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Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo

Intervenciones del representante de las ONGs de defensa del medio ambiente en la reunión de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Valladolid de 25 de noviembre de 2020

Se presentó 1 voto particular a una ampliación de explotación porcina en Cogeces del Monte

Miércoles 25 de noviembre de 2020

Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Valladolid
25 de noviembre de 2020

INTERVENCIONES DEL REPRESENTANTE DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE


B.1.1.- EIA-VA-2020-16: PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE EXPLOTACIÓN PORCNA, PROMOVIDO POR NAVALES S.L., EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE COGECES DEL MONTE (VALLADOLID).

El proyecto evaluado corresponde a la ampliación de una explotación industrial de ganado porcino con capacidad final para 6.000 cerdos de cebo ubicada en el municipio de Cogeces del Monte (Valladolid), cuyos purines se gestionarían como abono agrícola en 258,63 hectáreas de los términos de Cogeces del Monte y Torrescárcela (Valladolid).

El abastecimiento de agua se proyecta a través de un sondeo existente, cuantificando en 13.800 metros cúbicos la extracción anual de la masa de agua subterránea Páramo de Cuéllar, en mal estado cuantitativo por sobreexplotación, de manera que según la Confederación Hidrográfica del Duero la explotación proyectada se encuentra en una zona no autorizada, donde el artículo 35.1.c del Plan Hidrológico del Duero establece que “no se admitirán incrementos de extracción en los aprovechamientos derivados de un título concesional”.

Asimismo, se prevé una generación anual de 12.900 metros cúbicos de purines. El municipio de Cogeces del Monte y está incluido desde 2009 en la zona vulnerable a la contaminación de las aguas por nitratos actualmente denominada “Churrería”, mientras el municipio de Torrescárcela figuraba en la propuesta de actualización de las zonas vulnerables de febrero de 2017, dentro de la zona denominada “Páramo de Cuéllar”, aunque al final no se ha declarado.

El nivel de nitratos en el sondeo de control de las aguas subterráneas de Cogeces del Monte, situado a tres kilómetros al Suroeste, supera sistemáticamente el límite legal de 50 miligramos por litro, con frecuencia duplicándolo, y superando también los valores paramétricos de nitritos establecidos en el Real Decreto 140/2003 sobre calidad del agua de consumo humano.

La tendencia de los nitratos ha sido claramente ascendente desde la aprobación del Programa de actuación de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, en 2009, de donde se deduce que dicho programa de actuación ha sido ineficaz para prevenir la contaminación, sin haberse revisado desde el año citado.

Por otro lado, hay que notar la proximidad de la explotación y su balsa de purines al cauce del arroyo de Valdecascón, afluente del arroyo de Valimón antes de su desembocadura al río Duero en Sardón de Duero. Esta masa de agua superficial también se encuentra contaminada por nitratos de origen agrícola y ganadero, superando el umbral de 25 miligramos por litro del estado peor que bueno establecido para los ríos mineralizados de la Meseta Norte por el Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental.

El mal estado cuantitativo y cualitativo de las masas de agua afectadas es obviado por el estudio de impacto ambiental. Nada sustancial se dice de la situación de la explotación proyectada en zona no autorizada y zona vulnerable, ni de la contaminación por nitratos del arroyo de Valimón y afluentes.

Hay que recordar que el articulo 35.1.c de la Ley estatal de Evaluación Ambiental establece que “cuando el proyecto pueda causar […] una alteración del nivel en una masa de agua subterránea que pueda impedir que alcance el buen estado o potencial, o que pueda suponer un deterioro de su estado o potencial, se incluirá un apartado específico para la evaluación de sus repercusiones a largo plazo sobre los elementos de calidad que definen el estado o potencial de las masas de agua afectadas”. Esta obligación ha sido palmariamente omitida en el estudio de impacto ambiental, y no consta que se haya requerido su subsanación.

Asimismo, debe considerarse la acumulación de los efectos del proyecto con otros proyectos, existentes y/o aprobados. No se mencionan las cinco explotaciones porcinas con autorización ambiental existentes en Cogeces del Monte, todas en zona vulnerable, lo cual no es óbice para que se autorice la utilización de purines como abono agrícola en este municipio.

Finalmente, la gestión de los purines de la provincia de Valladolid contribuye de manera importante a las emisiones a la atmósfera de amoniaco y metano, sendos contaminantes que en la actualidad y desde hace años incumplen respectivamente el techo nacional de emisión establecido por la normativa europea y (junto al resto de gases con efecto invernadero) los compromisos internacionales de España en materia de cambio climático. El metano además es un precursor de la formación de ozono, contaminante que en la provincia de Valladolid ha incumplido en varios años desde 2010 el objetivo legal para la protección de la salud.

El artículo 13.5 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera establece que la comunidad autónoma competente no podrá autorizar la modificación sustancial de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera del grupo B, donde están catalogadas las explotaciones intensivas porcinas sujetas a autorización ambiental, si queda demostrado que contribuyen a que se sobrepasen unos objetivos de calidad del aire que ya se han incumplido. La emisión anual de 45 toneladas de metano y 24 toneladas de amoniaco por parte de la explotación para la que se solicita autorización ambiental agravará esta problemática.

Es al promotor a quienes corresponde demostrar que el incremento de la contaminación de la atmósfera previsto por la instalación, en razón de las emisiones que su funcionamiento ocasionaría, no dará lugar a que se sobrepasen dichos objetivos de calidad del aire, lo que es difícil cuando se incumplen de entrada. No consta en el expediente ningún estudio o informe que aborde esta cuestión para el caso concreto de la ampliación de la explotación autorizada, en el contexto del fuerte aumento de la cabaña porcina en el ámbito municipal y comarcal

En resumen, la explotación industrial porcina cuya ampliación se propone informar favorablemente desde el punto de vista ambiental se ubica en una zona en la que las extracciones de agua subterránea para este fin están legalmente prohibidas, los acuíferos y cauces superficiales están contaminados por nitratos de origen agrícola y ganadero (por lo que la propia Administración la ha declarado como zona vulnerable) y las emisiones al aire de amoniaco y metano contribuyen a incumplir los compromisos internacionales de reducción de estos contaminantes, así como los objetivos legales establecidos para el ozono troposférico.

Se trata de impactos ambientales críticos, de carácter acumulativo, que deberían motivar la emisión de una Declaración de Impacto Ambiental desfavorable, en los términos de la dictada el 20 de diciembre de 2019 por la Delegación Territorial de Segovia en relación a otra explotación porcina en el municipio de Lastras del Pozo (BOCyL de 16 de enero de 2020).