Sección Casos Policiales
El precio de un muerto
Investigación
 
 
   
¿Debo decir: que en ciertas comisarías de la Provincia de Buenos Aires, los muertos tienen precio para su venta?

 

 
   
Por:-José Luis Zamora 19 de Julio de 2003 Buenos Aires

Caso Alfonso Caseres Chamorro
Introducción:

¿Debo decir: que en ciertas comisarías de la Provincia de Bs. As, en este caso, en la comisaría 4ta de Gregorio de Laferrere, calle Mñor L. L. May 333, La Matanza, a cargo del comisario Eleuterio Francisco POLI, los muertos tienen precio para su venta? Debo.
Tal convencimiento se basa y fundamenta en el hecho ocurrido hace ya un tiempo: la noche tempestuosa de, exactamente, el 14-03-99, en la ruta nacional N°3 - Km. 29, a la mitad del puente existente en el lugar, sobre la mano a Cap. Fed.
En la banquina, al costado de la ruta mencionada y aproximadamente a las 22:30 hrs, se encontró el cuerpo sin vida de Alfonso, CACERES CHAMORRO junto a su bicicleta, la cual, no presentaba signos de haber sufrido rotura o rasguño alguno por un eventual accidente. Su dueño, tampoco presentaba a simple vista rasgos que evidenciaran el motivo de su muerte, salvo, algunas manchas de sangre sobre el cuero cabelludo. La autopsia, revelaría pocas horas después los “daños internos” sufridos en su cuerpo. Dicha autopsia se encarga de hablarnos de dos maneras distintas: la oficial y la que habla... por sí sola.
No sólo la autopsia es un elemento importante a tener en cuenta para el desarrollo necesario en la investigación de esta muerte, existen otros en la Causa n° 14.578, caratulada como: “homicidio culposo”, radicada en el Juzgado de Garantías N° 1, Dpto Judicial de La Matanza, a cargo del Juez: Dr. Marcelo Claudio DAU y el Fiscal de la Unidad Funcional 4: Dr. Daniel SUEIRO.
Alfonso CACERES CHAMORRO, fue sepultado en “tiempo record” como NN, en el cementerio de Villegas, San Justo, en la sepultura 1383 - Manzana 6 - sector P.
NN, es la categoría que el sistema discriminatorio, y racista le da a los muertos “encontrados”, que no revisten importancia para las autoridades policiales por el simple motivo de la triste sospecha que despiertan, a juzgar por sus ropas, sus rasgos u otro detalle que merece ser tenido en cuenta según ellos, pero que sí les da suficiente rédito monetario a esta simple red de convivencia de delito que nadie quiere ver, compuesta por un triángulo amoroso entre: comisarías, hospitales, cocherías fúnebres.
La notoria y sospechosa falta de interés de parte del personal policial involucrado para el esclarecimiento del hecho; los palos en la rueda de los actores judiciales, indican indicios a tener en cuenta.
Otro rasgo de vital importancia en este caso y que nadie se pregunta, es: ¿Qué interés obró en su momento sobre la conciencia de los dueños de la cocheria de pompas fúnebres en Rafaela al manifestar que se había tratado de “una gauchada” hacia la policía, la inhumación de los restos a su cargo, de Alfonso CACERES CHAMORRO, en el cementerio de Villegas, sin certificado de defunción a la vista, ni orden judicial? ¿Por humanidad? ¿Un favor a la policía? ¿Un negocio? ¿Cuál es el precio de un muerto para la policía de la provincia de Bs. As. y la cocheria de Rafaela, que, teniendo los documentos en su pantalón, (C.I. N° 2802110) más papeles varios, éstos no detallados en acta policial del mismo día 14-03-99 y aún siendo extranjero, se simula no poder determinar su identidad y se niega su hallazgo durante más de 48 hrs, a su familia y en el foso 1383 del cementerio de Villegas, repito, se lo entierra como NN?
Me quedo con la última pregunta.
¿Debo pensar mal? ¡Debo! Es mi obligación.

(II) EL HECHO (Diferentes versiones - diferentes visiones)

Que dice la familia:

a) La Partida:

La mañana del 14-03-99, a las 10:00 hrs, Alfonso, CACERES CHAMORRO, se despide de sus hijas con un beso, también de su mujer: Olga Beatriz MOLINA, comentándole que se dirigiría a la casa de su hermano Adriano, distante a unos 25 minutos en bicicleta, en el B° Virrey del Pino. Olga le aclaró que al otro día, ella, iría a ver una propuesta de trabajo y que la esperaban a las 07:00 hrs, que por favor volviera a más tardar, por la tarde de ese mismo día, a las 19:30 hrs a su hogar.
Alfonso, poseía una bicicleta medio carrera, tipo Mountain Bike, color naranja con vivos negros y cinta aisladora negra. Montado en ella emprendió su viaje dejando atrás a su familia con un saludo a la distancia marcado por su brazo derecho y una sonrisa dibujada en su rostro.
Esa fue la última vez que lo vieron con vida. Dicen, que iba contento.

b) La Espera:

Olga, durante todo ese día del 14-03-99, esperó en vano a partir de la hora indicada para el arribo a su hogar de Alfonso, a más tardar a las 19:30 hrs, como lo tenían previsto. Las niñas y los quehaceres domésticos le habían insumido todo el tiempo por el mediodía con la preparación del almuerzo y por la tarde con los quehaceres domésticos normales de cualquier casa de familia.
No era frecuente que Alfonso pasara toda la noche fuera de su hogar, así había ocurrido. Durante horas en la madrugada del día 15, Olga pensó en una u otra manera la posible causa de la ausencia de Alfonso. No era habitual esa clase de comportamiento en él. Tampoco era costumbre quedarse a pasar la noche en casa de Adriano, su cuñado. Se conformó con la última posibilidad dado que afuera arreciaba una fuerte tormenta.
Por la mañana, Olga, luego del desayuno y de haberse levantado con molestias musculares, normales después de pasar una mala noche, casi de insomnio, preocupación y vigilia, recibió a las 10:00 hrs el arribo de Adriano, hermano de Alfonso, preocupado, preguntando, que era lo que había sucedido con Alfonso, puesto que el día anterior no había llegado a su domicilio particular del B° Virrey del Pino. Comenzaban a inquietarse. No sospechaban siquiera la suerte corrida por Alfonso. Tampoco que, se cernía sobre ellos, toda una pesadilla terrible de vivir, difícil de entender, de explicar.


c) La Búsqueda:

Un periplo impresionante, resultó ser la búsqueda que emprendieron los familiares de Alfonso, CACERES CHAMORRO, por saber la suerte ocurrida en él, ese tormentoso día anterior al 15-03-99.
A las 14:00 hrs, Adriano, después del almuerzo, descansa un rato y se dirige a la comisaría de Virrey del Pino. Una vez en la dependencia policial pregunta ante un oficial no identificado, suministrándole los datos de su hermano, si este no había sufrido algún tipo de accidente o si por alguna razón, que desconocía, había sido detenido. Dicho oficial llamó en su presencia a la red policial de comunicaciones. Luego de las averiguaciones pertinentes, el oficial le contestó a Adriano que: “no había novedades respecto de Alfonso CACERES CHAMORRO o de alguna persona que se correspondiera a las características que minutos antes, Adriano, le había incumbido.”
Esta, resulta ser, la primera averiguación en la comisaría de Virrey del Pino.
Luego, entre las 16:00 hrs del mismo día 15 y las 01:00 hrs del martes 16, se sucedieron los reclamos a dicha comisaría, los familiares no obtuvieron respuestas positivas, ni tan siquiera una palabra de aliento que les permitiera abrigar alguna esperanza de encontrarlo en buenas condiciones de salud, que en definitiva es el principal objetivo en toda búsqueda de un familiar que, para la policía en nuestro país, es un “desaparecido” más, otro de tantos.
A partir de las 8:30 hrs. y después de haber pasado la noche en vela, Olga decide pedir ayuda en la casa de un pariente con el fin que le facilite el teléfono, después de enterarse de boca de Adriano que Alfonso no aparecía y era como que se lo hubiera tragado la tierra, para por este medio, después de confeccionar una larga lista de comisarías y hospitales de La Matanza, averiguar el paradero de su compañero.
No fue fácil, las respuestas resultaron ser siempre de la misma manera, infructuosas. A las 09:20 hrs. logró Olga comunicarse con la comisaría IV de La Matanza a cargo del comisario Eleuterio Francisco POLI, es la tercera averiguación que efectúo en comisarías y la primera en la IV. Como es de suponer, la respuesta que recibe en forma oficial, es: “que ninguna persona llamada Alfonso, CACERES CHAMORRO, fue detenido, ni padeció ningún tipo de accidente.”
La mala suerte seguía de su lado, no hubo manera de poder comunicarse con el hospital Paroissien. Tuvo que recurrir a la guardia del mismo, en forma personal,, en donde también se le manifiesta que: “no ingresó nadie accidentado, ni ningún NN, con las características de Alfonso, CACERES CHAMORRO.
Podemos decir que esta averiguación la numeramos como cuarta.
Aproximadamente, a las 12 del mediodía vuelve a la comisaría de Virrey del Pino por segunda vez; la mala suerte sigue haciendo sombra sobre sus espaldas y su pobreza. Niegan tener registrado cualquier indicio que la pueda encaminar o abrigar algún aliento.
Es la quinta averiguación.
Seguidamente, va a la comisaría V, Sáenz 404, de González Catán y hace la denuncia escrita de paradero, más las averiguaciones pertinentes.
Es esta vez, la sexta averiguación.
A las 17:00 hrs. Olga continúa; hace la séptima averiguación en la morgue ubicada en Camino de Cintura y Autopista Richieri. Parece quedar en un vano intento, nuevamente, su esfuerzo puesto en saber la verdad. El oficial que atiende sus reclamos, ya a esta altura desesperados, le dice que a esa morgue no llegó ningún cuerpo que responda a las características dadas. No obstante Olga juega su última carta y exhibió la constancia por escrito de la denuncia hecha por ella el mismo día en la comisaría V. Recién en ese momento, una luz ilumina al oficial de policía, tal vez, con esfuerzo, recuerda alguna cosa de importancia enseñada o no por sus superiores cuando cadete y aprendía, toma el teléfono y en un “ gesto de humanidad” marca el número de la comisaría IV, del comisario POLI. Cabe destacar, que se trataba de la 3° averiguación en dicha comisaría. Desde allí le responden que: efectivamente habría habido “un accidente” en el Km. 29 y Ruta 3, y que esa comisaría IV habría intervenido. No más datos.
Cuando baja Olga del auto en la puerta de la comisaría IV, eran las 18 hrs, del día 16. Se transformaba en la octava averiguación general y la tercera en dicha comisaría. Golpeándole la sangre los sentidos hasta el momento aturdidos por la situación vivida, en el galpón de la seccional policial, junto a elementos secuestrados, automóviles, etc, distingue con claridad la bicicleta de su esposo Alfonso. Comienza la pesadilla.

d) La Respuesta oficial dentro de la comisaría IV :

El oficial de la policía bonaerense que logramos conseguir, MOREL, con toda parsimonia le manifiesta a Olga que el cuerpo de su compañero se encontraba en la Morgue Judicial y que debía hacer los trámites para el retiro del mismo.
Luego, cambia la situación y la versión. Se instruye una constancia en la cual informan a Olga, que el cuerpo se encontraba en el cementerio de Villegas, en San Justo. Que había sido sepultado, como “NN” en la sepultura 1383 - sector P - manzana 6 -
El negocio había cerrado con una respuesta oficial fría, lapidaria en el tono empleado.
Salvaje en los hechos.


e) Una “adornada” versión policial.

Actas policiales:

(1er acta)

El mismo día de la muerte de: Alfonso, CACERES CHAMORRO, el 14-03-99, en la comisaría IV de Gregorio de Laferrere y mediante instrucción firmada por el subcomisario Jorge Hernán SANTORUTFO y el oficial subinspector Ariel Alfredo HERRERA, comienzan por explicar que: “habiéndose recepcionado una llamada telefónica anónima en la cual se daba cuenta que en intersección de Ruta Nacional N° 3 más exactamente sobre el puente del Km. 29, había ocurrido un accidente de tránsito y a consecuencia de ello habría una persona “herida” , se comisionó personal policial de comisaría IV.”
Seguidamente, en el mismo documento policial (fs. 1 - 2) la versión del hecho que nos ocupa es detallada de manera insuficiente y confusa, de la siguiente manera:
“ que ese mismo día 14 a las 21:30 hrs el oficial subinspector RODRÍGUEZ, Alfredo, secundado por el sgto. 1ro ESCOBAR, José, más personal a sus órdenes, con el móvil policial N° 15177, se constituyen en el lugar de los hechos, describen que es una zona densamente poblada, con casas del tipo prefabricas que se intercalan con construcciones de material de una y dos plantas. Que sus calles están mayormente asfaltadas y por ellas circulan automóviles particulares, transporte de pasajeros y de carga. Que la iluminación de noche es artificial por luces de mercurio y sodio y la zona cuenta con red de gas natural y energía eléctrica.
Una vez llegada la comisión policial, después de recorrer unos 4 km, dan cuenta que ya se encontraba en el lugar del hecho, un móvil de bomberos voluntarios, a cargo del comandante bombero BODELO. Observan que sobre la bajada del puente a unos cien metros de su finalización a un costado de la banquina, en la mano que viene de Provincia hacia Capital se halla en forma cubito ventral con piernas y brazos flexionados, una persona de unos treinta años, de sexo masculino, vestido con una remera blanca, jean azul y zapatillas del mismo color. La bicicleta que observan al costado del cuerpo, la describen del tipo Montabike, color anaranjada y se recalca que se encuentra dañada en asiento trasero. Que el cuerpo de Alfonso se halla completamente mojado debido a que momentos antes había llovido torrencialmente. Que las luces que iluminan el puente no funcionan, la zona la describen como oscura y los automóviles circulan a gran velocidad.
Seguidamente requieren la presencia del único testigo hábil, llamado ALONSO, Héctor Gabriel. Después de dar sus datos personales, se procede en su presencia a la requisa del occiso, logrando hallar en un bolsillo de su jean una billetera color negra, con cédula de identidad
paraguaya N° 2802110, donde se describen todos los datos personales y papeles varios. Un bolso color azul con inscripción Wrangler. Que luego en presencia siempre del testigo hábil, proceden al levantamiento del cuerpo. Al finalizar el documento, se dice explícitamente que: “Seguidamente se procede al traslado al asiento de esta seccional policial juntamente con los elementos secuestrados.” Todo por razones de comodidad para que sea confeccionado el presente documento. Lo firman en fs. 2, oficial subinspector: Alfredo RODRÍGUEZ - Sgto. 1ro: José ESCOBAR - bombero: Cdte, BODELO - Testigo: Héctor Gabriel ALONSO.

Acta tomada al testigo en comisaría IV.

(2da acta)

Esta segunda acta policial (fs. 4), tomada en declaración testimonial al único testigo del hecho en circunstancias en que pierde la vida: Alfonso CACERES CHAMORRO, fue redactada por las autoridades policiales, en la misma Comisaría IV de Gregorio Laferrere, el día 14, a las 22:35 hrs. Después de tomarle los datos personales de rigor comienza el relato de Héctor Gabriel ALONSO:
Dice: que se desplazaba en su bicicleta por la Ruta 3 aproximadamente a las 20:30 hrs. En el lugar ya descrito en 1er acta, para la marcha y se presta a socorrer a Alfonso, ya que este “pedía auxilio”. Comenzó, según su relato, a hacerle señas a los automovilistas que pasaban a gran velocidad, que en ese instante observa que Alfonso comienza a temblar, decide tomar nuevamente su bicicleta para la búsqueda de un móvil policial. Que al llegar al Km 26 de Ruta 3 ve a un policía uniformado. ALFONSO, H. le informa sobre lo ocurrido y este le responde que se comunicará a la comisaría de la zona por radio. Sigue su relato diciendo que toma nuevamente su bicicleta y se dirige nuevamente al lugar del hecho, recorriendo otra vez los tres km. Al llegar encuentra un móvil de los Bomberos, y Alfonso sin vida. Luego, recién llega móvil policial, quienes comenzaron con sus diligencias judiciales y a sacar fotos.
Esta acta está firmada por el testigo: Héctor Gabriel ALONSO - Subcomisario Jorge Hernán SANTORUTFO - Oficial subinspector Ariel Alfredo HERRERA.

Camino a la morgue.

(3er acta)

En esta tercer acta, de la comisaría IV Gregprio de Laferrere, (fs.5), que es también de fecha 14-03, y firmada por los mismos funcionarios policiales de siempre, solicitan:

1) Librar despacho radiográfico a la red de comisarías a fines de dar con los deudos de la víctima.
2) Remitir el cadáver a la morgue judicial a efectos de realizar la correspondiente autopsia.
3) Realizar las correspondientes pericias con el personal de Policía Científica.
4) Recibir declaración testimonial a toda persona que tenga conocimiento de las presentes actuaciones.
5) Comisionar al encargado del servicio externo a efectos de que se aboque a la faz investigativa-


Reafirman una orden.

(4ta acta)

En la comisaría IV y dirigiéndose al Sr. Jefe de SEIT, zona Oeste, se labra el acta de fs.8 en la causa, en la que se solicita: Operación de autopsia de la víctima: Alfonso CACERES CHAMORRO. Está fechada con fecha 14 y fda siempre por las autoridades policiales que venían actuando.

Reafirman la identidad.

(5ta acta)

A fs. 6 del expediente, la comisaría IV, se dirige a : Unidad Funcional N° 4 Depto. Judicial de La Matanza, con fecha 14, elevando un informe de los hechos firmado por las mismas autoridades policiales, en donde además de mencionar el llamado telefónico anónimo, dan cuenta del lugar del hecho, señas particulares, mencionan que han encontrado entre sus ropas su identificación personal, no así con el rodado o chofer que provocó la tragedia.
Mencionan también que el cadáver ha sido enviado a la morgue a los fines de practicársele una autopsia. Al dorso, consta que se agrega -Despacho radiográfico librado a la red de comisarías.


Nuevamente identifican al occiso

(6ta acta)

Con otra intervención de los funcionarios policiales que venían actuando anteriormente, también el día 14, a Fs. 7 del expediente que conforma la causa n° 14578, dejan asentado los datos de señas particulares, n° doc. de identidad hallado, con su respectiva numeración, detalles de la bicicleta que empleaba para desplazarse Alfonso y piden cualquier información llamar Te: 626-1111/1444.

(7ma acta)

En esta última acta a fs. 9, de fecha 14-03, siempre con la firma de los mismos funcionarios policiales y dirigiéndose al Sr Jefe de SEIT Zona Oeste, dejan constancia nuevamente de los datos de la víctima en pto. 1; lugar, fecha y hora en pto.2: - 15-03-99 - 22:30 hrs; y en pto 3 - síntesis del hecho - dice explícitamente: “estableciese identidad de una cédula Paraguaya, poséela en sus elementos personales.”

f) UNA VERSIÓN DIFERENTE DE CÓMO SE SUCEDIERON LOS HECHOS:

Alfonso, CACERES CHAMORRO, como sabemos, salió esa mañana de su casa a las 10:00 hrs. con rumbo al domicilio de su hermano Adriano. El calendario marcaba día: 14 de marzo de 1999. Se despidió de su compañera Olga. Besó a sus dos hijas. Les sonrió. A la distancia los saludó con su brazo derecho elevándolo levemente, como en cámara lenta. Luego se perdió montado en su bicicleta que tanto cuidaba entre los bólidos que zumbaban al pasar por su lado izquierdo. Nunca llegó a la casa de su hermano. ¿Qué sucedió entre la hora que, partió de su domicilio y la hora en la que, fue hallado? Si tomamos como cierta la declaración del testigo Alonso, que dice haberlo hallado a las 20:30 hrs, en la mitad del puente, de la ruta 3, en el Km. 29, hay una diferencia de 10:30 hrs.
En versión periodística del 10 de junio de 1999, el comisario de la seccional, comisaría IV, Eleuterio Francisco POLI, dijo en declaraciones que: “Pone las manos en el fuego por el desempeño en las funciones del personal a su cargo.” Bueno, Sr Comisario, comienza a sentirse, olor a quemado.
Sr. Comisario, la víctima: Alfonso CACERES CHAMORRO, fue esa mañana del 14, parado por su personal para averiguar su identidad. Esa que después fue ocultada por lo menos 48 hrs. Por tratarse de una persona extranjera, para su personal no tiene validez. Alfonso no tiene un centavo en el bolsillo. Discute. Reclama por sus derechos. Su personal, Sr. Comisario adolece de razonamiento, lo demuestran en la torpeza aplicada en los escritos. No entienden razones y Alfonso es llevado a la seccional. Entra a la boca del lobo. La suya. En su guarida, que Ud. confunde como Guardia.
Alfonso era un hombre humilde, digno, agricultor. Todas esas horas que quedan en la nebulosa. En blanco. El Sr. Comisario POLI no las desconoce, porque las vivió.
Alfonso recibe un escarmiento que se transforma en muerte. La suya. La autopsia demuestra que es golpeado en el hígado, brutalmente. Estalla. Otro golpe es recibido en el diafragma. Estalla. La hemorragia interna se hace incontenible. La patada que fractura su pelvis una vez en suelo, es el sello final. Se les “fue” la mano.
El móvil policial n° 15177, que jamás fue periciado, hace el resto. Con su carga mortuoria marcha por ruta 3, al puente del Km. 29, distante a 4 Km. En donde no existe la luz.

(III) LOS PAPELES HABLAN.

a) La Autopsia - n° 134-99.

El día 15 de marzo, tan sólo quince horas transcurrieron, si tomamos cómo hora de deceso de Alfonso las 22:00 hrs. del día anterior, para que el Dr. Angel Mario MANGIAVILLANO, Oficial Inspector, médico de Policía, numerario de Policía Científica La Matanza, pusiera manos a la obra y comenzara con una autopsia sobre el cadáver de Alfonso CACERES CHAMORRO, que, por lo menos son en sus Conclusiones Médico Legales: SOSPECHOSAMENTE DEFICIENTES.
La misma, se realizó en la Morgue Policial de Santa Mónica - (Partido de Merlo), a las 13:00 hrs y finalizó a las 14:00 hrs. Rápido el Dr.
Se efectuó en esa morgue porque, según versión oficial, en la que correspondía efectuarse la autopsia, Cuerpo Médico Forense Departamental Matanza, ubicada en Puente 12 Camino de Cintura y autopista Ricchieri, se encontraba inhabilitada, no se sabe la razón, ni nunca se recibió ningún tipo de explicación, salvo incoherencias.
La diligencia pericial fue solicitada por el Sr. Jefe de la Cría IV, a cargo del comisario Eleuterio Francisco POLI, según consta en Fs. 11, de la causa y en la que también aclara que es con intervención del Sr. Fiscal Dr. SUEIRO Daniel y del Juzgado de Garantías a Cargo del Dr. DAU, Marcelo Claudio. Sin embargo, en Fs. 5 - 8 en resolución de fecha 14-03-99, quién solicita remitir el cadáver a la morgue judicial a efectos de realizar la correspondiente autopsia y pericias en otro punto del mismo documento a cargo del personal de Policía Científica, entre otros pedidos, como recibir declaración testimonial a toda persona que tenga conocimiento de las presentes actuaciones (no se aclara cuales personas) y comisionar al encargado del servicio externo, oficial subinspector Ariel Alfredo HERRERA a efectos de que se aboque a la faz investigativa del presente sumario, es el subcomisario Jorge Hernán SANTORUEFO, y la intervención del titular de la comisaría IV, comisario POLI no estampa la firma en ningún momento. Brilla por su ausencia, como queriendo pasar desapercibido.
No sólo los documentos hallados el mismo día de su muerte en la billetera negra dentro de su pantalón, que acreditaban su identidad, y otros papeles varios no descriptos dan cuenta que en la comisaría IV de La Matanza se sabía de quien se trataba desde un primer momento, sino también varios documentos policiales que se instrumentaron en dicha comisaría a partir del mismo día 14-03-99, como el que se describe anteriormente.
Seguimos con la autopsia.
También en el informe el Dr. MANGIAVILLANO en el pto. Llamado: OBJETO DE LA PERICIA, identifica al cadáver como el de: Alfonso CACERES CHAMORRO.
Primeramente efectúa como es de rigor el “EXAMEN EXTERNO INDIVIDUAL”.
En él detalla casi con minuciosidad, que se trata de un cadáver de sexo masculino, con un buen desarrollo óseo muscular y en un buen estado de nutrición. Que su peso es de 65 kilos, talla: 1,64 metros, piel trigueña; cabellos oscuros; ojos pardos; nariz, boca y orejas medianas y que señas particulares no presenta. Que por su aspecto general aparenta una edad comprendida entre los 30 y los 35 años. Alguien, que en la comisaría ocultaba el documento personal de Alfonso hallado en el momento de su muerte, debería haberle indicado al Dr. MANGIAVILLANO, la edad exacta del occiso, así como se le suministró el nombre y apellido, y evitarle, por lo menos, un paso en el examen antes detallado.
En el segundo punto de la autopsia, llamado: EXAMEN CADAVÉRICO, habla que no presenta manifestaciones externas de putrefacción, dado que el cadáver a permanecido en cámara refrigerada, que la rigidez está instalada en forma completa, que se desprende hasta el momento peritado que, su muerte data entre las 10 y las 14 hrs de iniciada la autopsia.
Se olvidó el Dr. MANGIAVILLANO o tal vez no se encuentra en su manual de estudios, que para saber la hora exacta del deceso de una persona, basta simplemente con tomar la temperatura rectal al cadáver, cosa que no efectuó.
Si tomamos el dato suministrado por el Dr, llegaríamos a la conclusión que, Alfonso falleció entre las 21:00 hrs del día anterior 14 y las 01:00 del día de la autopsia, 15. Un amplio margen de horarios el del Dr. El detalle es que el único testigo de la causa, según obra en Fs. 4, llamado Héctor Gabriel ALONSO, cuyo testimonio data del mismo día 14, dice haberlo hallado a la vera de la ruta a las 20:30 hrs, media hora antes de lo que dice el Dr, si tomamos como punto de partida las 21 hrs, sino la diferencia sería de unas cuatro horas y media tomando la 01:00 hrs del día 15 y de una a dos horas antes entre lo que dice la policía y el testigo ocular ALONSO.
Pasando el Dr. al tercer punto de la autopsia llamado EXAMEN TRAUMATOLÓGICO, dice en su pto. 1 - Ruptura de escroto - pto. 2 - Fractura de pelvis - pto. 3 - Excoriaciones en región lumbar izquierda, región posterior de hombro izquierdo y cara posterior de codo y antebrazo derecho - pto. 4 - Herida contusa en cuero cabelludo región occipital posterior.
Como mecanismo de producción, nos dice:
“Excoriaciones se producen por roce con o contra superficie dura y rugosa.”
Si el Dr, la Policía, el Juez, el Fiscal, entendieron que con ésta ambigüedad, se trataba de golpes producidos por un vehículo fantasma, que nadie vio, la noche del 14, se equivocan.
Es imposible por lo detallado más abajo en el informe de la autopsia que así efectivamente ocurriera. Al menos surgen dudas.
¡Cuánta puntería la de este automovilista!
Si efectivamente lo atropelló como se quiere dar a entender, lo lógico, además del croquis mal confeccionado por la policía, sería que Alfonso fuera atropellado por atrás, de otra manera el automóvil se desplazaría en contramano. Por consiguiente, si fue desplazado de la carretera por la espalda como es lógico suponer y lo dicta el sentido común, las excoriaciones se deberían haber producido en su cuerpo en la zona de la espalda y cintura como mínimo, con fractura de extremidades, al menos piernas, fractura de huesos del cráneo con exposición de masa encefálica, lesiones en ambos riñones, derecho e izquierdo. Sin embargo, en el pto. IV llamado EXAMEN INTERNO (necrotomía), se observa que nada de esto ha sucedido con lo que dicta, repito, el sentido común de cualquier observador sensato y atento. Dice que, los huesos del cráneo, meninges y masa encefálica, se observan sin lesiones.
La exacta puntería de este automovilista desconocido y tal vez inexistente, apuntó directamente a la pelvis, la cual fractura; al diafragma, con estallido de hemidiafragma izquierdo; al hígado, con estallido en su cara posterior y en genitales externos: ruptura de escroto con exposición de testículo. En torax, dictamina el Dr. MANGIAVILLANO, Angel Mario, ambas cavidades pleurales con sangre y cuagulos; sangre en la cavidad de mediastino, ambas pleuras y pulmones congestivos y hemorrágicos. En estómago, salvo como ya he mencionado: diafragama e hígado, los demás órganos están sin lesiones. Y para reafirmarlo en el considerando, el Dr. explica bien clarito que la víctima presenta traumatismo toráxico, estallido de hígado y fractura de pelvis y que las mismas le producen una hemorragia masiva interna que lo lleva al shock hipovolémico y muerte y, además, en las conclusiones dice que: la muerte de quien fuera en vida: Alfonso CACERES CHAMORRO, se produjo por paro Cardiorrespiratorio Traumático, a consecuencia de: Politraumatismos. Que se realizan placas fotográficas, cuando en realidad sólo se sacó una sola foto y ésta está mal encuadrada.
Es lógico, que la muerte se produce siempre por paro cardiorrespiratorio traumático. Lo que no es lógico que la punteria del automovilista haya dado sólo y exactamente con su paragolpes en el hígado, diafragma, pelvis y testículo. La superficie dura y rugosa, que determina el Dr. como mecanismo de producción de los hechos, se parece mucho más a los golpes certeros de puños o garrotes que a los de un paragolpes de un automóvil con un hábil conductor desconocido y nunca buscado. Por último y de remate, se pide formalizar en dicho informe, consta, la extracción de sangre de la víctima, a fin de que se realice estudio toxicológico, grupo y factor sanguíneo, en el Laboratorio Químico Pericial de La Plata.
Dicho frasco, misteriosamente... desapareció.

b) Certificado de Defunción:

El certificado de defunción de fecha 16-03-99, bajo acta 653 - tomo II B - Folio 33, dice que la defunción de Alfonso CACERES CHAMORRO, ocurrió el 14 de marzo de 1999 a las 22:30 hrs; de sexo masculino; sin determinar estado civil; sin determinar profesión; tomándole fichas dactil; a consecuencia de paro cardiorrespiratorio traumático. Fdo: Marta Carmen VIRAN. Firma Autorizada-La Matanza-Sección 1ra-Registro de las Personas Pcia de Bs. As. - Delegación San Justo. Fs. 6 del expediente.
En este punto son varios los interrogantes que se pueden realizar:
- Cómo se instrumentó dicho certificado de defunción con fecha 16-03, si ya había sido sepultado como NN.
- Porqué fue sepultado a su vez como NN, si en el certificado cuestionado está a nombre de la víctima, Alfonso CACERES CHAMORRO.
- Si se sabía su identidad, por los documentos hallados entre sus ropas el día del deceso, 14-03, tan sólo dos días antes, y en el cual constaba además de su nombre y apellido: estado civil - profesión - nacionalidad - (la cual era más que obvio ya que la cédula en cuestión es paraguaya) - y, además, todos éstos datos fueron expuestos en actas policiales instrumentadas el mismo día 14, no se transcribieron a dicho certificado de defunción.
- Tiene el certificado, como hora de deceso: 22:30 hrs, siendo que a esa hora exactamente estaban labrando actas en comisaría IV, como se prueba en Fs.4 del acta 2 y Fs. 9 del acta 7.

c) La ropa:

Desde un primer momento el personal que interviene en el “esclarecimiento del hecho” deja por sentado las ropas que vestía el occiso el día 14. Se trataba de: una remera blanca; un jean azul y zapatillas azules.
Se supone que deberían haber quedado como prueba pericial, para determinar si se hallaban restos de sangre pertenecientes a la víctima u otro elemento o sustancia que ayudara en la investigación. No se efectuó nada de esto. ¿Impericia policial? No se la mostró a sus familiares para su eventual reconocimiento. ¿Olvido? Al mismo tiempo es lógico y sensato pensar que las ropas fueron retiradas de su cuerpo al momento de la autopsia. ¿Porqué fue “prolijamente” vestido para ser sepultado como NN, en tiempo récord?

d) La Bicicleta:

La bicicleta en la que se desplazaba Alfonso, dice la Policía en fs. 1 que era del tipo montanbike, color anaranjada, que posee como características: cintas color negras en algunas de sus partes. Dice muy clarito en su descripción que: “Se encuentra dañada en asiento trasero.”
A fs. 4 el testigo: Héctor Gabriel ALONSO, también nombra la bicicleta, la detalla en su tipo, color y cintas, más no menciona el daño sufrido en el asiento trasero, como indica la Policía.
Con fecha 15, se le toma en fs 47, declaración testimonial a Francisco FRANCHINO, de profesión mecánico. Es designado en calidad de Ad Honorem, cargo aceptado por él y que se le hace saber las penas con que la ley castiga a los que producen falsedad en sus dichos y declaraciones, comprendido en los art. N° 235- 245 del Cód. Penal.
FRANCHINO declara: Que acepta el cargo para el que fue designado, y dictamina que: Posee ante su vista una bicicleta sin marca visible de color naranja oscura; con portaequipaje trasero, asiento color negro y manubrio recto; posee cinta negra que adorna su cuadro.
En cuanto a daños dice FRANCHINO: “ La misma no presenta daño alguno a simple vista y se encuentra en buen estado de conservación y uso.”

e) Croquis vs. Fotos:

El Sgto 1ro José ESCOBAR, fue el encargado de realizar el croquis ilustrativo sin escala, fs. 3 - de fecha 14-03-99 - comisaría IV.-
Hay dos fallas en el mismo: 1) la errónea posición de la víctima; 2) la determinación de luces existentes o no, en el lugar del hecho.
En el primer pto. la falla, puede ser el resultado de un error de apreciación; en el segundo pto. se trata de una omisión imperdonable, dado que es indispensable determinar la escasa visibilidad para ver si se trataba o no , efectivamente, de un accidente.
En cuanto a las fotografías tomadas, se puede agregar que son de pésima calidad, que no coinciden con el croquis efectuado y que la excusa fue que era una noche de tormenta y por la falta de luz en el lugar, esto dificultaba el trabajo del “profesional” que lo llevó a cabo.

f) Contrariedades en actas.

Los interrogantes:

La llamada telefónica anónima recibida en comisaría IV, de La Matanza, jamás fue rastreada para saber la fuente que la originó. Aún pudiéndose efectuar mediante el conocido sistema escalibur. En acta no figura la hora en que fue recibida. ¿O no fue realmente recibida?
A bordo del móvil policial n° 15177, se sabe que se desplazan el oficial subinspector Alfredo RODRÍGUEZ y quien lo secunda en esta oportunidad, el Sgto 1ro José ESCOBAR. El oficial habla de personal a sus ordenes. ¿Por qué no se da a conocer sus identidades? Dicho móvil policial no fue periciado. ¿Por qué?
Todas las actas principales están fechadas el mismo día 14, evidenciando un apuro poco disimulable, torpe.
Como hora de constitución en el lugar del hecho, en la primera acta figura 21:30 hrs; en la siguiente: 22:00 hrs. ¿Cuál es la correcta?
El esmero puesto de manifiesto en los diversos puntos de descripción habitacional de la zona del hecho, destacando principalmente que se trata de “una zona densamente poblada”, llama la atención el no haber destacado personal idóneo para saber si alguien más hubiere sido testigo presencial del hecho. S e conformaron con un solo testigo, que, a juzgar por lo manifestado, todo lo dicho “suena” a dictado en su oídos y esto, a su vez, repetido como un loro.
Lo destacan como un testigo hábil, ¡vaya si lo fue! Resulta que al encontrarlo a Alfonso tirado junto a su bicicleta en la banquina y en donde la misma policía describe que justamente en ese lugar o sea el puente, “ las luces que lo iluminaban no funcionaban”, este hábil testigo dice de la hora: 20:30 hrs; describe perfectamente las ropas que vestía Alfonso, detalla la bicicleta, pero no menciona que el asiento trasero se encontrara dañado. Luego dice haber efectuado señales a los automovilistas que transitaban por la ruta y que al notar que Alfonso pedía auxilio, se da cuenta que todavía se encuentra con vida, que comienza a temblar en el piso y que luego Alfonso se queda quieto. Hábil deducción. Difícil resolución toma Héctor Gabriel ALONSO, pues, no sabe seguramente si Alfonso se encuentra con o sin vida, por lo que toma su bicicleta y en vez de buscar ayuda en algún nosocomio, sale raudamente en busca de lo que perspicazmente sus neuronas le dictan en ese momento: un móvil policial. Recorre 3 Km. y encuentra un uniformado, ese día de tormenta, en el medio de la ruta 3.
¡Qué suerte la de este testigo hábil! Le reseña lo sucedido y la autoridad le manifiesta que se comunicará con sus superiores. ¿El uniformado procede en consecuencia? No se determina. El testigo hábil fiel al cumplimiento de su deber como ciudadano, toma su bicicleta y recorre nuevamente los 3 Km, bajo una lluvia torrencial, hasta el lugar del hecho. El uniformado que lo atendió en plena ruta, se “olvidó” del procedimiento a seguir. No tomó nota de quién se trataba esa persona tan solícita, “le cree” y lo dejó ir abandonado a su suerte y verdad. Dicho uniformado nunca fue identificado.
Mientras tanto el móvil policial, a juzgar por la hora, se dirigía al lugar del hecho distante a unos cuatro Km, pero el testigo hábil fue más rápido con su bicicleta en recorrer 3 Km, y llegó antes que ellos, encontrándose con Bomberos Voluntarios junto a la víctima y en ese momento recién se dio cuenta que se encontraba, Alfonso, fallecido. Luego dice en su declaración, llegó la policía.
El personal que manejaba el móvil policial no tenía apuro en llegar, no obstante, una vez arribados al lugar del hecho, realizan los trámites judiciales de rigor y todos: uniformados, bomberos, testigo más víctima más bicicleta más elementos hallados, un bolso, papeles varios sin determinar y documento de identidad, se trasladan a la comisaría IV, en dónde más “cómodos” realizan las actas correspondientes. Todas con fecha 14.
Disponen rápidamente, ahí sí emplean premura, en pedir autopsia del cadáver para posteriormente enterrarlo como NN, en la fosa 1383, del cementerio de Villegas en San Justo. Mientras tanto y a pesar de haber determinado fehacientemente la identidad de Alfonso CACERES CHAMORRO, como se demuestra, era negado a sus familiares durante dos días el saber tener algún conocimiento sobre su persona. Tal es así, insisto, que en fs. 6, en un despacho radiográfico, siempre del día 14, librado a la red de comisarías, se hace mención asegurando que el cadáver ya se encuentra en la morgue, vuelven a reconocer identidad y sospechosamente sin haber sido investigado el caso, dan por sentado que se trató de un accidente automovilístico, pero, no se sabe quien fue el causante del mismo. A fs. 7 vuelven a ratificar datos y solicitan cualquier información, suministrando números telefónicos de comisaría IV. La misma que negaba todo a los familiares de Alfonso CACERES CHAMORRO. Dicha negativa sigue siendo incomprensible, dado que a fojas 9 y efectuado dicho instrumento siempre el día 14, de manera clara y concisa, estampan lo siguiente: “estableciéndose identidad en cédula Paraguaya, que poseía en sus elementos personales.”
La fecha y hora del hecho, determinadas en este documento dicen: 15-03-99; 22:30 hrs.
Si el documento se estaba redactando el día 14, pregunto: ¿Cómo es posible que el hecho haya ocurrido un día después? Irrisorio.
Si como determinan en fs. 4 en declaración tomada al único testigo, se manifiesta que la misma es tomada a las 22:00 hrs en comisaría IV, pregunto: ¿Cómo es posible que Alfonso haya encontrado la muerte a la misma hora que un uniformado tomaba declaración al testigo en la propia comisaría, distante a 4 Km. del lugar del hecho?
Respondo: Todo me resulta infantil, con el perdón de los infantes, muy torpes en su camino al andar.
¿Por qué se remite su cuerpo, primero con tanta premura a la morgue de Santa Mónica, partido de Merlo, siendo que el hecho ocurrió en La Matanza y no al Cuerpo Médico Forense Departamental Matanza, como debería haberse tramitado?
¿Porqué es tan deficiente el dictamen pericial de la autopsia practicada en tiempo record, sin respetar como es de costumbre en el procedimiento, darle a un cuerpo 72 hrs de frío?
Para la pericia toxicológica, grupo y factor, se envió al Laboratorio Químico Pericial de La Plata, la sangre en un frasco, extraída del cuerpo del occiso. Nunca apareció dicho frasco. ¿Llegó alguna vez a dicho laboratorio? ¿Existió? ¿Por qué no se pide constancia de entrega y recibo, del mismo?
Habiéndose demostrado que poseían todos los datos del occiso, ¿Por qué tanta insistencia en negarlo, en omitir informar debidamente al Órgano Judicial Competente? ¿Porqué tanta celeridad en los trámites pertinentes al Órgano Municipal y cochería privada de pompas fúnebres de Rafaela, la cual aclaró a sus familiares que se había tratado de una gauchada hacia la policía en particular?
¿Porqué no se perició la ropa y además fue enterrado como NN con ella?
¿Porqué no se la mostró a sus familiares, como hubiera correspondido hacerlo?
¿Porqué no se pudo tomar muestras que a la postre resultaran seguras para el estudio de un ADN?
Después de tantos interrogantes, después de habérsenos demostrado tantas premuras de primera hora en archivar el caso, y si se quiere “archivar” su supuesto cuerpo como NN, después de tantas negativas por reconocer la identidad a sus familiares. Pregunto:
¿Es el cuerpo de Alfonso, CACERES CHAMORRO?

(IV) MECANISMOS TRABADOS... EN EL APARATO JUDICIAL .


La compañera de Alfonso, CACERES CHAMORRO, se presentó con razón ante la justicia y figura en fs. 38 de la causa. El día: 07-05-99 reclama ser tenida en cuenta como particular damnificada. Comienza a funcionar el engranaje burocrático de una justicia que sólo pone a partir de ese momento: palos en la rueda.
El juez de garantías: Marcelo Claudio DAU, no perdió su tiempo, cinco días después, el día 12, a fs. 40, resuelve: No hacer lugar a la petición formulada, por no encontrarse cumplimentados los requisitos formales para su admisión de plena conformidad con lo normado por el art. 77 del Código Procesal Penal. ¡Rápido también el Sr. Juez de Garantías! Ahí nomás se libró oficio notificando a Olga sobre lo resuelto.
Claro, el Sr. Juez no tomó en consideración que el “ único requisito” del que dispone Olga, compañera de Alfonso, es nada más ni nada menos que el fruto de la convivencia de ambos, llamado: María Yanel, CACERES MOLINA. Una niñita de tan sólo tres años, que tiene un mirar triste desde aquella noche del 14-03-99.
Ese es el vínculo más fuerte, que golpea la cara Sr. Juez, si logra sostener la mirada de María Yanel. Ud. dice: “no encuentro acreditado vínculo alguno de la presentante.”
Ahí lo tiene, Sr. Juez.
El 3 de junio, cuando se apela la resolución del Sr. Juez de Garantías: Dr. DAU, la Agente Fiscal Adjunto: Susana CAÑAS - para quien estos casos son comunes - se digna a solicitar con tres meses de retraso, entre otras cosas, en dónde se encuentran las ropas del occiso - ignorando aparentemente que de manera negligente o no fue sepultado con las mismas en la fosa 1383 del cementerio de Villegas como NN. Dispone para el día 10 la exhumación del cadáver de Alfonso y su posterior re-autopsia. Pide saber porqué la morgue Judicial del Cuerpo Médico Deptal. de La Matanza no funcionó el día del hecho. ¡Veloz también para la toma de decisiones la Fiscal Adjunto CAÑAS! Tres meses después, cuando aplicando el sentido común, se sabe que en las condiciones en que fue enterrado Alfonso, difícilmente se pudiera efectuar una re-autopsia, que al menos, se pueda tildar de seria.
Tal es así, que llegado el día 10, la perito encargada de efectuar la tarea, por la premura que llevaba ese día la profesional, no pudo esperar al abogado Dr- Gabriel GONZALEZ CRAHAM. Manifiesta haber verificado alguna parte del cuerpo, del cual extrae una costilla y un diente para el estudio de ADN. Dice no estar dadas las condiciones para el traslado a la morgue judicial de Puente 12. Se supone - no lo aclara - por el deterioro del cuerpo sufrido en el transcurso de tres meses en contacto con la tierra, la humedad, las alimañas.
De las partes extraídas - pedazo de costilla pelada y diente - no se pudo efectuar el ADN.
Eso sí, la profesional, cobró a la familia de Alfonso: $ 600,00. Y se fue contenta a su casa.
Luego, como muy bien lo manifiesta el Dr. Gabriel GONZALEZ CRAHAM, se ignora, ya con fecha 05-07-99, si el material genético se encuentra depositado conforme a las exigencias de laboratorio que indican temperatura de 70 grados bajo cero. Solicita celeridad a la pericia, ya que una vez realizada no debería demorar más de 5 días de laboratorio, había transcurrido un mes. ¿SERA JUSTICIA?

(V) LAS PERSONAS

La Víctima:

Alfonso CACERES CHAMORRO, era agricultor, un oficio que cansa las espaldas, fortalece los brazos y el espíritu de quienes lo profesan y hacen de esta actividad un culto. Esto lo denotaba su fisonomía: la delgadez de su cuerpo, la estatura mediana que rondaba el metro setenta, la tez trigueña, los cabellos cortos y ondulados.
Había nacido el 02-08-68, tenía 30 años, era de nacionalidad paraguaya, oriundo de José Oviedo, todo estos datos acreditados por la cédula de identidad hallada - por la policía - en una billetera color negra dentro de su pantalón, el día de su muerte, N° 2802110, con radicación en trámite desde el año 1995.
Se domiciliaba en nuestro país en la localidad ubicada en el barrio 24 de Febrero, calle Acasuso y Reaño, Km. 28, Partido de La Matanza. Soltero, vivía junto a Olga Beatriz MOLINA y dos hijas; una producto del amor de esta última unión, llamada: María Yanel.


LA FAMILIA:

Los Hermanos:

Adriano, CACERES CHAMORRO, es su hermano, la misma profesión: agricultor, mayor que Alfonso por seis años, (17-07-62), oriundo de San Pedro del Paraná, República del Paraguay y según la C.I. n° 1127306, expedida en Asunción, el 22-11-90, su condición civil es igual a la de Alfonso: soltero.


Barsilisa, CACERES CHAMORRO, es su hermana, en los datos recabados, merced las fotocopias ante mí de la C.I. N° 1886268, puedo constatar que nació el 08-01-64, también oriunda de San Pedro del Paraná, casi cuatro años mayor que su Hermano Alfonso, que según la fecha de expedición del documento -19-02-86 - es soltera, una constante en la familia y de profesión: quehaceres domésticos. Su domicilio, según el Ministerio del Interior en la solicitud de regularización migratoria, expte n° 567039-6-92, del 21-05-93, su domicilio real es: Mi Esperanza 4615-B° San Alberto - Isidro Casanova -

La Compañera:

Olga Beatriz, MOLINA, su compañera, su mujer, concubina para la sociedad, es argentina, nació en Cap. Fed. el 15-09-73, en este caso menor que Alfonso cinco años, su D.N.I. N° 23.524.291 de fecha 23-10-89 y la partida de nacimiento N° 5274316, en donde se constata el nombre de sus padres: Agapito, MOLINA LOVERA y Mariana Hipólita, LEGUIZAMON FERNÁNDEZ, constatan su identidad.

Una Hija:

María Yanel, CACERES MOLINA, nació en Santísima Trinidad, República del Paraguay, el 30-03-96. Tres años después moría su padre : Alfonso, CACERES CHAMORRO. ¿En manos de quién?
El Certificado de Nacimiento n° 341681- Serie A de la Of. 32 del Ministerio de Justicia y Trabajo, inscripto en el folio 7 - acta 296 - tomo del libro II, acreditan su identidad y el nombre de sus padres. Asimismo la C.I. Civil n° 4095496 de la República del Paraguay.


La otra hija:

Sin datos

Otros Familiares:

Se desconoce.

COMISARIA 4ta - Laferrere - La Matanza:

El Comisario:
Eleuterio Francisco POLI

El Personal:
Sub-comisario Jorge Hernán, SANTORUFFO.
Oficial Sub-inspector Alfredo Segundo, RODRÍGUEZ
Oficial Sub-inspector Ariel Alfredo, HERRERA
Sargento Primero José, ESCOBAR.

Los Bomberos:
Comandante bombero BODELO

El Perito mecánico:
Francisco, FRANCHINO, Nac: Argentino - 56 años - estado civil: casado - D.N.I. 22.811.709 - Domicilio: Luque y S. Nacional de Gregorio de Laferrere.

El testigo:
Héctor Gabriel ALONSO - Nac: Argentino - 23 años - estado civil: soltero - instruido - ocupación: pintor - D.N.I. 24.997.076 - domicilio: Larrañaga 6337 y Bariloche - Km 31 - González Catán.-

El Médico Forense:
Oficial Inspector - Dr. Ángel Mario, MANGIAVILLANO.

El Juez:
Dr. Marcelo Claudio, DAU.

El Fiscal:
Dr. Daniel, SUEIRO.

El Abogado Defensor:
Dr. Gabriel, GONZALEZ CRAHAM.



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