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Existen dos formas:
La cantidad de tu Objeción Fiscal la ingresas en el proyecto alternativo que elijas y adjuntas a tu declaración el justificante del ingreso. Modos de rellenar la declaración: Ingresas la cantidad de tu objeción fiscal en el proyecto que hayas elegido (pide dos recibos, uno para ti y otro para incluir en tu declaración). Es conveniente que adjuntes también una instancia dirigida al Delegado/a de Hacienda alegando los motivos de tu Objeción a los gastos militares; en ella le comunicas el total del dinero desviado y el proyecto social que has escogido como alternativo al Gasto Militar. Rellenas los impresos de la declaración y al llegar a las deducciones generales, tacha el enunciado de una de las casillas y añade “por objeción fiscal a los gastos militares” y la cantidad elegida. Si utilizas medios informáticos, puedes incluirla en alguno de los apartados en que la deducción de la cantidad global se fija en “tanto por ciento”, o también incluirla directamente a mano. RECUERDA: aunque la declaración te salga a pagar, a devolver o de cuota líquida cero, siempre te puedes declarar persona objetora fiscal, reclamar el dinero que de tus impuestos se destina al gasto militar, y desviarlo al proyecto alternativo.
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