Noticias |
|||||||||
|
La Audiencia Nacional española ha condenado hoy a penas de entre 8 y 10 años de cárcel a 21 ciudadanos vascos imputados en el juicio contra el movimiento pro amnistía, y ha absuelto a Julen Arzuaga, Juan Antonio Madariaga e Ixone Urzelai. A once de ellos los ha enviado a prisión, mientras que otros ocho ya han quedado en libertad, con medidas cautelares. La sentencia decreta la "ilicitud y disolución" de Gestoras pro-Amnistía y Askatasuna. Josu Beaumont, Julen Larrinaga, Jagoba Terrones, Gorka Zulaika, Ainhoa Irastorza, Aratz Estonba, Jon Imanol Beaskoa e Iker Zubia han quedado en libertad con la obligación de comparecer semanalmente ante el juez, mientras que a Juan Mari Olano, Julen Zelarain, Aitor Jugo, Alex Belasko, Txema Olabarrieta, Gotzon Amaro, Jorge Txokarro, Gari Arriaga, Iñaki Loizaga, Asier Birunbrales y Xabin Juaristi el tribunal los ha enviado a prisión. La misma medida ha adoptado para Maite Díaz de Heredia, que ya se encontraba encarcelada, y para Iñaki Reta, ausente en la vista. El tribunal ha ordenado su busca y captura. Penas de entre 8 y 10 años de cárcel La sentencia del juicio contra el movimiento pro amnistía ha sido acordada por unanimidad por los tres magistrados que componen el tribunal (Teresa Palacios, Juan Francisco Martel y Paloma González Pastor), decreta también la "ilicitud y disolución" de Gestoras pro-Amnistía y Askatasuna, que fueron declaradas "ilícitas" de forma provisional por el juez Baltasar Garzón el 19 de diciembre de 2001 y el 5 de febrero de 2002, respectivamente. En concreto, la sección cuarta de la Sala de lo Penal ha condenado a la máxima pena, 10 años de prisión, a Juan Mari Olano, Julen Zelarain y Aitor Jugo, para quienes el fiscal pedía 13 años de prisión. A los tres se les imputa un delito de "integración en organización terrorista con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 12 años". Los otros 18 ciudadanos han sido condenados a 8 años de prisión: Jagoba Terrones, Maite Díaz de Heredia, Iker Zubia, Gorka Zulaika, Jon Imanol Beaskoa, Ainhoa Irastorza, Julen Larrinaga, Aratz Estonba, Josu Beaumont, Alex Belasko, Txema Olabarrieta, Gotzon Amaro, Iñaki de Reta, Jorge Txokarro, Gari Arriaga, Iñaki Loizaga, Asier Birunbrales y Xabin Juaristi. A todos ellos también se les imputa un delito de "integración en organización terrorista, con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para el empleo o cargo público por tiempo de 10 años". Por último, Julen Arzuaga, Juan Antonio Madariaga e Ixone Urzelai han sido absueltos de la acusación. "Organización terrorista" El tribunal especial afirma que Gestoras pro-Amnistía es "una organización terrorista" para la cual "ETA no es sólo una facción armada sino que es el frente político" que fija "los objetivos estratégicos". El fallo sostiene que ETA se vale de Gestoras "para hacer llegar a los presos las instrucciones a las que han de someterse, pues, de no cumplirse y en caso de manifestarse contrarios a la lucha armada, se procede a la expulsión de la militancia, por adoptar soluciones personales derivadas del rechazo a la misma". Es labor de Gestoras, según la AN, "señalar públicamente aunque en términos fundamentalmente políticos, a toda persona, grupo, organización y partido político a los que les hacen responsables del marco que no logran alcanzar". Así, señal que "la plasmación pública de la identificación de una persona" o institución "posibilita al brazo armado que, ante un eventual atentado, se facilite la concreción del objetivo". Sobre Askatasuna, el tribunal especial sostiene que su "ideación" no es "espontánea, ni casual", sino que "forma parte del proyecto político" de ETA, motivo por el que también decreta su ilicitud. Juicio 27 ciudadanos vascos fueron juzgados acusados de integrar o colaborar con ETA. La Fiscalía y la acusación particular que ejerció la AVT reclamaron condenas que van desde los 13 años para Juan Mari Olano, Julen Zelarain y Aitor Jugo, a las penas de 10 años para cada uno de los otros 21 acusados. A otros tres procesados (Maitane Méndez, Jorge Luis Arredondo y Mitxel Sarasketa) les retiraron los cargos por falta de pruebas. El juicio comenzó el 21 de abril y quedó visto para sentencia el 18 de junio. Todos los procesados renunciaron a su derecho a la defensa al entender que la sentencia condenatoria estaba decidida de antemano y que la Audiencia Nacional no tenía legitimidad para juzgarles. Diario Gara |
|
|||||||