Derechos para Tod@s 
Número 15
junio - julio - agosto 2003



DECLARACIÓN DEL CONSEJO DE EUROPA SOBRE LA LIBERTAD DE COMUNICACIÓN EN INTERNET

Comité de Solidaridad Oscar Romero de Madrid


El 28 de mayo de 2003, el Comité de Ministros del Consejo de Europa adoptó una Declaración sobre Libertad de Comunicación en Internet.

El objetivo principal consiste en hallar un equilibrio entre la libertad de expresión y de información en Internet y otros derechos garantizados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos, como la protección de la infancia frente a aquellos contenidos on-line que no sean apropiados.

En respuesta a los peligros de la regulación excesiva del acceso a Internet, el texto subraya el principio de la libertad de expresión y la libre circulación de información en Internet, de conformidad con lo contemplado por el Artículo 10 (libertad de expresión e información) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La Declaración condena las prácticas que tengan por finalidad restringir o controlar el acceso a Internet, especialmente por motivos políticos. También aborda la cuestión de la libertad a la hora de suministrar servicios vía Internet, la responsabilidad de los intermediarios y el anonimato de las comunicaciones de Internet.

Artículo 10, párrafo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos: "El ejercicio de estas libertades, que entrañan deberes y responsabilidades, podrá ser sometido a ciertas formalidades, condiciones, restricciones o sanciones previstas por la ley, que constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad nacional, la integridad territorial o la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, la protección de la reputación o de los derechos ajenos, para impedir la divulgación de informaciones confidenciales o para garantizar la autoridad y la imparcialidad del poder judicial."