado, como la separación mecánica de los purines, la digestión anaeróbica de estiércol en una instalación de biogás, la utilización de un túnel de secado exterior del estiércol, o la digestión aeróbica, por aireación, de purines, entre otras, el promotor ha elegido la técnica más contaminante y más molesta para la población, como es la eliminación mediante su aplicación.

Quinta.

La macrogranja planeada se encuentra próxima a zona LIC con cód. ES4140082 Riberas del Río Pisuerga y afluentes y zona ZEPA con cód. ES0000220 Riberas del Pisuerga, ambas a una distancia de 275 m. Los impactos negativos que va a tener a la flora y a la fauna van a ser de consideración. También hay que tener en cuenta que es un lugar con gran valor paisajístico, utilizado por gran número de personas como lugar recreativo y que generaría desafección. Este perjuicio sería significativo y va en contra del bien común y del derecho de las personas a un medio ambiente sano como un derecho fundamental. Hay que recordar que el impacto que tendría este proyecto afecta a cerca de 400.000 habitantes y confluye con la Planta de Tratamientos de Residuos Industriales que se encuentra en San Martín de Valvení. Al margen de la protección urbanística de los terrenos, Ecologistas en Acción recuerda que el nivel de las aguas subterráneas se ha localizado a 6 metros por debajo del vaso del vertedero, que se habría ubicado sobre terrenos que en varios de sus tramos tienen permeabilidades más de 1.000 veces superiores a la máxima establecida legalmente, por la presencia de calizas y yesos afectados por procesos de disolución cárstica. Todo ello en las proximidades del río Pisuerga. El vertedero de residuos industriales tiene una capacidad de 2,5 millones de toneladas de residuos, en una vaguada del páramo de Bárcena situada a 800 metros del río Pisuerga, aguas arriba de las localidades de Cabezón, Santovenia de Pisuerga y Valladolid, en un tramo declarado como Zona Especial de Conservación dentro de la Red Natura 2000 de la Unión Europea.

El Plan Regional del Valle del Duero cataloga las cuestas donde se emplaza el vertedero como Corredor de Enlace dentro de la Red de Corredores Ecológicos del Territorio Duero.

Ilustración 2: Planta de Tratamiento de Residuos Industriales en San Martín de Valvení

La ZEPA ES0000220 Ribera del Pisuerga en lo que se refiere a la fauna, el principal valor en la zona es la presencia de la colonia de Martinete común (Nycticorax nycticorax), que con una media en torno a 200 parejas en los últimos años, tiene interés a nivel de Castilla y León (58% de la población total), nacional (8% de la población española) e internacional. Gran densidad y diversidad de paseriformes en los bosques ribereños de este tramo. Es de destacar la presencia de nutria europea (Lutra lutra).

Ilustración 3: ZEPA ES0000220 Ribera del Pisuerga

La vulnerabilidad en esta ZEPA procede de la creciente presión urbanística en la zona, la intensificación agrícola y la ampliación de superficies ocupadas por cultivos de chopo, y la actividad de una industria papelera que realiza vertidos al río. Destacar importantes zonas ocupadas por olmo (Ulmus minor) han sufrido los efectos del ataque de la grafiosis, degradando significativamente el arbolado.

En el caso del LIC ES4140082 Riberas del Río Pisuerga y afluentes, en el que destacan tramos fluviales con la presencia de peces continentales. Destacan los hábitats fluviales, en especial los bosques galería de sauces y álamos. La vulnerabilidad de esta zona procede la intensificación de los usos agrícolas (ampliación de cultivos en detrimento de vegetación natural), la plantación de choperas de producción y la reducción de la calidad de las aguas por vertidos de aguas

No se puede omitir, que la Constitución Española, establece en su art. 45 que “Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo”. Así mismo, el art. 16 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León reconoce “La garantía efectiva del derecho de todos los castellanos y leoneses a vivir en un medio ambiente ecológicamente equilibrado y saludable, impulsando la compatibilidad entre la actividad económica y la calidad ambiental con el fin de contribuir a un desarrollo sostenible”. El Decreto 5/2020, de 25 de junio, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias, asegura que “La protección del medio ambiente es un elemento esencial para la consecución de una calidad ambiental adecuada y compatible con el desarrollo sostenible. Una mala calidad ambiental redunda en unas deficientes condiciones vitales para los ciudadanos con riesgos para su salud y, al mismo tiempo, puede dar lugar a un deterioro del medio natural”.

Sexta.

La parcela donde se pretende implantar la macrogranja se sitúa en Zona Inundable [6] , lo cual podría tener un pacto negativo en la gestión de los residuos, ya que algunos recintos de dicha parcela se encuentran dentro de la gestión de los purines.

Ilustración 4: Zona Inundable en la parcela

Séptima.

Desde Ecologistas en Acción se hace eco de los informes que el Procurador de Castilla y León ha llevado a cabo ante las quejas vecinales de instalaciones porcinas de gran tamaño.

Asunto: Impacto de la contaminación generada por purines procedentes de explotaciones porcinas de gran tamaño en Castilla y León / Resolución El Procurador. Expediente: Actuación de Oficio 20186547 a fecha de 10 de Octubre de 2019.

En dicho informe realizado por el Procurador Común de Castilla y León, haciendo eco, en cuanto a Actuación de Oficio se encontraba en el hecho de que, como consecuencia de la presentación de varias quejas sobre los proyectos de instalación de explotaciones industriales de ganado porcino de gran tamaño en varias localidades de las provincias de Zamora y Soria, esta Procuraduría había tenido conocimiento de la existencia de numerosas alegaciones y reclamaciones presentadas por ciudadanos y asociaciones, ante el impacto medioambiental que podría suponer la proliferación de estas actividades.

Desde Ecologistas en Acción, ante dicha resolución, el informe hace un claro llamamiento a una moratoria, con el fin de minimizar el impacto ambiental de las explotaciones porcinas sujetas a autorización ambiental integrada, se adopten por las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente, y de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, las siguientes medidas en el ámbito de sus competencias, manifestándose de la manera siguiente:

Que se valore igualmente por el órgano autonómico competente aplicar una moratoria para la instalación de nuevas granjas de porcino o el incremento de la capacidad de las ya existentes, en aquellas zonas que se declaren vulnerables, en las que los informes preparatorios establezcan que la fuente principal del nitrógeno aportado a las tierras tengan su origen en la actividad ganadera, salvo que se adopten medidas por los titulares de dichas explotaciones para minimizar el impacto ambiental, como las recogidas en el artículo 54.1 del Decreto 153/2019, de 3 de julio, de la Generalitat de Cataluña, de gestión de la fertilización del suelo y de las deyecciones ganaderas y de aprobación del programa de actuación en las zonas vulnerables en relación con la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias.

Octava.

Ecologistas en Acción considera que es preciso adoptar con carácter general y con aplicación a este proyecto concreto, diversas medidas, entre ellas congelar las autorizaciones de nuevas granjas porcinas, o la ampliación de las existentes. Hay tres razones de peso para aplicar esta medida:

1. Las nuevas medidas en preparación por parte de la Junta de Castilla y León como medio para impulsar la generalización de las denominadas “buenas prácticas” en el uso de los purines no tendrán efecto sobre el problema real que se pretende combatir si, al mismo tiempo, se siguen autorizando más cabezas de ganado (que conllevan nuevas presiones sobre los suelos y las aguas). Inevitablemente, las nuevas autorizaciones anularán (total o parcialmente) o incluso sobrepasarán, el posible efecto beneficioso de la hipotética extensión de las buenas prácticas, porque todos los cerdos producen excrementos.

2. Recordamos, que es el efecto agregado del incremento de las explotaciones porcinas existentes en la provincia lo que ha dado lugar al grave deterioro de las aguas en la provincia. Dado que el problema de la contaminación de los recursos hídricos vallisoletanos por nitratos es un problema originado por la suma de muchas contribuciones, no tiene sentido valorar de manera aislada la contribución de una nueva explotación o el incremento del número de cabezas de ganado. Es necesario tener presente el problema en su globalidad y de este análisis global se desprende con claridad que el número de cabezas y explotaciones que soporta la provincia de Valladolid es ya, a día de hoy, claramente excesivo. Desde esta perspectiva global, autorizar nuevas explotaciones o la ampliación de las existentes constituiría una grave irresponsabilidad.

3. El Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas establece una estrategia de desarrollo que integre, entre otros aspectos, los retos sociales y medioambientales que la sociedad demanda. Según esta nueva normativa, publicada en febrero de 2020, en el ámbito medioambiental, la producción porcina intensiva puede tener un impacto, especialmente en la producción de nitratos y en la emisión de amoniaco, metano, óxido nitroso y otros gases de efecto invernadero. Por este motivo las medidas propuestas en este RD proponen los compromisos de reducción amoniaco y otras partículas contaminantes y compuestos orgánicos volátiles en virtud de la Directiva (CE) 2016/2284, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativo a la reducción de las emisiones normales de determinados contaminantes atmosféricos por lo que se modifica la Directiva 2003/35/CE y se deroga la Directiva 2001/81/CE, y de acuerdo con el RD 818/2018 de 6 de julio, sobre medidas para la reducción de emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, que trasponen dicha Directiva, y el programa nacional de Control de Contaminación Atmosférico, aprobado por el Consejo de Ministros el 27 de septiembre de 2019.

Además, esta normativa estatal constituye al cumplimiento de los objetivos climáticos de España recogidos en el Reglamento (UE) 2018/842 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018, sobre reducciones vinculantes a los gases de efecto invernadero por parte de los estados miembros entre 2021 y 2030, que contribuyan a la acción por el clima, con el objetivo de cumplir los compromisos contraídos en el marco del acuerdo de París, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 525/2013. Estos objetivos a su vez están alineados con las Conclusiones del Consejo Europeo (23 y 24 de octubre de 2014) sobre el marco de actuación respecta a la energía y el clima hasta el año 2030.

Por lo tanto, esta norma desarrollada a nivel estatal contribuirá a cumplir con los retos medioambientales de la producción porcina acorde con las expectativas de la sociedad actual.

Novena.

En resumen, la explotación intensiva porcina que se solicita se ubica en un meandro del río Pisuerga, próxima a zona LIC con cód. ES4140082 Riberas del Río Pisuerga y afluentes y zona ZEPA con cód. ES0000220 Riberas del Pisuerga, ambas a una distancia de 275 m., la cual, tendrá un efecto negativo a dicho entorno, el cual, ya se encuentra en situación de vulnerabilidad por las presiones a las que se ve sometido, entre otras por las actividades agrícolas y ganaderas. Hay que sumar el impacto negativo que tiene el vertedero de residuos industriales situado en San Martín de Valvení a escasos 850 metros de río Pisuerga y que se emplaza en un Corredor de Enlace dentro de la Red de Corredores Ecológicos del Territorio Duero, No se debe olvidar que pocos kilómetros más abajo se encuentra el Vertedero de Residuos Industriales Tóxicos y Peligrosos de Santovenia de Pisuerga. Son presiones acumulativas, que afectan a más de 400.000 personas que viven en torno a dichas riberas y que están suponiendo una movilización ciudadana contra este proyecto en concreto y, en general, contra este modelo de producción de ganadería industrial.

El proyecto se sitúa en el término municipal de Corcos, el cual, se encuentra en Zona Vulnerable Páramo de Torozos (ZV-PT), según DECRETO 5/2020, de 25 de junio. El punto de Control de Calidad del Agua CA0232006, de la Confederación Hidrográfica del Duero, situado en el término municipal de Corcos, ha dado valores, en los últimos 7 años (hasta el 30/11/2020) que en todo momento han doblado y en algunos casos triplicado los 50 mg/l. Con dichos valores se demuestra que la Junta de Castilla y León, no ha sido capaz de detener el problema de la contaminación por aguas, más bien todo lo contrario,

Se trata de impactos ambientales críticos, de carácter acumulativo con otros proyectos. Hay generación de residuos y los riesgos para la salud humana debidos en particular a la contaminación del agua y del aire. También hay una afección medioambiental del área geográfica afectada por el proyecto, considerando su carácter de zona vulnerable a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias y el mal estado cualitativo de las masas de agua subterránea donde se emplaza el proyecto.

Por todo ello, exigimos a las diferentes Administraciones, en un contexto de Emergencia Climática, que se tenga en cuenta otras medidas alternativas de desarrollo rural en la zona, el cual, no esté basado en la sobreexplotación de los recursos hídricos y su contaminación y que deteriora gravemente los espacios naturales y que soporta la sociedad actual en su conjunto, comprometiendo los recursos de las generaciones futuras.