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La justicia confirma la condena por la muerte de Nagore

Sábado 1ro de enero de 2011

AMAIA ARRARÁS - Pamplona

EL PAÍS - Sociedad - 28-12-2010

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena por homicidio a José Diego Yllanes, acusado de matar a la irundarra Nagore Laffage. Con ello descarta el grado superior, el de asesinato, y deja la condena en 12 años y 6 meses. El Alto Tribunal descarta esta calificación porque no ha quedado acreditado que la joven no pudiera defenderse de la agresión. Su madre, Asun Casasola, "sorprendida y decepcionada" con la justicia, asegura que, hasta ahora, su familia había podido vivir de la esperanza. Pero "ya no nos queda nada", añadió. El TS ha rechazado los recursos presentados por la acusación particular y las acciones populares (Instituto Navarro para la Igualdad, los Ayuntamientos de Pamplona e Irún y las Juntas Generales de Guipúzcoa), que coincidían en que los hechos eran un asesinato. Además, también la defensa solicitaba una reducción de la pena al considerar que era de aplicación la atenuante de arrebato.

El TS sí confirma las atenuantes de reparación del daño, ya que Yllanes entregó a la familia de Laffage 126.853 euros, y la de embriaguez leve, además de la agravante de abuso de superioridad porque el acusado "se aprovechó de su fuerza física y del conocimiento de artes marciales, lo que se pone de manifiesto por la desproporción de las lesiones de víctima y agresor".

Contacto "apasionado" Los hechos tuvieron lugar el día de San Fermín de 2008 cuando Yllanes, que entonces tenía 27 años y trabajaba como psiquiatra en la Clínica Universidad de Navarra, y Laffage, estudiante de enfermería de 20, coincidieron en la calle y acudieron a casa del joven, donde iniciaron un contacto físico "apasionado". La brusquedad del joven fue interpretada "erróneamente" por Laffage como un intento de agresión sexual y le amenazó con "denunciarle". Yllanes reaccionó golpeando y estrangulando a Nagore, "e intentó descuartizarla". Posteriormente, envolvió el cadáver, limpió el piso, requirió la ayuda de un compañero de trabajo y trasladó el cadáver.

A pesar de que Nagore presentaba más de 30 lesiones y José Diego solo tenía unos rasguños, el TS entiende que "no cabe apreciar alevosía, que se caracteriza por el empleo de medios, modos o formas de asegurar la ejecución del delito, eliminando las posibilidades de defensa del agredido".

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