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Le quitan la custodia de su hijo a un hombre que maltrataba a su esposa

Martes 11 de abril de 2017

El juez le impone también una orden de alejamiento, la prohibición de comunicarse y el abandono del domicilio familiar

El hombre está acusado de los presuntos delitos de lesiones, maltratos, amenazas, injurias, y violencia física y psíquica habitual

AVIER ORTEGAZaragoza 08/04/2017 El Mundo

El juez de Violencia contra la Mujer de Teruel ha retirado a un hombre la guardia y custodia de su hijo de dos años tras haber sido denunciado por su esposa de malos tratos físicos y mentales de carácter habitual.

Dicha medida va acompañada de una orden de alejamiento y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio. Igualmente le ordena que recoja sus enseres personales de la casa familiar y concede a la madre y al menor el disfrute de la vivienda.

Para el magistrado, ha quedado acreditado que Javier M. H. "vejó, humilló, golpeó, amenazó e injurió" a María Rebeca M. T. "de forma habitual, constante, gratuita e injustificada".

Por ejemplo, según consta en el auto, el pasado 1 de abril el acusado golpeó a la mujer en el domicilio familiar. La agarró fuertemente del pelo y del brazo derecho, la empujó y la estampó contra su hijo. Al mismo tiempo, profería expresiones injuriosas, como "gorda, me das asco, bicho malo y mala madre", y también amenazas del estilo de "si me denuncias, te mato".

La citada agresión produjo en la mujer un hematoma superficial en la cara externa y en la muñeca del brazo derecho. El juez apunta en su auto que estos hechos "no resultan aislados", pues la víctima "narra una serie de agresiones, insultos y amenazas que se repiten en el tiempo, desde hace dos meses, aproximadamente".

Por ese motivo, el hombre está investigado por un presunto delito de lesión de menor gravedad, otro de amenazas leves, otro más de injurias leves y, finalmente, de violencia física y psíquica habitual.

El juez considera que se da una "situación objetivamente peligrosa en sí misma, dada la probabilidad de enfrentamientos mutuos, por razón de la propia naturaleza del hecho ya cometido".

Además, aduce que la adopción de determinadas medidas protectoras, antes de que se produzca el juicio, pretende "evitar una posible reproducción de hechos similares, dada la probada potencialidad agresiva del acusado".

Asimismo, el magistrado constata "un riesgo o peligro que altera la integridad física, psíquica o salud de la denunciante". Añade que no se trata de una mera discusión de pareja, ya que incluyen el empleo de cierta dosis de violencia física y psíquica de forma habitual. Según el magistrado, esto coloca a la perjudicada en una situación de desamparo y desprotección jurídica "que debe ser erradicada mediante la presente resolución".

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