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Las mujeres protagonizan el 80% de litigios de conciliación

Viernes 14 de octubre de 2016

Las reformas no han logrado grandes avances en el reparto de tareas

Pedro del Rosal 06-10-2016 eleconomista

"La conciliación es cosa de mujeres". Esta es la principal conclusión de un informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en materia de igualdad, que alerta de que las reformas legales -en especial la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad de hombres y mujeres- no están calando en los hábitos sociales y familiares, y las mujeres siguen siendo las que se ocupan de los cuidados de la familia y el hogar.

El estudio, elaborado por la Universidad de Zaragoza, se basa en el análisis de 1.348 sentencias dictadas entre 2010 y 2012 en asuntos relativos al ejercicio de los derechos de conciliación.

Permiso de paternidad, el 5%

Las mujeres ocupan más del 80 por ciento de las demandas relacionadas con estos derechos, ya sea como recurrentes o como recurridas. El análisis de las materias revela que la atención a los hijos ocupa tres de cada cuatro conflictos ante los tribunales. Así, los litigios por reducción de jornada por el cuidado de los hijos supone el 25 por ciento. Le siguen los permisos de lactancia -el 21 por ciento-, las licencias por maternidad -el 15 por ciento- y cuestiones relacionados con el embarazo -el 14 por ciento-.

"Los derechos de conciliación se ejercen para el cuidado de los hijos que es la mujer la que se encarga de esta tarea", apunta el estudio. Una tesis que se ve reforzada por el hecho de que los permisos de paternidad sólo representen un 5,6 por ciento de los asuntos.

El documento subraya que "la conciliación no ha calado entre los hombres". A juicio de sus autores, el permiso de paternidad sigue estando mal visto, dándose incluso casos de trabajadores que han sufrido represalias o han sido despedidos por solicitarlo.

Administración vs. empresa

El informe también pone de manifiesto como el ejercicio de los derechos de conciliación resulta menos conflictivo en el ámbito público que en el de la empresa privada.

Las sentencias dictadas por tribunales de lo Social -conflictos en el ámbito privado- representan el 90 por ciento del total, mientras que las de lo Contencioso -relativas a trabajadores del sector público- suponen el 10 por ciento. Un dato que se explica no sólo por el mayor peso del empleo privado, sino también por la menor conflictividad que se da cuando es la Administración la empleadora.

La variación más significativa, atendiendo a la materia del litigio, se produce en relación a las solicitudes de reducción de jornada por cuidado de los hijos. Estas demandas representan un 26,77 por ciento de las sustanciadas ante lo Social; en lo Contencioso-Administrativo representan el 12,5 por ciento.

El documento lo explica en las dificultades que pueden encontrar las empresas y las pymes en concretar este derecho y no tanto en reconocerlo -la fijación de un horario distinto, dificultades para encontrar un sustituto, etc-. Circunstancias que no se dan entre los empleados públicos.

Las proporciones, sin embargo, se invierten en relación con los permisos de paternidad. Ante lo Social representan el 4,4 por ciento y ante lo Contencioso el 17,3 por ciento.

"Es más común encontrar empleados públicos varones que pretenden un ejercicio más extenso de su permiso de paternidad", explica el estudio.

Los autores del documento alertan de que los valores introducidos en la legislación no han servido para impulsar un cambio social. Y van más allá alertando de una posible regresión como consecuencia de la crisis económica. "¿Pasará la solución a esta crisis por cargar de nuevo a las mujeres con las tareas del cuidado de la familia, cuyo coste económico el Estado ya no puede o no quiere asumir? ¿Deberá volver la mujer a casa para liberar puestos de trabajo?", se preguntan.

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