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Comunicado. 27-IX-03

Interpuesto Recurso de Reposición contra la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana

La Federación de Asociaciones de Vecinos, Ecologistas en Acción y otras asociaciones han presentado Recurso de Reposición contra la Orden de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León de aprobación definitiva de las modificaciones del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid

Sábado 27 de septiembre de 2003

Entienden que la Resolución del Consejero es contraria a Derecho en base a las siguientes alegaciones:

Primera.- Vulneración del artículo 89 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En efecto, el artículo 89.1 indica que la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados.

Pues bien, la Resolución de la Consejería de Fomento no resuelve todas las cuestiones planteadas al dictar una aprobación definitiva pero parcial y hacer una serie de salvedades sometidas a condicionamientos.

Como consecuencia de lo anteriormente señalado, la Resolución que se impugna adolece de vicio de anulabilidad (artículo 63 de la Ley 30/1992) al incurrir en infracción del ordenamiento jurídico en lo que respecta al contenido de la Resolución.

Segunda. Vulneración del derecho de defensa de los administrados

Al resolverse parcialmente se está hurtando a los administrados nuestro derecho a defensa, al privársenos de argumentos que oponer al resultado final de las condiciones impuestas por la Resolución impugnada. En este momento, en que finaliza el periodo para la interposición de Recurso Administrativo de Reposición, desconocemos si el Ayuntamiento ha cumplido con las condiciones impuestas y en qué sentido, razones ambas que evidencian que se nos está privando de hecho de criterios firmes para poder impugnar la Resolución en toda su integridad, vulnerándosenos nuestro derecho fundamental de defensa, consagrado en la Constitución.

Como consecuencia de lo anteriormente señalado, la Resolución que se impugna adolece de vicio de nulidad de pleno derecho, recogido en el artículo 62 de la Ley 30/1992, en base a la lesión de derechos constitucionales (artículo 62.1 letra a).

A mayor abundamiento, la propia prensa local de hoy, 26 de septiembre de 2003, recoge la siguiente declaración del Alcalde de Valladolid al Presidente de la Comunidad: el Ayuntamiento de Valladolid trabaja en sesiones maratonianas para cerrar los flecos del Plan General de Ordenación Urbana, que recibió la aprobación definitiva de la Junta de Castilla y León el mes pasado, aunque ésta pidió más concreción a la Concejalía de Urbanismo.

Además, la Federación de Asociaciones de Vecinos ha ampliado el Recurso con un prolijo documento en el que se detallan los innumerables incumplimientos de la Ley de Urbanismo de Castilla y León.

En síntesis, todas las entidades recurrentes rechazan la aprobación del PGOU por los perversos efectos que provocará, al hacer inviable el reconstruir una ciudad sostenible y saludable, compacta urbanísticamente y socialmente vertebrada. A modo de ejemplo, consideran inaceptable:

1. La clasificación como urbanizable de buena parte del suelo de todo el término municipal.

2. La creación de un rosario de urbanizaciones inconexas, dispersas alrededor de la ciudad tradicional.

3. La multiplicación de los flujos motorizados con fuerte recarga del actual viario.

4. El crecimiento desproporcionado de los costes de gestión y mantenimiento de los servicios necesarios para atender las necesidades de esa nueva ciudad.

5. El incremento de los costes ambientales provocados por la desmesurada expansión de la ciudad y de la movilidad asociada a ésta.

6. El aumento de los consumos energéticos y las emisiones de contaminantes y residuos.

7. La destrucción de áreas agrícolas de gran valor productivo, paisajístico y cultural (Vegas del Pisuerga, Duero y Esgueva), con sus redes de acequias, huertas y granjas.

8. La concentración de los recursos económicos públicos y privados en desarrollar este tipo de «ciudad global», expresión de un modelo urbano duro y sometido a fuertes tensiones urbanísticas y sociales.

Referentes importantes que evidencian la desestabilización urbanística, ambiental y social del PGOU son:

a) La recalificación de 34 millones de metros cuadrados de suelo rústico que triplica inexplicablemente el tamaño de la ciudad.

b) La desprotección de suelo rústico para permitir la construcción entre 80.000 y 175.000 nuevas viviendas, precisamente en una situación como la actual, en la que aún se dispone de suelo para construir 23.000 nuevas viviendas, están en marcha convenios urbanísticos en suelos emergentes para otras 7.000 viviendas y existen 20.000 viviendas desocupadas.

c) El estancamiento poblacional de Valladolid, para la que todas las proyecciones demográficas oficiales prevén un incremento / decremento de población entre +8.000 y -10.000 habitantes.

Con este nuevo recurso, previo a la vía contenciosa-administrativa, la Federación de Asociaciones de Vecinos y Ecologistas en Acción denuncian:

1º. El predominio de los intereses individuales sobre los colectivos, que erige el criterio de máximo beneficio privado en norma decisiva de la moral ciudadana y cuya manifestación más relevante ha sido y es la especulación del suelo y el altísimo precio de la vivienda.

2º. La supremacía de las iniciativas «espontáneas» de los particulares sobre la ordenación pública, que supone la expresa renuncia del Ayuntamiento y la Junta de Castilla y León a la planificación social de la ciudad y la institucionalización del caos urbanístico.