Miércoles 4 de febrero de 2015
C.G.P.J. 28 Enero 2015
A la víctima de la violación se la considera especialmente vulnerable, no tanto por razones fisiológicas, sino porque su estado le llevaba a preocuparse sobre todo de que el feto no sufriera daños
Comunicación Poder Judicial
La Audiencia de Sevilla (Sección Cuarta) ha condenado a Antonio R. M. a un total de dieciséis años y medio de prisión por agredir, violar y amenazar a su pareja embarazada, una mujer de 27 años.
Para el tribunal, a la víctima de la violación se la considera especialmente vulnerable por encontrarse embarazada de cuatro meses y medio, lo que disminuía sus posibilidades de defenderse de la agresión sexual, no tanto por razones fisiológicas, sino porque su estado de gravidez le llevaba a preocuparse sobre todo de que el feto no sufriera daños a consecuencia de la violencia del acusado. Además, la violación se considera especialmente vejatoria o degradante por ir acompañada de la micción sobre la víctima.
Junto a las penas de prisión, se impone al acusado la medida de libertad vigilada durante cinco años, a cumplir cuando salga de prisión -a pesar de que las acusaciones no lo habían solicitado- por considerarlo legalmente imperativo.