El Puerto de Santa María

Solicitamos al ayuntamiento la anulación del proyecto de Rancho Linares y advertimos al Alcalde de presunta prevaricación

El Puerto de Santa María, 14 de diciembre de 2020

Ecologistas en Acción ha remitido al Alcalde de El Puerto de Santa María una solicitud para que se proceda a la anulación del Proyecto de Urbanización del Rancho Linares, aprobado por la Junta de Gobierno Local el pasado mes de febrero, por incurrir en graves ilegalidades. Así mismo, advierte a Germán Beardo que de no anular este proyecto y seguir su tramitación, podría incurrir en un presunto delito de prevaricación.

La Junta de Gobierno del ayuntamiento de El Puerto, celebrada el 13 de febrero del presente año, aprobó el Proyecto de Urbanización del ámbito SUO R-22 “Rancho Linares”. Dicho proyecto tiene su origen en una modificación puntual del PGOU aprobada en 2011. Esta modificación del PGOU no fue sometida a la preceptiva Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) que era obligatoria para todos los planes aprobados a partir del 21 de julio de 2006, según determina la Ley básica estatal 9/2006 relativa a la evaluación ambiental estratégica de planes y programas, que transpuso la Directiva 2001/42/CE.

Además, este Proyecto de Urbanización no se ha sometido a ningún procedimiento de prevención ambiental, incumpliendo la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA), que incluye la obligación de someter a un estudio de impacto ambiental a todos los proyectos de urbanización que deriven de planes que no se hayan sometido a evaluación ambiental o que ocupen una superficie superior a 10 hectáreas. Este proyecto de urbanización cumple con ambas, ya que la modificación del PGOU no se sometió a la preceptiva EAE, y la superficie del ámbito afectado por este proyecto es de 24,16 has.


La aprobación de este proyecto urbanístico incumple también la jurisprudencia existente en relación con la evaluación ambiental de planes y proyectos. Así, tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo vienen dictando, de forma reiterada, la nulidad radical de los planes y proyectos urbanísticos aprobados sin someterse al preceptivo procedimiento de evaluación ambiental.

Por citar una, en la Sentencia del Tribunal Constitucional 109/2017 se recuerda que pretender “legalizar” un proyecto, plan o programa donde se hayan omitido las obligaciones de tramitación ambiental preceptivas, vulnera el contenido de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, que establece que “Carecerán de validez los actos de adopción, aprobación o autorización de los planes, programas y proyectos que, estando incluidos en el ámbito de aplicación de esta ley no se hayan sometido a evaluación ambiental, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, puedan corresponder.”

Dicha Ley 21/2013, de carácter básica estatal, determina en relación con los pronunciamientos ambientales que «no es posible continuar con la tramitación del procedimiento sustantivo en tanto éste no se evacue.»

En consecuencia, al haberse aprobado definitivamente el Proyecto de Urbanización del Rancho Linares prescindiendo del trámite esencial de la evaluación de impacto ambiental, dicha resolución es nula de pleno derecho, al amparo de lo dispuesto en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Estos hechos deben ser del total conocimiento del Alcalde y de la Concejala de Urbanismo, a los que se les supone el conocimiento de la ley y la obligación de su cumplimiento. Pero parece que han decidido saltarse a la torera leyes y sentencias judiciales para favorecer los intereses económicos de una empresa privada. La seguridad jurídica que tanto invoca la Concejala de Urbanismo para justificar la aprobación del Proyecto de Urbanización y el otorgamiento de licencias de obras, que tienen previsto próximamente, se torna en absoluta inseguridad jurídica por el incumplimiento de leyes y sentencias judiciales que determina la nulidad de este proyecto urbanístico.

Por todo ello, Ecologistas en Acción ha solicitado formalmente al Alcalde Germán Beardo que se abstengan de otorgar licencias de obras en este ámbito, y que se proceda a tramitar el expediente de revisión de oficio del mencionado acuerdo de la Junta de Gobierno del ayuntamiento, por el que se aprobó el Proyecto de Urbanización en Rancho Linares, por incurrir en el supuesto de nulidad contemplado en la Ley 39/2015 , ya que se ha dictado “prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados.”

También le hemos advertido de las posibles responsabilidades penales, por presunta prevaricación, si no se procede a incoar el referido expediente de revisión de oficio del acuerdo de aprobación del Proyecto de Urbanización de Rancho Linares, o se siguen aprobando licencias y autorizaciones para desarrollar dicho Proyecto de Urbanización.

Solicitamos al ayuntamiento la anulación del proyecto de Rancho Linares y advertimos al Alcalde de presunta prevaricación
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