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Castilla-La Mancha obliga a una mujer con discapacidad y un embarazo de riesgo a ir a Madrid para poder abortar

Viernes 9 de febrero de 2024

Ningún profesional de la sanidad pública castellanomanchega quería practicarle un aborto a esta mujer con un embarazo de riesgo porque todos "son objetores". Ante esto y la inacción de su hospital de referencia, tendrá que desplazarse 172 km.

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Una mujer protesta en la manifestación por el Día de Acción Global por la despenalización del aborto, a 28 de septiembre de 2023, en Madrid (España). — Matias Chiofalo / EUROPA PRESS

MADRID0 7/02/2024CANDELA BARRO Público

María tiene 47 años, una discapacidad del 49% y dificultades para moverse. Lleva una prótesis en la pierna izquierda, una férula en la mano derecha y se apoya en un andador. "Sufrí un ictus en 2019 y tengo secuelas porque no me lo detectaron a tiempo. De hecho, estoy en juicio por esa negligencia", explica a Público. A sus problemas de movilidad se le suma ahora un embarazo de riesgo que, por sus antecedentes médicos, complica todavía más su situación.

"Por lo que ocurrió [la negligencia médica], ahora tengo una dependencia y no puedo desplazarme 150 kilómetros para ir a abortar", comenta con este medio en referencia a la ausencia de profesionales sanitarios en su comunidad autónoma que quieran practicarle el aborto, algo que le obliga a desplazarse a Madrid.

María, que prefiere no desvelar su nombre completo por miedo a posibles represalias, ha consultado a los centros sanitarios cercanos pero, puerta a puerta, se encuentra con la negativa de los sanitarios de Castilla-La Mancha a facilitarle la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Primero, su médica de familia, contraria al aborto: "Ella me dijo que tenía que seguir adelante, que me lo había mandado Dios y que por algo sería", apunta María.

En aquel momento esta mujer estaba en la sexta semana de embarazo y todavía podía abortar con medicamentos. Sin embargo, a partir de la novena semana tendría que someterse a una cirugía. A medida que pasan los días y el procedimiento se complica, para María se hace todavía "más traumático" porque ella "no hubiera querido abortar" de no ser una paciente de riesgo. "Aunque a nivel físico no es tan importante hacerlo en la sexta o séptima semana, a nivel emocional alargar el procedimiento puede ser un problema", explica la ginecóloga Miriam Al Adib.

La médica de familia le dio un sobre para solicitar el aborto y derivó su caso al centro más cercano, el Hospital General Universitario Nuestra Señora del Prado en Talavera de la Reina. La sanitaria reflejó en el informe que la paciente pedía una IVE porque se trataba de un caso de riesgo "dado sus antecedentes". María presenta múltiples complicaciones de salud: tiene aneurismas cerebrales, miomas uterinos, útero doble, un riñón atrófico, etcétera. Entre los factores de riesgo la médica aludió específicamente a la hipertensión arterial de la paciente y a la dislipemia (alteración de las grasas en sangre) y pidió que el caso fuera revisado por el servicio obstétrico del hospital.

De hecho, María sufrió una muerte fetal —un aborto que se da después de las 20 semanas de gestación-— de la que tuvieron que operarla por el avanzado embarazo. "Aquello fue muy doloroso para mí, por eso este proceso es tan delicado y con mi salud, no me puedo arriesgar a que vuelva ocurrir lo mismo o algo peor", explica.

María acudió al hospital de Talavera de la Reina con la valoración de su médica para que le hicieran el procedimiento. Al pedir la IVE, los profesionales médicos no quisieron practicarle el aborto. La recomendación de los sanitarios y de la trabajadora social del propio hospital a los que pidió asistencia: pedir el IVE en Madrid.

"El jefe de los servicios médicos está cerrado en banda. Él no entiende que para mí es un trauma el viaje. Estar tanto tiempo en la misma postura me ocasiona dolores musculares que me dejan postrada en cama durante dos o tres días y se me agudizan los dolores de cabeza", cuenta María.

Ante la negativa, presentó un escrito el día 25 de enero dirigido a la dirección del hospital. En él explicaba su delicada situación y reiteraba su petición: "Mi salud corre peligro y solicito que se me practique el aborto en el hospital de referencia que usted dirige (refiriéndose al director del centro)". En el momento de publicación de esta información, María todavía no ha obtenido respuesta del hospital. Público ha pedido conocer el estado de la petición pero el hospital ha aludido a la "protección de los datos" de la paciente.

La intervención del Gobierno autonómico

María siguió llamando a varias puertas y acabó escribiéndole al presidente de Castilla-La Mancha. El propio equipo de Emiliano García-Page, presidente de esa comunidad, le hizo llegar su preocupación por su caso y se le comunicó que podrían atenderla en una clínica concertada en Madrid. Page le aseguró que la Consejería de Sanidad estaba gestionando la ambulancia que la trasladaría a Madrid. La misma consejería ha confirmado a este medio que la gestión está en marcha.

Al preguntar a la consejería el motivo por el que no se puede practicar un aborto en los centros sanitarios públicos responden que "actualmente existe objeción de conciencia en la totalidad de los servicios implicados del sistema sanitario público de Castilla-La Mancha".

Por ello, los casos se derivan a las clínicas concertadas con las que el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) tiene convenios de derivación en Miguelturra, Albacete, Madrid, Valencia y Murcia. Las de Madrid son las más cercanas al domicilio de María, las otras están a más de 200 km. En concreto, la clínica donde atenderán a María previsiblemente a finales de esta semana está a 172 km.

“Se está trabajando” en el registro de objetores

La reforma de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, pretendía garantizar el derecho al aborto a todas las ciudadanas "con independencia del lugar donde residan". Para ello, la ley plantea generar un registro de objetores de conciencia con la intención de evaluar las capacidades del sistema público para certificar este derecho.

"Uno de los avances de esta ley es la garantía de la interrupción voluntaria del embarazo en la sanidad pública y cerca del domicilio de las mujeres. También lo es reforzar el enfoque antidiscriminatorio e interseccional, concretado en el artículo 7 bis b), y que sería de plena aplicación en este caso, por tratarse de una mujer con discapacidad", explica María Naredo, jurista experta en igualdad y exasesora del Ministerio de Igualdad en la pasada legislatura.

Con el registro de objetores se cumpliría con los límites al Estado respecto a la objeción de conciencia presentes en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El TEDH (sentencias R.R.c Polonia y P. y S. c. Polonia) establece la objeción a la IVE como un derecho individual pero no colectivo y nunca debe ser la excusa para impedir el ejercicio del derecho. Desde la Consejería de Sanidad aseguran que "se está trabajando" en elaborar dicho registro.

"Si tras realizarse el registro, se constata que existen trabas para garantizar el aborto con la calidad y accesibilidad que se debe, la ley obliga a tomar medidas organizativas, como podrían ser la reubicación o las contrataciones de personal. De la misma manera que se toman medidas organizativas para garantizar otro tipo de prestación sanitaria en los hospitales del Sistema Nacional de Salud", apunta Naredo.

"Una idea podría ser que, si todo el mundo es efectivamente objetor, la Seguridad Social contratase en los hospitales a esas mismas trabajadoras que sí practican abortos en las clínicas concertadas y que, de esta forma, no sea la mujer la que se tiene que desplazar", puntualiza la ginecóloga Miriam Al Adib.

Antonia Correa y el aval del Constitucional

Como ya explicamos en este medio el pasado julio, en doce provincias españolas no se llevó a cabo ningún aborto dentro de su territorio, y en cinco comunidades autónomas (Aragón, Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid y Murcia), además de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, no hubo ningún centro público que realizara interrupciones del embarazo. Tal y como reflejan los datos del Ministerio de Sanidad correspondientes a 2021.

El caso de Antonia Correa es paradigmático y refleja las consecuencias de no cumplir este derecho. El Tribunal Constitucional reconoció en julio del año pasado que Murcia vulneró su derecho fundamental al obligarla a recorrer más de 400 kilómetros para realizarse un aborto en Madrid. El fallo obligaba a la comunidad a indemnizarla.

Una sentencia "histórica" que marcaba un precedente en un momento de avance de los grupos de derecha y ultraderecha contrarios al aborto. Esta decisión del TC viene a reflejar que casos como el de María pueden tener una solución ante la Justicia. Sin embargo, el tiempo apremia para ella que va a tener que desplazarse con un "doble trauma": un sistema que la juzga y no la ayuda a abortar cerca de su casa y un procedimiento delicado, tanto física como mentalmente, dados sus antecedentes.

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