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Susana Guerrero: La Audiencia de Toledo da la razón a la madre que no quería dar a su hija a su maltratador

Lunes 20 de junio de 2016

La sentencia de la Audiencia de Toledo falla a favor de Susana Guerrero y revoca la sentencia del juzgado de Talavera de la Reina que otorgó la custodia de la menor al padre biológico, condenado por maltrato.

La sentencia de la Audiencia critica que la juez de primera instancia justificara su decisión apelando al SAP, síndrome de alienación parental, pese a que no está probado cientificamente. Susana Guerrero:

"Estoy que ni me lo creo, pero él (el padre) todavía tiene derecho a visitas y voy a seguir peleando para que mi hija sea protegida y no le vea a solas"

20minutos 20-06-2016

La Audiencia de Toledo ha dado la razón a Susana Guerrero —la madre que se niega a entregar a su hija Nayara al padre biológicco (condenado por maltrato y denunciado por presuntos abusos a la menor)— al estimar su recurso y revocar la sentencia del juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Talavera de la Reina que en mayo de 2015 atribuyó al padre la guarda y custodia de la niña.

Según informan fuentes judiciales, el tribunal de Toledo considera que la juez de Talavera de la Reina no debió asentar su fallo en la concurrencia del síndrome de alienación parental (SAP) porque se trata de una teoría discutida cientificamente "que no ha contado con respaldo de organismos tan solventes como la Organización Mundial de la Salud ni la Asociación de Psiquiatría de Estados Unidos".

"Si los especialistas no se ponen de acuerdo en su existencia (la del SAP) con menor razón pueden los tribunales hacer aseveraciones tajantes en uno u otro sentido", sostiene la sentencia.

Además, reprocha que la juez utilizara el SAP aun cuando el interesado, el padre biológico de Nayara, no invocó a dicho síndrome en la demanda mediante la que solicitaba la modificación del régimen familiar.

El tribunal de la sección primera de la Audiencia tilda de "incongruente" la decisión tomada por la juez de Talavera porque modificó la guarda y custodia en base al síndrome de alienación parental sin comprender que "lo que importa"es de qué manera el interés de la menor está mejor protegido. "El interés del menor prevalece incluso frente a lo que cada uno de sus progenitores pueda entender como beneficioso", apunta la sentencia.

En la sentencia, el tribunal reprocha a la juez que haya convertido a los peritos en jueces al "asumir de modo acrítico" el informe pericial que hablaba del SAP y considera "no justificada" la decisión de modificar el régimen de custodia por cuanto existirían a su juicio "alternativas menos radicales".

La Audiencia de Toledo considera probado que la madre de Nayara y la abuela pusieron a la menor en contra de su padre, pero dice que eso no es suficiente para quitarle la custodia, máxime cuando existe una condena en firme contra el padre por violencia de género.

El tribunal hace referencia a la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo (2015) que llama a extremar la precaución y la cautela en la concesión de la guardia y custodia cuando existen condenas de maltrato contra los progenitores. "No es irrelevante que exista una condena por malos tratos puesto que es un derecho del menor el desarrollarse en un ámbito en el que la resolución de los conflictos no venga de la mano del uso de la fuerza", dice expresamente.

Después de numerosos varapalos judiciales, Susana Guerrero no termina de creerse que la Audiencia le haya dado la razón. Atiende a los medios de comunicación con la voz entrecortada por la emoción y sin haber leído todavía la sentencia. A pesar de todo, Guerrero explica: "Estoy que ni me lo creo. Le doy las gracias a la Audiencia por haber cogido cordura", ha dicho en declaraciones a 20minutos.

El abogado de Guerrero, Juan Ramón Peris Santiago, presidente de la asociación Custodia en Positivo, se ha mostrado "muy contento" con el fallo de la Audiencia de Toledo. "Ha imperado, en contra de lo que nos esperábamos, el sentido común y se han sujetado los cimientos de la Justicia". Peris Santiago destaca el "varapalo" del Tribunal de Toledo al síndrome de alienación parental y considera que esta sentencia "lanza un aviso a los juzgados ordinarios para que no utilicen el SAP" en sus sentencias.

Susana Guerrero lleva más de un año peleando en los tribunales, y en los medios de comunicación, la decisión del juzgado de Talavera de mayo de 2015 de quitarle la custodia de su hija de once años, a la que solo le permitía visitas de unas pocas horas al mes. En el camino ha sido procesada y condenada, también en los juzgados de Talavera, por "denuncia falsa" por imputar malos tratos hacia la niña a de la actual compañera sentimental del padre biológico y abusos del mismo.

Esta sentencia de la Audiencia de Toledo establece que la custodia queda en manos de la madre con un régimen de visitas para el padre, que no fija porque "no se solicita" ni puede concluirse "cuál es el más conveniente". Aunque, añade: "En interés de la menor, parecería oportuno que el actual régimen de comunicaciones tuviera en cuenta la nueva situación generada con el traslado de la madre a residir a Canarias".

Esto inquieta a Guerrero: "A ver qué régimen de visitas quieren ponerle, porque si es libre y sin vigilancia yo lo voy a seguir peleando. Voy a hacer todo lo que sea para que protejan a mi hija. Ella no quiere ver a su padre y yo no permitiré que la vea a solas".

La lucha de Susana Guerrero ha recibido en este tiempo el apoyo de numerosas asociaciones de mujeres, de partidos políticos y de colectivos feministas que reivindican el cese de la utilización del SAP como criterio para retirar custodias a las madres. Recientemente varias mociones a su favor han sido aprobadas en municipios de España e incluso hasta el Observatorio contra la Violencia del CGPJ se pronunció en contra del uso del SAP en las sentencias judiciales.

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