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El Supremo condena a un hombre que marcaba a prostitutas con códigos de barras como si fueran ganado

Sábado 9 de enero de 2016

Obligaba a jóvenes de origen rumano a prostituirse y las marcaba con tatuajes y códigos de barras

EFEMadrid

El Mundo 28/12/2015

El Tribunal Supremo ha condenado a 44 años de cárcel a Iulan T., de origen rumano, por delitos relacionados con la trata de blancas y hechos cometidos sobre mujeres, algunas de ellas menores, a las que obligaba a prostituirse y llegaba a marcar con tatuajes y códigos de barras, como si fueran ganado.

El Supremo impone a Iulan la citada pena de 44 años de prisión por delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, falsedad en documento oficial, prostitución proactiva, detención ilegal y lesiones.

Además de él hay otras 13 personas, entre las que se encuentra la esposa, hija y otros familiares del principal encausado, a quienes les imponen penas de entre uno y 31 años de cárcel por los citados delitos.

Los hechos relatados en la sentencia cuentan cómo los integrantes de la banda obligaban a jóvenes de origen rumano, algunas de ellas menores cuyas familias se encontraban en difícil situación económica y que no sabían leer ni escribir, a ejercer la prostitución en Madrid en zonas como el polígono Marconi, pisos de la calle Montera y clubes de prostitución, después de traerlas con engaños a España.

El control de las jóvenes era ejercido mediante violencia extrema y recursos como tatuar en la piel de las mujeres señales que las marcaban como ganado y, así, les grabaron el apodo del proxeneta ("Nelutu") o las cantidades que una de las chicas adeudaba a la red (2.000?).

A una de las jóvenes, que se fugó de la red y fue hallada por los sicarios en la Casa de Campo, la mantuvieron secuestrada, atada a un radiador y sin comida, durante varios días, además de golpearla, rociarle el rostro con material irritante y otros malos tratos, a los que se sumó un tatuaje en la cara interna de la muñeca con un código de barras.

El proxeneta llegó incluso a grabar algunas de estas torturas, tal y como relataron algunas de las menores que fueron sus víctimas y que luego se convirtieron en testigos protegidos contra sus captores y torturadores.

El alto tribunal rechaza todos los argumentos de los recurrentes y señala en sus fundamentos jurídicos que las pruebas son suficientes como para imponer las condenas, entre otras razones porque el propio inculpado reconoció algunos de los malos tratos durante el juicio.

El Supremo destaca "el espeluznante comportamiento" del condenado, un ejemplo "paradigmático" de la circunstancia agravante de ensañamiento: "Complacencia en el sufrimiento causado a la víctima", satisfacción de instintos perversos y voluntad decidida de "causar males innecesarios" y "máximo dolor y sufrimiento".

Las pruebas definitivas están constituidas, dice el tribunal, por las declaraciones de las testigos protegidas, corroboradas por la Policía, por informes médicos y por otros elementos colaterales.

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