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El Tribunal de Estrasburgo paraliza la expulsión de una camerunesa víctima de violencia de género

Miércoles 1ro de abril de 2015

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) detiene la expulsión de una mujer camerunesa perseguida por motivos de género que solicitó protección internacional en España

Su petición fue denegada, pero está recurrida, por lo que desde la Comisión de Ayuda al Refugiado (CEAR) solicitaron a la Audiencia Nacional paralizar la expulsión hasta su resolución

Tras la negativa de la Audiencia Nacional, ahora el Tribunal de Estrasburgo paraliza la inminente devolución al valorar la existencia de indicios de "trato inhumano y degradante"

Desalambre eldiario.es

30/03/2015

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) paraliza la inminente expulsión de una mujer camerunesa perseguida por motivos de género que solicitó asilo en el Aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid-Barajas. Desde la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) recurrieron la negativa de protección ante la Audiencia Nacional y solicitaron como medida cautelar la paralización de la expulsión por el riesgo a la vida de la solicitante. Tras el rechazo de la Audiencia, el Tribunal de Estrasburgo sí valora el posible peligro del regreso de la mujer, víctima de un matrimonio forzoso, a su país.

"Esto nos da mucho tiempo", responde con alivio Paloma Favieres, responsable del Área Jurídico de CEAR. La ONG recurrió la denegación de protección internacional de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) a esta camerunesa, que ha pasado más de 20 días en el aeropuerto de Madrid-Barajas, hasta que el pasado día 27 pudo abandonar estas dependencias gracias a la decisión del TEDH.

Tras la negativa de la Oficina de Asilo y Refugio, la organización presentó un recurso ante la Audiencia Nacional y, debido a "los numerosos indicios que evidenciaban un riesgo real para la vida e integridad física" de la mujer de volver a su país, los servicios jurídicos de la ONG demandaron como medida cautelarísima su permanencia en España hasta la resolución del tribunal. La Audiencia Nacional rechazó la autorización de esta medida.

"Recurrimos entonces al Tribunal Europeo de Derechos Humanos la adopción de la aplicación de la regla 39 para evitar que la mujer fuera devuelta", explica Favieres. La regla 39 del Reglamento del TEDH permite a dicho tribunal la adopción de medidas provisionales, como la suspensión del retorno de un solicitante de asilo a su país de origen, cuando el órgano estima que hay un riesgo para personas que pueden ser merecedoras de protección internacional.

En este caso, que desestimó la Audiencia Nacional, "el tribunal de Estrasburgo dice que se paralice la expulsión porque hay indicios del riesgo de vulnerar el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), de trato inhumano o degradante y del peligro a la integridad física del solicitante de asilo", dice Paloma Favieres. En la información aportada a la Audiencia Nacional, constaba también un informe favorable del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur).

Nada ha cambiado desde la condena a España de 2014

Desde el año 2011, CEAR ha presentado 45 recursos de los que 42 se han resuelto favorablemente ante la Alta Corte Europea para paralizar la expulsión de personas solicitantes de asilo denegadas tras haber realizado la petición de protección internacional en frontera.

En la ONG recuerdan que el TEDH ya condenó el pasado año a España por vulnerar el artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) —a propósito del recurso a la expulsión de 30 saharauis en el CIE de Fuenteventura— debido a la inexistencia en nuestra legislación de un mecanismo "con efecto suspensivo automático" que paralice la devolución de solicitantes de asilo hasta que la decisión sobre su caso sea definitiva. En estos casos, personas que temen por sus vidas pueden ser devueltas a sus países sin que se haya concluido el recurso de su petición.

El Tribunal señaló en esa sentencia que "estos mecanismos constituyen una garantía jurídica consecuencia del Estado de Derecho y de los principios fundamentales de una sociedad democrática inherentes al conjunto de los artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos".

"Desde el año pasado no ha cambiado nada", dice Paloma Favieres, que admite que lo ideal sería una revisión legislativa que contemple el peligro que sufren estas personas y permita acordar un mecanismo de "suspensión automática" para los casos como este. Pero, como una posibilidad más cercana, en la ONG esperan que esta decisión "marque el camino" de la justicia española a la hora de valorar medidas cautelares en estos casos.

El recurso de protección de esta camerunesa, víctima de matrimonio forzoso, sigue adelante en la Audiencia Nacional. Hasta su resolución —"para lo que todavía queda bastante tiempo", dice Favieres— podrá esperar el dictamen lejos del lugar por el que en su petición de asilo figura como víctima de violencia de género.

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