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Occidente atrapado en su propia tela de araña: la petición a la CPI de arresto contra Netanyahu

Jueves 23 de mayo de 2024 por CEPRID

Alberto Cruz

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Dice un refrán que "no hay que vender la piel del oso antes de cazarlo". Es un dicho español que advierte contra el excesivo optimismo de dar algo por hecho cuando aún no lo está. Esto es lo que pasó con el fallo de la Corte Internacional de Justicia cuando Sudáfrica presentó el caso contra Israel por genocidio, que no pidió el cese de la matanza aunque sirvió para dejar con el culo al aire a Occidente, además de a Israel, y sus supuestos “valores democráticos”, y es lo que está pasando con la decisión de la Corte Penal Internacional sobre la petición de su fiscal de solicitar órdenes de arresto contra dos de los dirigentes sionistas, el primer ministro Netanyahu y el ministro de Defensa Gallant.

La CPI ha tardado mucho más tiempo que el que tardó en condenar a Putin como “criminal de guerra”. Entonces entre la petición del fiscal y la decisión de los jueces se tardó seis meses. Ahora no solo Israel lleva ocho meses retransmitiendo la matanza de palestinos a todo el mundo, sino que los jueces tienen aún un plazo que oscila entre uno y seis meses para decidir si aceptan la petición del fiscal o no.

Desde luego, no se puede hablar de agilidad. Y no se puede utilizar esta palabra porque la CPI es uno de los instrumentos de dominio de Occidente que en sus 22 años de existencia solo se ha preocupado de dirigentes africanos y de la ex Yugoslavia. O sea, enemigos de Occidente.

Y aunque técnica y jurídicamente el fiscal se ha arropado lo suficiente para que las tres juezas (de Benin, México y Rumanía) que tienen que tomar la decisión lo hagan dándole la razón, porque la petición está jurídicamente bien estructurada, la presión occidental es de tal calibre que no está nada asegurado que no primen más los intereses políticos que los jurídicos.

Sin entrar en esta hipótesis todavía, lo primero que hay que apuntar es que se observan faltas clamorosas en lo que se recoge (poco) y en que se otorgan ventajas indudables a Israel (como el “derecho a la autodefensa”, cosa que negaba la Corte Internacional de Justicia) sí se puede decir ya que es un hecho que puede ser recordado en el ámbito del derecho internacional como el momento en el que la impunidad occidental, Israel y sus apoyos, comienza a desmoronarse.

Esta petición pone de manifiesto cómo la hegemonía occidental se desmorona puesto que sin la debilidad occidental no se habría dado semejante paso. Así que no es descabellado pensar que es un cierto ejercicio de gatopardismo, el cambiar algo para que todo siga igual. Por eso se ha dicho que las críticas occidentales a esta petición "ponen en juicio los valores y la credibilidad occidental". Más aún. Y a un mes de la cumbre occidental en suiza por Ucrania, eso rechina mucho.

Hay dos cosas que resaltan de la petición: que califica a Palestina como Estado y que justifica el "derecho de autodefensa" de Israel. Este derecho no puede ejercerse más que si es un conflicto entre dos estados, pero Palestina no lo es legalmente. Por lo tanto, aquí está la primera trampa de la CPI. Da un paso pero al mismo tiempo limita la extensión del mismo. Y al justificar el “derecho a la autodefensa” está contraponiéndose de forma clara con la CIJ. El rechazo de la CIJ a este supuesto significa, en términos del derecho internacional y de la IV Convención de Ginebra, que se sigue considerando a Israel como potencia ocupante de un territorio, en este caso el palestino. Así de sencillo. Por lo tanto, el pueblo ocupado tiene el derecho a resistir, por muy reprobables que pudiesen ser sus métodos, como también dice implícitamente la CIJ al pedir la liberación de los rehenes (apartado 85). (1)

Lo que para la CIJ es válido no lo es para la CPI, y por eso hace un ejercicio de equilibrio e imputa también a tres dirigentes de Hamás.

Pero hay más discrepancias: mientras que para la CIJ la potencia ocupante, o sea Israel, es o puede ser genocida, para la CPI esa consideración ni se tiene en cuenta. Es por eso que la petición de arresto de los dirigentes sionistas es muy medida y elude hablar no solo de genocidio, sino de la matanza masiva de civiles, la destrucción de la infraestructura de todo tipo, los ataques a hospitales y al personal sanitario o a la muerte de los heridos que estaban siendo tratados en los hospitales, que según el derecho internacional equivale a un crimen de guerra. Es decir, se ha visto obligado el fiscal a dar un paso ante la matanza, pero es un paso limitado aunque se acuse a Israel de crimen de guerra por otras causas. Pero lo de los hospitales es la entrada a la acusación de genocidio, y por eso se ha evitado ir por ahí. Porque eso son palabras mayores para Occidente, y esta CPI es una de sus estructuras que, con lo que ha hecho, está poniendo un dique claro a la decisión definitiva, aún por venir, de la CIJ.

Al mismo tiempo hay un elemento que tendría que haber llamado la atención de quienes están dando palmas por esta decisión de la CPI: Palestina no es miembro de la CPI, porque no es un estado, pero sí ha otorgado, desde 2013, las competencias a la CPI para que investigue en su territorio. Por eso la fiscal anterior inició en 2014 una investigación contra Israel por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad por sus múltiples agresiones a Gaza. Esta fiscal, que se llamaba Fatou Bensouda, hablaba no de Estado de Palestina sino de lo que hay, territorios ocupados por Israel. Es decir, se situaba en la misma línea jurídica que la CIJ. Y lo hizo pese a la inacción de la mal llamada Autoridad Palestina. Eso le costó que fuese sancionada, ella y otros miembros de la CPI, por EEUU y amenazada por Israel.

Pero Bensouda no cejó y siguió adelante, haciendo un informe en 2019 que concluía que había "base razonable para creer que las fuerzas israelíes habían cometido crímenes de guerra en los territorios palestinos ocupados" (nunca habló de Estado de Palestina, como digo) y añadió un año más tarde que la construcción de asentamientos en Cisjordania "no solo violan el derecho internacional sino que constituye un crimen de guerra", por lo que la CPI tenía potestad para investigar.

Esas investigaciones están ahí, en la CPI, arrumbadas en algún cajón. Y ahora no se han desempolvado, limitándose solo el actual fiscal a hablar del post 7 de octubre, como si lo de antes no tuviese importancia. Y es que para Occidente nunca la ha tenido. Eso viene siendo así desde 1948, y por eso Israel ha venido actuando con total impunidad, porque cuenta con el aval occidental y, de forma especial, con el de EEUU, el “líder del mundo libre”

Y hay más: el fiscal habla del “principio de complementariedad”, que significa que la CPI puede “diferir” el caso al Israel aunque solo si existe un proceso judicial independiente e imparcial, en el fuero doméstico, que demuestre que está “dispuesto y capaz” de llevar el caso en lugar de la CPI aunque se debe guiar, en tal supuesto, por el mismo tipo penal calificado por la CPI.

Técnicamente esto es impecable, aunque aquí está la trampa: si Israel dijese que lo hará, la CPI se retirará del caso. Sin embargo, no es probable que pase porque casi nunca ha hecho algo similar y en las escasas ocasiones en que ha aceptado hacerlo siempre han sido mascaradas que han terminado exculpando a los perpetradores de las matanzas.

A la espera de tener la piel del oso, no han sido pocos quienes están saludando el gesto y lo califican de "hito histórico". Hasta cierto punto lo es si se concreta, y aún está por ver, porque rompe con décadas de invulnerabilidad occidental y, especialmente, de Israel. Porque es la primera vez en 22 años que se incrimina a un occidental.

Con ser importante, lo es más el hecho de que ha puesto de relieve cómo la araña occidental ha terminado atrapada en su propia tela. Ha ido construyendo, como la araña, toda una red de instancias internacionales en las que ha basado su control absoluto del mundo (FMI, BM, OMC, la propia ONU y sus estructuras…) pero ahora hay dos de esas instancias, la Corte Internacional de Justicia (gracias a Sudáfrica) y la CPI, que permiten que la araña quede atrapada en su propia tela, aunque con las diferencias reseñadas entre la petición de la segunda y el fallo provisional de la primera.

Y lo más curioso: si hubiese piel del oso, es decir, si la CPI ratifica la petición del fiscal, la mal llamada Autoridad Palestina estará obligada a detener a no solo a los dirigentes de Hamás, sino a Netanyahu y a Gallant cuando pisen el "Estado de Palestina", como dice la CPI. Por ejemplo, ahora mismo en Gaza, donde ambos han estado varias veces desde el 7 de octubre. Porque en el plan de la Liga Árabe, tal y como se recoge en el documento aprobado en la reunión del 16 de mayo en Barhein, aparece que una AP "reformada", y tras haberse integrado en la OLP todos los grupos, administrando Gaza.

Nota

(1) Explicación sobre el fallo de la CIJ y el por qué del ataque occidental a la UNRWA https://www.nodo50.org/ceprid/spip.php?article2893

Alberto Cruz es periodista, politólogo y escritor. Su nuevo libro es “Las brujas de la noche. El 46 Regimiento “Taman” de aviadoras soviéticas en la II Guerra Mundial”, editado por La Caída con la colaboración del CEPRID y que ya va por la tercera edición. Los pedidos se pueden hacer a libros.lacaida@gmail.com o bien a ceprid@nodo50.org

También se puede encontrar en librerías.

albercruz@eresmas.com


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