Ser
indio en Argentina siempre fue una herencia dura. Cien años
atrás era motivo suficiente para ser perseguido y asesinado.
Hoy, si bien la situación mejoró, los aborígenes
siguen siendo los más marginados entre los marginados.
Hoy se nota una expresión más abierta y orgullosa
de ser "indio" dentro de la sociedad. Se van organizando
como pueblos olvidados y discriminados que luchan por sus derechos
y la tierra.
Y en esta lucha, la sanción de las leyes que garantizaran
el acceso a la tierra, al reconocimiento de la presencia étnica
y cultural de pueblos indígenas, el derecho a la educación,
a hablar su lengua materna y otras cuestiones socioeconómicas
fueron y son importantes.
El primer paso desde el monte formoseño
La primera ley fue promulgada en Formosa, con una gran población
aborigen, y su elaboración tuvo un gran protagonismo
indígena.
En 1984 se crea una comisión conocida como "de
los veintiuno", siete representantes por cada una de
las tres etnias aborígenes (pilagá, toba y wichi)
de la provincia. Estos se proponen consultar a todas las comunidades
de sus etnias sobre la tierra, la cultura, la educación,
la salud, etc. con la finalidad de insertar el pensamiento
aborigen de una ley.
Este proceso culmina con una gran movilización a la
ciudad de Formosa para la representación al Poder Legislativo
del proyecto de Ley Integral Aborigen conjuntamente con el
Poder Ejecutivo.
Esta ley se aprueba con el nº 426 que otorga reconocimiento
jurídico a las organizaciones aborígenes como
asociaciones civiles, y con ella, la posibilidad de recuperar
la tierra como "reparación histórica".
También con esta ley se crea el ICQ, el Instituto de
Comunidades Aborígenes, de carácter gubernamental
para operativizar las cuestiones indígenas relacionadas
con la nueva legislación.
Movilización para una ley
Después, en la provincia del Chaco, se vive un proceso
similar. A través de una convocatoria, impulsada por
las Organizaciones no Gubernamentales, se reúnen en
la ciudad de Presidente Roque Sáenz Peña dirigentes
de todas las comunidades del Chaco y de las diferentes etnias
junto con representantes de todas las instituciones que los
acompañan.
Se conforma una comisión llamada "de los seis",
dos representantes de cada etnia (mocoví, toba y wichi)
que debían llevar adelante las gestiones para la sanción
de una ley provincial del aborigen.
Finalmente, en mayo de 1987, se realiza una movilización
aborigen en la ciudad de Resistencia para reclamar la sanción
de la ley, la que finalmente se sanciona en ese mismo año.
También aquí la ley contempla la creación
de un organismo gubernamental, el IDACH, el Instituto del
Aborigen Chaqueño y la posibilidad de titularizar tierras
indígenas junto al reconocimiento de otros derechos
como el de la educación bilingüe y bicultural.
Un pensamiento común: La Ley
En la provincia de Santa Fe todavía no existe ninguna
legislación. Desde hace unos 3 años, nació
la Organización de Comunidades Aborígenes de
Santa Fe, la OCASTAFE, que agrupa a los representantes de
las dos etnias que habitan la provincia: mocoví y toba.
Las asambleas periódicas que llevan a cabo es el ámbito
que permite recuperar la memoria histórica para enlazarla
con la vida actual. Una vida llena de agravios e injusticias
hacia el aborigen con respecto a al propiedad de la tierra,
la educación y el menosprecio a la raza. Por esta situación
para buscar alternativas de vida más dignas.
El accionar de la organización OCASTAFE posibilita
plantear políticas hacia las comunidades. Y una de
las iniciativas de esta organización fue la elaboración
de un anteproyecto de ley provincial cuyo primer artículo
dice:
"Esta ley tiene por objeto el tratamiento integral de
la situación social, económica, política,
jurídica, colectiva e individual de las comunidades
aborígenes de la provincia de Santa Fe, mediante el
reconocimiento de su propia organización, como elemento
de autodeterminación, llevando implícito un
real respeto a la cultura, a través del acceso a la
propiedad de la tierra y la asignación de los recursos
necesarios para el mejoramiento de las condiciones de vida
en cuanto a salud, vivienda y educación; garantizando
su efectiva participación en el quehacer provincial
y nacional."
Desde agosto de 1992, este proyecto de ley está en
manos de los presidentes de los tres bloques de la Cámara
de Senadores, del Vicegobernador y del Gobernador.
Con la fuerza de la Organización
Y en Río Negro tampoco ha sido fácil la sanción
de una ley. Luego de muchos tironeos entre los representantes
indígenas y el gobierno provincial, fue sancionada
la ley provincial.
Para lograrlo fue necesario que la poderosa organización
mapuche, el Consejo Asesor Indígena, el CAI, luchara
a brazo partido cada punto de la misma.
Los mapuches del CAI reúnen a representantes de 72
parajes distintos, alejados por enormes distancias entre sí.
Surgido a partir de la nevada del '84, el CAI es hoy una muestra
de lo que puede lograr la organización indígena.
Durante el primer gobierno democrático provincial,
el CAI colaboró en un primer momento con la elaboración
de la ley, pero cuando las autoridades pretendieron modificar
el proyecto elaborado en conjunto, el CAI puso una firme resistencia.
Tras la elección de un nuevo gobernador, y tras una
serie de grandes movilizaciones, se conformó una comisión
legislativa de asuntos indígenas, en la cual intervinieron
los representantes de los aborígenes y sus asesores.
El proyecto de ley surgido de esa comisión fue festejado
por los aborígenes y votado por unanimidad por los
legisladores.
Este primer paso fue dado. Sin embargo, la lucha de la organización
indígena continúa. Todavía hay que hacer
realidad el sueño de la dignidad: recuperar las tierras.
La tierra, una promesa
Salta es la provincia que más etnias diferentes alberga
en su territorio provincial. Pese a haber sido la segunda
provincia en instrumentar una ley aborigen, Salta presenta
la situación más complicada del país
en este tema. Graves conflictos entre terratenientes e indígenas
parecen volcarse a favor de los primeros. Mientras tanto,
el poder político sigue haciendo promesas.
Se hace imposible contar los casos de intentos de desalojar
a comunidades aborígenes de las tierras fértiles
que desde hace siglos ocupan.
Mientras la ley demora en ser implementada, los alambrados
cierran caminos, se meten en territorios indígenas
y los derechos aborígenes siguen pisoteados.
En el chaco salteño, en septiembre de 1991, criollos
y aborígenes firmaron un Acta Acuerdo con el Gobernador
de la provincia para la ubicación de las familias en
75 mil hectáreas de lotes fiscales. Esto forma parte
de una iniciativa de Organizaciones no Gubernamentales que
presentaron un Plan de Regulación y reordenamiento
de tierras fiscales para criollos y aborígenes.
Otra ley
En Misiones, la cuestión no está menos complicada.
En democracia, la provincia de Misiones aprobó la ley
más progresista de todas las redactadas en el país.
Elaborada por grupos indigenistas y los propios indígenas
fue muy bien aceptada por las aldeas mbya. Esta ley fue reglamentada
pero nunca fue aplicada. Y lo que es peor, fue derogada echando
por el suelo las esperanzas de las aldeas guaraníes.
En su lugar fue sancionada la Ley nº 2727 que tiene además
el decreto reglamentario. La población indígena
de Misiones no tiene aún suficiente información
de la misma como para presentar un pensamiento común
en propuestas o posturas. Desde ya se sabe que uno de los
aspectos más difíciles de sortear será
la tenencia de la tierra y las posibilidades reales de acceso.
La ley también crea la Dirección Provincial
de Asuntos Guaraníes, organismo gubernamental encargado
de reconocer a las comunidades indígenas como tales,
y otorgar la personería jurídica.
LA REFORMA CONSTITUCIONAL
Allá por 1986-87, con unos pocos años de democracia,
los ciudadanos argentinos empezamos a escuchar, de boca del
presidente Alfonsín, las palabras Reforma Constitucional.
Sólo el correr del tiempo y la vida en democracia nos
harían entender verdaderamente su significado. Aquella
mención produjo cierto revuelo en determinados sectores
de nuestra sociedad, que querían aportar a la construcción
de una nueva Carta Magna.
En 1991-92, el presidente Menem vuelve a lanzar el tema al
ruedo. Hoy ya está sancionada la nueva Constitución,
con una serie de correcciones y nuevos derechos. De todos
ellos, el reconocimiento de la identidad étnica y cultural
de los pueblos indígenas se ha escrito con la letra
del protagonismo popular.
Los derechos indígenas están reconocidos en
el artículo 75, inciso 17:
"Corresponde al Congreso...
Reconocer la pre-existencia de los pueblos indígenas
argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho
a una educación bilingüe e intercultural; reconocer
la personería jurídica de sus comunidades, y
la posesión y propiedad comunitarias de las tierras
que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras
aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de
ellas será enajenable, transmisible ni susceptibles
de gravámenes o embargos.
Asegurar su participación en la gestión referida
a sus recursos naturales y a los demás intereses que
los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente
estas atribuciones."
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La Tapa n°7
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