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Multan con la ’ley mordaza’ a las organizadoras del 7N contra la violencia machista por ocupar parte de la calzada

Miércoles 22 de febrero de 2017

La Delegación del Gobierno de Madrid les impone una sanción de 300 euros por salirse unos metros del recorrido acordado en la concentración de 2016

Algunas manifestantes impidieron la circulación durante unos minutos, hasta que el dispositivo policial creó un cordón y se restituyó parcialmente

Multa a las organizadoras porque la ley responsabiliza a los promotores "del buen orden de las reuniones y manifestaciones"

Marta Borraz 17/02/2017 - eldiario.es

La Delegación del Gobierno en Madrid ha iniciado un procedimiento administrativo que contempla una sanción de 300 euros a las organizadoras de la concentración celebrada el pasado 7 de noviembre en la capital contra la violencia machista. El documento, al que ha tenido acceso eldiario.es, especifica que "se incumplió lo acordado" al comunicar la manifestación casi un mes antes porque hubo asistentes que cortaron la circulación de vehículos durante un rato.

La concentración, que congregó a cientos de personas, había sido autorizada para celebrarse en la zona peatonal frente al madrileño Paseo del Prado con una asistencia prevista de entre 250 y 500 personas. Casi una hora después de su inicio, la mayor parte de los asistentes cruzó al otro lado de la calzada, quedándose algunos en la carretera impidiendo el paso de los vehículos.

A los pocos minutos, la mayoría de manifestantes fue abandonando progresivamente el lugar y un dispositivo policial creó un cordón y rodeó a los asistentes que quedaban, de modo que los vehículos pudieron retomar la circulación.

Para la Delegación del Gobierno esto constituye una infracción leve –que prevé multas de entre 100 y 600 euros– contemplada en el artículo 37.1 de la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, conocida como ’ley mordaza’.

La norma establece que la celebración de manifestaciones que incumplan una serie de artículos de la Ley reguladora del Derecho de Reunión será "responsabilidad" de "los organizadores o promotores" de la misma. Así, esta ley especifica que los convocantes tienen la responsabilidad de garantizar "el buen orden de las reuniones y manifestaciones" y señala que "deberán adoptar las medidas para el adecuado desarrollo de las mismas". Algo que, a juicio del organismo, no se cumplió.

Es decir, la Delegación inicia el procedimiento contra las organizadoras del 7N "en razón de su responsabilidad en los hechos como convocante". La abogada Isabel Elbal asegura que este tipo de infracciones se dan "porque la ley mordaza eleva el grado de responsabilidad del organizador de una manifestación con independencia de que haya hecho algo o no".

Afirma que aunque la responsabilidad de velar por "el buen orden" se incluyera en una norma anterior a la entrada en vigor de la ’ley mordaza’, "se reservaba para cuando en las manifestaciones se producían daños graves, como roturas de mobiliario. En estos casos se podía pedir a los convocantes que respondieran por ello, pero salirse del recorrido no tenía grandes consecuencias".

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