Derechos para Tod@s 
Número 4 
mayo - junio 2001


  

LA IMPUNIDAD SE TAMBALEA EN ARGENTINA


Daniel Pereyra

El 6 de marzo de 2001 se produjo en Argentina un hecho que puede ser considerado histórico, en la larga lucha contra la impunidad de los genocidas.

Ese día el juez federal Gabriel Cavallo declaró INCONSTITUCIONALES Y DE NULIDAD INSANABLE dos leyes conocidas popularmente como de Obediencia Debida y de Punto Final. En virtud de esas leyes los militares y policías culpables de secuestros, torturas, desapariciones, asesinatos, robos y apropiación de bienes y propiedades fueron liberados de toda responsabilidad judicial.

La Ley de Obediencia Debida estipulaba que todos los hechos cometidos por un inferior en virtud de orden emanada de un superior jerárquico quedaban exentos de responsabilidad, de tal forma que sólo la cúspide de la pirámide de mando, es decir, el Comandante en Jefe, podía tener que rendir cuenta de sus actos.

La Ley de Punto Final dio por extinguidos todos los juicios que hasta el momento de su promulgación se habían iniciado por los citados delitos. ¿En virtud de qué este juez federal llegó a ocuparse de un tema de singular transcendencia, 25 años después de cometidos los hechos?.

El CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) entidad defensora de los Derechos Humanos en Buenos Aires, presidido por el periodista Horacio Verbitsky presentó una denuncia por desaparición y secuestro de personas, con el claro propósito de obligar a la justicia a revisar la legalidad de tales leyes.

Los hechos denunciados fueron protagonizados por dos conocidos torturadores, Juan Antonio del Cerro, conocido como "Colores" y Julio Héctor Simón, "Turco Julián" . Estos fueron autores del secuestro de un matrimonio -que permanece desaparecido- y de su hija, que posteriormente fue entregada en adopción a la familia de un militar retirado, registrándola bajo un nombre falso. Estos dos torturadores fueron oportunamente liberados de toda responsabilidad en virtud de esas leyes.

LA OBRA DE LOS GOBIERNOS CIVILES POSTERIORES A LA DICTADURA.

En 1983 el gobierno de Raúl Alfonsín propició el juicio a los militares que condenó a los integrantes de las cúpulas de los 3 ejércitos, por los crímenes cometidos bajo su mandato. El general Videla y el almirante Massera por ejemplo fueron condenados a reclusión perpetua y a partir de esas condenas comenzaron jucios en cadena contra todos los otros responsables de los diversos delitos cometidos bajo la dictadura. No se debe olvidar que se trata de cerca de 30.000 desaparecidos, de un número mayor de detenidos y torturados, de unos 1000 niños robados a sus padres, y robo de todo tipo de propiedades de las víctimas.

Pero el gobierno Alfonsín, a poco de iniciadas las presiones ejercidas por sectores militares y civiles tendientes a obtener la impunidad de los criminales, comenzó a ceder y luego dictó las dos leyes citadas, con lo cual cesaban las investigaciones y juicios comenzados y se eximía de responsabilidad a los que hubieran cometido esos crímenes por órdenes superiores.
Hay que agregar que el gobierno siguiente, el del peronista Carlos Menem, completando la obra de Alfonsín, indultó a los pocos jefes militares que se encontraban presos en virtud de las sentencias que se habían dictado, con lo cual todos los culpables de crímenes de genocidio quedaron libres y sus crímenes sin castigo.

LA LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD

Poco a poco la sociedad comenzó a reaccionar contra semejante ignominia, fundamentalmente a partir del accionar de los organismos de derechos humanos y de los familiares de desaparecidos, así como de las Abuelas que exigían la aparición de sus nietos robados. Manifestaciones de decenas de miles de personas apoyaron esas reivindicaciones.

La consigna de "Castigo a los Culpables" se fue imponiendo y los casos de los niños ganaron terreno, aprovechando un vacío legal que no mencionaba específicamente ese delito. Por esa causa varios de los altos jefes militares volvieron a ser procesados e incluso arrestados.

Por otra parte, la detención de Pinochet en Londres en virtud de la orden del Juez Garzón y el largo proceso que culminó con su salida hacia Chile y su posterior juzgamiento en ese país, desató una movilización internacional en numerosos países por el castigo a los genocidas. En Francia se condenó a cadena perpetua al capitán Astiz por el secuestro y asesinato de dos monjas de esa nacionalidad. En Italia se condenó a militares argentinos por el mismo tipo de delitos. En México se ha concedido la extradicción hacia España de otro conocido torturador de la Escuela de Mecánica de la Armada: el capitán Ricardo Cavallo.

EL FALLO DEL JUEZ GABRIEL CAVALLO (no tiene nada que ver con el anterior)

En extensos considerandos, el juez prueba:

- Que la dictadura militar montó un sistema clandestino de represión, al margen de la legislación existente, y que para ello utilizó los recursos del estado, organizando una red de centros clandestinos de reclusión y tortura, así como métodos para la desaparición de personas.

- Que los delitos cometidos son crímenes contra la humanidad, y por tanto no están sujetos a prescripción en razón del tiempo transcurrido.

- Que la Ley de Obediencia Debida ampara a hechos atroces y aberrantes, que no pueden en ningún caso ser cometidos en función de orden superior, según una larga tradición jurídica. Ningún subordinado puede ser obligado a cometer hechos como los cometidos, como lo refirma la jurisprudencia de los juicios de Nurenberg contra la jerarquía nazi, que puso claros límites a la obediencia militar.

- Que la Ley de Punto Final, que puso arbitrariamente fin a procesos en curso, fue de hecho una amnistía, otorgada a delitos que por sus características no pueden ser perdonados ni amnistiados, mucho menos antes de haber sido concluídos.


También el fallo pone en evidencia que las dos leyes contravienen la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, la Convención contra la Tortura y otros tratados internacionales suscriptos por Argentina.

Concluye el dictamen afirmando que las autoridades que sancionaron dichas leyes se excedieron en sus funciones realizando actos ilegales y que por lo tanto las mismas son nulas e inconstitucionales.

A partir de este momento se abre una nueva batalla para intentar por parte de los genocidas y sus cómplices y defensores que este fallo sea derogado por la Corte Suprema, algo que puede ocurrir. Pero por ahora los defensores de los derechos humanos hemos ganado una batalla. La lucha que seguiremos librando por el castigo a todos los culpables de la represión en Argentina y en toda América Latina , por el fin de la impunidad, cuenta con una nueva arma: el fallo del juez argentino Gabriel Cavallo.