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El primer Plan de Igualdad de la Junta prevé discriminación positiva en casos de empate en oposiciones

Lunes 11 de mayo de 2015

La medida está incluida en el borrador del primer Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía, que aún se tiene que negociar con los sindicatos.

El Servicio Andaluz de Salud, en su última convocatoria de oposiciones, aplica el criterio de otorgar la plaza a la mujer, siempre en igualdad de méritos y condiciones, y solamente en categorías donde hay preeminencia de hombres.

En el borrador de la nueva norma hay varias líneas de trabajo y las fuentes no concretan si pudiera darse el caso contrario de que la plaza fuera para el hombre en especialidades donde haya más presencia de mujeres.

Javier Ramajo 10/05/2015 eldiario.es

El borrador del primer Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía contempla una medida de discriminación positiva en las oposiciones a la Administración autonómica. Hace unas fechas trascendía que la última convocatoria de oposiciones al Servicio Andaluz de Salud (SAS) aplicaba el criterio, siempre en igualdad de méritos y condiciones, y solamente en categorías donde hay preeminencia de hombres, de otorgar la plaza a la mujer en caso de empate total entre dos aspirantes, hombre y mujer.

La medida se podría aplicar a partir de ahora para algunas especialidades en todo el ámbito de Administración General de la Junta si se detectase una infrarrepresentacion manifiesta de algún género. Desde la Consejería de Hacienda y Administración Pública aseguran que se están explorando todas las vías para impulsar la igualdad. En ese sentido, recuerdan que la implantación de esta medida en el ámbito de la reciente Oferta de Empleo Público del SAS responde al hecho de que existen determinadas especialidades en el que las mujeres están infrarrepresentadas.

Esa circunstancia no ocurre en el ámbito de la Administración General de la Junta pero el Plan de Igualdad en el que se está trabajando, el primero de estas características, contempla la aplicación de la medida, señalan a eldiario.es Andalucía fuentes de la Consejería. Si la norma saliera adelante, la medida se podría aplicar para algunas especialidades si se detectara algún tipo de infrarrepresentación, según prevé el borrador de la nueva norma, que aún se tiene que negociar con los sindicatos. En el borrador del Plan hay varias líneas de trabajo y las fuentes no concretan si pudiera darse el caso contrario al del SAS, es decir, que la plaza fuera para el hombre en especialidades donde haya más presencia de mujeres.

Hasta ahora, insisten las fuentes, en el ámbito de Administración General de la Junta no se aplica ningún criterio de discriminación positiva. En el acceso libre, los casos de empate se resuelven teniendo en cuenta las distintas notas obtenidas en los ejercicios y, en ultima instancia, atendiendo a la letra del primer apellido que rige las convocatorias cada año elegida mediante sorteo público. En la promoción interna, en caso de empate, se atiende a la puntuación obtenida en la fase de concurso de méritos. Las fuentes apuntan que el hecho de un empate absoluto en la baremación es difícil que se produzca.

La posibilidad de implantar medidas de discriminación positiva en el acceso al empleo está contemplada en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cuyo artículo 5 establece que "no constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado".

Por otra parte, el Estatuto Básico del Empleado Público recoge que los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en este Estatuto.

Apoyo de UGT y CCOO

Los sindicatos UGT y CCOO, que desconocen la propuesta de la Junta porque aún no se les ha dado traslado en la pertinente mesa sectorial, sí que valoraron recientemente la "condición especial" que aplica el SAS en su última convocatoria de oposiciones. El secretario general de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Andalucía (FSS-CCOO Andalucía), Humberto Muñoz, aseguró que el hecho de que la condición de ser mujer se utilice como criterio de desempate, en ese caso, "no obedece a una decisión unilateral de la Junta de Andalucía" sino que es fruto del acuerdo mayoritario entre la Administración y los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad.

Muñoz señaló que "algunos sindicatos corporativos como Satse y Faspi no estuvieron de acuerdo con esta medida, CSIF no se pronunció, y UGT y CCOO la apoyaron sin reservas". El representante sindical explicó en un comunicado que se trata de un criterio de desempate a considerar únicamente en el caso de que la puntuación de los exámenes sea idéntica, la experiencia profesional (tiempo trabajado) sea idéntica y la puntuación en cada uno de los apartados del baremo de méritos sea igualmente idéntica. El líder sindical añadió que sólo se consideraría este criterio, antes que el sorteo, para aquellas categorías profesionales en las que existe un predominio del género masculino, como medida de discriminación positiva hacia las mujeres.

Por su parte, UGT Andalucía consideró "totalmente acertada" la decisión del SAS de priorizar a la mujer en caso de empate en las oposiciones, porque, a su juicio, la aplicación de medidas de acción positiva para las mujeres "es algo fundamental para conseguir en nuestra sociedad una igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres".

Así, a través también de un comunicado reciente, el sindicato indicó que el hecho de que en las oposiciones que acaba de convocar el SAS se establezca que en determinadas especialidades en las que las mujeres están subrepresentadas, en caso de empate en la puntuación total, se atienda, como tercer criterio de desempate a la discriminación positiva de sexo femenino, "responde a la aplicación de medidas de acción positiva para favorecer a las mujeres a las que se hace referencia tanto en la legislación vigente de igualdad estatal y autonómica, como por la jurisprudencia europea, que legitiman este tipo de medidas siempre que éstas sean proporcionales, motivadas y temporales".

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