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Uruguay


Intervención en la Cámara de Representantes del Diputado de la Unión Frenteamplista, Dr. Enrique Pérez Morad, sobre Derechos Humanos en Uruguay


10 de Agosto de 2001

Sr. Presidente:
Queremos referirnos sobre un tema, que si bien ha merecido un intenso tratamiento periodístico e inclusive motivó la presencia del Canciller en la Comisión de Asuntos Internacionales de esta cámara, el mismo no esta agotado. No esta agotado, porque aun no se ha concretado en toda su magnitud una conducta del Poder Ejecutivo, que hoy, pensamos, nos pone en el ridículo ante el concierto internacional. Además el mismo admite analizarlo desde otras ópticas que no se han desarrollado. Y es desde allí, que hacemos esta intervención.

La Justicia argentina ha solicitado a nuestro país, la colaboración necesaria para que aquella, pueda indagar y eventualmente - de acuerdo a lo que resulte de esa indagación -, castigar determinados delitos cometidos en
su territorio contra ciudadanos uruguayos y argentinos, por parte de ciudadanos uruguayos.

Es bueno recordar que la solicitud del Juez argentino Rodolfo Canicoba Corral, solicitando la captura de 4 conocidos represores de las fuerzas de seguridad de la pasada dictadura uruguaya, es el resultado de una querella
presentada ante los tribunales argentinos, entre otros, por una ciudadana uruguaya que desde hace 25 años busca saber el destino de su hijo. Hablamos de la Sra. Sara Méndez.

Esta acción de la justicia argentina, pretende hacer lo que lamentablemente hasta hoy, no ha hecho el Estado uruguayo por parte de ninguna de las instituciones que estan obligadas a hacerlo.

La primera de estas reflexiones que nos sugiere este problema es que la Sra. Sara Méndez, no ha inventado, ni se le ha ocurrido ninguna forma extravagante de reclamar un derecho elemental. Acudió a lo que la Constitución y las leyes han establecido como los instrumentos idóneos y adecuados para resolver los problemas que puede atravesar un ciudadano en una sociedad asentada en principios democráticos.

La humanidad ha creído -y por ello lo ha plasmado en sus instrumentos internacionales-, que la impunidad es un estado de situación que afecta profundamente la vida democrática de las naciones. Esta solicitud de un Juez argentino, que repito, apunta a restablecer un derecho de acuerdo a sus leyes internas y las relaciones que ellas tienen con otras normas de carácter internacional, es la consecuencia de una empecinada lucha de una simple ciudadana, frente a la omnipotencia del Estado.

Sara Méndez, sabe muy bien pues lo vivió y lo vive, lo que puede hacer el Estado a partir de transformarse el mismo, en ejecutor del terrorismo. Todos sabemos, que, para que ese terrorismo fuera posible, el Estado debió
ponerse de espaldas a la Constitución y la Ley.

Hoy, en este momento en que nosotros estamos articulando estas palabras, sé estan cometiendo graves delitos, entre ellos la privación de libertad de Simon Riquelo; sabemos quienes lo estan ejecutando, conocemos donde viven y no hacemos nada. Y digo que no hacemos nada, hablando en nombre del Estado y sus instituciones. Lo digo integrando una de sus instituciones fundacionales, como lo es este Poder Legislativo. No es disculpable, la
omisión, menos lo es la colaboración para que la continuidad de esos delitos se perpetúe.

Como parlamentario, siento y así lo vivo, que cuando expreso mi voluntad de aprobar una Ley o me opongo a ella, lo hago desde una conducta que ética y políticamente se relaciona con el país, con la sociedad, con la humanidad
que estamos construyendo. Quiero creer, que cuando este cuerpo legislativo, que seguramente estuvo integrado por muchos de los que hoy lo integran, el 1º de noviembre de 1995, votó la Ley Nº 16.724 que aprobó la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y entonces lo hizo, para que como lo dice su artículo VI, los autores de esos delitos sean extraditados o sean juzgados aquí.

Esa Convención que aprobó este Parlamento y que rige con toda su fuerza hoy, no es una de esas leyes kilométricas en cuyo contenido pueda haberse escapado algún aspecto de ella. Paso por Comisiones y por la cámara de Senadores. Por su contenido fue analizada por expertos en derecho. A esto debemos sumar los debates y análisis que estuvieron en su consideración por parte de los Estados que la aprobaron en Belén - República Federativa del Brasil -, el 9 de junio de 1994.

Por lo expuesto, no puede ninguna institución, ningún Poder del Estado uruguayo, ignorar que la mencionada Convención empieza expresando su preocupación por el hecho "de que subsiste la desaparicion forzada de
personas". Y es la preocupación de la subsistencia de ese delito, la que construye esa Convención. Por ello establece en su articulo I, el compromiso de los Estados de "sancionar en el ámbito de su jurisdicción a los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparicion forzada". Por otra parte, el articulo V, establece que "La desaparicion forzada se considerara incluida entre los delitos que dan lugar a extradición en todo tratado de extradición celebrado entre los Estados Partes", por lo que una actitud omisa del Poder Ejecutivo uruguayo, nos pondrá al margen de la legalidad vigente.

No somos expertos en Derecho, sin embargo podemos afirmar que la acción emprendida por la Sra. Sara Méndez en la República Argentina, inicia un camino que afectara la impunidad que hasta hoy gozan indebidamente estos 4
ciudadanos uruguayos. Si el Estado uruguayo, tambien esta hoy preocupado por " que subsiste la desaparicion forzada de personas", debera hacer lugar a la solicitud de detenerlos y cuando llegue la solicitud de extradición,
extraditarlos o juzgarlos. No hacerlo, constituirá un grosero abuso de poder. Abuso de poder que extiende doblemente los alcances de la denominada ley de caducidad. Por un lado la extiende a conductas cometidas fuera del territorio nacional y por otro a delitos, que por que se continúan cometiendo en estos momentos, escapan al periodo amparado por la mencionada ley. Además esa ley establece expresamente la obligación de investigar el
destino de los niños desaparecidos.

Antes de terminar, Señor Presidente, no quiero omitir referirnos a un hecho que tambien esta vinculado muy estrechamente con el tema que tratamos hoy. Hemos leído con atención, algunas intervenciones realizadas en recientes Seminarios en las que, por ejemplo, se relataba la peculiar situación que se había creado en el Uruguay, a partir de la aparición en nuestro país de la hija de una ciudadana argentina secuestrada en aquel país, que, traída ilegalmente al Uruguay donde dio a luz, le fue arrebatada su hija y posteriormente ella fue ejecutada. Sobre esto hace pocas horas el Semanario Brecha ha contribuido con importantes informaciones.

Decía en un Seminario realizado por Amnistía Internacional, el Sr. Raul Olivera, integrante de la Secretaría de DD.HH del PIT/CNT: "En los primeros meses de 2000, en el Uruguay, nadie pudo ignorar la ocurrencia de varios hechos delictivos muy graves: el traslado ilegal desde argentina a nuestro país, de una ciudadana argentina, su prisión en cárceles clandestinas de Uruguay, la culminación de su embarazo, la apropiación de la hija a la que dio a luz, y su desaparición posterior y más precisamente su casi segura ejecución posterior y desaparición de su cuerpo".

No existió radio, canal de TV, periódico, semanario, o revista de Uruguay y del mundo que no informara de este hecho ocurrido en plena democracia. Es más fue anunciado por el Presidente de la República, ante una cantidad de medios de prensa, que constituyeron una cadena nacional. Preguntamos. ¿Algún poder del Estado, intervino para registrar ese hecho? ¿ Algún Juez, ante delitos persegibles de oficio, actúo sobre esos hechos? ¿Algún celoso fiscal, que sí, se preocupó de perseguir a un conocido cantautor por hacer declaraciones en un programa televisivo, intervino solicitando una investigación?. ¿La mayoría de este parlamento, levantó su voz, para
preguntar que pasó? PUES, NO.

Por lo tanto Sr. Presidente, sobre este tema es hora de que preguntemos como parlamento, además de los pedidos de informes que como legislador haremos.

Una reflexión final. En 1985, esta cámara creaba la " COMISION INVESTIGADORA SOBRE SITUACION DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y HECHOS QUE LA MOTIVARON", la que durante casi todo el año 1985, recibió testimonios y denuncias culminando con la emisión de un "Informe final" dando cuenta del resultado de un trabajo, que es bueno recordarlo, estuvo acotado por la falta de atribuciones que la citada Comisión tenia. Las conclusiones, avaladas por todos los partidos políticos, apostaban a que "un Poder Judicial, dotado idónea, técnica y constitucionalmente" pudiera "avanzar rápida y efectivamente en el esclarecimiento total de los hechos,
enjuiciamiento y condena de los culpables".

Señor Presidente, ¿ ha cambiado la visión de este Poder del Estado, sobre la idoneidad de la Justicia para avanzar rápida y efectivamente en el esclarecimiento total de los hechos, o existe un Poder del Estado, que no está interesado en ello realmente?.

Ayer en esta Cámara, homenajeando a un sobreviviente del terrorismo de estado, se condenó el genocidio y desaparición forzada de personas hace 50 años en otro lugar del mundo. Esto demuestra que no hay ni habrá para la historia lugares ni personas impunes y los pueblos más tarde o más temprano se dan maña para hacer justicia.
El General José Artigas le escribía a Francisco Planes el 25 de Diciembre de 1811, "He dado las mayores pruebas de mi odio al crimen y jamás me perdonaría dejar impunes esas atrocidades si fuesen cometidas por los que se hallan a mis órdenes".

Solicito que estas palabras se envíen al Sr. Presidente de la República, a los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa Nacional, del Interior y de Educación y Cultura, a la Fiscalía de Corte, a la Suprema Corte de Justicia, al Sr. Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y a la representación diplomática en nuestro país de esa nación hermana agraviada hace muchos años, al Sr. Embajador de la República Argentina acreditado en nuestro país, al Sr. Juez Rodolfo Canicoba Corral, a la Cancillería de todos los países que votaron aprobando la "Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas", a la Secretaría de DD.HH. del PIT-CNT, a la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos en nuestro país, a SERPAJ, a IELSUR, a la Sra. Sara Méndez, a la Comisión para la Paz, a las Abuelas y Madres de Plaza de Mayo en la República Argentina, a las Juntas Departamentales y Locales de todo el País, y a todos los medios de prensa acreditados en esta Cámara.

Muchas gracias.

Dr. Enrique Pérez Morad, diputado de la Unión Frenteamplista